Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, PAG.1 SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL Lunes 13 de junioAdPeDlO 21032-42.400 CIUDAD QUESADA, SAN CARLOS Sesión Ordinaria TEL. 24-01-09-15 / 24-01-09-16 FAX 24-01-09-75 1 ACTA 35- 2022 2 SESIÓN ORDINARIA 3 LUNES TRECE DE JUNIO DEL DOS MIL VEINTIDÓS A LAS DIECISIETE HORAS 4 DE FORMA VIRTUAL MEDIANTE LA PLATAFORMA MICROSOFT TEAMS. ­ 5 6 ASISTENCIA. ­ 7 MIEMBROS PRESENTES: 8 9 REGIDORES PROPIETARIOS, SEÑORES (AS): Ashley Tatiana Brenes Alvarado 10 (Presidente Municipal), Evaristo Arce Hernández, Yuseth Bolaños Esquivel, Luis 11 Fernando Porras Vargas, Alexander Vargas Porras, Diana María Corrales Morales, 12 Luis Fernando Solís Sauma, José Pablo Rodríguez Rodríguez, Isabel Rodríguez 13 Vargas. -- 14 15 REGIDORES SUPLENTES, SEÑORES (AS): Magally Herrera Cuadra, Álvaro 16 Ignacio Esquivel Castro, Marianela Murillo Vargas, Keilor Chavarría Peñaranda, 17 Diego Armando Chiroldes López, María Luisa Arce Murillo, Luis Diego Bolaños 18 Vargas. -- 19 20 SÍNDICOS PROPIETARIOS, SEÑORES (AS): Hilda María Sandoval Galera, Xinia 21 María Gamboa Santamaría, María Mayela Rojas Alvarado, Marino Carvajal 22 Villalobos, Guillermo Jiménez Vargas, Thais Chavarría Aguilar, Maikol Andrés Soto 23 Calderón, Javier Campos Campos, Eladio Rojas Soto, Miguel Ángel Vega Cruz, 24 Carlos Chacón Obando, Aurelio Valenciano Alpízar, Omer Salas Vargas.- 25 26 SÍNDICOS SUPLENTES, SEÑORES (AS): Victor Hugo Gamboa Brenes, Wilson 27 Manuel Román López, Juan Pablo Gamboa Miranda, Margarita Herrera Quesada, 28 Hansel Gerardo Araya Jara, Laura Araya Vázquez, Anayanzy Hidalgo Jiménez, 29 Isabel Cristina Chaverri Hidalgo, Hellen María Chaves Zamora, Yania Esquivel 30 Molina, Maybell Morales Ulate. -- Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.2 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ALCALDE MUNICIPAL: Alfredo Córdoba Soro. ­ 2 SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL: Ana Patricia Solís Rojas. - 3 ASISTENTES POR INVITACIÓN: ***NO*** - 4 VISITANTES: Miembros de Juntas de Educación. - 5 MIEMBROS AUSENTES (SIN EXCUSA): Leticia Campos Guzmán, Anadis Huertas 6 Méndez.- 7 MIEMBROS AUSENTES (CON EXCUSA): Juan Diego González Picado, Vanessa 8 Ugalde Quirós (fuera del país).- 9 10 Nota: Al ser las 17:04 horas la señora Ashley Tatiana Brenes Alvarado, Presidente 11 Municipal inicia la sesión contándose con la presencia de ocho Regidores 12 Propietarios presentes.- 13 Nota: Al ser las 17:05 horas la señora Isabel Rodríguez Vargas, Regidora Municipal, 14 representante de la Fracción del Partido Progreser San Carlos, se incorpora a la 15 sesión, contándose a partir de esta hora con la presencia de nueve Regidores 16 Propietarios presentes.- 17 18 ARTICULO I. 19 LECTURA DEL ORDEN DEL DÍA. - 20 21 La Presidente Municipal Ashley Tatiana Brenes Alvarado, procede a dar 22 lectura al orden del día, el cual se detalla a continuación: 23 24 1. COMPROBACION DEL QUÓRUM. ­ 25 2. LECTURA DEL ORDEN DEL DÍA. ­ 26 3. ORACIÓN. ­ 27 4. MINUTO DE SILENCIO POR EL FALLECIMIENTO DEL SEÑOR JOAQUIN 28 QUESADA BUSTAMANTE, EXREGIDOR MUNICIPAL.- 29 5. LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTA N°34 DEL 2022.- 30 6. ATENCIÓN RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACIÓN EN SUBSIDIO Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.3 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CONTRA EL ARTICULO N° VIII, ACUERDO N°10-B DEL ACTA N°34.- 2 7. LECTURA Y APROBACIÓN DE PERMISOS PROVISIONALES DE LICOR. ­ 3 8. NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DE JUNTAS ADMINISTRATIVAS Y DE 4 EDUCACIÓN. 5 9. JURAMENTACIÓN DE MIEMBROS DE JUNTAS ADMINISTRATIVAS Y DE 6 EDUCACIÓN. ­ 7 10. ASUNTOS DE LA ALCALDÍA. ­ 8 11. LECTURA, ANÁLISIS Y APROBACIÓN DE INFORMES DE 9 CORRESPONDENCIA. ­ 10 12. ASUNTOS DE LOS CONCEJOS DE DISTRITO. - 11 13. NOMBRAMIENTOS EN COMISIÓN. ­ 12 14. INFORMES DE COMISION. ­ 13 15. MOCIONES. ­ 14 15 SE ACUERDA: aprobar el orden del día tal y como fue presentado. Votación 16 unánime. ­ 17 18 Nota: Al ser las 17:07 horas el señor José Pablo Rodríguez Rodríguez, Regidor 19 Municipal, representante de la Fracción del Partido Progreser San Carlos, se 20 incorpora a la sesión pasando a ocupar su respectivo lugar.- 21 22 ARTÍCULO II. 23 ORACIÓN. - 24 25 La señora Ashley Tatiana Brenes Alvarado, Presidente Municipal, dirige la 26 oración.­ 27 28 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.4 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ARTÍCULO III. 2 MINUTO DE SILENCIO.- 3 Minuto de Silencio. - 4 5 La Presidente Municipal, Ashley Tatiana Brenes Alvarado, decreta un minuto de 6 silencio por el sensible fallecimiento del señor Joaquín Quesada Bustamante, 7 Exregidor de la Municipalidad de San Carlos . ­ 8 9 Nota: Al ser la 17:11 horas la señora Yuseth Bolaños Esquivel, se incorpora a la 10 sesión, pasando a ocupar su respectivo lugar.- 11 12 ARTÍCULO IV. 13 LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA N°34 DEL 2022.- 14 15 Acta N°34 del 2022. ­ 16 17 La Presidente Municipal, Ashley Tatiana Brenes Alvarado, presenta para su 18 análisis y aprobación el Acta N°34-2022, al no haberse presentado ningún 19 comentario u objeción con respecto al Acta N°34-2022, somete a votación la misma 20 y se da por aprobada. Votación unánime. ­ 21 22 ARTÍCULO V. 23 ATENCIÓN RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACIÓN EN SUBSIDIO 24 CONTRA EL ARTICULO N° VIII, ACUERDO N°10-B DEL ACTA N°34.- 25 26 Recurso de Revocatoria.- 27 28 Se recibe recurso de revocatoria presentado por Ashley Tatiana Brenes 29 Alvarado, Regidora Propietaria del Concejo Municipal, el cual se detalla a 30 continuación: Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.5 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACIÓN EN SUBSIDIO 2 3 CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS 4 5 Quien suscribe, Ashley Tatiana Brenes Alvarado, mayor, soltera, vecina de 6 Los Chiles en Aguas Zarcas, educadora, portadora de la cédula 207730963, 7 en mi condición de Regidora Propietaria del Concejo Municipal de San 8 Carlos, ante su Autoridad con el debido respeto me apersono a interponer 9 RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACIÓN EN SUBSIDIO contra el 10 artículo N° VIII, acuerdo N° 10-B del acta N° 34 de la sesión ordinaria 11 celebrada el lunes 06 de junio del 2022. 12 Los recursos de revocatoria con apelación planteados se interponen en 13 tiempo y forma, por el motivo que a continuación se expone: 14 Incorrecta aplicación del artículo 44 del Código Municipal 15 La Alcaldía Municipal en la sesión ordinaria del lunes 06 de junio del año en 16 curso, específicamente en el punto de Asuntos de la Alcaldía, presenta ante 17 el Concejo el oficio MSC-AM-0729-2022 referente a solicitud de revisión y 18 aprobación de caminos para su inclusión dentro de la red vial cantonal ante 19 Planificación Sectorial del MOPT. 20 El Código Municipal establece en su artículo 44 lo siguiente: 21 Artículo 44. - Los acuerdos del Concejo originados por iniciativa del alcalde 22 municipal o los regidores, se tomarán previa moción o proyecto escrito y 23 firmado por los proponentes. 24 Los acuerdos se tomarán previo dictamen de una Comisión y deliberación 25 subsiguiente; solo el trámite de dictamen podrá dispensarse por medio de 26 una votación calificada de los presentes. 27 Durante la lectura del oficio anteriormente señalado se observa, que en la 28 gestión planteada por la Alcaldía no se contemplaba la solicitud de dispensa 29 de trámite de Comisión, por lo que, ante esta situación, el señor Alcalde de 30 manera verbal requiere que la misma sea considerada en el documento, Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.6 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 siendo que, a raíz de dicha solicitud, la misma se somete a votación en el 2 seno del Concejo y la misma es aprobada de manera unánime. 3 Una vez aprobada la dispensa de trámite de Comisión, al darse la discusión 4 del documento, el Concejo Municipal, de acuerdo a los comentarios 5 esgrimidos por los mismos Regidores durante la sesión, manifiestan la 6 necesidad de que este tema sea conocido y analizado por la Comisión 7 Municipal de Obras Públicas debido al detalle de la información que se está 8 presentando, presentándose el problema de haberse aprobado ya la 9 dispensa de trámite de Comisión de manera positiva, por lo que la gestión 10 planteada por la Alcaldía Municipal requería de su aprobación o rechazo. 11 Ante esa situación, en mi condición de Presidente Municipal, al considerar la 12 necesidad de que el tema sea conocido y analizado por una Comisión debido 13 a su complejidad, someto a votación del Concejo el rechazo del oficio MSC- 14 AM-0729-2022 planteado por la Alcaldía para su posterior presentación, 15 siendo que de manera unánime los señores Regidores concuerdan con esta 16 Presidencia y se rechaza la solicitud planteada. 17 Visto lo anterior, y a pesar de haberse dado el rechazo del oficio MSC-AM- 18 0729-2022, de manera involuntaria la suscrita, sin afán de hacer incurrir en 19 error al Concejo Municipal, propongo el traslado del mismo a la Comisión 20 Municipal de Obras Públicas para su análisis y recomendación, situación que 21 no era procedente dado que dicho oficio ya había sido rechazado de manera 22 previa por el Concejo. 23 PETITORIA 24 Por lo anteriormente expuesto, atendiendo razones de oportunidad y 25 legalidad, y al considerar la suscrita poseer un interés directo y personal en 26 el objeto del acuerdo como miembro de la Comisión Municipal de Obras 27 Públicas, solicito se revoque el acuerdo recurrido. 28 Atentamente, 29 Ashley Tatiana Brenes Alvarado 30 207730963 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.7 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 La señora Ashley Tatiana Brenes Alvarado, Presidente Municipal en ejercicio, 2 señala, el documento, tal y como se leyó, fue una acción que se realizó la semana 3 anterior en el punto de Asuntos de Alcaldía, donde rechazamos el oficio MSC-AM- 4 0729- 2022, la petitoria es dejar sin efecto lo que acordamos la semana anterior y 5 realizar el proceso correspondiente, en el cual desde un inicio debía ir a la Comisión 6 de Obras Públicas para su análisis y recomendación, 7 8 La señora Diana Corrales Morales, Regidora Municipal, expresa que lo que 9 está entendiendo es que el Concejo rechaza el acuerdo, pero, se tendría que tomar 10 un acuerdo nuevo, esa parte es la que no tiene clara, por lo que solicita si le pueden 11 explicar ese punto. 12 13 La señora Yuseth Bolaños Esquivel, Regidora Municipal, expresa, lo que 14 ocurre es esto cuando nosotros sometemos en dispensa de trámite un documento, 15 se vota a favor o se vota en contra, si damos dispensa de trámite, no podemos 16 enviarlo a comisión. Cualquier documento que deseemos que vaya a ser analizado 17 en una comisión, hay que votar en contra de la dispensa de trámite, es así como lo 18 entiendo y quisiera que Alejandra me confirme si es correcto. 19 20 La señora Alejandra Bustamante Segura, Asesora Legal del Concejo 21 Municipal indica, con relación a esto, la Alcaldía presentó nuevamente la gestión, 22 por lo que ustedes estarían conociendo de nuevo la solicitud que se planteó en ese 23 momento. Lo que menciona doña Yuseth, efectivamente es así, los acuerdos del 24 Concejo que se originen, ya sea de una gestión propia del Alcalde o de ustedes 25 como regidores, debe enviarse una comisión para su dictamen o dispensarse 26 trámite de comisión, si hay una solicitud de dispensa de trámite y ustedes votan 27 afirmativa la dispensa de trámite es porque no lo van a remitir a ninguna comisión. 28 Entonces si hay algún documento o alguna solicitud que ustedes en la valoración 29 que se haga del tema consideran oportuno que vaya a una comisión, no deben votar 30 la dispensa de trámite afirmativa, porque si la votan afirmativa estarían excluyendo Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.8 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 la posibilidad de ir, cuando un documento trae una solicitud de dispensa de trámite 2 y ustedes consideran que debe ir a una comisión, deben de votar la dispensa 3 negativa, si votan la dispensa negativa necesariamente tendría que ir a una 4 comisión para que esta analice el documento. 5 6 La señora Ashley Brenes Alvarado, Presidente Municipal en ejercicio, señala, 7 sobre lo consultado por la Regidora Diana, este documento en los adjuntos que nos 8 presentaron por parte de la Alcaldía Municipal se presentaría nuevamente después 9 de la decisión y de la votación de se haga en este momento, para que de manera 10 correcta pueda ir a la Comisión de Obras Públicas como desde un inicio para su 11 análisis y recomendación. Así mismo recalca que por recomendación de la señora 12 Alejandra Bustamante Segura, Asesora Legal del Concejo, se abstendrá de la 13 votación, solicitándole al Regidor Luis Fernando Porras, Regidor de mayor edad 14 quien le correspondería llevar a cabo la votación. 15 16 Nota: Al ser las 17:20 horas la señora Ashley Tatiana Brenes Alvarado, Presidente 17 Municipal en ejercicio, se retira temporalmente de la sesión, pasado a presidir el 18 señor Regidor Luis Fernando Porras Vargas y supliendo la Regidora Magally 19 Herrera Cuadra.- 20 21 Se somete a votación el recurso de revocatoria. 22 23 ACUERDO N° 01.- 24 25 Revocar el acuerdo tomado por el Concejo Municipal en su Sesión Ordinaria 26 celebrada el lunes 06 de junio del 2022, mediante el Artículo N°VIII, Acuerdo N°10- 27 B del Acta N°34.Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 28 APROBADO.- 29 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.9 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Nota: Al ser las 17:21 horas la señora Ashley Tatiana Brenes Alvarado, Presidente 2 Municipal en ejercicio, se incorpora a la sesión, pasando a ocupar su respectivo 3 lugar.- 4 5 ARTÍCULO VI. 6 LECTURA Y APROBACIÓN DE PERMISOS PROVISIONALES DE LICOR. ­ 7 8 A petición de las Asociaciones que a continuación se detallan: 9 10 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE BUENA VISTA SOLICITA 11 UN PERMISO PROVISIONAL DE LICOR PARA SER UTILIZADO EN 12 FIESTAS PATRONALES, A REALIZARSE LOS DÍAS 17,18,19,20 Y 21 DE 13 JUNIO DE 2022. CABE SEÑALAR QUE DICHO PERMISO SE UBICARÁ EN 14 EL SALÓN COMUNAL DE BUENA VISTA. 15 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PEJE VIEJO DE 16 FLORENCIA SOLICITA UN PERMISO PROVISIONAL DE LICOR PARA 17 SER UTILIZADO EN CABALGATA, A REALIZARSE EL DÍA 03 DE JULIO DE 18 2022. CABE SEÑALAR QUE DICHO PERMISO SE UBICARÁ EN EL SALÓN 19 COMUNAL DE PEJE VIEJO DE FLORENCIA. 20 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL LA TIGRA SOLICITA UN 21 PERMISO PROVISIONAL DE LICOR PARA SER UTILIZADO EN TOPE, A 22 REALIZARSE EL DÍA 26 DE JUNIO DE 2022. CABE SEÑALAR QUE DICHO 23 PERMISO SE UBICARÁ EN EL SALÓN COMUNAL DE LA TIGRA. 24 25 ACUERDO 02.- 26 Conceder PERMISOS PROVISIONALES DE LICOR para las actividades que 27 realizarán las Asociaciones anteriormente descritas. Lo anterior en el entendido de 28 que deberán cumplir con todos los requisitos establecidos. Además, se les informa 29 que queda totalmente prohibida la venta de licor en Centros Recreativos y Centros 30 de Educación, así como que no se puedan vender, ni subarrendar estos Permisos Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.10 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 a terceras personas y que en estas actividades no se realicen actos que vayan 2 contra la moral. Además, se faculta a la Administración Municipal para que en el 3 momento en que infrinjan la Ley de Licores y su Reglamento, se les suspenda el 4 Permiso Provisional de Licor en el acto, debiéndose dar un estricto acatamiento del 5 artículo 17 de la Ley anteriormente indicada, el cual señala que los lugares donde 6 se van a utilizar los permisos provisionales de licor no podrán tener comunicación 7 visual con el medio ambiente externo, debiendo tener medidas de salubridad 8 propias y adecuadas. Queda entendido que dichos permisos se otorgan porque 9 cuentan con todos los requisitos. Votación unánime. ACUERDO 10 DEFINITIVAMENTE APROBADO. ­ 11 12 ARTÍCULO VII. 13 LECTURA Y APROBACIÓN DE JUNTAS ADMINISTRATIVAS Y DE 14 EDUCACIÓN. - 15 16 Lectura y aprobación de Juntas Administrativas y de Educación. ­ 17 A petición de los Directores de las Escuelas y Colegios que a continuación 18 se detallan, quienes cuenta con el visto bueno de sus Supervisores, así como del 19 Concejo de Distrito del lugar, se nombran a los nuevos integrantes de las Juntas de 20 Educación y Administrativas que se detallan a continuación: 21 22 ESCUELA PARAÍSO ­ POCOSOL 23 Benjamín Meza Meza..........................cédula..........155820128818 24 25 ESCUELA KOOPER MUELLE ­ FLORENCIA 26 Priscila Patricia Zúñiga Céspedes .................cédula..........2 0579 0131 27 Rosa Isel Delgado Godínez............................................2 0503 0434 28 Ashly Fabiola Hurtado Villalobos......................................2 0759 0076 29 Deylin Elena Laynes Corella...........................................2 0788 0881 30 April Vanesa Romero Bonilla..........................................2 0812 0489 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.11 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ESCUELA EL SAÍNO ­ PITAL 2 3 Grettel Vanessa Mejías López.....................cédula.............2 0760 0168 4 5 ACUERDO N° 03.- 6 7 Aprobar a los nuevos integrantes de las Juntas de Administrativas y de 8 Educación anteriormente descritas. Votación unánime. ACUERDO 9 DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 10 11 ARTÍCULO VIII. 12 JURAMENTACIÓN DE MIEMBROS DE JUNTAS ADMINISTRATIVAS Y DE 13 EDUCACIÓN. 14 15 Juramentación de miembros de Juntas Administrativas y de 16 Educación.- 17 18 La señora Ana Patricia Solís Rojas, Secretaria del Concejo Municipal procede a 19 realizar la debida juramentación de los miembros de las Juntas Administrativas y de 20 Educación, que se detallan a continuación: 21 22 ESCUELA EL SAÍNO ­ PITAL 23 Grettel Vanessa Mejías López.....................cédula.............2 0760 0168 24 25 ESCUELA LA LUCHA ­ LA TIGRA 26 José Ángel Araya Blanco................................. cédula.........2 0410 0209 27 Stephanie Noelia Sánchez Díaz.............................................2 0649 0828 28 Silvia Lorena Artavia Díaz..................................................2 0555 0400 29 Marco Vinicio Murillo Marín................................................1 0984 0069 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.12 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL PLATANAR ­ FLORENCIA 2 3 Edgar León Porras.....................................cédula..........2 0388 0979 4 5 LICEO RURAL JUANILAMA­ POCOSOL 6 7 Norma María Martínez Calderón................ cédula ........155817262728 8 9 LICEO GASTÓN PERALTA CARRANZA ­ CUTRIS 10 11 Carlos Luis Hernández Salas.....................cédula............2 0451 0988 12 Gerardo Vásquez Jiménez............................................2 0314 0202 13 Yeimy Yulieth Vargas Arce............................................2 0834 0253 14 Marvin Jesús Villalobos Alvarado...................................2 0434 0155 15 16 ARTÍCULO IX. 17 ASUNTOS DE LA ALCALDÍA. ­ 18 19 Solicitud de aprobación de licencias de licor. ­ 20 21 Se recibe oficio MSCAM-H-AT-PAT-274-2022 emitido por la Sección de 22 Patentes, el cual se detalla a continuación: 23 24 Por medio de la presente reciba un cordial saludo, la Sección de Patentes, procede 25 a enviar para su tramitación la solicitud de licencia de licor recibida por esta sección; 26 la misma ha sido revisada de conformidad con lo establecido por la Ley 9047 Ley 27 de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico, su 28 reglamento y en apego a lo establecido en la Ley No8220, Ley de Protección al 29 ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos. 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.13 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Por otra parte, se indica, que el proceso de revisión se ha realizado bajo el marco 2 jurídico de la ley 9047 y su reglamento, en sus artículos 3,4,8 y 9 de la Ley 9047 y 3 los artículos 9,10,11,12,13 del reglamento a la Ley N° 9047 "Regulación y 4 Comercialización de bebidas con contenido alcohólico" para la Municipalidad de San 5 Carlos. 6 7 La licencia solicitada es la siguiente: 8 Cedula Patente Actividad Clase Distrito Licenciatario Comercial Restaurante C Aguas 9 306115 Zarcas 10 Mena Mora Carolina 2-811-525 11 12 Se solicita la dispensa de trámite. 13 14 SE ACUERDA: Brindar la dispensa de trámite solicitada. Votación unánime. ­ 15 16 ACUERDO N°04.- 17 18 Con base en el oficio MSCAM-H-AT-PAT-274-2022 de la Sección de Patentes 19 Municipal, referente a solicitud de licencia de licor, se determina, autorizar el 20 otorgamiento de la licencia de licor requerida la cual se detalla a continuación: 21 Licenciatario Cedula Patente Actividad Clase Distrito Comercial Mena Mora Carolina 2-811-525 306115 Restaurante C Aguas Zarcas 22 23 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. ­ 24 25 26 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.14 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Solicitud de aprobación de licencias de licor. ­ 2 3 Se recibe oficio MSCAM-H-AT-PAT-275-2022 emitido por la Sección de 4 Patentes, el cual se detalla a continuación: 5 6 Por medio de la presente reciba un cordial saludo, la Sección de Patentes, procede 7 a enviar para su tramitación la solicitud de licencia de licor recibida por esta sección; 8 la misma ha sido revisada de conformidad con lo establecido por la Ley 9047 Ley 9 de Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico, su 10 reglamento y en apego a lo establecido en la Ley No8220, Ley de Protección al 11 ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos. 12 13 Por otra parte, se indica, que el proceso de revisión se ha realizado bajo el marco 14 jurídico de la ley 9047 y su reglamento, en sus artículos 3,4,8 y 9 de la Ley 9047 y 15 los artículos 9,10,11,12,13 del reglamento a la Ley N° 9047 "Regulación y 16 Comercialización de bebidas con contenido alcohólico" para la Municipalidad de San 17 Carlos. 18 La licencia solicitada 19 Licenciatario Cedula Patente Actividad Clase Distrito 20 Comercial 21 Cambronero Arias 2-703-050 305713 Restaurante C Quesada Luis Alexander 22 23 Se solicita la dispensa de trámite. 24 25 SE ACUERDA: Brindar la dispensa de trámite solicitada. Votación unánime. ­ 26 27 ACUERDO N°05.- 28 29 Con base en el oficio MSCAM-H-AT-PAT-275-2022 de la Sección de Patentes 30 Municipal, referente a solicitud de licencia de licor, se determina, autorizar el Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.15 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 otorgamiento de la licencia de licor requerida la cual se detalla a continuación: Licenciatario Cedula Patente Actividad Clase Distrito Comercial Cambronero Arias 2-703-050 305713 Restaurante C Quesada Luis Alexander 2 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. ­ 3 4 Solicitud de aprobación proyectos de asfaltados de Aguas Zarcas para 5 ejecutar en el periodo 2022 y corrección de números de camino del distrito de 6 Quesada . ­ 7 Se recibe oficio MSCAM-JVC-0053-2022 emitido por la Junta Vial Cantonal 8 de la Municipalidad de San Carlos, el cual se detalla a continuación: 9 10 Les comunico que la Junta Vial Cantonal de San Carlos, en su Sesión Extraordinaria 11 celebrada el jueves 09 de junio del 2022, en la sala de sesiones de la Alcaldía 12 Municipal, mediante Artículo Nº III, Acuerdo Nº 03, Acta Nº11, ACORDÓ: La Junta 13 Vial Cantonal de la Municipalidad de San Carlos en atención al oficio MSCAM- 14 UTGV-0898-2022 de la Unidad Técnica de Gestión Vial, determino Anexar y aprobar 15 lista de proyectos de asfaltados del Concejo de distrito de Aguas Zarcas y corregir 16 códigos de caminos del distrito de Quesada al oficio MSCAM-UTGV-0870-2022 de 17 la Unidad Técnica de Gestión Vial, los cuales serán ejecutados en el periodo 2022, 18 dejando a criterio técnico y disponibilidad económica las dimensiones del proyecto, 19 los cuales no podrán ser modificados o sustituidos por otros proyectos si no cuenta 20 con el criterio técnico por parte de la Unidad ejecutora que justifique su alteración, 21 el visto bueno de los Concejos de distrito y la aprobación de la Junta Vial Cantonal 22 de San Carlos ACUERDO FIRME. 23 24 Se solicita dispensa de trámite. 25 26 SE ACUERDA: Brindar la dispensa de trámite solicitada. Votación unánime. ­ Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.16 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ACUERDO N°06.- 2 3 Con base en los oficios MSCAM.JVC.0053-2022 emitido por la Junta Vial 4 Cantonal y MSCAM-UTGV-0898-2022, del Ingeniero Carlos Valenzuela Amores, 5 Director a.i. de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, se determina, anexar y 6 aprobar lista de proyectos de asfaltados del Concejo de Distrito de Aguas Zarcas y 7 corregir códigos de caminos del Distrito de Quesada al oficio MSCAM-UTGV-0870- 8 2022 de la Unidad Técnica de Gestión Vial, los cuales serán ejecutados en el 9 periodo 2022, dejando a criterio técnico y disponibilidad económica las dimensiones 10 del proyecto, los cuales no podrán ser modificados o sustituidos por otros proyectos 11 si no cuenta con el criterio técnico por parte de la Unidad Ejecutora que justifique su 12 alteración, el visto bueno de los Concejos de distrito y la aprobación de la Junta Vial 13 Cantonal de San Carlos, mismas que se detalla a continuación: 14 15 Cuadro de proyectos de asfaltados de Aguas Zarcas 16 INTERVENCIÓN CAMINO DISTRITO UBICACIÓN (KM) 2-10-627 Aguas Zarcas Cuadrantes de Cerro Cortes 1 2-10-629 Aguas Zarcas Cuadrantes de Cerro Cortes 0,4 2-10-634 Aguas Zarcas Cuadrantes de Cerro Cortes 0,5 2-10-147 Aguas Zarcas Pitalito Calle Chema 0,6 17 18 Cuadro correcciones de códigos de caminos del distrito de Quesada CAMINO DISTRITO UBICACIÓN INTERVENCIÓN (KM) 2-10-946 Quesada Calle Araya 0,20 2-10-928 Quesada Las Malvinas 0,50 2-10-CPSI Quesada Calle Mago-Puente Casa 0,15 2-10-0232 Quesada Camino al parque del Agua 1 19 20 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 21 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.17 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Solicitud autorización otorgamiento adenda convenio "Plan Regulador 2 e índices de fragilidad distritos de Venecia, Pital, La Tigra, Venado, Cutris, 3 Monterrey, Pocosol y el norte de Aguas Zarcas". ­ 4 Se recibe oficio MSCAM-0783-2022 emitido por la Alcaldía Municipal, el cual 5 se detalla a continuación: 6 7 Se remite para conocimiento y análisis la solicitud planteada por parte del 8 Departamento de Ordenamiento territorial y SIG, Geógrafo Andrey Salas Ramirez, 9 quien mediante oficio MSCAM-H-AT-SIG-0003-2022 traslada solicitud realizada por 10 parte de la Universidad de Costa Rica, PRODUS oficio EIC-PRODUS-11-2022 se 11 solicita adenda al convenio previo al vencimiento del mismo, a efectos de que amplie 12 el plazo de vigencia del mismo por 16 meses, según lo indica la Licenciada Ma. 13 Gabriela González Gutiérrez, mediante oficio MSCAM-SJ-0632-2022 revisados los 14 antecedentes y la gestión requerida por el compañero Salas Ramirez, técnico 15 responsable de la gestión, no encuentra esta dirección impedimento alguno para el 16 otorgamiento de la adenda requerida, por lo que se solicita con todo respeto acordar 17 lo siguiente: 18 "... Se autoriza al Licenciado Alfredo Cordoba Soro o a quien ostente la 19 representación legal de la Municipalidad de San Carlos, proceder con el 20 otorgamiento de la primer adenda al convenio "Plan regulador e índices de fragilidad 21 distritos de Venecia, Pital, La tigra, Venado, Cutris, Monterrey, Pocosol y el Norte de 22 Aguas Zarcas, ratificándose lo actuado al día de hoy, en relación a dicha adenda. " 23 Se solicita a dispensa de trámite correspondiente. 24 25 SE ACUERDA: Brindar la dispensa de trámite solicitada. Ochos votos a favor y 26 un voto en contra de la Regidora Diana Corrales Morales. ­ 27 28 El señor Luis Fernando Solís Sauma, Regidor Municipal, señala, esta 29 demanda contempla tres puntos específicos, el primero es la ampliación por 16 30 meses que se solicita realizar, la cual vendría a ampliar el plazo hasta el 10 de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.18 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 septiembre del 2023. Lo otro es una regulación contra lo que es hostigamiento 2 sexual y la otra es introducir una regulación contra la discriminación, que no estaban 3 según lo que pude observar en la información que nos envían, me parece que son 4 cosas de forma y de obligatoriedad, para tener un poquito de claridad en el tema de 5 la ampliación don Alfredo, tal vez que nos explica por qué se solicita ese plazo de 6 16 meses, ¿Por qué no es menos?, tal vez nos explica un poquito de fondo la razón, 7 sé que es una cuestión técnica, pero es bueno conocerlo por qué se están 8 solicitando estos 16 meses de para la ampliación que va implícita en esta adenda. 9 10 La señora Diana Corrales Morales, Regidora Municipal, indica, me hubiera 11 gustado que una adenda a un convenio específico tan importante como este, que 12 tiene relación con el Plan Regulador hubiera sido enviado a la Comisión de Asuntos 13 Jurídicos para su análisis revisando en detalle y nosotros también estuviéramos un 14 poco más de tiempo, porque esta adenda se envió hoy los cinco documentos que 15 se adjuntaron, entonces no podemos revisarlos en detalle, sé que lo que dice ahí 16 es una ampliación del plazo de 18 meses, lo cual no es poca cosa, tampoco viene 17 una justificante del porque tenemos que aprobarlo hoy específicamente y el porqué 18 de la ampliación del plazo, me quedan muchas dudas sobre este proceso. ¿Habrá 19 posibilidades de que lo enviamos a una comisión? Según lo que entendí en un punto 20 anterior a la abogada, definitivamente no, a mí me hubiera gustado que se realizará 21 un poquito más en detalle. Por supuesto que, si hay que ampliar el plazo se amplía, 22 eso no tengo la menor duda de que es por alguna razón, pero no viene explicado 23 en esta información que nos que nos está enviando, si me hubiera gustado que 24 fuera primero a una revisión de jurídicos y un análisis más profundo por parte 25 nuestra, esto sería, y si gustan ampliar sobre la explicación a esos temas que nos 26 hacen falta, pues agradecería mucho la información. 27 B 28 El señor Alfredo Córdoba Soro, Alcalde Municipal, expresa, esto es un tema 29 muy importante para el cantón, ya se ha discutido muchas veces, respecto lo que el 30 Concejo diga, este proyecto se ha atrasado mucho, es un adendum que todos lo Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.19 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 conocen, es un plan que se ha atrasado casi siete u ocho años, es un adendum 2 normal para extender el plazo, lo que falta es la audiencia pública y la consulta al 3 INVU. 4 5 El señor Luis Fernando Solís Sauma, Regidor Municipal, manifiesta, coincido 6 totalmente en lo que apunta el señor Alcalde de lo que precisa esto, por eso es la 7 razón de que creo que estemos prácticamente casi todos de acuerdo en que eso se 8 vea hoy. Lo del plazo, es un plazo de vigencia, quería, tal vez tener un como un 9 detalle más claro, porque en la documentación lo que viene es la solicitud de ese 10 plazo, me parece que 16 meses, es un plazo bastante amplio, seguro también para 11 proteger el tema de que si se tarda más de lo esperado. Yo decía que fueran 12 12 meses o menos, como para presionar un poco para acelerar el proceso, pero repito, 13 es un tema técnico, asumo que los que se hicieron toda la recomendación de 14 tiempos tiene que ver con plazos de cumplimiento, ya sabemos que en el sector 15 público hay algunos procesos que son lentos y asumo que eso lo están ellos 16 estimando dentro de ese plazo de vigencia que están solicitando 16 meses, no 17 tengo ningún inconveniente, solamente para tener un poco más de claridad para 18 conocer si se sabían cuáles detalle eran los que podían hacer que el plazo fuera de 19 16 meses y no menor, las otras dos cláusulas evidentemente son obligatorias ni 20 siquiera se discuten, de mi parte estoy satisfecho con la explicación. 21 22 La señora Diana Corrales Morales, Regidora Municipal, señala, ese es el 23 problema, que no podemos asumir tampoco de porque es un plazo de 18 meses y 24 no de 12 meses como expresa don Luis Fernando, no es un tema de atrasar, creo 25 que si nosotros hacemos este análisis en una semana es un plazo razonable para 26 únicamente ver el detalle, no es nada de estar en contra de este Plan Regulador, 27 por supuesto que no, es un tema que nosotros como Concejo estamos 28 absolutamente de acuerdo que tiene que avanzar, pero no es por eso que lo 29 vayamos a atrasar, es analizarlo en una semana y esperaría que este tipo de cosas 30 no sucedan, sin son convenios siempre se han enviado a la comisión, si son Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.20 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 adendum a esos convenios tan importantes lo ideal es que se envíen a comisión, 2 realmente los temas no son tan críticos como para no votarlo, pero si agradecería 3 que estos documentos se envíen con mayor anticipación para poderlos enviar a 4 comisión porque es importante revisar la letra menuda antes que este Concejo 5 apruebe este tipo de documentos, únicamente hacer esa sugerencia, por supuesto 6 que no queremos atrasar nada, pero, no significa que tengamos que aprobar las 7 cosas sin mayor análisis. 8 9 Se somete a votación la recomendación de acuerdo planteada mediante el 10 oficio MSCAM-0783-2022 emitido por la Alcaldía Municipal. 11 12 ACUERDO N°07.- 13 14 Con base en los oficios MSCAM-0783-2022 emitido por la Alcaldía Municipal y 15 MSCAM-SJ-0632-2022 de la Dirección Municipal de Asuntos Jurídicos, se 16 determina, autorizar al Licenciado Alfredo Cordoba Soro o a quien ostente la 17 representación legal de la Municipalidad de San Carlos, proceder con el 18 otorgamiento de la primer adenda al convenio "Plan regulador e índices de fragilidad 19 distritos de Venecia, Pital, La tigra, Venado, Cutris, Monterrey, Pocosol y el Norte de 20 Aguas Zarcas, ratificándose lo actuado al día de hoy, en relación a dicha adenda", 21 misma que se detalla a continuación: 22 23 PRIMERA ADENDA AL CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA MUNICIPALIDAD 24 DE SAN CARLOS Y LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA PARA LA 25 FINALIZACIÓN DE PROYECTO: 26 "PLAN REGULADOR E ÍNDICES DE FRAGILIDAD PARA LOS DISTRITOS DE 27 VENECIA, PITAL, LA TIGRA, VENADO, CUTRIS, MONTERREY, POCOSOL Y EL 28 NORTE DE AGUAS ZARCAS" 29 30 Entre nosotros, La UNIVERSIDAD DE COSTA RICA, en adelante la UNIVERSIDAD, Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.21 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 institución de educación superior con cédula de personería jurídica número cuatro 2 ­ cero cero cero cero ­ cuatro dos uno cuatro nueve, representada por el señor 3 Gustavo Gutiérrez Espeleta, Doctor en Genética con especialidad en Genética 4 Molecular, cédula de identidad número uno - cero seis seis cero ­ cero tres cinco 5 dos, divorciado, vecino de Montes de Oca, en su condición de Rector con facultades 6 de representante judicial y extrajudicial según el artículo 40, inciso a, del Estatuto 7 Orgánico de la Universidad de Costa Rica; nombrado mediante Asamblea 8 Plebiscitaria celebrada el día 27 de noviembre del 2020, cuyos resultados fueron 9 declarados por la RESOLUCIÓN TEU-33-2020, por un período comprendido entre 10 el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2024, juramentado por el Consejo 11 Universitario en la sesión solemne Nº 6458, artículo único, celebrada el jueves 17 12 de diciembre de 2020, y LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, cédula jurídica 13 número tres ­ cero uno cuatro ­ cero cuatro dos cero siete cuatro, en adelante la 14 MUNICIPALIDAD, representada en este acto por Alfredo Córdoba Soro, mayor, 15 administrador de empresas, casado, vecino de Ciudad Quesada, cantón de San 16 Carlos, Alajuela, con cédula de identidad dos ­ cero tres ocho siete ­cero uno tres 17 dos, en su calidad de Alcalde municipal, según declaratoria de elección del Tribunal 18 Supremo de Elecciones realizada mediante resolución N° 1494-E11-2020 de las 19 catorce horas y treinta minutos del veintisiete de febrero de dos mil veinte 20 denominada "Declaratoria de elección de alcaldías y vicealcaldías de las 21 municipalidades de los cantones de la provincia de Alajuela, para el período 22 comprendido entre el primero de mayo de dos mil veinte y el treinta de abril de dos 23 mil veinticuatro", publicada en La Gaceta Nº47 del martes 10 de marzo del 2020, 24 autorizado para realizar la presente gestión mediante acuerdo de Concejo 25 Municipal, representante legal con facultades suficientes para este acto, 26 acordamos: 27 28 1 CONSIDERANDO: 29 I. Que la MUNICIPALIDAD es una entidad autónoma, que ejerce el 30 gobierno local y la administración de los intereses y servicios locales Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.22 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 respectivos en su territorio, según los artículos 169 y 170 Constitución 2 Política. 3 II. Que la MUNICIPALIDAD, según el artículo 4 inciso f) del Código 4 Municipal, posee la autonomía política, administrativa y financiera que le 5 confiere la Constitución Política, atribuyéndole la facultad de concertar, 6 con personas o entidades nacionales o extranjeras, pactos, convenios o 7 contratos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. 8 III. Que la UNIVERSIDAD, al ser una institución pública de educación 9 superior, tiene dentro de sus fines primordiales la docencia, la 10 investigación y la acción social, contribuyendo con el progreso de las 11 ciencias, las artes, las humanidades y la técnica, reafirmando su 12 interrelación y aplicándolas al conocimiento de la realidad costarricense. 13 IV. Que la UNIVERSIDAD cuenta entre sus instalaciones con facultades, 14 escuelas, laboratorios, centros e institutos de investigación con gran 15 capacidad humana, e infraestructura y tecnología para llevar a cabo 16 análisis y estudios técnicos en infinidad de áreas del conocimiento. 17 V. Que la UNIVERSIDAD ofrece una serie de servicios de información a 18 nivel científico y de investigación, los cuales pueden ser de gran provecho 19 para los procesos propios de la MUNICIPALIDAD. 20 VI. Que el artículo 93 de la ley No. 7169 o ley de Promoción del Desarrollo 21 Científico y Tecnológico dispone que, para todos los efectos legales, se 22 establece con carácter de "actividad ordinaria" la investigación y la 23 prestación de servicios en ciencia y tecnología, a cargo de las entidades 24 públicas, incluyendo las instituciones de educación superior universitaria 25 estatal. 26 VII. Que, mediante el Programa de Investigación en Desarrollo Urbano 27 Sostenible (ProDUS-UCR), adscrito a la Escuela de Ingeniería Civil de la 28 Universidad de Costa Rica, se busca el análisis y compresión de la 29 interacción entre los asentamientos humanos y los sistemas naturales, 30 promover el mejoramiento en la eficiencia y la eficacia en el uso de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.23 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 recursos naturales y el aumento en la protección de los sistemas 2 naturales, además de la promoción del desarrollo sostenible en sus tres 3 dimensiones: eficiencia económica, equidad social y sostenibilidad 4 ambiental. 5 VIII. Que ProDUS-UCR cuenta con amplia experiencia en la definición de 6 políticas territoriales y análisis espacial. Además, cuenta con un equipo 7 de investigadores y asistentes, así como un grupo de consultores 8 externos en diversas áreas que le permiten elaborar estudios y 9 diagnósticos, además de dar un adecuado seguimiento a los distintos 10 componentes de análisis y recolección integrada de información. 11 IX. Que, en procura de asegurar la calidad de los servicios municipales, es 12 de interés para la MUNICIPALIDAD realizar la Actualización del Plan 13 Regulador Urbano y los índices de fragilidad correspondientes. 14 X. Que en junio del dos mil diecinueve se suscribió el Convenio Específico 15 entre la MUNICIPALIDAD y la UNIVERSIDAD para el desarrollo del 16 proyecto de "Finalización de Proyecto: Plan Regulador e Índices de 17 Fragilidad para los distritos de Venecia, Pital, la Tigra, Venado, Cutris, 18 Monterrey, Pocosol y el norte de Aguas Zarcas". 19 XI. Que, durante el período de vigencia del convenio, la MUNICIPALIDAD y 20 la UNIVERSIDAD, a través de ProDUS-UCR, han continuado 21 comprometidas trabajando en los aspectos específicos sobre la 22 propuesta de Plan Regulador y los elementos que lo componen, 23 encontrándose etapas pendientes. 24 XII. Que la MUNICIPALIDAD y la UNIVERSIDAD, a través de ProDUS-UCR, 25 realizarán las gestiones pertinentes para concluir satisfactoriamente con 26 el proyecto según lo originalmente pactado. 27 28 POR TANTO: 29 Las partes acuerdan lo siguiente: Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.24 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Primero: "Modificación de la Cláusula Décimo Séptima": De la Vigencia y 2 Prórrogas: El plazo para cumplir con el objeto del presente convenio se amplía por 3 dieciséis meses más, periodo que se contabilizará a partir del 10 de junio del 2022 4 y hasta el 10 de septiembre del 2023. 5 Segundo: "Adición de cláusulas décimo octava y décimo novena, contra el 6 hostigamiento sexual y la discriminación": Se adicionan al convenio, las 7 siguientes cláusulas: 8 CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DE LA REGULACIÓN CONTRA EL 9 HOSTIGAMIENTO Y ACOSO SEXUAL. 10 LA MUNICIPALIDAD y LA UNIVERSIDAD harán sus mejores esfuerzos para que el 11 personal que ejecute el presente convenio se abstenga de realizar actos de 12 hostigamiento o acoso sexual. En caso de que se reciba una denuncia formal en 13 contra de una persona colaboradora de la MUNICIPALIDAD y/o de la 14 UNIVERSIDAD, ambas instituciones se comprometen a realizar a partir de la 15 denuncia recibida, los procedimientos administrativos de acuerdo con la Ley contra 16 Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia (Ley 7476) y la normativa 17 interna aplicable a cada institución, según corresponda. 18 19 CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DE LA REGULACIÓN CONTRA LA 20 DISCRIMINACIÓN. 21 LA UNIVERSIDAD y LA MUNICIPALIDAD son instituciones libres de discriminación, 22 por lo que se comprometen a informar a su personal sobre la obligación de 23 abstenerse de realizar cualquier acto que represente discriminación de cualquier 24 tipo, así como realizar sus mejores esfuerzos para que el personal que ejecuta este 25 convenio se abstenga de realizar cualquier conducta que pueda ser constitutiva de 26 discriminación. En caso de darse algún acto que resulte presuntamente 27 discriminatorio, la MUNICIPALIDAD y la UNIVERSIDAD se comprometen a realizar 28 la investigación y el procedimiento administrativo, según la normativa que le aplica 29 a cada institución. 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.25 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Tercero: "Vigencia del Convenio Original": Los términos y condiciones del 2 convenio original quedan firmes y vigentes en todo aquello que no resulte 3 expresamente reformado por la presente adenda. 4 5 Ambas partes firman su conformidad con lo acordado. DR. GUSTAVO GUTIÉRREZ LIC. ALFREDO CÓRDOBA SORO ESPELETA ALCALDE RECTOR MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS UNIVERSIDAD DE COSTA RICA 6 7 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 8 9 Variación Presupuestaria N°01-2022 de la Unidad Técnica de Gestión 10 Vial Municipal. ­ 11 12 Se recibe oficio MSCAM-JVC-0052-2022 emitido por la Junta Vial Cantonal 13 de la Municipalidad de San Carlos, el cual se detalla a continuación: 14 15 Les comunico que la Junta Vial Cantonal de San Carlos, en su Sesión Extraordinaria 16 celebrada el jueves 09 de junio del 2022, en la sala de sesiones de la Alcaldía 17 Municipal, mediante Artículo N° II, Acuerdo N°2, Acta N°11, ACORDÓ: Aprobar la 18 Variación Presupuestaria N°01-2022 y su respectivo ajuste al PAO de la Unidad 19 Técnica de Gestión Vial por un monto total de 52.681.007,40 tal y como fue 20 presentado. ACUERDO FIRME. 21 22 Se solicita dispensa de trámite. 23 24 SE ACUERDA: Rechazar la dispensa de trámite solicitada. Votación unánime. ­ 25 26 27 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.26 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ACUERDO N°08.- 2 Trasladar a la Comisión Municipal de Hacienda y Presupuesto para su 3 análisis y recomendación a este Concejo Municipal, oficio MSCAM-JVC-0052-2022 4 emitido por la Junta Vial Cantonal de la Municipalidad de San Carlos, referente a la 5 Variación Presupuestaria N°01-2022 y su respectivo ajuste al Plan Anual Operativo, 6 por un monto total de 52.681.007,40. Votación unánime. ACUERDO 7 DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 8 9 Acoger Decreto N°43581-MIDEPLAN asueto funcionarios públicos- 10 partido selección nacional. - 11 12 Se recibe oficio MSCAM-0841-2022 emitido por la Alcaldía Municipal, el cual 13 se detalla a continuación: 14 15 Se remite para conocimiento y consideración, la resolución administrativa MSC- 16 RAM-XXX-2022, dictada por esta Alcaldía Municipal con base en el informe emitido 17 por parte de la Comisión de Calles Públicas, en cuanto a la declaratoria como calle 18 de uso Público, el terreno ubicado dentro de las instalaciones del Ministerio de 19 Agricultura y Ganadería en Ciudad Quesada, San Carlos, mediante el cual según 20 se desprende del referido dictamen de Comisión CCP-005-2022 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.27 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 el acoger el Decreto N° 43581-MIDELAN "ASUETO A LOS FUNCIONARIOS 2 PUBLICOS CON MOTIVO DEL PARTIDO DE REPECHAJE PARA EL MUNDIAL DE 3 CATAR 2022, COSTA RICA VRS NUEVA ZELANDA", publicado en el alcance de la 4 gaceta 117 del diez de junio del 2022 mediante el cual de manera textual señala: 5 6 7 8 9 10 Para el caso de las Municipalidades el decreto en cuestión señala: 11 12 13 14 Se externa el interés por parte de la administración municipal de ofrecer este 15 reconocimiento a los funcionarios, quienes son el activo más importante de esta 16 municipalidad y los encargados de ejecutar y desarrollar los servicios brindados, lo 17 anterior, con el propósito de fomentar el buen clima laboral y la motivación del 18 personal municipal, lo anterior aunado al interés por parte del Gobierno central de 19 fomentar el deporte nacional y apoyar a los deportistas de nuestro país. 20 En razón de lo anterior se solicita con todo respeto acordar: 21 "Se acuerda acoger por parte de la Municipalidad de San Carlos, el Decreto N° 22 43581-MIDELAN "ASUETO A LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS CON MOTIVO 23 DEL PARTIDO DE REPECHAJE PARA EL MUNDIAL DE CATAR 2022, COSTA 24 RICA VRS NUEVA ZELANDA", para que los funcionarios municipales puedan tomar 25 su hora de almuerzo de las doce horas a las catorce horas del día 14 de junio del 26 2022, para que puedan observar o seguir el partido Costa Rica vrs Nueva Zelanda, 27 se autoriza a la Alcaldía Municipal a tomar las acciones administrativas 28 correspondientes para el cierre respectivo." 29 Se solicita a dispensa de trámite correspondiente. 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.28 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 SE ACUERDA: Brindar la dispensa de trámite solicitada. Votación unánime. ­ 2 3 El señor Luis Fernando Solís Sauma, Regidor Municipal, señala, agradecerle 4 y felicitar al señor Alcalde por esta iniciativa, creo que era una obligación de parte 5 nuestra. Recordemos que el decreto que el Presidente de la República sacó no nos 6 afecta, digamos no nos cubría a nosotros directamente, por lo cual tiene que ser 7 una, una decisión del Municipio, el que nosotros lo que aprobemos estoy, lo 8 considero muy importante, realmente es un evento de mucha importancia para 9 nuestro país en medio de tanta situación complicada. Mañana es un día muy 10 especial, sí es importante, lo que quiero, realmente es también recalcarle y a todos 11 los funcionarios que son los que se ven favorecidos, de que este es de 12 :00 a las 12 02:00 de la tarde y como mañana vamos a ganar, va haber mucha alegría, que no 13 se les olvide que la entrada es a las 02:00 de la tarde y después de las 05:00 de la 14 tarde se pueden ir a celebrar, recordando que el día siguiente entran a las 8:00 de 15 la mañana, hacer esa salvedad y tratar de respetar el horario. 16 17 La señora Diana Corrales Morales, Regidora Municipal, expresa, estoy 18 absolutamente de acuerdo con que la Municipalidad se sume al movimiento del 19 Gobierno Central con respecto a dar el asueto, de tener una hora de almuerzo un 20 poquito más prolongada, aprovechando que la hora del partido es las 12 mediodía 21 para que los funcionarios públicos puedan también tomarse ese ratito y ver el partido 22 junto a la hora del almuerzo, realmente como bien lo señala la moción esto es un 23 tema también de clima laboral y de esas actividades que no ocurren todo el tiempo, 24 sabemos que el mundial de fútbol es una vez cada cuatro años y una actividad como 25 estas también es cada cuatro años y vale la pena celebrarlo, únicamente por un 26 tema de forma, lo que estoy entiendo es que estaríamos aprobando esta moción, 27 pero me queda una duda, tal vez Alejandra Bustamante nos pueda aclarar, tengo 28 entendido que los Concejos Municipales solo decretan asuetos si son a nivel de 29 cantón, si ya es a nivel únicamente de los funcionarios del Municipio sería un trámite 30 de la Alcaldía, si es así nosotros no tendríamos por qué aprobar esta moción, si es Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.29 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 una moción únicamente para respaldar o apoyar la decisión de la Alcaldía para 2 tenerlo claro, tal vez que amplíen un poco más en la forma como se está haciendo 3 la solicitud para llevar el orden de lo que deberíamos realizar como Concejo. 4 5 El señor Evaristo Arce Hernández, Regidor Municipal, indica, no sé si ese 6 espacio va a alcanzar para ver los tiempos extras y penales, si los hay. 7 8 La señora Alejandra Bustamante Segura, Asesora Legal del Concejo 9 Municipal, señala, a mi criterio no había necesidad de que esto se remitiera al 10 Concejo Municipal, porque es un tema administrativo, dentro de las atribuciones y 11 obligaciones que tiene la Alcaldía es la de ejercer las funciones inherentes a la 12 condición de administrador general y jefe de las dependencias municipales. 13 Leyendo el decreto lo que establece es una ampliación del horario de almuerzo, hay 14 que recordar que el Alcalde es el responsable del recurso humano municipal, 15 establecer lo que son tiempos de jornadas, horarios de almuerzo, todo ese tipo de 16 cosas, habría que consultarle a don Alfredo si lo que desean es tener el respaldo 17 del Concejo Municipal con relación a este decreto, pero, por lo menos mi criterio es 18 que, no era necesario que se presentara al Concejo Municipal. 19 20 El señor Alfredo Córdoba Soro, Alcalde Municipal, indica, para aclarar porque 21 es que se manda al Concejo, cuando el Concejo Municipal hace como tres o cuatro 22 años pidió un asueto del 26 de setiembre día de San Carlos, es un acuerdo que 23 piden para dar asueto en el cantón, creo que hay equivocación de Alejandra, el 24 decreto dice asueto, tienen que tener cuido porque cuando son asuetos tiene que 25 haber acuerdo municipal. 26 27 La señora Alejandra Bustamante Segura, Asesora Legal del Concejo 28 Municipal, señala, en realidad los asuetos que se daban anteriormente el 04 de 29 noviembre o el 26 de setiembre, el Concejo no era quien otorgaba los asuetos, 30 siempre la solicitud iba representada por una comisión que presentaba al Concejo Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.30 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 la gestión, el Concejo la trasladaba a Casa Presidencial y al Ministerio de 2 Gobernación y eran ellos en Casa Presidencial y el Ministerio de Seguridad y 3 Gobernación quienes otorgaban el asueto, el Concejo nunca ha otorgado un asueto, 4 no es competencia del Concejo. 5 6 El señor Alfredo Córdoba Soro, Alcalde Municipal, señala, estoy de acuerdo 7 que el Concejo no otorga asuetos porque es Presidente de la República, pero, es 8 solicitado por el Concejo. 9 10 La señora Alejandra Bustamante Segura, Asesora Legal del Concejo 11 Municipal, manifiesta, en realidad es presentado por una comisión, de hecho en los 12 últimos años no se ha dado asueto porque no existe una comisión de festejos 13 populares, de hecho hay un reglamento donde establece que esa solicitud de esa 14 comisión que se otorgan los asuetos a través de Casa Presidencial es por eso que 15 en los últimos años no hemos tenido asueto, pero en todo caso si ustedes como 16 Concejo Municipal desean brindar un apoyo a las gestiones que está realizando la 17 Alcaldía no habría ningún problema. 18 19 El señor Luis Fernando Solís Sauma, Regidor Municipal, expresa, creo que 20 lo que está hablando la Licenciada está bien tipificado en artículo 44 del Código 21 Municipal, por lo menos lo que estoy entendiendo desde un principio con respecto 22 a esto, que lo que estamos es respaldando la decisión de la Administración, de que 23 se de ese tiempo, así es como lo entiendo, porque para que sea de la forma de que 24 somos los que aprobamos, porque así es como está en el artículo 44, debe de haber 25 una comisión, debió haber habido un proceso mucho mayor a esto, con haber 26 informado creo que era suficiente, pero si lo que se requiere es un respaldo, creo 27 que eso es lo que he sentido, por lo menos nosotros vamos a respaldar la decisión 28 de la Alcaldía con respecto a dar ese tiempo de asueto que se está solicitando. 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.31 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 La señora Diana Corrales Morales, Regidora Municipal, señala, entonces 2 sería más bien un respaldo a la acción administrativa, es que el acuerdo redactado 3 viene como que se autoriza a la Alcaldía y nosotros no autorizamos a la Alcaldía a 4 eso, tal vez la palabra sea lo que haya que corregir, para que sea un apoyo a las 5 acciones administrativas, para la consulta que hizo don Evaristo Arce, en el mismo 6 documento de la moción se está contemplando la posible ampliación de tiempo de 7 acuerdo a lo que decrete el Gobierno Central pensando en esa posibilidad que el 8 plazo se amplíe, aparte de eso, por supuesto a la Alcaldía Municipal agradecerle 9 esa pronta gestión, me imagino que hay que comunicarle a los funcionarios 10 prontamente y a los medios de comunicación oficiales de la Municipalidad que 11 durante ese tiempo las acciones que se vayan a tomar a nivel de que si habrá 12 algunos servicios municipales que estarán fuera durante ese tiempo o si se dispone 13 de algunos funcionarios que puedan mantener la operación de la Administración en 14 orden bajo esas horas, nada más comunicar esos detalles para que la población 15 este enterada de que hay una premura de que es de hoy para mañana. 16 Se somete a votación la sugerencia de acuerdo, planteada mediante el oficio 17 MSCAM-0841-2022 emitido por la Alcaldía Municipal. 18 19 ACUERDO N°09.- 20 21 Acoger por parte de la Municipalidad de San Carlos, el Decreto N°43581- 22 MIDEPLAN "ASUETO A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS CON MOTIVO DEL 23 PARTIDO DE REPECHAJE PARA EL MUNDIAL DE CATAR 2022, COSTA RICA 24 VRS NUEVA ZELANDA", para que los funcionarios municipales puedan tomar su 25 hora de almuerzo de las doce horas a las catorce horas del día 14 de junio del 26 2022, para que puedan observar o seguir el partido Costa Rica vrs Nueva Zelanda, 27 se autoriza a la Alcaldía Municipal a tomar las acciones administrativas 28 correspondientes para el cierre respectivo. Contémplese cualquier ampliación de 29 tiempo que se decrete por parte del Gobierno Central para tales efectos. Votación 30 unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.32 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Solicitud de revisión y aprobación de caminos para su inclusión dentro 2 de la Red Vial Cantonal ante Planificación Sectorial del Ministerio de Obras 3 Públicas y Transportes. ­ 4 Se recibe oficio MSCAM-0836-2022 emitido por la Alcaldía Municipal, el cual 5 se detalla a continuación: 6 7 En seguimiento al oficio MSCAM.UTGV- 0639 ­ 2022 emitido por el departamento 8 de Unidad Técnica de Gestión Vial, en el que solicita otorgar el visto bueno de la 9 administración y acuerdo del Concejo Municipal y la declaración de caminos, 10 para los caminos que a continuación se mencionan en la lista adjunta, y se tramite 11 su inclusión dentro de la Red Vial Cantonal ante Planificación Sectorial del MOPT. 12 Hago de su conocimiento que esta Administración no encuentra objeción alguna por 13 lo que se brinda el Visto Bueno y se les solicita con todo respeto proceder con la 14 revisión y aprobación de declaración de caminos, para el trámite de su inclusión 15 dentro de la Red Vial Cantonal ante Planificación Sectorial del MOPT, para los 16 caminos que a continuación se detallan en la lista adjunta a continuación: Número de Long. (Km) camino Poblado Distrito Losa Concreto provisional De: A: Lastre Asfalto Tierra TOTAL Centro Quesada Calles Urbanas Centro Ciudad 0,062 0,374 4,843 0 5,279 2-10-0153 Ciudad (Cuadrantes) Quesada 11,02 0 0 0 11,020 1,790 0 0 5 6,790 Quesada Fin camino 0,138 0 0 0 0,138 2-10-0204 Sin nombre Entr. RC 2-10- público, Limite 2-10-0260 Sin nombre 201, Banderas. cantonal San 2-10-0261 Plaza San Pocosol Pocosol (Frente Carlos - Los Cristóbal Pocosol RC 2-10-045) Chiles (Puente Pocosol sobre rio Actualizar Pocosol) Entr. RC 2-10- Entr. RC 2-10- 204, San 043, La Aldea. Cristóbal. Pocosol Pocosol (1,168Km E. RC (0,359Km S. RC 2-10-108) 2-10-978) Entr. RC 2-10- Entr. RC 2-10- 204, San 260, San Cristóbal. Cristóbal. Pocosol Pocosol Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.33 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria (0,593Km S. RC (0,281Km S.E. 2-10-978) RC 2-10-204) Entr. RC 2-10- Fin camino 204, San público, 2-10-0262 San Cristóbal Pocosol Cristóbal. propiedad 0 0 0 0,413 0,413 Pocosol privada (finca 0 0 1,22 1,220 0 0 1,751 4,330 (0,717Km E. RC Porfirio Alfaro 0 0 0,969 0,969 2-10-259) Castro) 0 0 0,27 3,310 Entr. RC 2-10- Fin camino 0 0 204, San público, 0 3,299 2-10-0264 Sandra Pocosol Cristóbal. propiedad 0 0 Carballo Pocosol privada (finca (0,804Km NE Ethical Forestry RC 2-10-260) Plantations SA) Entr. RN 35, Entr. RC 2-10- 2-10-0358 Camino Acapulco, 101,Las Brisas, existente Pocosol Pocosol (0,227 Pocosol (0,446 2,579 Km S. RC 2-10- Km S.O. RC 2- 417) 10-361) Fin camino Entr. RC 2-10- público, 2-10-0360 sin nombre, Pocosol 359, Acapulco, propiedad 0 Acapulco Pocosol (1,162 privada (finca Km E. RN 35) Vanessa Cedeño Solis) Fin camino público, 2-10-0368 Sin nombre, Pocosol Entr. RC 2-10- propiedad 3,04 El Plomo 102, El Plomo. privada (finca Pocosol (0,145 Christian G Campos J y Km S. RC 2-10- 361) Hacienda Rancho Quemado Seis CR S.A.) Fin camino Entr. RC 2-10- público, 2-10-0427 Sin nombre, Pocosol 195, Tres y Tres, propiedad 0,845 0 0 0,845 Tres y tres Pocosol (0,145 privada (finca Km O. RC 2-10- Jorge Luis 017) Vasquez Jimenez) 2-10-0855 El Futuro, La La Tigra Calles Urbanas Futuro, La Tigra 0,679 0 0 0,679 Tigra (Cuadrantes) Ent. RN 141, Fin Camino, Javillos, Javillos, propiedad Florencia 2-10-0857 Florencia Florencia privada ( Finca 0,87 0 0 0,870 (1,305km RC 2- Mario Marin 10-207) Solis) 2-10-0937 Cuadrante La Calles Urbanas La Leyla, Ciudad 0,263 0,763 0 4,325 Leyla, Ciudad Quesada (Cuadrantes) Quesada 0 0,697 0,697 Quesada Entr. RC 2-10- Entr. RC 2-10- 2-10-0977 San Cristóbal Pocosol 204, San 260, San 0 Cristóbal. Cristóbal. Pocosol Pocosol Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.34 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria (0,840Km S. RC (0,283Km N. RC 2-10-261) 2-10-976) Entr. RC 2-10- Fin camino 204, San público, 2-10-0978 Antiguo tramo Pocosol Cristóbal. propiedad 0 0 0 3,760 3,760 2-10-204 Pocosol privada (finca Life 0 0 0,111 0,857 (0,359Km Forestry Costa 0 0,089 0,181 0,455 2-10-260) N. RC Rica Sociedad 0 0 0,502 0,502 Anónima) 0,165 0,906 0 1,161 0,352 2,979 0 3,705 2-10-0981 Cuadrante el Pocosol Calles Urbanas El Concho, 0,746 0 0 0,017 0,822 Concho (Cuadrantes) Pocosol 0,069 6,985 0 7,412 2-10-1007 Cuadrantes Pocosol Calles Urbanas Cuadrantes 0,185 Acapulco (Cuadrantes) Acapulco Fin camino Entr. RC 2-10- público, propiedad 2-10-1009 Sin nombre, 417, Juanilama, Juanilama Pocosol Pocosol (frente privada (finca 0 E. RC 2-10-420) Luis de María Mongrillo Cordonero) 2-10-1108 Cuadrante Calles Urbanas Roble Alto, San 0,09 Roble Alto, Quesada (Cuadrantes) Gerardo San Gerardo. El Campo (La 2-10-1110 Cazuela, El Quesada Calles Urbanas El Campo, 0,374 Campo, Selva (Cuadrantes) Ciudad Quesada Verde) Entr. RC 2-10- Fin camino 102, Paraíso. 2-10-1129 Paraíso Pocosol Pocosol (0,840 público, 0,805 Km S. RC 2-10- propiedad 1266) privada (finca Guillermo Sanchez Rivera) 2-10-1144 San Martin - Quesada Calles Urbanas San Martin - 0,358 Gamonales (Cuadrantes) Gamonales, Ciudad Quesada 1 2 Número Long. (Km) de camino Poblado Distrito Lastr Losa TOTA provisiona e Concreto L De: A: Asfalto Tierra l Cuadrantes Coocique - Quesad Calles Urbanas Coocique - 0,984 4,033 0 5,217 2-10-1253 Hospital, Hospital, Ciudad 0,2 2,868 0,178 4,371 Nuevos a (Cuadrantes) Quesada Ciudad Quesada Cuadrantes La Union-Arco Iris, Ciudad 2-10-1254 La Union-ArcoQuesad Calles Urbanas Quesada 0,039 1,286 Iris, Ciudad a (Cuadrantes) Quesada Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.35 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria Cuadrantes Quesad Calles Urbanas Balneario - 2-10-1255 Balneario - a (Cuadrantes) Balneario, 0,204 0,721 6,566 0,012 7,503 Baltazar 0 0 3,89 19,724 Ciudad Quesada 0,103 2-10-1256 Crucitas Cutris Entr. RN-227, Entr. RN-761, 15,83 1,159 Moravia, Crucitas Llano Verde, 4 (entr RC 2-10- Crucitas 0 199) (0,250m RC 2- 0 10-199) 0 Urb. 2000 - Urb. 2000 - 0 2-10-1257 Hogar de Quesad Calles Urbanas Hogar de 0,261 0 3,264 1,5 5,128 ancianos - a (Cuadrantes) ancianos - 0 Maracaná Maracaná 0 0 Urb. Las Urb. Las 2-10-1258 Mercedes- Quesad Calles Urbanas Mercedes- 1,906 3,502 0,011 6,578 Lourdes Lourdes, Ciudad a (Cuadrantes) Quesada 2-10-1259 San Gerardo, Quesad Calles Urbanas Dos Pinos - 0 0,775 0 0,775 Ciudad a (Cuadrantes) Coopelesca, Quesada Ciudad Quesada Plaza - Ent.RC 2-10-202, Ent.RC 2-10-202, 2-10-1260 Redondel, Cutris San Joaquín, San Joaquín, 0,278 0 0 0,278 San Joaquín, Cutris (0,138Km Cutris (0,242Km Cutris RN 227) RN 227) Fin camino Entr. RC 2-10- público, 2-10-1261 Sin nombre Pocosol 244, Azucena. propiedad 0 0 0,955 0,955 Pocosol (0,520Km privada (finca RC 2-10-199) Sanchez Parrales S.A.) Fin camino Entr. RC 2-10- público, 204, San propiedad 2-10-1262 Sin nombre Pocosol Cristóbal. Pocosol privada (finca Life 0 0 0,394 0,394 (0,070Km O. RC Forestry Costa 2-10-977) Rica Sociedad Anónima) Fin camino Entr. RC 2-10- público, 2-10-1263 Sin nombre Pocosol 199, Llano Verde. propiedad 0 0 1 0,832 Pocosol (2 Km N. privada (finca RC 2-10-244) Inversiones Gy A S.A.) Entr. RC 2-10- Fin camino público, finca Jose 204, San 2-10-1264 Mendez Pocosol Cristóbal. Pocosol propiedad 0 0 0,200 0,200 (0,274 Km O. RC privada (finca Quiros 2-10-262) Gilbert Gerardo Díaz Zúñiga) Fin camino Plaza Entr. RC 2-10- público, 2-10-1265 deportes San propiedad Pocosol 107, San Rafael. privada (finca 0 0 0,109 0,109 Rafael Pocosol (0,100 Marbelle G. Km E. RN 761) Garita Alvarado) 2-10-1266 Cuadrante Pocosol Calles Urbanas Paraíso, Pocosol 0,265 0 0 0,265 Plaza Paraíso (Cuadrantes) Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.36 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria Fin camino 2-10-1267 Sin nombre, Pocosol Entr. RN 761, San público, 0,837 0 0 0 0,837 San Rafael Rafael, Pocosol propiedad (0,031 Km N. RC privada (entre 2-10-107) fincas de Garza S.A. y Ganadería Loma Seis S.A.) Fin camino público, Entr. RN 761, San propiedad 2-10-1268 Sin nombre, Pocosol Rafael, Pocosol privada (finca 0 0 0 0,460 0,460 San Rafael (0,634 Km N. RC Agropecuaria 0 0,079 0,179 2-10-101) Blanco y Gonzalez de Grecia S.A.) 2-10-1269 Cuadrante Pocosol Calles Urbanas Cuadrantes Paso 0,1 0 Paso Real (Cuadrantes) Real Fin camino público, propiedad Entr. RC 2-10- privada (finca 2-10-1270 sin nombre, 358, Las Brisas - Susan Paola diez 0 0 0 0,591 Las Brisas Pocosol Acapulco, Pocosol de setiembre del 0,591 (1,727 Km O. RC noventa y seis 2-10-101) S.A. representante Jeanette Loria Suarez) Fin camino Entr. RC 2-10- público, propiedad 371, El Plomo, 2-10-1271 Sin nombre, Pocosol Pocosol (0,966 privada (finca 0,384 0 0 0 0,384 El Plomo Rufino Murillo Km E. RC 2-10- Hurtado y 102) Rolando Salas Chinchilla) Entr. RC 2-10- Entr. RC 2-10- 2-10-1272 Sin nombre, 102, El Plomo, 371, El Plomo, 0,273 0 0 0 0,273 El Plomo Pocosol Pocosol (0,094 Pocosol (0,141 Km E. RC 2-10- Km S. RC 2-10- 371) 102) 1 2 Agradeciendo la atención y en disposición de cualquier consulta. 3 Total caminos Total Kilómetros Actualizar Nuevos Actualizar Nuevos 22 20 59.559 km 55.053 km Total de caminos para enviar Total de Kilómetros 42 114.612 km Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.37 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ACUERDO N°10.- 2 3 Trasladar a la Comisión Permanente de Obras Públicas para su análisis y 4 aprobación, oficio MSCAM-0836-2022 emitido por la Alcaldía Municipal, referente a 5 solicitud de revisión y aprobación de caminos para su inclusión dentro de la Red 6 Vial Cantonal ante Planificación Sectorial del Ministerio de Obras Públicas y 7 Transportes. Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 8 9 Variación Presupuestaria 02-2022 y su respectivo ajuste al Plan Anual 10 Operativo. ­ 11 Se recibe oficio MSCAM-0844-2022 emitido por la Alcaldía Municipal, el cual 12 se detalla a continuación: 13 14 Honorables miembros del Concejo Municipal, se remite para conocimiento y 15 aprobación, Variación Presupuestaria 02-2022 con su respectivo ajuste al Plan 16 Anual Operativo, por un monto exacto de 315.000.000,00. 17 18 Respetuosamente se le solicita que, al tomar el respectivo acuerdo, que incorporen 19 los siguientes ítems: 20 21 1. La aprobación de la Variación Presupuestaria 01-2022 - de la Junta Vial 22 Cantonal de la Municipalidad de San Carlos por un monto de 52.681.007,40 23 colones tal y como consta en el Oficio MSCAM-JVC-0052-2022 del 09 de 24 junio 2022. 25 26 2. La aprobación del Ajuste al Plan Anual Operativo (PAO) correspondiente de 27 la Variación Presupuestaria 01-2022 de la Junta Vial Cantonal de la 28 Municipalidad de San Carlos. 29 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.38 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 3. La aprobación de la Variación Presupuestaria Nº 02-2022 de la 2 Municipalidad de San Carlos, por un monto de ¢315.000.000,00 (trecientos 3 quince millones de colones netos). 4 5 4. La aprobación del Ajuste al Plan Anual Operativo (PAO) de la Municipalidad 6 de San Carlos, correspondiente a la Variación Presupuestaria Nº 02-2022 de 7 la Municipalidad de San Carlos. 8 9 ACUERDO N°11.- 10 11 Trasladar a la Comisión Municipal Permanente de Hacienda y Presupuesto 12 para su análisis y recomendación a este Concejo Municipal, oficio MSCAM-0844- 13 2022 emitido por la Alcaldía Municipal, referente a la Variación Presupuestaria 02- 14 2022 y su respectivo ajuste al Plan Anual Operativo, por un monto exacto de 15 315.000.000,00. Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 16 APROBADO.- 17 18 Invitación a posible Inauguración del proyecto los Cuadrantes de Boca 19 Tapada de Pital.- 20 21 El señor Alfredo Córdoba Soro, Alcalde Municipal, informa que, le 22 confirmará a la señora Presidente del Concejo Municipal para que le informe a los 23 señores Regidores sobre la posibilidad de inaugurar los cuadrantes de Boca Tapada 24 el próximo sábado, siendo que cada quien cubrirá con sus gastos, no es una 25 actividad social, es solamente con la comunidad, después posiblemente habrá una 26 reunión con la Ministra de Agricultura en el Saíno de Pital, estará notificando la hora 27 de la inauguración y la gira correspondiente, quedando invitados todos los miembros 28 del Concejo Municipal. 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.39 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Consultas varias.- 2 3 El señor José Pablo Rodríguez Rodríguez, Regidor Municipal, indica, don 4 Alfredo, con el mayor de los respetos y en aras de la transparencia del Concejo 5 Municipal y el Gobierno Local, según notas de prensa, la resolución 791219 del 6 Tribunal Penal de Hacienda adquirió firmeza, en esta resolución es en la que ha 7 usted se le encuentra culpable de dos cargos de nombramiento ilegal ocurridos en 8 el 2003 y por lo cual se le condena a 6 meses de inhabilitación para ejercer cargos 9 públicos, creo que eso es algo que aquí se ha venido conociendo, Don Alfredo con 10 todo respeto, ¿Usted recibió notificación oficial de ese fallo judicial de parte del 11 Tribunal Penal?, en caso de que la respuesta sea positiva, ¿Cuándo recibió ese esa 12 notificación? 13 14 El señor Luis Fernando Solís Sauma, Regidor Municipal, manifiesta, Alfredo, 15 la verdad es que sabemos que vamos bastante atrasados con temas de ejecución, 16 nosotros, tenemos que enfocarnos en poder lograr de recuperar el camino que nos 17 hemos ido atrasando, y sabemos de qué se ha hecho un esfuerzo grande de parte 18 del de la Administración Municipal para tratar de ver si ponemos al día el tema de la 19 ejecución de todas estas obras que tanto están haciendo falta en los distritos, quería 20 que tal vez usted nos hiciera, rápidamente damos una un resumen de la situación 21 que estamos al respecto para solucionar ese tema, porque tenemos un tema de 22 contrataciones, o sea que no es tan fácil como decir que ya este vamos a empezar 23 a arreglar todo y todo el mundo contento, o sea, hay todo un proceso, un mecanismo 24 administrativo, el cual se tiene que respetarse, entonces eso nos va a llevar cierto 25 tiempo, pero sí sería importante don Alfredo que tal vez usted nos cuente en que se 26 ha avanzado, cuánto se avanzado y cuál es la expectativa para poder realmente a 27 empezar a avanzar con todo lo que está pendiente, aparte de eso lo que ya 28 conocemos del extraordinario que viene en proceso también, pero principalmente 29 con las obras que se han estado avanzando o se pretende avanzar para nosotros 30 conocer el estado de satisfacción, digámoslo de alguna manera, en el cumplimiento Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.40 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de lo que los señores Síndicos y los Concejos de distrito han estado digámoslo 2 claramente, reclamando durante estos meses atrás. 3 4 El señor Alfredo Córdoba Soro, Alcalde Municipal, expresa, estoy esperando 5 para hacer una sesión extraordinaria para explicarles el problema de ejecución, voy 6 a dar ejemplos muy clásicos, no es que Hacienda tiene que girar, porque es la plata 7 municipal, Enlace Comunal, ejemplo, tenía treinta millones de colones para ejecutar, 8 al día de hoy nos e ha ejecutado ni veinte mil pesos, ¿Qué significa eso? al no haber 9 comprado los materiales en enero o febrero a la Municipalidad le cuesta ahora 30 o 10 40% más caro lo que está comprando, porque no era un asunto presupuestario, no 11 era que la plata no estaba, no era que la plata la gira Hacienda a diferencia que la 12 8114, al no gastar la plata la Municipalidad en cinco meses, lo que hizo fue pagar 13 salarios a los empleados, no se ejecutó nada, y además que se pagó solo salarios 14 los costos de los materiales ahora cuestan 30% o 35% más caros, es decir la 15 Municipalidad perdió 30 o 35% atrasar cinco meses las compras de Enlace 16 Comunal, eso es gravísimo porque la municipalidad no solo perdió eficiencia sino 17 también perdió en las compras, pagó funcionarios que estaban paralizados. En el 18 caso de la Junta Vial todavía más grave porque apenas se gasto un 16%, hay 19 proyectos de la Junta Vial como Santa Elena de Pital, que se habían adjudicado en 20 noviembre, ya estaba para adjudicar en diciembre y se hicieron cuatro meses 21 después, eso va a tener un costo altísimo para la institución porque le van a cobrar 22 reajustes, ya dimos la orden para San Ramón de Ciudad Quesada, también se dio 23 la orden para Cerro Cortes, para siete kilómetros más, esto para que este listo y en 24 dos meses se pueda gastar la plata que está ahí. Además en el Presupuesto 25 Extraordinario que ustedes aprobaron metimos doce kilómetros de asfaltado, que 26 está la plata, no pueden decir mañana que la plata no está y que hay que esperar a 27 que llegue, no la plata está, y eso trae consecuencias muy graves para la institución 28 municipal, pero, además al no aprovechar el personal municipal hay dieciocho 29 inspectores, todo un aparato administrativo en la Junta Vial, eso es un costo para el 30 pueblo, suena feo lo que estoy diciendo, se pagó únicamente salarios y eso en la Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.41 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 institución tiene un costo muy difícil y que al final de cuentas lo que estoy dejando y 2 alistando son los expedientes para que mañana nada más aprieten un botón y se 3 arranque al día siguiente, una vez que llegue el Presupuesto Extraordinario no 4 tienen que atrasarlo porque le dinero está depositado en la municipalidad, lo que 5 estoy haciendo son los inventarios para que apenas llegue el dinero arranquen al 6 otro día con los asfaltados, el perlin, el cemento y el combustible subieron, ahora 7 tienen que pagar impuestos de combustible, si se hubieran hecho las compras con 8 anticipación no tendríamos las consecuencias en ese sentido. Esa modificación se 9 hizo el jueves, los funcionarios duraron día y medio haciéndola a pura motivación, 10 don Bernor Kopper duró trabajando el domingo nueve horas para que la 11 modificación estuviera lista hoy, que de esa modificación que viene se gaste la plata 12 inmediatamente y así no tener plata ociosa en la institución que eso nos ha traído 13 consecuencias muy difíciles, me parece sin afán de criticar a nadie, no es mi interés 14 de decir que las cosas están bien porque cuando no está la persona no es 15 conveniente hablar, pero me parece que hubo un atraso, a los proveedores no se 16 les pagaba, siento que hay consecuencias muy graves para la institución en las 17 compras principalmente, la municipalidad va a tener que pagar reajustes muy 18 fuertes no de ahora también del año pasado por los precios que subieron. Los 19 ingresos van bien, se montó un esquema para seguir trabajando con los ingresos, 20 estoy trabajando diez, doce horas diarias, ahora salgo para Las Delicias de Aguas 21 Zarcas, todos los días llego a las once de la noche a la Casa para ver lo que está 22 pasando. Vuelvo a insistir la persona que no esta no es bueno hablar de las 23 personas, pero le estoy dando la respuesta a la pregunta que usted me hizo, las 24 cosas están muy complicadas, no se gastó, le estoy pidiendo reunión extraordinaria 25 para explicarles lo que son las metas y la ejecución, porque no soy yo que lo digan 26 los funcionarios técnicos para que no se interprete mal, que estoy hablando de una 27 persona mal, no me gusta hablar de las personas, cuando están, no es mi forma de 28 ser, nunca lo he hecho mi vida en la campaña política no ataqué a nadie, ni me 29 aprovecho de las circunstancias de las personas, en momentos difíciles no me 30 aprovecho, porque hoy estamos aquí, mañana no estamos allá, la verdad que así Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.42 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 es. Nada más quiero decirle a Fernando usted está en la Comisión de Hacienda, los 2 resultados son caóticos, son críticos, le pido a la señora Presidente, estoy 3 esperando a que Juan Diego llegue para coordinar una sesión para que analicen se 4 en vivo la consecuencia en la Municipalidad San Carlos de cuánto perdió el 5 Municipio en no ejecutar los Presupuestos en el momento oportuno, eso de parte 6 de Fernando y en el caso del Regidor José Pablo, que está muy interesado en mi 7 salida, yo no soy el abogado que le llegan las notificaciones, no tengo la fecha, hay 8 que esperar, el procedimiento es que el Tribunal Supremo tiene que notificarme. 9 Quisiera decirle a usted que está muy interesado, me está metiendo seis meses 10 porque nombré a una persona dos meses interinamente, no me robé nada, no es 11 desviación de fondos, no es que me robé plata, nombre a un funcionario dos meses, 12 eso fue lo que hice y aquí han hecho modificaciones de 300 millones de cosas y a 13 la gente no la suspende, a mí me suspendieron por un asunto político, porque la 14 señora Fiscal General hizo lo mismo que yo hice, lo mismo que yo hice, lo hizo y la 15 Corte Suprema dijo que no era un veredicto y yo le quiero decir, si hubieran dicho 16 es que usted desvió fondos o usted agarró plata y se la dejó en su bolsa, pero 17 nombrar a un funcionario hace 23 años es la injusticia más grande que yo he visto, 18 aquí a la gente le prescribe a los 10 años los delitos, a mí 20 años después, me 19 están condenando por un delito que no existía, y le aclaro esto porque yo sé que 20 usted disfruta de esas cosas, pero yo quiero aclarar, ni desvié fondos, ni me eché 21 una plata en la bolsa, nombré a una persona que trabajó por la institución, fue en el 22 2003 ¿Usted cree que sea justo que a una persona, 20 años después, lo están 23 condenando, es que no estoy hablando de 10 de 5, de 7 años, 20 años después, o 24 un delito que no existe, que el abogado me dijo que lo podía hacer, que el Concejo 25 Municipal lo aprobó, que todo el mundo me dijo que podía hacerlo, yo lo hice, porque 26 el abogado dijo, lo puede hacer. El Concejo, consultó en una sesión municipal, dijo 27 que se podía hacer, el abogado lo dijo y yo lo hice lo que el abogado, si yo mañana 28 como como Alcalde le digo que una cosa está bien y ustedes toman el acuerdo y es 29 delito, es justo, porque yo los embarqué o porque el abogado les dijo. Pero así es 30 la vida. Yo no estoy molesto con esas cosas, le voy a decir una cosa, soy el alcalde Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.43 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 que ha estado más años aquí, pasarán 50 años para que otro alcalde llegue ser 2 cinco años consecutivos, el pueblo votó por mí y eso marca más mi felicidad y 3 porque Dios tiene un propósito en la vida. Lamento no poderle contestar, porque no 4 soy el abogado, al abogado es al que notifican, no es a mí, no tengo la fecha, llegará 5 la notificación y al llegar el trámite que tengo que hacer, esta institución me necesita 6 o no me necesita, nadie hace falta, pero esta institución, los cinco meses que no 7 estuve el Concejo Municipal no pudo coordinar absolutamente nada. El Concejo 8 Municipal estaba frustrado porque no podían coordinar con la Alcaldesa, los pueblos 9 estuvieron deficiencia de ejecución, entonces la gente valora las cosas. Pablo no 10 me molesta porque esa es su función, pero quiero decir que fue una injusticia, véalo 11 como usted quiera, si usted me dice Alfredo es que usted desvió fondos, nombrar 12 una persona dos meses, veinte años después, es justo o no es justo, esa es la 13 reflexión, que dejo al pueblo. 14 15 El señor José Pablo Rodríguez Rodríguez, Regidor Municipal, expresa, Don 16 Alfredo de verdad, no hago la pregunta porque esté interesado en que usted salga 17 o no salga, debo decir aquí y se lo debo decir a usted, y con los compañeros 18 Regidores y Regidoras, y el pueblo sancarleño escuchándonos que me dio mucho 19 pesar el tema suyo como persona y su familia, estoy seguro que ha sido un tema 20 bastante complicado de manejar, y aquí yo no hago preguntas porque quiera 21 desearle el mal a usted ni a nadie. Usted fue regidor municipal don Alfredo, yo sé 22 que usted sabe que cuando uno está en esta silla tiene que velar porque la legalidad, 23 sea lo primero, que se cumpla, yo fui muy respetuoso de las elecciones municipales 24 pasadas donde usted eligió como alcalde municipal, pero así como fui respetuoso 25 de esa elección que fue legal, también algunos ciudadanos se han acercado y me 26 han preguntado cómo está el tema de legalidad ante toda esta situación que 27 lamentablemente usted está viviendo, de verdad como persona, mi mayor de los 28 respetos, deseo que salga bien librado de lo que está viviendo, pero como alcalde 29 municipal, como regional municipal, en mi caso, pues me toca hacer estas 30 preguntas don Alfredo, yo sé que usted lo entiende perfectamente y por la razón por Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.44 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 la que estoy preguntando es porque debemos proteger al Gobierno Local, que no 2 estemos cayendo ningún vicio de legalidad, ni en ninguna situación que 3 comprometa el actuar del Gobierno Local. Esa es mi intención, porque en caso de 4 que usted haya sido notificado uno esperaría que en buena fe esa notificación, 5 obviamente sea tramitada internamente en el Gobierno Local para que pueda hacer 6 valer lo que ya los juzgados y los que tenemos que ser respetuosos han fallado, que 7 es que hay seis meses de suspensión. Entonces no sé exactamente que implicará 8 eso, pero, pero si los ciudadanos se han acercado y yo cumplo con mi deber como 9 representante de los ciudadanos, de hacer la pregunta para que ya sea ellos si 10 ponen una opinión de si estamos o no haciendo las cosas correctas, pero estoy 11 cumpliendo con mi obligación como regidor municipal don Alfredo. De hecho, hay 12 una moción que presenté, espero que sea vista hoy, para que hagamos un análisis 13 y le consultemos a Asesoría Legal. ¿Cuál es la situación jurídica? y que nosotros 14 estemos tranquilos de que estamos actuando como la ley lo indica. 15 16 El señor Luis Fernando Solís Sauma, Regidor Municipal, indica, solamente 17 quiero decir que la situación de suscitadas y todos son situaciones que nosotros 18 debemos atender desde el punto de vista legal, como corresponde y desde el punto 19 de vista de trabajo y operativo como corresponde, sí quiero dejar claro, esta 20 Municipalidad y por eso le hice la pregunta a don Alfredo, de ¿cómo se está 21 trabajando? Es muy importante que de verdad caminemos, que se ejecute, el asunto 22 es serio, esto no es un vacilón, ni mucho menos para nosotros que estamos 23 sentados en las sillas de responsabilidad de un Concejo Municipal, sería muy 24 diferente si yo estuviera afuera, quizás no sé si tomaría eso por supuesto, con tanta 25 responsabilidad como lo hago acá y sí quiero llamar la atención al Concejo, llamar 26 la atención a la Administración y también a la ciudadanía, estamos en una situación 27 de verdad que necesitamos avanzar, necesitamos que la Municipalidad camine, 28 hemos trabajado bien, somos una Municipalidad que hicimos un gran trabajo de 29 recaudación y los ciudadanos merecen que los fondos se apliquen correctamente y 30 a tiempo, no solamente tener plata, sino que hay que aplicarla y aplicarla bien, y Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.45 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 tampoco se puede aplicar la plata en cualquier parte que se le ocurra a cualquier 2 funcionario desde el Alcalde para abajo, decir que quiere hacer esto y entonces ahí 3 va la plata y porque hay plata la gastamos y hay que aplicarla, sí quiero llamar la 4 atención y decirles, señores, tenemos un tema legal, que lo vamos a atender como 5 corresponde y lo estamos haciendo como corresponde y tenemos un tema también 6 operativo, que lo estamos también atendiendo. Tenemos de frente siete meses 7 prácticamente seis meses y medio para poder resolver la ejecución de un montón 8 de proyectos que se requieren hacer aquí y no lo vamos a hacer, atendiendo cosas 9 que no dejan de ser importantes, todo es importante, pero debemos de 10 concentrarnos en el trabajo y ahí van una serie de emociones, todos estamos 11 presentando mociones para darle ayuda y continuidad a esta Municipalidad y 12 moverla para que se logre lo que se quiere, creo que todos queremos que el 13 beneficiado sea el cantón, la institución y por supuesto el contribuyente y el 14 ciudadano sancarleño. Eso es lo que quiero decir, porque creo que vale la pena. No 15 nos podemos enfocar en cosas que a veces hay grupitos que pretenden que nos 16 enfoquemos y nos salgamos de eso, hay mucho trabajo y responsabilidad de esta 17 Municipalidad y como Concejo Municipal no podemos, desenfocarnos más bien en 18 esos temas, estamos en una situación complicada que la Administración requiere 19 que como Concejo apoyemos y eso es lo que vamos a tener que hacer con don 20 Alfredo, con doña Karol o el Alcalde que sea, porque eso es lo que nos toca hacer, 21 esa es la responsabilidad que tenemos como Regidores sancarleños, así que 22 llamemos a la meditación y sigamos para adelante trabajando en esa línea y sé que 23 vamos a salir adelante, pero sí trabajando muy duro. 24 25 El señor Alfredo Córdoba Soro, Alcalde Municipal, señala, vuelvo a insistir, 26 entonces la pregunta no tuvieron que habérmela hecho a mí, tuvieron que haberla 27 hecho al departamento legal, porque no soy abogado, pero, de todas formas para 28 explicarle más de procedimiento la sentencia tiene que mandarla el Tribunal 29 Supremo de Elecciones, pero, la Alcaldesa es experta en eso, ella fue la primera 30 que fue a poner la denuncia, no te preocupes, Pablo, hay mucha gente detrás de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.46 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 eso., usted está de último en la fila, hay veinte adelante y personalmente la 2 Alcaldesa que fue la que fue a presentar. el documento correspondiente. Lo que 3 dice don Luis Fernando Solís Sauma es muy cierto, aquí lo que pasa es que un 4 asistente de la Alcaldía era la que definía los caminos, ni siquiera un técnico y es 5 una realidad, la Municipalidad cayó en algo de desmotivación del personal, se 6 persiguió a muchos funcionarios aquí, entonces la Muni entró en una situación muy 7 difícil, dijeron cosas que no eran ciertas. El personal, es un personal técnico, el 8 político que llegué aquí tiene que trabajo con el personal técnico y lo estamos 9 demostrando, Bernor Kopper es un funcionario técnico, él trabaja con el alcalde que 10 esté presente aquí y trabajará, Pablo Jiménez trabajará con el Alcalde que sea 11 técnico, no se puede suplir al funcionario que tiene responsabilidades porque vienen 12 consecuencias muy grandes de Control Interno, pero, esas cosas las vamos a 13 hablar después. Ahora lo importante es ser positivo y lo más importante de esto, 14 quiero decirle nuevamente que no se preocupen, la vida tiene cosas buenas y cosas 15 malas, pero Dios no le pone cruz a la persona que no puede aguantar la cruz, y me 16 puso a mi la cruz porque yo la puedo aguantar y estaré parado hasta el final. 17 18 La señora Yuseth Bolaños Esquivel, Regidora Municipal, propone una 19 moción de orden, a fin de alterar el orden del día para que se proceda a atender el 20 informe de la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos, y luego se retome la 21 agenda, dado que urge se aprueben los convenios de cooperación que se detallan 22 en dicho informe para que el Departamento de Enlace Comunal pueda girar los 23 dineros a esas comunidades. 24 25 SE ACUERDA: Acoger la moción de orden tal y como fue presentada. Votación 26 unánime.- 27 28 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.47 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ARTÍCULO X. 2 INFORME DE COMISIÓN.- 3 4 Informe de la Comisión Municipal de Asuntos Jurídicos.- 5 Se recibe informe MSCCM-CMPAJ-007-2022, emitido por los José Pablo 6 Rodríguez, Juan Diego González Picado y Yuseth Bolaños Esquivel, el cual se 7 detalla a continuación: 8 9 Presentes: Jose Pablo Rodríguez Rodríguez, Juan Diego González Picado y 10 Yuseth Bolaños Esquivel 11 Lugar: Palacio Municipal / Fecha: 27 / 05 / 2022. 12 Hora de inicio: 3:30 p.m. /Termina: 4:45 p.m. 13 14 Asunto: Se analizan los oficios sobre convenios de cooperación que se detallan: Número de oficios Tema Convenios de Cooperación requeridos por el Departamento de Enlace Comunal de la Municipalidad de San Carlos remitido mediante oficio MSC-AM-0495-2022. ­ MSCCM-SC-0471-2022 1. MSCAM-SJ-0371-2022 Borrador convenio de MSC-AM-0495-2022 cooperación con ADI Pueblo Arco de Fe, Ciudad Quesada, para el proyecto "Colocación Tapicheles y cielo raso interno en Salón Comunal, Santa Fe". 2. MSCAM-SJ-0370-2022 Borrador convenio de cooperación con ADI Monterrey, para proyecto "Cerramiento Perimetral en malla de la Plaza Deportes Monterrey". 3. MSCAM-SJ-0369-2022 Borrador convenio de cooperación con ADI Monterrey, para proyecto "Cerramiento perimetral en propiedad municipal en la cual se ubica el Parque Infantil de Barrio La Amistad, Monterrey". 4. MSCAM-SJ-0368-2022 Borrador de convenio de cooperación con Junta Educación Escuela Terrón Colorado para proyecto "Mantenimiento y embellecimiento del techo escolar de la Escuela Terrón Colorado". Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.48 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 5. MSCAM-SJ-0366-2022 Borrador de convenio de cooperación con ADI La Tigra, para proyecto "II Etapa colocación de cubierta y mejoras en la cancha sintética La Tigra". 6. MSCAM-SJ-0365-2022 Borrador convenio de cooperación con Junta de Educación Administrativa de la Escuela Enseñanza Especial Amanda Álvarez, para el proyecto "Construcción Local de exposiciones en la Escuela Enseñanza Especial". Convenios de Cooperación requeridos por el Departamento de Enlace Comunal de la Municipalidad de San Carlos. 7. Oficio MSCAM-SJ-0396-2022, Convenio de Cooperación 18-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y Junta de Educación de la Escuela Puerto Escondido Pital San Carlos "Mejoras a la Escuela Puerto Escondido de Pital con partida específica dos mil diecinueve" MSCCM-SC-0472-2022 y 8. Oficio MSCAM-SJ-395-2022, Convenio de Cooperación MSC-AM-0502-2022 17-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y La Asociación De Desarrollo Integral de Santa Rosa de La Palmera, San Carlos, Alajuela "Parque Infantil Santa Rosa de La Palmera" 9. Oficio MSCAM-SJ-0392-2022, Convenio de Cooperación 14-2022 La Municipalidad de San Carlos y La Asociación de Desarrollo Integral de El Concho de Pocosol de San Carlos "Mejoras a la Plaza De Banderas de Pocosol, I Etapa de Enmallado de Plaza de Deportes". 10. Oficio MSCAM-SJ-0393-2022, Convenio de Cooperación 15-2022 La Municipalidad de San Carlos y La Asociación de Desarrollo Integral de San Diego de Pocosol "Construcción de Cocina y Bancas de Cemento con Techo En La Plaza De Deportes" MSCCM-SC-0528-2022 11. MSCAM-SJ-0444-2022 Convenio de cooperación entre MSC-AM-0553-2022 la Municipalidad de San Carlos y la asociación de Desarrollo Integral de Tres Esquinas de La Fortuna, San Carlos "colocación de accesorio en el parque infantil de la comunidad Tres Esquinas de La Fortuna". MSCCM-SC-0529-2022 12. Oficio MSCAM-SJ-00461-2022, convenio de MSC-AM-0570-2022 cooperación 22-2022 entre la Municipalidad de San Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.49 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Cerro Cortes de Aguas Zarcas "mejoras al Salón Comunal Cerro Cortes, partida específica dos mil veinte" MSCCM-SC-0530-2022 13. Oficio MSCAM-SJ-0460-2022, convenio de cooperación MSC-AM-0578-2022 23-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la MSCCM-SC-0531-2022 Asociación de Desarrollo Integral de Jicarito y Puerto MSC-AM-0580-2022 Seco de Venado San Carlos, "colocación de máquinas MSCCM-SC-0532-2022 para hacer ejercicio al aire libre en la comunidad de MSC-AM-0581-2022 Jicarito de Venado" 14. MSCAM-SJ-0456-2022 Convenio de cooperación entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de La Lucha de La Tigra, San Carlos, "plazoleta para diferentes deportes" 15. MSCAM-SJ-0463-2022 CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA LA CEIBA, FLORENCIA, SAN CARLOS, "MEJORAS EN LA INFRAESTRUCTURA DE LA ESCUELA LA CEIBA". - 16. MSCAM-SJ-0465-2022 CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA GONZALO MONGE BERMÚDEZ, PITAL, SAN CARLOS, "MEJORAS Y CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO" MSC-AM-0578-2022 17. MSCAM-SJ-0465-2022¨Convenio de cooperación entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de la Lucha de La Tigra San Carlos, mejorar y construcción de gimnasio¨ MSCCM-SC-0549-2022 18. Convenio de Cooperación 27-2022 entre la MSC-AM-0594-2022 Municipalidad de San Carlos y Asociación de Desarrollo MSC-AM-0595-2022 Integral Montecristo de Aguas Zarcas, "II etapa MSCAM-0598-2022 construcción del Salón Deportivo Aguas Zarcas elaboración de paredes traseras y portón principal" MSCCM-SC-0596-2022 19. Convenio de Cooperación 32-2022 entre la MSC-AM-0601-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Pital- Cierre perimetral del parque infantil Las Brisas de Pital. 20. Convenio de Cooperación 31-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Pital- Cierre perimetral del área municipal ubicada en la comunidad de Disneylandia de Pital Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.50 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria MSCCM-SC-0551-2022 21. Borrador de Convenio de Cooperación 29-2022 entre la MSC-AM-0596-2022 Municipalidad de San Carlos y Junta Administrativa Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias Murillo Aguas Zarcas, "reparación de 192 mesas y 60 sillas del Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias Murillo Aguas Zarcas". - MSCCM-SC-0552-2022 22. Borrador de Convenio de Cooperación 28-2022 entre la MSC-AM-0597-2022 Municipalidad de San Carlos y Junta Educación Escuela Tres Esquinas de La Fortuna, "cambio de zinc del pabellón principal de la Escuela Tres Esquinas de la Fortuna". - MSCCM-SC-0553-2022 23. Borrador de Convenio de Cooperación 34-2022 entre la MSC-AM-0599-2022 Municipalidad de San Carlos y Junta Educación Escuela San Alejo de Pocosol, "IV etapa construcción del Salón Multiusos Escuela San Alejo".- MSCCM-SC-0554-2022 24. Borrador de Convenio de Cooperación 33-2022 entre la MSC-AM-0600-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Fe de Aguas Zarcas, MSCCM-SC-0550-2022 "cierre parcial con malla de lote municipal. - MSC-AM-0595-2022 25. Convenio de Cooperación 30-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y Asociación de Desarrollo Integral Tres y Tres de Pocosol, "colocación módulo infantil en la comunidad de Tres y Tres de Pocosol". MSCCM-SC-0555-2022 26. Borrador de Convenio de Cooperación 39-2022 entre la MSC-AM-0619-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de CCM-SC-0556-2022 Desarrollo Integral de San Vicente de Ciudad Quesada, MSC-AM-0620-2022 "reemplazo del techado del Salón Comunal de San Vicente". 27. Borrador de Convenio de Cooperación 36-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Pitalito de Aguas Zarcas, "cierre con malla de terreno comunal de Pitalito de Aguas Zarcas. - MSCCM-SC-0557-2022 28. Borrador de Convenio de Cooperación 37-2022 entre la MSC-AM-0621-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Marsella de Venecia, "cambio de zinc en infraestructura de la plaza de deportes". MSCCM-SC-0558-2022 29. Borrador de Convenio de Cooperación 38-2022 entre la MSC-AM-0622-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Rancho Grande, "drenaje de evacuación de aguas pluviales de la cancha multiusos". Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.51 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria MSCCM-SC-0559-2022 30. Borrador de Convenio de Cooperación 40-2022 entre la MSC-AM-0623-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Las Delicias de Aguas Zarcas, "colocación del módulo infantil en Las Delicias de Aguas Zarcas". MSCCM-SC-0560-2022 31. Borrador de Convenio de Cooperación 35-2022 entre la MSC-AM-0624-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de San Cristóbal de Pocosol, "colocación de módulo infantil al costado de la Escuela San Cristóbal de Pocosol". MSCCM-SC-0596-2022 32. Borrador de convenio de cooperación 31-2022 ­ ADI MSC-AM-0601-2022 Pital - Cierre perimetral del área municipal en la comunidad de Disneylandia. - MSCCM-SC-0599-2022 33. Borrador convenio cooperación ADI de Tres y Tres de MSC-AM- 0651-2022 Pocosol para la administración de la plaza de deportes. 1 2 Se Recomienda a este Concejo acordar: Autorizar a la administración 3 municipal, en la persona del alcalde o quien ejerza la representación legal al 4 momento del otorgamiento, a firmar los convenios de cooperación que se 5 detallan a continuación: 6 Número de oficios Tema Convenios de Cooperación requeridos por el Departamento de Enlace Comunal de la Municipalidad de San Carlos remitido mediante oficio MSC-AM-0495-2022. ­ MSCCM-SC-0471-2022 1. MSCAM-SJ-0371-2022 Borrador convenio de MSC-AM-0495-2022 cooperación con ADI Pueblo Arco de Fe, Ciudad Quesada, para el proyecto "Colocación Tapicheles y cielo raso interno en Salón Comunal, Santa Fe". 2. MSCAM-SJ-0370-2022 Borrador convenio de cooperación con ADI Monterrey, para proyecto "Cerramiento Perimetral en malla de la Plaza Deportes Monterrey". 3. MSCAM-SJ-0369-2022 Borrador convenio de cooperación con ADI Monterrey, para proyecto Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.52 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria "Cerramiento perimetral en propiedad municipal en la cual se ubica el Parque Infantil de Barrio La Amistad, Monterrey". 4. MSCAM-SJ-0368-2022 Borrador de convenio de cooperación con Junta Educación Escuela Terrón Colorado para proyecto "Mantenimiento y embellecimiento del techo escolar de la Escuela Terrón Colorado". 5. MSCAM-SJ-0366-2022 Borrador de convenio de cooperación con ADI La Tigra, para proyecto "II Etapa colocación de cubierta y mejoras en la cancha sintética La Tigra". 6. MSCAM-SJ-0365-2022 Borrador convenio de cooperación con Junta de Educación Administrativa de la Escuela Enseñanza Especial Amanda Álvarez, para el proyecto "Construcción Local de exposiciones en la Escuela Enseñanza Especial". Convenios de Cooperación requeridos por el Departamento de Enlace Comunal de la Municipalidad de San Carlos. 7. Oficio MSCAM-SJ-0396-2022, Convenio de Cooperación 18-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y Junta de Educación de la Escuela Puerto Escondido Pital San Carlos "Mejoras a la Escuela Puerto Escondido de Pital con partida específica dos mil diecinueve" MSCCM-SC-0472-2022 y 8. Oficio MSCAM-SJ-395-2022, Convenio de Cooperación MSC-AM-0502-2022 17-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y La Asociación De Desarrollo Integral de Santa Rosa de La Palmera, San Carlos, Alajuela "Parque Infantil Santa Rosa de La Palmera" 9. Oficio MSCAM-SJ-0392-2022, Convenio de Cooperación 14-2022 La Municipalidad de San Carlos y La Asociación de Desarrollo Integral de El Concho de Pocosol de San Carlos "Mejoras a la Plaza De Banderas de Pocosol, I Etapa de Enmallado de Plaza de Deportes". 10. Oficio MSCAM-SJ-0393-2022, Convenio de Cooperación 15-2022 La Municipalidad de San Carlos y La Asociación de Desarrollo Integral de San Diego de Pocosol "Construcción de Cocina y Bancas de Cemento con Techo En La Plaza De Deportes" Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.53 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria MSCCM-SC-0528-2022 11. MSCAM-SJ-0444-2022 Convenio de cooperación entre MSC-AM-0553-2022 la Municipalidad de San Carlos y la asociación de Desarrollo Integral de Tres Esquinas de La Fortuna, San Carlos "colocación de accesorio en el parque infantil de la comunidad Tres Esquinas de La Fortuna". MSCCM-SC-0529-2022 12. Oficio MSCAM-SJ-00461-2022, convenio de MSC-AM-0570-2022 cooperación 22-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Cerro MSCCM-SC-0530-2022 Cortes de Aguas Zarcas "mejoras al Salón Comunal MSC-AM-0578-2022 Cerro Cortes, partida específica dos mil veinte" MSCCM-SC-0531-2022 MSC-AM-0580-2022 13. Oficio MSCAM-SJ-0460-2022, convenio de cooperación 23-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la MSCCM-SC-0532-2022 MSC-AM-0581-2022 Asociación de Desarrollo Integral de Jicarito y Puerto Seco de Venado San Carlos, "colocación de máquinas para hacer ejercicio al aire libre en la comunidad de Jicarito de Venado" 14. MSCAM-SJ-0456-2022 Convenio de cooperación entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de La Lucha de La Tigra, San Carlos, "plazoleta para diferentes deportes" 15. MSCAM-SJ-0463-2022 CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA LA CEIBA, FLORENCIA, SAN CARLOS, "MEJORAS EN LA INFRAESTRUCTURA DE LA ESCUELA LA CEIBA". - 16. MSCAM-SJ-0465-2022 CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA GONZALO MONGE BERMÚDEZ, PITAL, SAN CARLOS, "MEJORAS Y CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO" MSC-AM-0578-2022 17. MSCAM-SJ-0465-2022¨Convenio de cooperación entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de la Lucha de La Tigra San Carlos, mejorar y construcción de gimnasio¨ MSCCM-SC-0549-2022 18. Convenio de Cooperación 27-2022 entre la MSC-AM-0594-2022 Municipalidad de San Carlos y Asociación de Desarrollo Integral Montecristo de Aguas Zarcas, "II etapa construcción del Salón Deportivo Aguas Zarcas elaboración de paredes traseras y portón principal" Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.54 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria MSC-AM-0595-2022 19. Convenio de Cooperación 32-2022 entre la MSCAM-0598-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de MSCCM-SC-0596-2022 Desarrollo Integral de Pital- Cierre perimetral del parque MSC-AM-0601-2022 infantil Las Brisas de Pital. 20. Convenio de Cooperación 31-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Pital- Cierre perimetral del área municipal ubicada en la comunidad de Disneylandia de Pital MSCCM-SC-0551-2022 21. Borrador de Convenio de Cooperación 29-2022 entre la MSC-AM-0596-2022 Municipalidad de San Carlos y Junta Administrativa Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias Murillo Aguas Zarcas, "reparación de 192 mesas y 60 sillas del Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias Murillo Aguas Zarcas". - MSCCM-SC-0552-2022 22. Borrador de Convenio de Cooperación 28-2022 entre la MSC-AM-0597-2022 Municipalidad de San Carlos y Junta Educación Escuela Tres Esquinas de La Fortuna, "cambio de zinc del pabellón principal de la Escuela Tres Esquinas de la Fortuna". - MSCCM-SC-0553-2022 23. Borrador de Convenio de Cooperación 34-2022 entre la MSC-AM-0599-2022 Municipalidad de San Carlos y Junta Educación Escuela San Alejo de Pocosol, "IV etapa construcción del Salón Multiusos Escuela San Alejo".- MSCCM-SC-0554-2022 24. Borrador de Convenio de Cooperación 33-2022 entre la MSC-AM-0600-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Fe de Aguas Zarcas, MSCCM-SC-0550-2022 "cierre parcial con malla de lote municipal. - MSC-AM-0595-2022 25. Convenio de Cooperación 30-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y Asociación de Desarrollo Integral Tres y Tres de Pocosol, "colocación módulo infantil en la comunidad de Tres y Tres de Pocosol". MSCCM-SC-0555-2022 26. Borrador de Convenio de Cooperación 39-2022 entre la MSC-AM-0619-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de CCM-SC-0556-2022 Desarrollo Integral de San Vicente de Ciudad Quesada, MSC-AM-0620-2022 "reemplazo del techado del Salón Comunal de San Vicente". 27. Borrador de Convenio de Cooperación 36-2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Pitalito de Aguas Zarcas, "cierre con malla de terreno comunal de Pitalito de Aguas Zarcas. - Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.55 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria MSCCM-SC-0557-2022 28. Borrador de Convenio de Cooperación 37-2022 entre la MSC-AM-0621-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Marsella de Venecia, "cambio de zinc en infraestructura de la plaza de deportes". MSCCM-SC-0558-2022 29. Borrador de Convenio de Cooperación 38-2022 entre la MSC-AM-0622-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Rancho Grande, "drenaje de evacuación de aguas pluviales de la cancha multiusos". MSCCM-SC-0559-2022 30. Borrador de Convenio de Cooperación 40-2022 entre la MSC-AM-0623-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Las Delicias de Aguas Zarcas, "colocación del módulo infantil en Las Delicias de Aguas Zarcas". MSCCM-SC-0560-2022 31. Borrador de Convenio de Cooperación 35-2022 entre la MSC-AM-0624-2022 Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de San Cristóbal de Pocosol, "colocación de módulo infantil al costado de la Escuela San Cristóbal de Pocosol". MSCCM-SC-0596-2022 32. Borrador de convenio de cooperación 31-2022 ­ ADI MSC-AM-0601-2022 Pital - Cierre perimetral del área municipal en la comunidad de Disneylandia. - MSCCM-SC-0599-2022 33. Borrador convenio cooperación ADI de Tres y Tres de MSC-AM- 0651-2022 Pocosol para la administración de la plaza de deportes. 1 2 2. Se analiza oficio MSCCM-SC-0520-2022, sobre solicitud de suspensión de 3 aprobación del REGLAMENTO A LA LEY N°9047, REGULACIÓN Y 4 COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO". Se 5 recomienda a este Concejo Acordar: Suspender la aprobación del 6 REGLAMENTO A LA LEY N°9047, REGULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE 7 BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO" 8 9 3. Se analiza oficio MSCCM-SC-0561-2022, sobre Seguimiento a denuncia 10 interpuesta en contra del señor William Mora Delgado. -Se recomienda a este Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.56 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Concejo acordar: Trasladar a la asesoría legal del Concejo Municipal, para su 2 análisis y recomendación. 3 4 4. Se analiza oficio MSCCM-SC-0587-2022, sobre Procesos administrativos en 5 contra de la Constructora Presbere S.A. ­ Se recomienda a este Concejo acordar: 6 Convocar a las jefaturas de fracción, a la dirección de servicios jurídicos de la 7 Municipalidad de San Carlos y a la asesoría legal del Concejo Municipal, para 8 el jueves 23 de junio, a las 3:30 p.m. en la sala de sesiones del Concejo 9 Municipal para tratar el tema sobre Procesos administrativos en contra de la 10 Constructora Presbere, por la construcción de la pista atlética. 11 12 5. Se analiza oficio MSCCM-SC-0562-2022, sobre Donación de materiales de 13 oficina que se dieron de baja en el Plantel Municipal al Comité Auxiliar de la Cruz 14 Rojas del Distrito de Pital. Se recomienda a este Concejo acordar: Solicitar el 15 criterio legal sobre la potestad del Concejo Municipal para otorgar Donación 16 de materiales de oficina que se dieron de baja en el Plantel Municipal al 17 Comité Auxiliar de la Cruz Rojas del Distrito de Pital. ­ 18 19 ACUERDO N°12.- 20 21 Con base en los oficios MSCCM-SC-0471-2022 emitido por la Secretaría del 22 Concejo Municipal y MSC-AM-0495-2022 de la Administración Municipal, donde 23 remite el oficio MSCAM-SJ-0371-2022, referente al Convenio de Cooperación entre 24 la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral Pueblo Arco 25 de Fe, Ciudad Quesada, para el proyecto "Colocación tapicheles y cielo raso interno 26 en Salón Comunal, Santa Fe" se determina, autorizar a la Administración Municipal, 27 en la persona del Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del 28 otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.57 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CONVENIO DE COOPERACION 13-2022 2 LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 3 INTEGRAL DE PUEBLO ARCO DE FE DE CIUDAD QUESADA, SAN CARLOS, 4 ALAJUELA "COLOCACIÓN DE TAPICHELES Y CIELO RASO INTERNO DEL SALON 5 COMUNAL SANTA FE" 6 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 7 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 8 vez, vecina de Los Angeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 9 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 10 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 11 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 12 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 13 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 14 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 15 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 16 Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión celebrada el 17 Lunes del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del presente 18 convenio denominado la MUNICIPALIDAD y ROCIO MAYELA ARAYA AGUILAR, 19 mayor de edad, vecina de Santa Fe de Ciudad Quesada, cédula de identidad 20 número dos ­ trescientos setenta ­ doscientos veintiocho, en mi condición de 21 PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la ASOCIACIÓN DE 22 DESARROLLO INTEGRAL DE PUEBLO ARCO DE FE DE CIUDAD QUESADA, 23 SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro Público de Asociaciones de 24 Desarrollo de la Comunidad al Tomo 45, Folio 276, Asiento: 13405 Código de 25 Registro número 2691, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultada para celebrar 26 este convenio mediante Acta de Junta Directiva Sesión ordinaria el veintiuno de 27 febrero del dos mil veintidós, artículo No. cinco, acuerdo No. cinco, acta No. 28 Doscientos nueve, en adelante llamada, denominado la "ASOCIACION", 29 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 30 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.58 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 en beneficio de las comunidades: 2 3 CONSIDERANDO 4 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 5 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 6 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 7 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 8 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 9 las autoridades competentes para ello. 10 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 11 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 12 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 13 cumplir sus fines. 14 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 15 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 16 para el cumplimiento de sus funciones. 17 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos 13 inc. B, 71, 77, y 18 83del Código Municipal, la Municipalidad se encuentra en la obligación de 19 invertir los impuestos cobrados a sus administrados en el mantenimiento de 20 parques, zonas verdes y otros, todos ellos bienes de dominio y uso público que 21 se encuentran bajo la administración del Estado a través de las diferentes 22 Municipalidades de cada cantón, siendo parte de las responsabilidades y 23 servicios que debe de asumir las Municipalidades, el dar el debido uso y 24 mantenimiento a los bienes de dominio público que se encuentran bajo su 25 administración y custodia. 26 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 27 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 28 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 29 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.59 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 2 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 3 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 4 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 5 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 6 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 7VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 8 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 9 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 10 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 11 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 12 DE COOPERACION LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN 13 DE DESARROLLO INTEGRAL DE PUEBLO ARCO DE FE DE CIUDAD QUESADA, 14 SAN CARLOS, ALAJUELA "COLOCACIÓN DE TAPICHELES Y CIELO RASO 15 INTERNO DEL SALON COMUNAL SANTA FE," mismo que realiza con fundamento 16 en la normativa legal vigente y las siguientes clausula: 17 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La Municipalidad de San 18 Carlos, es propietaria del bien, debidamente inscrito en el Registro Público de la 19 Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL 20 DOSCIENTOS DIECIOCHO ­ CERO CERO CERO, que es terreno lote cuatro 21 terreno destinado a área comunal, sito en el distrito primero Quesada, cantón diez, 22 San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide. Tres mil setecientos ochenta y un 23 metros con dos decímetros cuadrados, según plano No A-0959902-2004. 24 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 25 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 26 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado "COLOCACIÓN DE 27 TAPICHELES Y CIELO RASO INTERNO DEL SALON COMUNAL SANTA FE", 28 cuyo objeto consiste en construir el cielo raso y los tapicheles internos del Salón 29 Comunal, según folio 005 del expediente administrativo N° 01-319-2-01-2022. El cual 30 tendrá un costo de ¢3.122.088,88 de los cuales ¢1.478.514,11 corresponden a Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.60 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 materiales de construcción que serán aportado por la Municipalidad de San Carlos, 2 y por parte de la ASOCIACION se realizará el aporte de ¢960.000,00 de mano de 3 obra y ¢683.074,77 de materiales de construcción, construcción se habrá de realizar 4 en un terreno propiedad de la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, descrito en la 5 cláusula anterior. 6 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 7 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 8 bien de dominio público de LA MUNICIPALIDAD, (dictamen N° C-191-2011 del 16 9 de agosto del 2011), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad 10 realizara un aporte de cuales ¢1.478.514,11 correspondientes a materiales de 11 construcción según el código presupuestario número 5-03-01-09-02-03-01, 5-03- 12 01-09-02-03-02 y 5-03-01-09-02-03-06, presupuesto ordinario. El material que se 13 adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia de la 14 ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo 15 conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 16 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 17 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 18 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 19 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 20 COOPERACION LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 21 DESARROLLO INTEGRAL DE PUEBLO ARCO DE FE DE CIUDAD QUESADA, 22 SAN CARLOS, ALAJUELA "COLOCACIÓN DE TAPICHELES Y CIELO RASO 23 INTERNO DEL SALON COMUNAL SANTA FE." B). La ASOCIACION se 24 compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a 25 suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. C). La ASOCIACION se obliga a 26 cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE 27 COOPERACION LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 28 DESARROLLO INTEGRAL DE PUEBLO ARCO DE FE DE CIUDAD QUESADA, 29 SAN CARLOS, ALAJUELA "COLOCACIÓN DE TAPICHELES Y CIELO RASO 30 INTERNO DEL SALON COMUNAL SANTA FE." D). La ASOCIACION deberá Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.61 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 cumplir con las reglas elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y 2 destino de los materiales a recibir. E). La ASOCIACION se compromete a realizar 3 todas las gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 4 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 5 denominado CONVENIO DE COOPERACION LA MUNICIPALIDAD DE SAN 6 CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PUEBLO ARCO 7 DE FE DE CIUDAD QUESADA, SAN CARLOS, ALAJUELA "COLOCACIÓN DE 8 TAPICHELES Y CIELO RASO INTERNO DEL SALON COMUNAL SANTA FE." F). 9 La Asociación se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de 10 ¢960.000,00 de mano de obra y ¢683.074,77 de materiales de construcción. G) La 11 Asociación asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la 12 ejecución de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes 13 laborales en la ejecución de la misma. 14 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 15 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 16 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 17 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 18 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 19 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 20 materiales según el presente convenio. 21 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 22 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 23 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 24 conocer en su totalidad. 25 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 26 convenio tiene un plazo de ejecución de cuatro semanas, contadas a partir del 27 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 28 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 29 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 30 su formalización. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.62 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 2 del cumplimiento del presente convenio al funcionario que ostente el cargo de jefe 3 del Departamento de Enlace Comunal y como responsable o coordinador del 4 proyecto por parte de la Asociación al señor Olman Alvarado Alpízar y Josto Rubio 5 Obregon. 6 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 7 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la 8 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el 9 finiquito de ley del presente convenio. 10 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio 11 es la suma de TRES MILLONES CIENTO VEINTIDOS MIL OCHENTA Y OCHO 12 COLONES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS. (¢3.122.088,88) 13 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 14 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 15 Carlos a los __________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 16 17 18 Karol Salas Vargas Rocío Mayela Araya Aguilar 19 Alcaldesa A.I. Presidente 20 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 21 22 REFRENDO 23 La suscrita, Licda. Ma Gabriela González Gutiérrez, directora Jurídica Municipalidad 24 de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha realizado de 25 conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San Carlos. 26 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 27 28 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.63 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ACUERDO N°13.- 2 3 Con base en los oficios MSCCM-SC-0471-2022 emitido por la Secretaría del 4 Concejo Municipal y MSC-AM-0495-2022 de la Administración Municipal, donde 5 remite el oficio MSCAM-SJ-0370-2022, referente al Convenio de Cooperación entre 6 la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Monterrey, 7 para proyecto "Cerramiento Perimetral en malla de la Plaza Deportes Monterrey" se 8 determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien 9 ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 10 cooperación que se detallan a continuación: 11 12 CONVENIO DE COOPERACION 12-2022 13 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 14 INTEGRAL DE MONTERREY DE SAN CARLOS "CERRAMIENTO PERIMETRAL EN 15 MALLA DE LA PLAZA DE DEPORTES DE MONTERREY" 16 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 17 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 18 vez, vecina de Los Ángeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 19 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 20 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 21 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 22 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 23 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 24 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 25 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 26 Artículo número __, Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión 27 celebrada el Lunes _____ del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del 28 presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y GERARDO SALAZAR 29 MORERA, mayor de edad, vecino de Monterrey de San Carlos, cédula de identidad 30 número dos ­ cuatrocientos seis ­ cero setenta y dos, en mi condición de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.64 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la ASOCIACIÓN DE 2 DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY DE SAN CARLOS, inscrita en el 3 Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo 5, Folio 4 799, Asiento: 1811 Código de Registro número 526, del Cantón Alajuela ­ San 5 Carlos, facultada para celebrar este convenio mediante Acta de 6 Junta Directiva Sesión ordinaria del primero de febrero del dos mil veintidós, 7 artículo No. siete, acuerdo No. catorce, acta No. 1484, en adelante denominada la 8 "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos 9 para ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de 10 condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 11 12 CONSIDERANDO 13 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 14 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 15 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 16 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 17 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 18 las autoridades competentes para ello. 19 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 20 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 21 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 22 cumplir sus fines. 23 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 24 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 25 para el cumplimiento de sus funciones. 26 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos 13 inc. B, 71, 77, y 27 83del Código Municipal, la Municipalidad se encuentra en la obligación de 28 invertir los impuestos cobrados a sus administrados en el mantenimiento de 29 parques, zonas verdes y otros, todos ellos bienes de dominio y uso público que 30 se encuentran bajo la administración del Estado a través de las diferentes Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.65 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Municipalidades de cada cantón, siendo parte de las responsabilidades y 2 servicios que debe de asumir las Municipalidades, el dar el debido uso y 3 mantenimiento a los bienes de dominio público que se encuentran bajo su 4 administración y custodia. 5 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 6 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 7 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 8 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 9 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 10 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 11 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 12 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 13 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 14 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 15VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 16 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 17 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 18 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 19 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente "CONVENIO 20 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 21 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY "CERRAMIENTO 22 PERIMETRAL EN MALLA DE LA PLAZA DE DEPORTES DE MONTERREY," 23 mismo que realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las siguientes 24 clausula: 25 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La Municipalidad de San 26 Carlos, es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 27 Propiedad, matrícula número QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS 28 OCHENTA ­ CERO CERO CERO, que es terreno plaza de deportes, sito en el distrito 29 doce, Monterrey, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide. Siete mil 30 seiscientos cincuenta y tres metros cuadrados, según plano No. A-uno ocho ocho uno Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.66 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 cuatro cinco cuatro ­ dos mil dieciséis. 2 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 3 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 4 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado "CONVENIO DE 5 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 6 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY "CERRAMIENTO 7 PERIMETRAL EN MALLA DE LA PLAZA DE DEPORTES DE MONTERREY," cuyo 8 objetivo consiste en la colocación de malla para el cerramiento perimetral de la plaza 9 de deportes por medio de recursos de la municipalidad y mano de obra de la 10 comunidad, para la seguridad y bienestar de las personas que la utilizan en el distrito 11 de Monterrey y pueblos aledaños, según folio 005 del expediente administrativo N° 12 12-319-3-01-2022. El cual tendrá un costo de ¢2.801.662,16 de los cuales 13 ¢2.601.662,16 será aportado por la Municipalidad de San Carlos, para materiales y 14 suministros y por parte de la ASOCIACION se realizará el aporte de ¢200.000,00 de 15 mano de obra, construcción se habrá de realizar en un terreno propiedad de la 16 MUNICIPALIDAD, descrito en la cláusula anterior. 17 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 18 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 19 bien de dominio público de ASOCIACIÓN, (dictamen N° C-191-2011 del 16 de 20 agosto del 2011), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad realizara 21 un aporte de ¢2.601.662,16 según el código presupuestario número 5-03-01-09- 22 02-03-01 y 5-03-01-09-02-03-02, presupuesto ordinario. El material que se 23 adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia de la 24 ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo 25 conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 26 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 27 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 28 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 29 partida antes descrita, en el proyecto denominado "CONVENIO DE 30 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.67 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY "CERRAMIENTO 2 PERIMETRAL EN MALLA DE LA PLAZA DE DEPORTES DE MONTERREY." B). 3 La ASOCIACION se compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los 4 materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. C). La ASOCIACION 5 se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado 6 "CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS 7 Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY 8 "CERRAMIENTO PERIMETRAL EN MALLA DE LA PLAZA DE DEPORTES DE 9 MONTERREY." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales 10 de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). 11 La ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 12 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 13 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado "CONVENIO DE 14 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 15 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY "CERRAMIENTO 16 PERIMETRAL EN MALLA DE LA PLAZA DE DEPORTES DE MONTERREY." F). 17 La Asociación se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de 18 ¢200.000,00 de mano de obra. G) La Asociación asume en su totalidad las 19 obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y 20 responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de 21 la misma. 22 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 23 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 24 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 25 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 26 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 27 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 28 materiales según el presente convenio. 29 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 30 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.68 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 2 conocer en su totalidad. 3 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 4 convenio tiene un plazo de ejecución de cuatro semanas, contadas a partir del 5 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 6 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 7 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 8 su formalización. 9 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 10 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 11 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 12 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 13 o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al presidente de la misma, 14 señor Gerardo Salazar Morera, quien señala para notificaciones y localizaciones 15 el correo electrónico asocmonterrey@hotmail.com. 16 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 17 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la 18 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el 19 finiquito de ley del presente convenio. 20 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio 21 es la suma de DOS MILLONES OCHOCIETOS UN MIL SEISCIENTOS SESENTA 22 Y DOS COLONES CON DIECISEIS CENTIMOS. 23 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 24 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 25 Carlos a los _________ días del mes de _______del año dos mil veintidós. 26 27 Karol Salas Vargas Gerardo Salazar Morera 28 Alcaldesa A.I. Presidente 29 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo Integral 30 Monterrey de San Carlos Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.69 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 REFRENDO 2 La suscrita, Licda. Ma Gabriela González Gutiérrez, directora Jurídica Municipalidad 3 de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha realizado de 4 conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San Carlos. 5 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 6 7 ACUERDO N°14.- 8 9 Con base en los oficios MSCCM-SC-0471-2022 emitido por la Secretaría del 10 Concejo Municipal y MSC-AM-0495-2022 de la Administración Municipal, donde 11 remite el oficio MSCAM-SJ-0369-2022, referente al Convenio de Cooperación entre 12 la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de Monterrey, 13 para proyecto "Cerramiento perimetral en propiedad municipal en la cual se ubica el 14 Parque Infantil de Barrio La Amistad, Monterrey", se determina, autorizar a la 15 Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien ejerza la representación 16 legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se 17 detallan a continuación: 18 19 CONVENIO DE COOPERACION 11-2022 20 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 21 INTEGRAL DE MONTERREY DE SAN CARLOS 22 "CERRAMIENTO PERIMETRAL EN MALLA DE PROPIEDAD MUNICIPAL EN LA CUAL 23 SE UBICA EL PARQUE INFANTIL DE BARRIO LA AMISTAD DE MONTERREY" 24 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 25 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 26 vez, vecina de Los Ángeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 27 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 28 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 29 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 30 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.70 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 2 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 3 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 4 Artículo número __, Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión 5 celebrada el Lunes _____ del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del 6 presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y GERARDO SALAZAR 7 MORERA, mayor de edad, vecino de Monterrey de San Carlos, cédula de identidad 8 número dos ­ cuatrocientos seis ­ cero setenta y dos, en mi condición de 9 PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la ASOCIACIÓN DE 10 DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY DE SAN CARLOS, inscrita en el 11 Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo 5, Folio 12 799, Asiento: 1811 Código de Registro número 526, del Cantón Alajuela ­ San 13 Carlos, facultada para celebrar este convenio mediante Acta de 14 Junta Directiva Sesión ordinaria del primero de febrero del dos mil veintidós, 15 artículo No. siete, acuerdo No. trece, acta No. 1484, en adelante denominada la 16 "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos 17 para ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de 18 condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 19 CONSIDERANDO 20 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 21 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 22 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 23 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 24 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 25 las autoridades competentes para ello. 26 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 27 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 28 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 29 cumplir sus fines. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.71 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 2 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 3 para el cumplimiento de sus funciones. 4 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos 13 inc. B, 71, 77, y 5 83del Código Municipal, la Municipalidad se encuentra en la obligación de 6 invertir los impuestos cobrados a sus administrados en el mantenimiento de 7 parques, zonas verdes y otros, todos ellos bienes de dominio y uso público que 8 se encuentran bajo la administración del Estado a través de las diferentes 9 Municipalidades de cada cantón, siendo parte de las responsabilidades y 10 servicios que debe de asumir las Municipalidades, el dar el debido uso y 11 mantenimiento a los bienes de dominio público que se encuentran bajo su 12 administración y custodia. 13 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 14 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 15 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 16 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 17 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 18 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 19 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 20 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 21 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 22 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 23VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 24 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 25 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 26 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 27 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente "CONVENIO 28 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 29 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY "CERRAMIENTO 30 PERIMETRAL EN MALLA DE PROPIEDAD MUNICIPAL EN LA CUAL SE UBICA Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.72 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 EL PARQUE INFANTIL DE BARRIO LA AMISTAD DE MONTERREY," mismo que 2 realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las siguientes clausula: 3 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La Municipalidad de San 4 Carlos, es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 5 Propiedad, matrícula número QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS 6 TREINTA Y TRES ­ CERO CERO CERO, que es lote dos terreno para juegos 7 infantiles, sito en el distrito doce, Monterrey, cantón diez, San Carlos, de la provincia 8 de Alajuela, Mide. trescientos diecinueve metros cuadrados, según plano No. A-dos 9 cero uno ocho siete ocho uno ­ dos mil diecisiete. 10 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 11 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 12 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado "CONVENIO DE 13 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 14 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY "CERRAMIENTO 15 PERIMETRAL EN MALLA DE PROPIEDAD MUNICIPAL EN LA CUAL SE UBICA 16 EL PARQUE INFANTIL DE BARRIO LA AMISTAD DE MONTERREY," cuyo objetivo 17 consiste en la colocación de malla para el cerramiento perimetral del parque infantil 18 por medio de recuros de la municipalidad y mano de obra de la comunidad, para la 19 seguridad y bienestar de los niños y niñas en el Barrio La Amistad de Monterrey de 20 San Carlos, según folio 006 del expediente administrativo N° 12-319-5-01-2022. El 21 cual tendrá un costo de ¢1.639.194,26 de los cuales ¢1.489.194,26 será aportado 22 por la Municipalidad de San Carlos, para materiales y suministros y por parte de la 23 ASOCIACION se realizará el aporte de ¢150.000,00 de mano de obra, construcción 24 se habrá de realizar en un terreno propiedad de la MUNICIPALIDAD, descrito en la 25 cláusula anterior. 26 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 27 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 28 bien de dominio público de ASOCIACIÓN, (dictamen N° C-191-2011 del 16 de 29 agosto del 2011), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad realizara 30 un aporte de ¢1.489.194,26 según el código presupuestario número 5-03-01-09- Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.73 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 02-03-01 y 5-03-01-09-02-03-02, presupuesto ordinario. El material que se 2 adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia de la 3 ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo 4 conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 5 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 6 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 7 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 8 partida antes descrita, en el proyecto denominado "CONVENIO DE 9 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 10 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY "CERRAMIENTO 11 PERIMETRAL EN MALLA DE PROPIEDAD MUNICIPAL EN LA CUAL SE UBICA 12 EL PARQUE INFANTIL DE BARRIO LA AMISTAD DE MONTERREY." B). La 13 ASOCIACION se compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los 14 materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. C). La ASOCIACION 15 se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado 16 "CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS 17 Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY 18 "CERRAMIENTO PERIMETRAL EN MALLA DE PROPIEDAD MUNICIPAL EN LA 19 CUAL SE UBICA EL PARQUE INFANTIL DE BARRIO LA AMISTAD DE 20 MONTERREY." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales 21 de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). 22 La ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 23 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 24 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado "CONVENIO DE 25 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 26 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTERREY "CERRAMIENTO 27 PERIMETRAL EN MALLA DE PROPIEDAD MUNICIPAL EN LA CUAL SE UBICA 28 EL PARQUE INFANTIL DE BARRIO LA AMISTAD DE MONTERREY." F). La 29 Asociación se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de 30 ¢150.000,00 de mano de obra. G) La Asociación asume en su totalidad las Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.74 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y 2 responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de 3 la misma. 4 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 5 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 6 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 7 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 8 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 9 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 10 materiales según el presente convenio. 11 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 12 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 13 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 14 conocer en su totalidad. 15 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 16 convenio tiene un plazo de ejecución de cuatro semanas, contadas a partir del 17 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 18 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 19 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 20 su formalización. 21 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 22 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 23 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 24 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 25 o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al presidente de la misma, 26 señor Gerardo Salazar Morera, quien señala para notificaciones y localizaciones 27 el correo electrónico asocmonterrey@hotmail.com. 28 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 29 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la 30 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.75 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 finiquito de ley del presente convenio. 2 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio 3 es la suma de UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO 4 NOVENTA Y CUATRO COLONES CON VEINTISEIS CENTIMOS. 5 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 6 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 7 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 8 9 10 Karol Salas Vargas Gerardo Salazar Morera 11 Alcaldesa A.I. Presidente 12 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo Integral 13 Monterrey de San Carlos 14 15 REFRENDO 16 La suscrita, Licda. Ma Gabriela González Gutiérrez, directora Jurídica Municipalidad 17 de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha realizado de 18 conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San Carlos. 19 20 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 21 22 ACUERDO N°15.- 23 24 Con base en los oficios MSCCM-SC-0471-2022 emitido por la Secretaría del 25 Concejo Municipal y MSC-AM-0495-2022 de la Administración Municipal, donde 26 remite el oficio MSCAM-SJ-0368-2022, referente al Convenio de Cooperación entre 27 la Municipalidad de San Carlos y la Junta Educación Escuela Terrón Colorado para 28 proyecto "Mantenimiento y embellecimiento del techo escolar de la Escuela Terrón 29 Colorado"., se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.76 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar 2 el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 3 4 CONVENIO DE COOPERACION 10-2022 5 "MANTENIMIENTO Y EMBELLECIMIENTO DEL TECHO ESCOLAR DE LA ESCUELA 6 DE TERRÓN COLORADO" ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA 7 DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA DE TERRÓN COLORADO 8 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 9 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 10 vez, vecina de Los Angeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 11 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 12 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 13 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 14 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 15 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 16 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 17 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 18 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 19 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 20 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y JOSEFA 21 AGUSTINA ESPINOZA CASTILLO, mayor de edad, vecina de Alajuela, San Carlos, 22 Terrón Colorado, cédula de identidad número dos ­ quinientos doce ­ quinientos 23 sesenta y nueve, en condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para 24 este acto de la Junta de Educación de la Escuela Terrón Colorado, cédula 25 jurídica número tres - cero cero ocho - cero nueve dos dos cuatro cero, de acuerdo 26 al número de certificación cero ciento uno - dos mil veintidós, facultada para 27 celebrar este convenio mediante Acta de Junta de Educación de la Escuela Terrón 28 Colorado, Sesión extraordinaria celebrada el 23 de febrero del 2022, artículo No. 7, 29 Acuerdo No. 1, Acta No. 03-2022, en adelante denominado la "JUNTA", 30 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.77 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 2 en beneficio de las comunidades: 3 4 CONSIDERANDO 5 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es promotor 6 y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, de ahí que 7 es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de sus 8 necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las condiciones 9 de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con las 10 autoridades competentes para ello. 11 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 12 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 13 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 14 cumplir sus fines. 15 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 16 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 17 para el cumplimiento de sus funciones. 18 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos 13 inc. B, 71, 77, y 83 19 del Código Municipal, la Municipalidad se encuentra en la obligación de invertir 20 los impuestos cobrados a sus administrados en el mantenimiento de parques, 21 zonas verdes y otros, todos ellos bienes de dominio y uso público que se 22 encuentran bajo la administración del Estado a través de las diferentes 23 Municipalidades de cada cantón, siendo parte de las responsabilidades y 24 servicios que debe de asumir las Municipalidades, el dar el debido uso y 25 mantenimiento a los bienes de dominio público que se encuentran bajo su 26 administración y custodia. 27 V. Son fines de la educación costarricense, según se estatuye en el artículo 2 de la 28 Ley Fundamental de Educación, la formación de ciudadanos amantes de su 29 patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y sus libertades 30 fundamentales, con profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.78 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 dignidad humana; contribuir al desenvolvimiento pleno de la personalidad 2 humana y estimular el desarrollo de la solidaridad y la comprensión humana, 3 entre otros. 4 VI. El artículo 3 de la misma Ley Fundamental de Educación establece que, para el 5 cumplimiento de los fines expresados la escuela costarricense debe procurar el 6 mejoramiento de la salud mental, moral y física de la colectividad, además el 7 desarrollo intelectual del hombre y sus valores éticos, estéticos y religiosos; así 8 como desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias 9 individuales entre otros. 10 VII. Que el Código de Educación, Ley N° 181 del 18 de agosto de 1944 y la Ley 11 Fundamental de Educación N° 2160 del 25 de setiembre de 1957 y sus reformas, 12 les otorgan a las Juntas de Educación y Juntas Administrativas plena 13 personalidad jurídica" y patrimonios propios. 14 VIII. Las Juntas de Educación actuarán como delegaciones de las Municipalidades y 15 serán organismos auxiliares de la Administración Pública y servirán, a la vez, 16 como agencias para asegurar la integración de la comunidad y la escuela 17 (artículo 42 de la Ley Fundamental de Educación). 18 IX. Que de conformidad con lo establecido en el artículo número 31 incisos f) e i) del 19 Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, Decreto 20 Número 38249-MEP de fecha 10 de febrero de 2014, las Juntas, Son funciones 21 y atribuciones de las Juntas las siguientes: Formular proyectos para el desarrollo 22 de infraestructura educativa haciendo uso de los prototipos o modelos 23 contextualizados y establecidos por la DIEE; Gestionar el desarrollo de proyectos 24 para el mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura física del centro 25 educativo. 26 X. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 27 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 28 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 29 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.79 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 XI. Tanto la MUNICIPALIDAD como la JUNTA, desean unir esfuerzos, con el fin de 2 establecer una mejor condición de vida para la población de sus comunidades, 3 esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 4 5 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 6 MUNICIPALIDAD y la JUNTA, consienten en celebrar el presente "CONVENIO DE 7 COOPERACION PARA MANTENIMIENTO Y EMBELLECIMIENTO DEL TECHO 8 ESCOLAR DE LA ESCUELA DE TERRÓN COLORADO" de un bien propiedad de 9 la Junta de Educación de la Escuela Terrón Colorado, lo cual realizan de la siguiente 10 manera: PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. la Junta de Educación de la Escuela Terrón Colorado, es propietaria del bien, debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ­ CERO CERO CERO, naturaleza: terreno de solar y escuela, Situado en el Distrito Once CUTRIS, del Cantón Décimo SAN CARLOS, de la Provincia de Alajuela. Linda al norte, sur y este con Orlando Alfaro Zamora, y oeste Calle Pública con un frente de sesenta y dos metros y noventa y tres centímetros. Mide: TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CON TREINTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, según plano No. A- CERO CERO NUEVE CERO SEIS UNO TRES ­ MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS. 11 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 12 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 13 MUNICIPALIDAD y la JUNTA el proyecto denominado "CONVENIO DE 14 COOPERACION PARA MANTENIMIENTO Y EMBELLECIMIENTO DEL TECHO 15 ESCOLAR DE LA ESCUELA DE TERRÓN COLORADO," el cual consiste en el 16 mantenimiento del zinc, el cual debe ser lavado, curado y pintado en la Escuela Terrón 17 Colorado, frente a la plaza de deportes de Terrón Colorado de Cutris. El área a pintar 18 será de 1,200 metros aproximadamente, que comprende todo el techo de la 19 institución: aulas, comedor, pasos cubiertos, baterías sanitarias. Mejoras que tendrán Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.80 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 un costo de DOS MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL CIENTO SIETE 2 COLONES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (¢2.313.107,76) de los cuales 3 ¢1.063.107,76 serán aportados por la Municipalidad de San Carlos en materiales y 4 suministros de construcción y los restantes ¢950.000,00 por concepto mano de obra 5 y ¢300.000,00 otros materiales de construcción corresponden al aporte a realizar por 6 parte de la comunidad, para las mejoras a infraestructura ubicada en la propiedad 7 descrita en la cláusula primera. 8 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 9 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 10 bien de dominio público de La Junta de Educación de la Escuela Terrón Colorado, 11 (dictamen N° C-191-2011 del 16 de agosto del 2011), para la ejecución del presente 12 proyecto la Municipalidad realizara un aporte de ¢1.063.107,76 según el código 13 presupuestario número 5-03-01-09-02-01-04 presupuesto ordinario. El material que 14 se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia de la JUNTA 15 quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de 16 proyecto antes mencionado. 17 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA JUNTA La JUNTA se compromete a lo 18 siguiente: A). La JUNTA se compromete a utilizar los materiales que se adquieran 19 mediante los recursos que se ejecutaran de la partida antes descrita, en el 20 proyecto denominado "CONVENIO DE COOPERACION PARA MANTENIMIENTO 21 Y EMBELLECIMIENTO DEL TECHO ESCOLAR DE LA ESCUELA DE TERRÓN 22 COLORADO," ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE 23 EDUCACIÓN DE LA ESCUELA DE TERRÓN COLORADO. B). La JUNTA se 24 compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a 25 suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. C). La JUNTA se obliga a 26 cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado "CONVENIO DE 27 COOPERACION PARA MANTENIMIENTO Y EMBELLECIMIENTO DEL TECHO 28 ESCOLAR DE LA ESCUELA DE TERRÓN COLORADO," ENTRE LA 29 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA 30 DE TERRÓN COLORADO. D). La JUNTA deberá cumplir con las reglas Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.81 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales 2 a recibir. E). La JUNTA se compromete a realizar todas las gestiones legales y 3 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 4 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado "CONVENIO DE 5 COOPERACION PARA MANTENIMIENTO Y EMBELLECIMIENTO DEL TECHO 6 ESCOLAR DE LA ESCUELA DE TERRÓN COLORADO," ENTRE LA 7 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA 8 DE TERRÓN COLORADO. F). La JUNTA se compromete aportar para la ejecución 9 del proyecto la suma de ¢950.000,00 por concepto mano de obra y ¢300.000,00 10 otros materiales de construcción. G) La Junta asume en su totalidad las 11 obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y 12 responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de la 13 misma. 14 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 15 INFORMES La JUNTA, deberá mantener ordenado bajo custodia y 16 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 17 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 18 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la JUNTA se obliga a rendir un informe 19 final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los materiales 20 según el presente convenio. 21 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La JUNTA se obliga a cumplir con 22 lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría General de 23 la República, la cual manifiesta el presidente de la JUNTA conocer en su totalidad. 24 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 25 convenio tiene un plazo de ejecución de cuatro semanas, contadas a partir del 26 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la JUNTA del aporte en 27 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 28 mismo, este tiene una vigencia de UN MES contada a partir de la fecha de su 29 formalización y un plazo de ejecución de UN MES, conforme el cronograma de 30 actividades que consta al folio 7 del expediente administrativo. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.82 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 2 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 3 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 4 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 5 o coordinador del proyecto por parte de la JUNTA Josefa Agustina Espinoza 6 Castillo, quien señala para notificaciones y localizaciones el número de teléfono: 7 8494-8361. 8 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 9 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la JUNTA a la 10 Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 11 presente convenio. 12 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 13 la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS TRECE MIL CIENTO SIETE 14 COLONES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (¢2.313.107,76). 15 16 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 17 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 18 Carlos a los ______ días de ______ del año dos mil veintidós. 19 20 21 Karol Salas Vargas Josefa Agustina Espinoza Castillo 22 ALCALDESA a.i. PRESIDENTE 23 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS JUNTA DE EDUCACION 24 25 REFRENDO 26 La suscrita, Licda. Ma. Gabriela González Gutiérrez, directora Jurídica 27 Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha realizado 28 de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San Carlos. 29 30 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.83 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ACUERDO N°16.- 2 3 Con base en los oficios MSCCM-SC-0471-2022 emitido por la Secretaría del 4 Concejo Municipal y MSC-AM-0495-2022 de la Administración Municipal, donde 5 remite el oficio MSCAM-SJ-0366-2022, referente al Convenio de Cooperación entre 6 la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de La Tigra, 7 para proyecto "II Etapa colocación de cubierta y mejoras en la cancha sintética La 8 Tigra", se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del 9 Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar 10 el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 11 12 CONVENIO DE COOPERACION 9-2022 13 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 14 DESARROLLO INTEGRAL DE LA TIGRA, SAN CARLOS 15 "II ETAPA COLOCACIÓN DE CUBIERTA Y MEJORAS EN LA CANCHA SINTETICA LA 16 TIGRA" 17 18 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 19 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 20 vez, vecina de Los Ángeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 21 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 22 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 23 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 24 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 25 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 26 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 27 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 28 Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión celebrada el 29 Lunes del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del presente 30 convenio denominado la MUNICIPALIDAD y JAVIER CAMPOS CAMPOS, mayor Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.84 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de edad, vecino de La Tigra de San Carlos, cédula de identidad número dos ­ 2 trescientos veinticuatro ­ cero setenta y nueve, en mi condición de PRESIDENTE 3 con facultades suficientes para este acto de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 4 INTEGRAL DE LA TIGRA DE SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro 5 Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo 5, Folio 1039, 6 Asiento: 2612 Código de Registro número 482, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, 7 facultada para celebrar este convenio mediante Acta de Junta Directiva Sesión 8 ordinaria el ocho de febrero del dos mil veintidós, artículo No. siete, acuerdo No. 9 tres, acta No. novecientos, en adelante denominado la "ASOCIACION", 10 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 11 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 12 en beneficio de las comunidades: 13 14 CONSIDERANDO 15 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 16 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 17 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 18 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 19 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 20 las autoridades competentes para ello. 21 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 22 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 23 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 24 cumplir sus fines. 25 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 26 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 27 para el cumplimiento de sus funciones. 28 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos 13 inc. B, 71, 77, y 29 83del Código Municipal, la Municipalidad se encuentra en la obligación de 30 invertir los impuestos cobrados a sus administrados en el mantenimiento de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.85 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 parques, zonas verdes y otros, todos ellos bienes de dominio y uso público que 2 se encuentran bajo la administración del Estado a través de las diferentes 3 Municipalidades de cada cantón, siendo parte de las responsabilidades y 4 servicios que debe de asumir las Municipalidades, el dar el debido uso y 5 mantenimiento a los bienes de dominio público que se encuentran bajo su 6 administración y custodia. 7 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 8 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 9 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 10 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 11 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 12 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 13 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 14 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 15 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 16 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 17VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 18 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 19 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 20 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 21 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 22 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 23 DESARROLLO INTEGRAL DE LA TIGRA, SAN CARLOS "II ETAPA COLOCACIÓN DE 24 CUBIERTA Y MEJORAS EN LA CANCHA SINTETICA LA TIGRA," mismo que realiza con 25 fundamento en la normativa legal vigente y las siguientes clausula: 26 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La Asociación de Desarrollo 27 Integral de La Tigra de San Carlos, es propietaria del bien debidamente inscrito en 28 el Registro Público de la Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS SETENTA 29 Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO - CERO CERO CERO, que es 30 terreno de plaza de deportes, sito en el distrito ocho, La Tigra, cantón diez, San Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.86 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide. Mil ciento treinta y ocho metros cuadrados, 2 según plano No A-1391852-2009. 3 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 4 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 5 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado "LA MUNICIPALIDAD 6 DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA 7 TIGRA, SAN CARLOS "II ETAPA COLOCACIÓN DE CUBIERTA Y MEJORAS EN 8 LA CANCHA SINTETICA LA TIGRA,", cuyo objeto consiste en techar la cancha 9 sintética con el fin de mejorar la infraestructura y brindar un mejor servicio, según 10 folio 004 del expediente administrativo N° 8-310-3-01-2022. El cual tendrá un costo 11 de ¢8.301.020,00 de los cuales ¢5.148.020,00 correspondientes a suministros y 12 materiales serán aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por parte de la 13 ASOCIACION se realizará el aporte de ¢1.153.000,00 de mano de obra y 14 2.000.000,00 que corresponde a materiales y suministros, construcción se habrá 15 de realizar en un terreno propiedad de la ASOCIACION, descrito en la cláusula 16 anterior. 17 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 18 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 19 bien de dominio público de la ASOCIACIÓN, (dictamen N° C-191-2011 del 16 de 20 agosto del 2011), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad realizara 21 un aporte de ¢5.148.020,00 correspondientes a suministros y materiales según el 22 código presupuestario número 5-03-01-10-02-03-01, presupuesto ordinario. El 23 material que se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia 24 de la ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo 25 conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 26 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 27 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 28 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 29 partida antes descrita, en el proyecto denominado "II ETAPA COLOCACIÓN DE 30 CUBIERTA Y MEJORAS EN LA CANCHA SINTETICA LA TIGRA". B). La Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.87 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ASOCIACION se compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los 2 materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. C). La ASOCIACION 3 se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado "II ETAPA 4 COLOCACIÓN DE CUBIERTA Y MEJORAS EN LA CANCHA SINTETICA LA 5 TIGRA". D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales de 6 lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). 7 La ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 8 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 9 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado "II ETAPA COLOCACIÓN 10 DE CUBIERTA Y MEJORAS EN LA CANCHA SINTETICA LA TIGRA". F). La 11 Asociación se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de 12 ¢1.153.000,00 de mano de obra y 2.000.000,00 que corresponde a materiales y 13 suministros. G) La Asociación asume en su totalidad las obligaciones y 14 responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y responsabilidades 15 patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de la misma. 16 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 17 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 18 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 19 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 20 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 21 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 22 materiales según el presente convenio. 23 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 24 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 25 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 26 conocer en su totalidad. 27 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 28 convenio tiene un plazo de ejecución de cuatro semanas, contadas a partir del 29 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 30 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.88 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 mismo, este tiene una vigencia de OCHO SEMANAS contada a partir de la fecha 2 de su formalización. 3 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 4 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 5 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 6 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 7 o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al presidente de la misma, 8 señor Javier Campos Campos, quien señala para notificaciones y localizaciones 9 el correo electrónico adilatigrasc@gmail.com 10 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 11 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la 12 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el 13 finiquito de ley del presente convenio. 14 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio 15 es la suma de OCHO MILLONES TRESCIENTOS UN MIL VEINTE COLONES 16 EXACTOS. (¢8.301.020,00) 17 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 18 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 19 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 20 21 22 Karol Salas Vargas Javier Campos Campos 23 Alcaldesa A.I. Presidente 24 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 25 26 REFRENDO 27 La suscrita, Licda. Ma Gabriela González Gutiérrez, directora Jurídica Municipalidad 28 de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha realizado de 29 conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San Carlos. 30 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.89 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ACUERDO N°17.- 2 3 Con base en los oficios MSCCM-SC-0471-2022 emitido por la Secretaría del 4 Concejo Municipal y MSC-AM-0495-2022 de la Administración Municipal, donde 5 remite el oficio MSCAM-SJ-0365-2022, referente al Convenio de Cooperación entre 6 la Municipalidad de San Carlos y Junta de Educación Administrativa de la Escuela 7 Enseñanza Especial Amanda Álvarez, para el proyecto "Construcción Local de 8 exposiciones en la Escuela Enseñanza Especial", se determina, autorizar a la 9 Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien ejerza la representación 10 legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se 11 detallan a continuación: 12 13 CONVENIO DE COOPERACION 14 "CONSTRUCCIÓN DE UN LOCAL DE EXPOSICIONES EN 15 LA ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL, 16 BARRIO BALTAZAR QUESADA, CIUDAD QUESADA" 17 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA 18 ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL AMANDA ALVAREZ 19 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 20 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 21 vez, vecina de Los Angeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 22 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 23 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 24 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 25 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 26 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 27 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 28 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 29 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 30 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.90 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y SEGUNDO 2 CHACÓN HERNÁNDEZ, mayor de edad, vecino de Alajuela, San Carlos, Quesada, 3 cédula de identidad número dos ­ trescientos setenta y cinco ­ novecientos cinco, 4 en condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la Junta 5 de Educación de la Escuela de Enseñanza Especial Amanda Álvarez de 6 Ugalde, cédula jurídica número tres cero cero ocho cero seis uno cinco cero uno, 7 de acuerdo al número de certificación cero novecientos ochenta y nueve - dos mil 8 veintiuno, facultada para celebrar este convenio mediante Acta de 9 Junta Administrativa Sesión extraordinaria celebrada el 28 de octubre del 2021, 10 artículo No. 1, Acuerdo No. 1, Acta No. 008-2021, en adelante denominado la 11 "JUNTA", CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para 12 ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones 13 de vida en beneficio de las comunidades: 14 CONSIDERANDO 15 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es promotor 16 y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, de ahí que 17 es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de sus 18 necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las condiciones 19 de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con las 20 autoridades competentes para ello. 21 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 22 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 23 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 24 cumplir sus fines. 25 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 26 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 27 para el cumplimiento de sus funciones. 28 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos 13 inc. B, 71, 77, y 83 29 del Código Municipal, la Municipalidad se encuentra en la obligación de invertir 30 los impuestos cobrados a sus administrados en el mantenimiento de parques, Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.91 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 zonas verdes y otros, todos ellos bienes de dominio y uso público que se 2 encuentran bajo la administración del Estado a través de las diferentes 3 Municipalidades de cada cantón, siendo parte de las responsabilidades y 4 servicios que debe de asumir las Municipalidades, el dar el debido uso y 5 mantenimiento a los bienes de dominio público que se encuentran bajo su 6 administración y custodia. 7 V. Son fines de la educación costarricense, según se estatuye en el artículo 2 de la 8 Ley Fundamental de Educación, la formación de ciudadanos amantes de su patria, 9 conscientes de sus deberes, de sus derechos y sus libertades fundamentales, con 10 profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la dignidad humana; contribuir 11 al desenvolvimiento pleno de la personalidad humana y estimular el desarrollo de 12 la solidaridad y la comprensión humana, entre otros. 13 VI. El artículo 3 de la misma Ley Fundamental de Educación establece que, para el 14 cumplimiento de los fines expresados la escuela costarricense debe procurar el 15 mejoramiento de la salud mental, moral y física de la colectividad, además el 16 desarrollo intelectual del hombre y sus valores éticos, estéticos y religiosos; así 17 como desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias 18 individuales entre otros. 19VII. Que el Código de Educación, Ley N° 181 del 18 de agosto de 1944 y la Ley 20 Fundamental de Educación N° 2160 del 25 de setiembre de 1957 y sus reformas, 21 les otorgan a las Juntas de Educación y Juntas Administrativas plena personalidad 22 jurídica" y patrimonios propios. 23VIII. Las Juntas de Educación actuarán como delegaciones de las Municipalidades y 24 serán organismos auxiliares de la Administración Pública y servirán, a la vez, como 25 agencias para asegurar la integración de la comunidad y la escuela (artículo 42 26 de la Ley Fundamental de Educación). 27 IX. Que de conformidad con lo establecido en el artículo número 31 incisos f) e i) del 28 Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, Decreto 29 Número 38249-MEP de fecha 10 de febrero de 2014, las Juntas, Son funciones y 30 atribuciones de las Juntas las siguientes: Formular proyectos para el desarrollo de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.92 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 infraestructura educativa haciendo uso de los prototipos o modelos 2 contextualizados y establecidos por la DIEE; Gestionar el desarrollo de proyectos 3 para el mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura física del centro 4 educativo. 5 X. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 6 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 7 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 8 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 9 XI. Tanto la MUNICIPALIDAD como la JUNTA, desean unir esfuerzos, con el fin de 10 establecer una mejor condición de vida para la población de sus comunidades, 11 esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 12 13 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 14 MUNICIPALIDAD y la JUNTA, consienten en celebrar el presente "CONVENIO DE 15 COOPERACION PARA CONSTRUCCIÓN DE UN LOCAL DE EXPOSICIONES EN 16 LA ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL, BARRIO BALTAZAR QUESADA, 17 CIUDAD QUESADA, ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA 18 ADMINISTRATIVA DE LA ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL AMANDA 19 ÁLVAREZ" de un bien propiedad de la Junta Administrativa de la Escuela de 20 Enseñanza Especial Amanda Álvarez, lo cual realizan de la siguiente manera: PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. la Junta Administrativa de la Escuela de Enseñanza Especial Amanda Álvarez, es propietaria del bien, debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número DOSCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES ­ CERO CERO CERO, naturaleza: planta física, biblioteca y cancha basketball, Situado en el Distrito Primero QUESADA, del Cantón Décimo SAN CARLOS, de la Provincia de Alajuela. Linda al norte: Hermanos Vargas Serrano, Uriel Jiménez, sur Calle Pública con setenta metros y setenta y nueve centímetros de frente, este Calle Pública con setenta y nueve metros y tres centímetros de frente, y oeste Calle Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.93 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria Pública con setenta y seis metros y veintiún centímetros de frente. Mide: CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS METROS CON SETENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS, según plano No. A- CERO NUEVE TRES DOS CUATRO SEIS CINCO ­ MIL NOVECIENTOS NOVENTA. 1 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 2 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 3 MUNICIPALIDAD y la JUNTA el proyecto denominado "CONVENIO DE 4 COOPERACION PARA CONSTRUCCIÓN DE UN LOCAL DE EXPOSICIONES EN 5 LA ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL, BARRIO BALTAZAR QUESADA, 6 CIUDAD QUESADA, ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA 7 ADMINISTRATIVA DE LA ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL AMANDA 8 ÁLVAREZ," la cual consiste en un local para que los estudiantes del Centro Educativo 9 desarrollen habilidades de atención al Público, conserjería y otras, de acuerdo a las 10 capacidades, es un área de 30m2. Mejoras que tendrán un costo de DIEZ MILLONES 11 OCHENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS COLONES CON TREINTA Y 12 TRES CENTIMOS (¢10.080.442,33) de los cuales ¢3.653.667,33 serán aportados 13 por la Municipalidad de San Carlos en materiales y suministros de construcción y los 14 restantes ¢5.096.000,00 por concepto mano de obra y ¢1.330.775,00 otros materiales 15 de construcción corresponden al aporte a realizar por parte de la comunidad, para las 16 mejoras a infraestructura ubicada en la propiedad descrita en la cláusula primera. 17 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 18 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 19 bien de dominio público de La Junta Administrativa de la Escuela de Enseñanza 20 Especial Amanda Álvarez, (dictamen N° C-191-2011 del 16 de agosto del 2011), para 21 la ejecución del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de 22 ¢3.653.667,33 según el código presupuestario número 5-03-01-10-02-03-01, 5-03- 23 01-10-02-03-02 y 5-03-01-10-02-03-06 presupuesto ordinario. El material que se 24 adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia de la JUNTA quien 25 será la responsable del mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.94 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 proyecto antes mencionado. 2 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA JUNTA La JUNTA se compromete a lo 3 siguiente: A). La JUNTA se compromete a utilizar los materiales que se adquieran 4 mediante los recursos que se ejecutaran de la partida antes descrita, en el 5 proyecto denominado "CONVENIO DE COOPERACION PARA CONSTRUCCIÓN 6 DE UN LOCAL DE EXPOSICIONES EN LA ESCUELA DE ENSEÑANZA 7 ESPECIAL, BARRIO BALTAZAR QUESADA, CIUDAD QUESADA, ENTRE LA 8 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA 9 ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL AMANDA ÁLVAREZ." B). La JUNTA se 10 compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a 11 suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. C). La JUNTA se obliga a 12 cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado "CONVENIO DE 13 COOPERACION PARA CONSTRUCCIÓN DE UN LOCAL DE EXPOSICIONES EN 14 LA ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL, BARRIO BALTAZAR QUESADA, 15 CIUDAD QUESADA, ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA 16 ADMINISTRATIVA DE LA ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL AMANDA 17 ÁLVAREZ." D). La JUNTA deberá cumplir con las reglas elementales de lógica, 18 justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). La 19 JUNTA se compromete a realizar todas las gestiones legales y administrativas 20 necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para ejecutar y dar 21 mantenimiento al proyecto denominado "CONVENIO DE COOPERACION PARA 22 CONSTRUCCIÓN DE UN LOCAL DE EXPOSICIONES EN LA ESCUELA DE 23 ENSEÑANZA ESPECIAL, BARRIO BALTAZAR QUESADA, CIUDAD QUESADA, 24 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA ADMINISTRATIVA DE 25 LA ESCUELA DE ENSEÑANZA ESPECIAL AMANDA ÁLVAREZ." F). La JUNTA 26 se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de 27 ¢6.426.775.000,00 por concepto mano de obra y otros materiales de construcción. 28 G) La Junta asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la 29 ejecución de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes 30 laborales en la ejecución de la misma. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.95 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 2 INFORMES La JUNTA, deberá mantener ordenado bajo custodia y 3 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 4 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 5 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la JUNTA se obliga a rendir un informe 6 final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los materiales 7 según el presente convenio. 8 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La JUNTA se obliga a cumplir con 9 lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría General de 10 la República, la cual manifiesta el presidente de la JUNTA conocer en su totalidad. 11 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 12 convenio tiene un plazo de ejecución de doce semanas, contadas a partir del 13 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la JUNTA del aporte en 14 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 15 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de su 16 formalización y un plazo de ejecución de UN MES, conforme el cronograma de 17 actividades que consta al folio 4 del expediente administrativo. 18 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 19 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 20 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 21 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 22 o coordinador del proyecto por parte de la JUNTA Álvaro Víquez Quesada, quien 23 señala para notificaciones y localizaciones el correo electrónico aviquez@vkz.cr 24 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 25 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la JUNTA a la 26 Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 27 presente convenio. 28 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 29 la suma de DIEZ MILLONES OCHENTA MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS 30 COLONES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (¢10.080.442,33). Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.96 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 2 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 3 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 4 Carlos a los ______ días de ______ del año dos mil veintidós. 5 6 Karol Salas Vargas Segundo Chacón Hernández 7 ALCALDESA a.i. PRESIDENTE 8 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS JUNTA DE EDUCACION 9 10 11 REFRENDO 12 La suscrita, Licda. Ma. Gabriela González Gutiérrez, directora Jurídica 13 Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 14 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, 15 San Carlos. 16 17 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 18 19 ACUERDO N°18.- 20 21 Con base en los oficios MSCCM-SC-0472-2022 emitido por la Secretaría del 22 Concejo Municipal y MSC-AM-0502-2022 de la Administración Municipal, donde 23 remite el oficio MSCAM-SJ-0396-2022, referente al Convenio de Cooperación 18- 24 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Junta de Educación de la Escuela 25 Puerto Escondido Pital San Carlos, para el proyecto "Mejoras a la Escuela Puerto 26 Escondido de Pital con partida específica dos mil diecinueve", se determina, 27 autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien ejerza la 28 representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 29 cooperación que se detallan a continuación: 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.97 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CONVENIO DE COOPERACION 18-2022 2 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA 3 ESCUELA PUERTO ESCONDIDO PITAL SAN CARLOS "MEJORAS A LA ESCUELA 4 PUERTO ESCONDIDO DE PITAL CON PARTIDA ESPECIFICA DOS MIL DIECINUEVE" 5 6 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 7 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 8 vez, vecina de Los Angeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 9 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 10 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 11 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 12 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 13 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 14 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 15 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 16 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 17 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 18 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y RIGOBERTO 19 BADILLA VARGAS, mayor de edad, vecino de Alajuela, San Carlos, Puerto 20 Escondido de Pital, cédula de identidad número uno ­ mil treinta y dos ­ ochocientos 21 nueve, en condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de 22 la JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA PUERTO ESCONDIDO PITAL SAN 23 CARLOS, cédula jurídica número tres - cero cero ocho - cero siete uno seis tres 24 tres, de acuerdo al número de certificación ochocientos treinta y tres - dos mil 25 veintiuno, facultado para celebrar este convenio mediante Acta de Junta de 26 Educación de la Escuela de Puerto Escondido de Pital, Sesión ordinaria celebrada 27 el treinta de setiembre del dos mil veintiuno, artículo No. ONCE, Acuerdo No. ONCE, 28 Acta No. DIECISIETE-DOS MIL VEINTIUNO, en adelante denominado la 29 "JUNTA", CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para 30 ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.98 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de vida en beneficio de las comunidades: 2 3 CONSIDERANDO 4 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es promotor 5 y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, de ahí que 6 es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de sus 7 necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las condiciones 8 de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con las 9 autoridades competentes para ello. 10 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 11 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 12 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 13 cumplir sus fines. 14 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 15 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 16 para el cumplimiento de sus funciones. 17 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 18 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 19 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 20 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 21 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 22 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 23 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 24 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 25 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 26 V. Son fines de la educación costarricense, según se estatuye en el artículo dos de 27 la Ley Fundamental de Educación, la formación de ciudadanos amantes de su 28 patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y sus libertades 29 fundamentales, con profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la 30 dignidad humana; contribuir al desenvolvimiento pleno de la personalidad humana Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.99 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 y estimular el desarrollo de la solidaridad y la comprensión humana, entre otros. 2 VI. El artículo tres de la misma Ley Fundamental de Educación establece que, para 3 el cumplimiento de los fines expresados la escuela costarricense debe procurar el 4 mejoramiento de la salud mental, moral y física de la colectividad, además el 5 desarrollo intelectual del hombre y sus valores éticos, estéticos y religiosos; así 6 como desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias 7 individuales entre otros. 8VII. Que el Código de Educación, Ley N° Ciento ochenta y uno, del dieciocho de 9 agosto de mil novecientos cuarenta y cuatro, y la Ley Fundamental de Educación 10 N° dos mil ciento sesenta del veinticinco de setiembre de mil novecientos 11 cincuenta y siete y sus reformas, les otorgan a las Juntas de Educación y Juntas 12 Administrativas plena personalidad jurídica" y patrimonios propios. 13VIII. Las Juntas de Educación actuarán como delegaciones de las Municipalidades y 14 serán organismos auxiliares de la Administración Pública y servirán, a la vez, como 15 agencias para asegurar la integración de la comunidad y la escuela (artículo 16 cuarenta y dos de la Ley Fundamental de Educación). 17 IX. Que de conformidad con lo establecido en el artículo número treinta y uno incisos 18 f) e i) del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, 19 Decreto Número TRES OCHO DOS CUATRO NUEVE-MEP de fecha diez de 20 febrero de dos mil catorce, las Juntas, Son funciones y atribuciones de las Juntas 21 las siguientes: Formular proyectos para el desarrollo de infraestructura educativa 22 haciendo uso de los prototipos o modelos contextualizados y establecidos por la 23 DIEE; Gestionar el desarrollo de proyectos para el mejoramiento y mantenimiento 24 de la infraestructura física del centro educativo. 25 X. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 26 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 27 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 28 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.100 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 XI. Tanto la MUNICIPALIDAD como la JUNTA, desean unir esfuerzos, con el fin de 2 establecer una mejor condición de vida para la población de sus comunidades, 3 esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 4 5 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 6 MUNICIPALIDAD y la JUNTA, consienten en celebrar el presente "CONVENIO DE 7 COOPERACION PARA MEJORAS A LA ESCUELA DE PUERTO ESCONDIDO DE 8 PITAL CON PARTIDA ESPECIFICA DOS MIL DIECINUEVE" de un bien propiedad 9 de la Junta de Educación de la Escuela Puerto Escondido de Pital, lo cual realizan 10 de la siguiente manera: PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La Junta de Educación de la Escuela Puerto Escondido de Pital, es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número CIENTO SESENTA Y UN MIL CIENTO VEINTITRES ­ CERO CERO CERO, naturaleza: terreno inculto con un local destinado a escuela, Situado en el Distrito Seis PITAL, del Cantón Décimo SAN CARLOS, de la Provincia de Alajuela. Linda al norte, sur y este con Emilio Carranza Vargas, y oeste Calle Pública con un cuarenta y dos metros y dos centímetros de frente. Mide: DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CON VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS, plano no se indica en Registro. 11 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 12 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 13 MUNICIPALIDAD y la JUNTA el proyecto denominado "CONVENIO DE 14 COOPERACION PARA MEJORAS A LA ESCUELA DE PUERTO ESCONDIDO DE 15 PITAL CON PARTIDA ESPECIFICA DOS MIL DIECINUEVE," el cual consiste en 16 renovar las dos baterías sanitarias del área de preescolar, debido a que presentan 17 fisuras en el piso y paredes, además no cumplen con lo normado en la Ley siete mil 18 seiscientos, remodelar la estructura del techo del pabellón de aulas viejas y cambio 19 de zinc de los otros pabellones que se encuentra en mal estado, así como mejorar 20 las condiciones en que se encuentran las áreas cementadas de la escuela. Mejoras Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.101 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 que tendrán un costo de TRECE MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL 2 SETECIENTOS SESENTA Y UN COLONES CON VEINTICINCO CENTIMOS 3 (¢13.211.761,25) de los cuales SEIS MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL 4 SETECIENTOS SESENTA Y UN COLONES CON VEINTICINCO CENTIMOS 5 (¢6.911.761,25) serán aportados por la Municipalidad de San Carlos en materiales y 6 suministros de construcción, y los restantes CINCO MILLONES DE COLONES 7 (¢5.000.000,00) por concepto mano de obra y UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL 8 COLONES (¢1.300.000,00) por otros materiales de construcción corresponden al 9 aporte a realizar por parte de la comunidad, para las mejoras a infraestructura ubicada 10 en la propiedad descrita en la cláusula primera. 11 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 12 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 13 bien de dominio público de la Junta de Educación de la Escuela Puerto Escondido 14 de Pital, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis 15 de agosto del dos mil once), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad 16 realizara un aporte de SEIS MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS 17 SESENTA Y UN COLONES CON VEINTICINCO CENTIMOS (¢6.911.761,25) según 18 el código presupuestario número CINCO-CERO CUATRO-CERO UNO-CERO 19 CINCO-CERO DOS- CERO TRES-CERO UNO y CINCO-CERO CUATRO-CERO 20 UNO-CERO CINCO-CERO DOS-CERO TRES-CERO DOS presupuesto ordinario. 21 El material que se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia 22 de la JUNTA quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo conforme 23 al perfil de proyecto antes mencionado. 24 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA JUNTA La JUNTA se compromete a lo 25 siguiente: A). La JUNTA se compromete a utilizar los materiales que se adquieran 26 mediante los recursos que se ejecutaran de la partida antes descrita, en el 27 proyecto denominado "CONVENIO DE COOPERACION PARA MEJORAS A LA 28 ESCUELA DE PUERTO ESCONDIDO DE PITAL CON PARTIDA ESPECIFICA 29 DOS MIL DIECINUEVE," ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y 30 JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA PUERTO ESCONDIDO PITAL SAN Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.102 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CARLOS. B). La JUNTA se compromete a custodiar y llevar el control del empleo 2 de los materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. C). La JUNTA se 3 obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado "CONVENIO 4 DE COOPERACION PARA MEJORAS A LA ESCUELA DE PUERTO ESCONDIDO 5 DE PITAL CON PARTIDA ESPECIFICA DOS MIL DIECINUEVE," ENTRE LA 6 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA 7 PUERTO ESCONDIDO PITAL SAN CARLOS. D). La JUNTA deberá cumplir con 8 las reglas elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de 9 los materiales a recibir. E). La JUNTA se compromete a realizar todas las 10 gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 11 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 12 denominado "CONVENIO DE COOPERACION PARA MEJORAS A LA ESCUELA 13 DE PUERTO ESCONDIDO DE PITAL CON PARTIDA ESPECIFICA DOS MIL 14 DIECINUEVE," ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE 15 EDUCACIÓN DE LA ESCUELA PUERTO ESCONDIDO PITAL SAN CARLOS. F). 16 La JUNTA se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de 17 CINCO MILLONES DE COLONES (¢5.000.000,00) por concepto mano de obra y UN 18 MILLÓN TRESCIENTOS MIL COLONES (¢1.300.000,00) por otros materiales de 19 construcción. G) La Junta asume en su totalidad las obligaciones y 20 responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y responsabilidades 21 patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de la misma. 22 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 23 INFORMES La JUNTA, deberá mantener ordenado bajo custodia y 24 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 25 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 26 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la JUNTA se obliga a rendir un informe 27 final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los materiales 28 según el presente convenio. 29 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La JUNTA se obliga a cumplir con 30 lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría General de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.103 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 la República, la cual manifiesta el presidente de la JUNTA conocer en su totalidad. 2 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 3 convenio tiene un plazo de ejecución de TRES MESES, contadas a partir del 4 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la JUNTA del aporte en 5 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 6 mismo, este tiene una vigencia de TRES MESES contada a partir de la fecha de 7 su formalización y un plazo de ejecución de TRES MESES, conforme el 8 cronograma de actividades que consta al folio cinco del expediente administrativo. 9 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 10 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 11 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 12 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 13 o coordinador del proyecto por parte de la JUNTA Rigoberto Badilla Vargas, quien 14 señala para notificaciones y localizaciones el correo electrónico: 15 rbadilla@agrotopcr.com 16 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 17 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la JUNTA a la 18 Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 19 presente convenio. 20 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 21 la suma de TRECE MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS 22 SESENTA Y UN COLONES CON VEINTICINCO CENTIMOS (¢13.211.761,25). 23 24 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 25 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 26 Carlos a los ______ días de ______ del año dos mil veintidós. 27 28 Karol Salas Vargas Rigoberto Badilla Vargas 29 ALCALDESA a.i. PRESIDENTE 30 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS JUNTA DE EDUCACION Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.104 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 REFRENDO 2 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 3 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 4 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 5 Carlos. 6 7 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 8 9 ACUERDO N°19.- 10 11 Con base en los oficios MSCCM-SC-0472-2022 emitido por la Secretaría del 12 Concejo Municipal y MSC-AM-0502-2022 de la Administración Municipal, donde 13 remite el oficio MSCAM-SJ-0395-2022, referente al Convenio de Cooperación 17- 14 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación De Desarrollo Integral de 15 Santa Rosa de La Palmera, San Carlos, Alajuela, para el proyecto "Parque Infantil 16 Santa Rosa de La Palmera", se determina, autorizar a la Administración Municipal, 17 en la persona del Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del 18 otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 19 20 CONVENIO DE COOPERACION 17-2022 21 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 22 DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA ROSA DE LA PALMERA, SAN CARLOS, 23 ALAJUELA "PARQUE INFANTIL SANTA ROSA DE LA PALMERA" 24 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 25 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 26 vez, vecina de Los Ángeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 27 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 28 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 29 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 30 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.105 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 2 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 3 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 4 Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión celebrada el 5 Lunes del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del presente 6 convenio denominado la MUNICIPALIDAD y NORMA ALICIA QUIRÓS ARCE, 7 mayor de edad, vecino de Santa Rosa de La Palmera, San Carlos, cédula de 8 identidad número dos ­ trescientos cincuenta y cuatro ­ setecientos setenta y ocho, 9 en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la 10 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA ROSA DE LA 11 PALMERA, SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro Público de 12 Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo OCHENTA Y OCHO, Folio 13 CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS, Asiento: TREINTA Y CINCO MIL SESENTA Y 14 CINCO, Código de Registro número TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y 15 OCHO, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultada para celebrar este convenio 16 mediante Acta de Junta Directiva Sesión ordinaria el ocho de febrero del dos mil 17 veintidós, acuerdo No. DOS, acta No. CIENTO SESENTA Y OCHO, en adelante 18 denominado la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y 19 complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios 20 de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 21 22 CONSIDERANDO 23 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es promotor 24 y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, de ahí que 25 es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de sus 26 necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las condiciones 27 de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con las 28 autoridades competentes para ello. 29 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 30 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.106 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 2 cumplir sus fines. 3 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 4 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 5 para el cumplimiento de sus funciones. 6 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos 13 inc. B, 71, 77, y 7 83del Código Municipal, la Municipalidad se encuentra en la obligación de 8 invertir los impuestos cobrados a sus administrados en el mantenimiento de 9 parques, zonas verdes y otros, todos ellos bienes de dominio y uso público que 10 se encuentran bajo la administración del Estado a través de las diferentes 11 Municipalidades de cada cantón, siendo parte de las responsabilidades y 12 servicios que debe de asumir las Municipalidades, el dar el debido uso y 13 mantenimiento a los bienes de dominio público que se encuentran bajo su 14 administración y custodia. 15 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 16 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 17 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 18 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 19 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 20 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 21 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 22 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 23 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 24 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 25VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 26 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 27 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 28 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 29 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 30 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.107 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA ROSA DE LA PALMERA, 2 SAN CARLOS, ALAJUELA "PARQUE INFANTIL SANTA ROSA DE LA 3 PALMERA," mismo que realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las 4 siguientes clausula: 5 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La Asociación de Desarrollo 6 Integral de Santa Rosa de La Palmera, San Carlos, es propietaria del bien 7 debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número 8 CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES-B- 9 CERO CERO CERO, que es terreno para construir, sito en el distrito nueve, La 10 Palmera, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide. Tres mil 11 seiscientos veintisiete metros cuadrados con noventa y ocho decímetros cuadrados, 12 según plano No A-CERO TRES DOS CERO CUATRO NUEVE OCHO-MIL 13 NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO. 14 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 15 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 16 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado "LA MUNICIPALIDAD 17 DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA 18 ROSA DE LA PALMERA, SAN CARLOS, ALAJUELA "PARQUE INFANTIL SANTA 19 ROSA DE LA PALMERA,", cuyo objeto consiste en la colocación de un parquecito 20 infantil en Santa Rosa de La Palmera para que los niños y niñas cuenten con un 21 lugar de recreación, según folio número cero cero cuatro del expediente 22 administrativo N° NUEVE-TRES SEIS TRES DOS-CERO CERO DOS-DOS MIL 23 VEINTIUNO. El cual tendrá un costo de CINCO MILLONES CINCUENTA MIL 24 COLONES EXACTOS (¢5.050.000,00) de los cuales CINCO MILLONES DE 25 COLONES (¢5.000.000,00) correspondientes a suministros y materiales que serán 26 aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se 27 realizará el aporte de CINCUENTA MIL COLONES (¢50.000,00) de mano de obra, 28 construcción se habrá de realizar en un terreno propiedad de la ASOCIACION, 29 descrito en la cláusula anterior. 30 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.108 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 2 bien de dominio público de la ASOCIACIÓN, (dictamen N° C-191-2011 del 16 de 3 agosto del 2011), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad realizara 4 un aporte de CINCO MILLONES DE COLONES (¢5.000.000,00) correspondientes 5 a suministros y materiales según el código presupuestario número CINCO-CERO 6 TRES-CERO SEIS-TRES DOS-CERO CINCO-CERO DOS-NUEVE NUEVE, 7 presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, será 8 comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable del 9 mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 10 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 11 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 12 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 13 partida antes descrita, en el proyecto denominado "PARQUE INFANTIL SANTA 14 ROSA DE LA PALMERA." B). La ASOCIACION se compromete a custodiar y 15 llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte de la 16 MUNICIPALDIAD. C). La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la 17 ejecución del proyecto denominado "PARQUE INFANTIL SANTA ROSA DE LA 18 PALMERA." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales de 19 lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). 20 La ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 21 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 22 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado "PARQUE INFANTIL 23 SANTA ROSA DE LA PALMERA." F). La Asociación se compromete aportar para 24 la ejecución del proyecto la suma de CINCUENTA MIL COLONES (¢50.000,00) de 25 mano de obra. G) La Asociación asume en su totalidad las obligaciones y 26 responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y responsabilidades 27 patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de la misma. 28 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 29 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 30 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.109 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 2 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 3 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 4 materiales según el presente convenio. 5 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 6 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 7 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 8 conocer en su totalidad. 9 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 10 convenio tiene un plazo de ejecución de una semana, contada a partir del 11 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 12 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 13 mismo, este tiene una vigencia de CUATRO SEMANAS contada a partir de la 14 fecha de su formalización. 15 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 16 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 17 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 18 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 19 o coordinador del proyecto por parte de la Asociación a la presidenta de la misma, 20 señora Norma Quirós Arce, quien señala para notificaciones y localizaciones al 21 teléfono: 8513-4949 22 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 23 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la 24 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el 25 finiquito de ley del presente convenio. 26 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio 27 es la suma de CINCO MILLONES CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS 28 (¢5.050.000,00) 29 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 30 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.110 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 2 3 4 Karol Salas Vargas Norma Quirós Arce 5 Alcaldesa A.I. Presidente 6 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 7 8 REFRENDO 9 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 10 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 11 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 12 Carlos. 13 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 14 15 ACUERDO N°20.- 16 17 Con base en los oficios MSCCM-SC-0472-2022 emitido por la Secretaría del 18 Concejo Municipal y MSC-AM-0502-2022 de la Administración Municipal, donde 19 remite el oficio MSCAM-SJ-0392-2022, referente al Convenio de Cooperación 14- 20 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 21 El Concho de Pocosol de San Carlos para el proyecto "Mejoras a la Plaza de 22 Banderas de Pocosol, I Etapa de Enmallado de Plaza de Deportes", se determina, 23 autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien ejerza la 24 representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 25 cooperación que se detallan a continuación: 26 27 CONVENIO DE COOPERACION 14-2022 28 LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 29 INTEGRAL DE EL CONCHO DE POCOSOL DE SAN CARLOS 30 "MEJORAS A LA PLAZA DE BANDERAS DE POCOSOL, I ETAPA DE ENMALLADO Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.111 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 DE PLAZA DE DEPORTES" 2 PRINCIPIO DE INMATRICULACION 3 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 4 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 5 vez, vecina de Los Ángeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 6 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 7 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 8 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 9 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 10 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 11 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 12 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 13 Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión celebrada el 14 Lunes ___________del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del 15 presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y FERNANDO JAVIER 16 CORRALES MENDEZ, mayor de edad, vecino de El Concho de Pocosol, cédula de 17 identidad número dos ­ setecientos veinticuatro ­ ciento treinta y cuatro, en mi 18 condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la 19 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CONCHO DE POCOSOL DE 20 SAN CARLOS, inscrita en el Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la 21 Comunidad al Tomo SEIS, Folio SEISCIENTOS DIECISIETE, Asiento: SEIS MIL 22 CATORCE, Código de Registro número CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO, 23 del Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultada para celebrar este convenio 24 mediante Acta de Junta Directiva Sesión ordinaria el catorce de abril del dos mil 25 veintiuno, artículo No. SEIS, acuerdo No. UNO, acta No. CUATROCIENTOS 26 SESENTA, en adelante llamada, denominado la "ASOCIACION", 27 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 28 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 29 en beneficio de las comunidades: 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.112 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CONSIDERANDO 2 De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 3 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el 4 cantón, de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor 5 satisfacción de sus necesidades comunales y apoyar las políticas de 6 fortalecimiento de las condiciones de vida de los administrados, coordinando 7 las acciones necesarias con las autoridades competentes para ello. 8 Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San 9 Carlos, es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, 10 y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos 11 necesarios para cumplir sus fines. 12 Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código 13 Municipal es atribución de la Municipalidad concertar convenios con 14 entidades nacionales para el cumplimiento de sus funciones. 15 De conformidad con la normativa legal vigente, artículos setenta y cuatro, 16 trece inc. b y sesenta y ocho del Código Municipal, la Municipalidad se 17 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 18 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, 19 todos ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la 20 administración del Estado a través de las diferentes Municipalidades de 21 cada cantón, siendo parte de las responsabilidades y servicios que debe 22 de asumir las Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los 23 bienes de dominio público que se encuentran bajo su administración y 24 custodia. 25 Que la Ley número Tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada 26 Ley Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica 27 que las municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a 28 otorgar subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier 29 clase a las Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.113 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 contribuir al desarrollo de las comunidades y al progreso social y económico 2 del país. 3 Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de 4 servicios por administración, es la coordinación y complemento de 5 esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicio de 6 reparación y mejoras requeridas en los bienes de dominio público propiedad 7 de la Municipalidad de San Carlos. 8 Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, 9 con el fin de establecer una mejor condición de vida para la población de 10 sus comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios 11 públicos. 12 13 ANTECEDENTES 14 PRIMERO: PRINCIPIO DE INMATRICULACION Y LA INNECESARIA 15 INSCRIPCION DEL DOMINIO PÚBLICO. La eficacia del régimen demanial es per 16 ser, su existencia y publicidad se da con autonomía del Registro, sin que sea dable al 17 titular registral alegar desconocimiento como medio para desvirtuarlo y contrarrestar 18 la afectación. Los principios inalienables e imprescriptibilidad que caracterizan el 19 dominio público impiden que en su contra pueda esgrimirse la figura del tercero 20 registral para consolidar la propiedad privada ilícitamente sustraída de ese régimen. 21 El demanio tiene publicidad legal. Lo anterior va aparejado al Principio de 22 Inmatriculación de los inmuebles componentes del dominio público, el cual cuenta con 23 una publicidad material y no necesariamente formal o registral. Frente al dominio 24 público, las detentaciones privadas adolecen de valor optativo, por prolongadas que 25 sean en el tiempo y aunque parezcan amparadas por asientos del Registro de la 26 Propiedad. La condición de bien de dominio público y uso público afecta a tercero, 27 aunque tal cualidad no resulta del Registro de la Propiedad. Se trata de bienes que, 28 por su naturaleza, no necesitan de la inscripción registral 29 SEGUNDO. La Municipalidad en ejercicio de su derecho de propiedad sobre todos y 30 cada uno de los bienes demaniales y de dominio público, se encuentra en la obligación Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.114 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de su tutela, mantenimiento, conservación, mejora y protección, todo lo anterior para 2 el uso y beneficio de la comunidad, así como del interés público, como parte de los 3 servicios a los cuales se encuentra obligada brindar a sus administrados. 4 TERCERO. EL CONCEPTO DEL DOMINIO PÚBLICO. Por dominio público se 5 entiende el conjunto de bienes sujeto a un régimen jurídico especial y distinto al que 6 rige el dominio privado, que además de pertenecer o estar bajo la administración de 7 personas jurídicas públicas, están afectados o destinados a fines de utilidad pública y 8 que se manifiesta en el uso directo o indirecto que toda persona pueda hacer de 9 ellos. Los bienes de dominio público son bienes públicos con una finalidad de utilidad 10 pública, que conllevan a la aplicación de un régimen especial de derecho 11 administrativo de protección y uso de los mismos. 12 CUARTO. Establece el artículo ciento sesenta y nueve de la Constitución Política 13 que la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, conforme 14 a la Constitución Política, así como el artículo cuatro del Código Municipal, las 15 agrupaciones municipales localmente poseen autonomía propia en el orden 16 político, administrativo y financiero; de igual manera dicho artículo establece en el 17 inciso c). Que las Municipalidades están obligadas a administrar y prestar los 18 servicios públicos municipales, por lo que lo concerniente al mantenimiento y 19 administración de los bienes de dominio público que se encuentra bajo el uso y 20 disfrute público. 21 QUINTO. Las Asociaciones de Desarrollo Comunal reguladas mediante la Ley No. 22 Tres mil ochocientos cincuenta y nueve y su reglamento, tiene como principales 23 funciones el fomentar la cooperación y participación activa y voluntaria de la 24 población, para el desarrollo de la comunidad, luchar por el mejoramiento integral de 25 las condiciones de vida de la población por lo que las Asociaciones pueden intervenir 26 en todas y cada una de aquellas obras que se realicen en procura del mejoramiento 27 de las condiciones de vida de una comunidad, como el caso del presente convenio. 28 Con fundamento en lo anteriormente expuesto la MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, 29 consienten en celebrar el presente CONVENIO DE COOPERACION PARA EL 30 MANTENIMIENTO Y MEJORAS de un bien de dominio público sin inscribir y Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.115 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 propiedad de la Municipalidad de San Carlos, lo cual realizan de la siguiente manera: 2 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La MUNICIPALIDAD es 3 propietaria del bien de dominio público sin inscribir, registrado así ante el catastro 4 municipal y que correspondiente al plano inscrito ante el Catastro Nacional bajo el 5 número A-DOS CERO CERO SIETE NUEVE SEIS NUEVE-DOS MIL DIECISIETE, 6 sito en el Distrito trece Pocosol, del Cantón Décimo, San Carlos de la Provincia de 7 Alajuela, Mide: seis mil novecientos cincuenta metros cuadrados, marcado en el 8 mapa catastral Municipal, como SI CUATRO OCHO CUATRO NUEVE. 9 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 10 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 11 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado "MEJORAS A LA 12 PLAZA DE BANDERAS DE POCOSOL, I ETAPA DE ENMALLADO DE PLAZA 13 DE DEPORTES," la cual consiste en la mejora de cerramiento con malla de todo el 14 perímetro de la plaza de deportes: UNO: Primera etapa. Cerramiento de la totalidad 15 del perímetro de la plaza con la colocación de ciento veintiséis metros lineales de 16 malla hueco metálica 55x55x2 NN10 y veinte tubos metálicos H.G para malla 2x1.80 17 entero, el cual tendrá un costo de UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL 18 TRESCIENTOS DIECIOCHO COLONES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS 19 (¢1.562.318.34), de los cuales Un millón dos mil trescientos dieciocho colones 20 con treinta y cuatro céntimos (¢1.002.318.34), será aportado por la 21 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS en materiales de construcción, y quinientos 22 sesenta mil colones (¢560.000.00), corresponde al aporte a realizar por parte de la 23 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CONCHO DE POCOSOL DE SAN 24 CARLOS, en mano de obra. Dicha construcción se habrá de realizar en un terreno 25 sin inscribir, propiedad de la Municipalidad de San Carlos, tal y como se indicó 26 correspondiente al plano No. A-DOS CERO CERO SIETE NUEVE SEIS NUEVE- 27 DOS MIL DIECISIETE, sito en el Distrito trece Pocosol, del Cantón Décimo, San 28 Carlos de la Provincia de Alajuela, Mide: seis mil novecientos cincuenta metros 29 cuadrados, marcado en el mapa catastral Municipal, como SI CUATRO OCHO 30 CUATRO NUEVE. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.116 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD: La MUNICIPALIDAD 2 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 3 bien de dominio público de su propiedad (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y 4 UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 5 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de Un millón dos mil 6 trescientos dieciocho colones con treinta y cuatro céntimos (¢1.002.318.34), 7 según el código presupuestario número CINCO-CERO TRES-CERO UNO-CERO 8 NUEVE-CERO DOS-CERO TRES-CERO UNO. El material que se adquiera con 9 dicha partida, será comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será 10 la responsable del mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto 11 antes mencionado. 12 TERCERA: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 13 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 14 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 15 partida antes descrita, en el proyecto denominado "CONVENIO DE 16 COOPERACION PARA MEJORAS A LA PLAZA DE BANDERAS DE POCOSOL, I 17 ETAPA DE ENMALLADO DE PLAZA DE DEPORTES," que consiste en: Primera 18 etapa. Cerramiento de la totalidad del perímetro de la plaza con la colocación de 19 ciento veintiséis metros lineales de malla hueco metálica 55x55x2 NN10 y veinte 20 tubos metálicos H.G para malla 2x1.80 entero. B). La ASOCIACION se compromete 21 a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte 22 de la MUNICIPALDIAD. D). La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la 23 ejecución del proyecto denominado "CONVENIO DE COOPERACION PARA 24 MEJORAS A LA PLAZA DE BANDERAS DE POCOSOL, I ETAPA DE ENMALLADO 25 DE PLAZA DE DEPORTES," E). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas 26 elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de 27 los materiales a recibir. F). La ASOCIACION se compromete a realizar todas las 28 gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 29 económicos necesarios para ejecutar el proyecto denominado "CONVENIO DE 30 COOPERACION PARA MEJORAS A LA PLAZA DE BANDERAS DE POCOSOL, I Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.117 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ETAPA DE ENMALLADO DE PLAZA DE DEPORTES." G). La Asociación se 2 compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma TOTAL de 3 QUINIENTOS SESENTA MIL COLONES EXACTOS (¢560.000,00), destinados al 4 pago de mano de obra. H). La Asociación asume en su totalidad las obligaciones 5 y responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y responsabilidades 6 patronales, así como accidentes laborales en la ejecución dela misma. 7 CUARTA. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 8 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 9 responsabilidad de su Presidente, toda la documentación relacionada con el 10 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 11 de la MUNICIPALDIAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 12 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 13 materiales según el presente convenio. 14 QUINTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 15 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 16 General de la Republica, la cual manifiesta el Presidente de la ASOCIACION 17 conocer en su totalidad. 18 SEXTO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 19 convenio tiene un plazo de ejecución de ocho semanas, contadas a partir del 20 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 21 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 22 mismo, este tiene una vigencia de TRES MESES contada a partir de la fecha de 23 su formalización. 24 SETIMA: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 25 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 26 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, y como responsable o coordinador 27 del proyecto por parte de la Asociación al señor Fernando Javier Corrales 28 Méndez. 29 OCTAVA: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 30 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.118 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el 2 finiquito de ley del presente convenio. 3 NOVENO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio 4 es la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS 5 DIECIOCHO COLONES CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS (¢1.562.318.34). 6 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 7 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 8 Carlos a los ________ días del mes de ________ del año dos mil veintidós. 9 10 11 Karol Salas Vargas Fernando Javier Corrales Méndez 12 Alcaldesa A.I. Presidente 13 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 14 15 REFRENDO 16 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada del departamento 17 Servicios Jurídicos de la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente 18 convenio se ha realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad 19 Quesada, San Carlos. 20 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 21 22 ACUERDO N°21.- 23 24 Con base en los oficios MSCCM-SC-0472-2022 emitido por la Secretaría del 25 Concejo Municipal y MSC-AM-0502-2022 de la Administración Municipal, donde 26 remite el oficio MSCAM-SJ-0393-2022, referente al Convenio de Cooperación 15- 27 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 28 San Diego de Pocosol para el proyecto "Construcción de Cocina y Bancas de 29 Cemento con Techo En La Plaza De Deportes", se determina, autorizar a la 30 Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien ejerza la representación Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.119 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se 2 detallan a continuación: 3 4 CONVENIO DE COOPERACION 15-2022 5 LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 6 INTEGRAL DE SAN DIEGO DE POCOSOL 7 "CONSTRUCCIÓN DE COCINA Y BANCAS DE CEMENTO CON 8 TECHO EN LA PLAZA DE DEPORTES" 9 10 PRINCIPIO DE INMATRICULACION 11 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 12 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 13 vez, vecina de Los Angeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 14 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 15 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 16 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 17 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 18 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 19 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 20 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 21 Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión celebrada el 22 Lunes ___________del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del 23 presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y SUGEY MAYELA LARA 24 RODRIGUEZ, mayor de edad, vecina de San Diego de Pocosol, cédula de identidad 25 número dos ­ quinientos noventa y ocho ­ cuatrocientos sesenta y ocho, en mi 26 condición de PRESIDENTA con facultades suficientes para este acto de la 27 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN DIEGO DE POCOSOL, 28 inscrita en el Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al 29 Tomo CIENTO VEINTE, Folio TRESCIENTOS SIETE, Asiento: CINCUENTA MIL 30 NOVECIENTOS NUEVE, Código de Registro número TRES MIL OCHOCIENTOS Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.120 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CINCUENTA Y NUEVE, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultada para celebrar 2 este convenio mediante Acta de Junta Directiva Sesión ordinaria el catorce de abril 3 del dos mil veintiuno, artículo No. SIETE, acuerdo No. SIETE punto UNO, acta No. 4 SESENTA Y TRES, en adelante llamada, denominado la "ASOCIACION", 5 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 6 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 7 en beneficio de las comunidades: 8 9 CONSIDERANDO 10 De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 11 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el 12 cantón, de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor 13 satisfacción de sus necesidades comunales y apoyar las políticas de 14 fortalecimiento de las condiciones de vida de los administrados, coordinando 15 las acciones necesarias con las autoridades competentes para ello. 16 Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San 17 Carlos, es una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, 18 y capacidad jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos 19 necesarios para cumplir sus fines. 20 Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código 21 Municipal es atribución de la Municipalidad concertar convenios con 22 entidades nacionales para el cumplimiento de sus funciones. 23 De conformidad con la normativa legal vigente, artículos setenta y cuatro, 24 trece inc. b y sesenta y ocho del Código Municipal, la Municipalidad se 25 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 26 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, 27 todos ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la 28 administración del Estado a través de las diferentes Municipalidades de 29 cada cantón, siendo parte de las responsabilidades y servicios que debe 30 de asumir las Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.121 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 bienes de dominio público que se encuentran bajo su administración y 2 custodia. 3 Que la Ley número Tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada 4 Ley Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica 5 que las municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a 6 otorgar subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier 7 clase a las Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de 8 contribuir al desarrollo de las comunidades y al progreso social y económico 9 del país. 10 Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de 11 servicios por administración, es la coordinación y complemento de 12 esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicio de 13 reparación y mejoras requeridas en los bienes de dominio público propiedad 14 de la Municipalidad de San Carlos. 15 Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, 16 con el fin de establecer una mejor condición de vida para la población de 17 sus comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios 18 públicos. 19 20 ANTECEDENTES 21 PRIMERO: PRINCIPIO DE INMATRICULACION Y LA INNECESARIA 22 INSCRIPCION DEL DOMINIO PÚBLICO. La eficacia del régimen demanial es per 23 ser, su existencia y publicidad se da con autonomía del Registro, sin que sea dable al 24 titular registral alegar desconocimiento como medio para desvirtuarlo y contrarrestar 25 la afectación. Los principios inalienables e imprescriptibilidad que caracterizan el 26 dominio público impiden que en su contra pueda esgrimirse la figura del tercero 27 registral para consolidar la propiedad privada ilícitamente sustraída de ese régimen. 28 El demanio tiene publicidad legal. Lo anterior va aparejado al Principio de 29 Inmatriculación de los inmuebles componentes del dominio público, el cual cuenta con 30 una publicidad material y no necesariamente formal o registral. Frente al dominio Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.122 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 público, las detentaciones privadas adolecen de valor optativo, por prolongadas que 2 sean en el tiempo y aunque parezcan amparadas por asientos del Registro de la 3 Propiedad. La condición de bien de dominio público y uso público afecta a tercero, 4 aunque tal cualidad no resulta del Registro de la Propiedad. Se trata de bienes que, 5 por su naturaleza, no necesitan de la inscripción registral 6 SEGUNDO. La Municipalidad en ejercicio de su derecho de propiedad sobre todos y 7 cada uno de los bienes demaniales y de dominio público, se encuentra en la obligación 8 de su tutela, mantenimiento, conservación, mejora y protección, todo lo anterior para 9 el uso y beneficio de la comunidad, así como del interés público, como parte de los 10 servicios a los cuales se encuentra obligada brindar a sus administrados. 11 TERCERO. EL CONCEPTO DEL DOMINIO PÚBLICO. Por dominio público se 12 entiende el conjunto de bienes sujeto a un régimen jurídico especial y distinto al que 13 rige el dominio privado, que además de pertenecer o estar bajo la administración de 14 personas jurídicas públicas, están afectados o destinados a fines de utilidad pública y 15 que se manifiesta en el uso directo o indirecto que toda persona pueda hacer de 16 ellos. Los bienes de dominio público son bienes públicos con una finalidad de utilidad 17 pública, que conllevan a la aplicación de un régimen especial de derecho 18 administrativo de protección y uso de los mismos. 19 CUARTO. Establece el artículo ciento sesenta y nueve de la Constitución Política 20 que la administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, conforme 21 a la Constitución Política, así como el artículo cuatro del Código Municipal, las 22 agrupaciones municipales localmente poseen autonomía propia en el orden 23 político, administrativo y financiero; de igual manera dicho artículo establece en el 24 inciso c). Que las Municipalidades están obligadas a administrar y prestar los 25 servicios públicos municipales, por lo que lo concerniente al mantenimiento y 26 administración de los bienes de dominio público que se encuentra bajo el uso y 27 disfrute público. 28 QUINTO. Las Asociaciones de Desarrollo Comunal reguladas mediante la Ley No. 29 Tres mil ochocientos cincuenta y nueve y su reglamento, tiene como principales 30 funciones el fomentar la cooperación y participación activa y voluntaria de la Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.123 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 población, para el desarrollo de la comunidad, luchar por el mejoramiento integral de 2 las condiciones de vida de la población por lo que las Asociaciones pueden intervenir 3 en todas y cada una de aquellas obras que se realicen en procura del mejoramiento 4 de las condiciones de vida de una comunidad, como el caso del presente convenio. 5 Con fundamento en lo anteriormente expuesto la MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, 6 consienten en celebrar el presente CONVENIO DE COOPERACION PARA EL 7 MANTENIMIENTO Y MEJORAS de un bien de dominio público sin inscribir y 8 propiedad de la Municipalidad de San Carlos, lo cual realizan de la siguiente manera: 9 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La MUNICIPALIDAD es 10 propietaria del bien de dominio público sin inscribir, registrado así ante el catastro 11 municipal y que correspondiente al plano inscrito ante el Catastro Nacional bajo el 12 número A-UNO NUEVE TRES OCHO CUATRO CUATRO SEIS-DOS MIL 13 DIECISEIS, sito en el Distrito trece Pocosol, del Cantón Décimo, San Carlos de la 14 Provincia de Alajuela, Mide: cinco mil noventa metros cuadrados, marcado en el mapa 15 catastral Municipal, como IP CERO CINCO OCHO CUATRO. 16 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 17 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 18 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado "CONSTRUCCIÓN 19 DE COCINA Y BANCAS DE CEMENTO CON TECHO EN LA PLAZA DE 20 DEPORTES," la cual consiste en la construcción de una cocina con baldosas de 21 dieciséis metros cuadrados (16 m2) y bancas de cemento con techo de 22 aproximadamente veintidós metros, el cual tendrá un costo de TRES MILLONES 23 QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTITRES COLONES CON 24 SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (¢3.552.123.67), de los cuales Dos millones 25 quinientos cincuenta y dos mil ciento veintitrés colones con sesenta y siete 26 céntimos (¢2.552.123.67), será aportado por la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS 27 en materiales de construcción, y un millón de colones (¢1.000.000.00), 28 corresponde al aporte a realizar por parte de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 29 INTEGRAL DE CONCHO DE POCOSOL DE SAN CARLOS, en mano de obra. 30 Dicha construcción se habrá de realizar en un terreno sin inscribir, propiedad de la Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.124 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Municipalidad de San Carlos, tal y como se indicó correspondiente al plano A-UNO 2 NUEVE TRES OCHO CUATRO CUATRO SEIS-DOS MIL DIECISEIS, sito en el 3 Distrito trece Pocosol, del Cantón Décimo, San Carlos de la Provincia de Alajuela, 4 Mide: cinco mil noventa metros cuadrados, marcado en el mapa catastral Municipal, 5 como IP CERO CINCO OCHO CUATRO. 6 SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD: La MUNICIPALIDAD 7 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 8 bien de dominio público de su propiedad (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y 9 UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 10 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de Dos millones 11 quinientos cincuenta y dos mil ciento veintitrés colones con sesenta y siete 12 céntimos (¢2.552.123.67), según el código presupuestario número CINCO-CERO 13 TRES-CERO UNO-CERO NUEVE-CERO DOS-CERO TRES-CERO DOS y 14 CINCO-CERO TRES-CERO UNO-UNO CERO-CERO DOS-CERO TRES-CERO 15 DOS. El material que se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en 16 custodia de la ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso 17 del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 18 TERCERA: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 19 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 20 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 21 partida antes descrita, en el proyecto denominado "CONVENIO DE 22 COOPERACION PARA CONSTRUCCIÓN DE COCINA Y BANCAS DE CEMENTO 23 CON TECHO EN LA PLAZA DE DEPORTES," que consiste en: la construcción de 24 una cocina con baldosas de dieciséis metros cuadrados (16 m2) y bancas de 25 cemento con techo de aproximadamente veintidós metros. B). La ASOCIACION se 26 compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a 27 suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. D). La ASOCIACION se obliga a 28 cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado "CONVENIO DE 29 COOPERACION PARA CONSTRUCCIÓN DE COCINA Y BANCAS DE CEMENTO 30 CON TECHO EN LA PLAZA DE DEPORTES." E). La ASOCIACION deberá cumplir Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.125 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 con las reglas elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino 2 de los materiales a recibir. F). La ASOCIACION se compromete a realizar todas 3 las gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 4 económicos necesarios para ejecutar el proyecto denominado "CONVENIO DE 5 COOPERACION PARA CONSTRUCCIÓN DE COCINA Y BANCAS DE CEMENTO 6 CON TECHO EN LA PLAZA DE DEPORTES." G). La Asociación se compromete 7 aportar para la ejecución del proyecto la suma TOTAL de UN MILLÓN DE 8 COLONES (¢1.000.000.00), destinados al pago de mano de obra. H). La 9 Asociación asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la 10 ejecución de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes 11 laborales en la ejecución dela misma. 12 CUARTA. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 13 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 14 responsabilidad de su Presidente, toda la documentación relacionada con el 15 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 16 de la MUNICIPALDIAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 17 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 18 materiales según el presente convenio. 19 QUINTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 20 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 21 General de la Republica, la cual manifiesta la Presidenta de la ASOCIACION 22 conocer en su totalidad. 23 SEXTO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 24 convenio tiene un plazo de ejecución de doce semanas, contadas a partir del 25 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 26 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 27 mismo, este tiene una vigencia de CUATRO MESES contada a partir de la fecha 28 de su formalización. 29 SETIMA: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 30 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.126 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, y como responsable o coordinador 2 del proyecto por parte de la Asociación a Sugey Mayela Lara Rodríguez. 3 OCTAVA: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 4 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la 5 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el 6 finiquito de ley del presente convenio. 7 NOVENO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio 8 es la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO 9 VEINTITRES COLONES CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (¢3.552.123.67). 10 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 11 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 12 Carlos a los ________ días del mes de ________ del año dos mil veintidós. 13 14 15 Karol Salas Vargas Sugey Mayela Lara Rodríguez 16 Alcaldesa A.I. Presidente 17 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 18 19 20 REFRENDO 21 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada del departamento 22 Servicios Jurídicos de la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente 23 convenio se ha realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad 24 Quesada, San Carlos. 25 26 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 27 28 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.127 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ACUERDO N°22.- 2 3 Con base en los oficios MSCCM-SC-0528-2022 emitido por la Secretaría del 4 Concejo Municipal y MSC-AM-0553-2022 de la Administración Municipal, donde 5 remite el oficio MSCAM-SJ-0444-2022, referente al Convenio de Cooperación 21- 6 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 7 Tres Esquinas de La Fortuna, San Carlos "Colocación de accesorio en el parque 8 infantil de la comunidad Tres Esquinas de La Fortuna", se determina, autorizar a la 9 Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien ejerza la representación 10 legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se 11 detallan a continuación: 12 13 21-2022 CONVENIO DE COOPERACION 14 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 15 DESARROLLO INTEGRAL DE TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA DE SAN CARLOS 16 "COLOCACIÓN DE ACCESORIO EN EL PARQUE INFANTIL 17 DE LA COMUNIDAD DE TRES ESQUINAS" 18 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 19 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 20 vez, vecina de Los Ángeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 21 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 22 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 23 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 24 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 25 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 26 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 27 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 28 Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión celebrada el 29 Lunes del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del presente 30 convenio denominado la MUNICIPALIDAD y ADRIANA MAYELA VILLAFUERTE Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.128 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 VILLAFUERTE, mayor de edad, vecina de Tres Esquinas de La Fortuna de San 2 Carlos, cuatrocientos metros al oeste y cuatrocientos metros al norte del templo 3 católico de la localidad, cédula de identidad número uno ­ mil ciento treinta y uno ­ 4 quinientos sesenta, en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes 5 para este acto de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES 6 ESQUINAS DE LA FORTUNA DE SAN CARLOS, inscrita en el Registro Público de 7 Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo OCHO, Folio 8 CUATROCIENTOS VEINTIUNO, Asiento: QUINCE MIL TREINTA, Código de 9 Registro número QUINIENTOS CATORCE, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, 10 facultado para celebrar este convenio mediante Acta de Junta Directiva Sesión 11 ordinaria el cuatro de agosto del dos mil veintiuno, artículo No. TRES, acuerdo No. 12 SEIS, acta No. QUINIENTOS, en adelante denominado la "ASOCIACION", 13 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 14 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 15 en beneficio de las comunidades: 16 CONSIDERANDO 17 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 18 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 19 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 20 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 21 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 22 las autoridades competentes para ello. 23 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 24 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 25 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 26 cumplir sus fines. 27 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 28 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 29 para el cumplimiento de sus funciones. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.129 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 2 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 3 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 4 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 5 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 6 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 7 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 8 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 9 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 10 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 11 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 12 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 13 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 14 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 15 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 16 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 17 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 18 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 19 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 20VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 21 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 22 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 23 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 24 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 25 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 26 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES ESQUINAS DE LA 27 FORTUNA DE SAN CARLOS "COLOCACIÓN DE ACCESORIO EN EL PARQUE 28 INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE TRES ESQUINAS" mismo que realiza con 29 fundamento en la normativa legal vigente y las siguientes clausula: 30 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La Asociación de Desarrollo Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.130 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Integral de Tres Esquinas de La Fortuna de San Carlos, es propietaria del bien 2 debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número 3 CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS - CERO 4 CERO CERO, que es terreno de solar lote uno, sito en el distrito siete, La Fortuna, 5 cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide. Novecientos diecinueve 6 metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados, según plano No A-cero nueve 7 tres cinco siete dos nueve ­ dos mil cuatro. 8 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 9 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 10 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 11 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 12 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES ESQUINAS DE LA 13 FORTUNA DE SAN CARLOS "COLOCACIÓN DE ACCESORIO EN EL PARQUE 14 INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE TRES ESQUINAS", cuyo objeto consiste en 15 colocar un accesorio adicional en el parque infantil de la comunidad como 16 continuación del play ya existente, esto para brindarle un mayor espacio de 17 recreación a los niños de la comunidad, según folio 004 del expediente administrativo 18 N° CERO SIETE- CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS-CERO CERO TRES-DOS 19 MIL VEINTE. El cual tendrá un costo de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO 20 MIL COLONES EXACTOS (¢495.000,00) de los cuales CUATROCIENTOS 21 CUARENTA Y CINCO MIL COLONES EXACTOS (¢445.000,00) correspondientes a 22 suministros y materiales será aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por 23 parte de la ASOCIACION se realizará el aporte de CINCUENTA MIL COLONES 24 EXACTOS (¢50.000,00) de mano de obra, construcción se habrá de realizar en un 25 terreno propiedad de la ASOCIACION, descrito en la cláusula anterior. 26 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 27 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 28 bien de dominio público de la ASOCIACIÓN, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA 29 Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 30 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de CUATROCIENTOS Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.131 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CUARENTA Y CINCO MIL COLONES EXACTOS (¢445.000,00) correspondientes a 2 suministros y materiales según el código presupuestario número cinco-cero cuatro- 3 cero seis-cero seis-cero cinco-cero dos-nueve nueve, presupuesto ordinario. El 4 material que se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia 5 de la ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo 6 conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 7 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 8 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 9 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 10 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 11 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 12 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES ESQUINAS DE LA 13 FORTUNA DE SAN CARLOS "COLOCACIÓN DE ACCESORIO EN EL PARQUE 14 INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE TRES ESQUINAS." B). La ASOCIACION se 15 compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a 16 suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. C). La ASOCIACION se obliga a 17 cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE 18 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 19 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES ESQUINAS DE LA 20 FORTUNA DE SAN CARLOS "COLOCACIÓN DE ACCESORIO EN EL PARQUE 21 INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE TRES ESQUINAS." D). La ASOCIACION 22 deberá cumplir con las reglas elementales de lógica, justicia y conveniencia en el 23 uso y destino de los materiales a recibir. E). La ASOCIACION se compromete a 24 realizar todas las gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los 25 fondos económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 26 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 27 SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES 28 ESQUINAS DE LA FORTUNA DE SAN CARLOS "COLOCACIÓN DE ACCESORIO 29 EN EL PARQUE INFANTIL DE LA COMUNIDAD DE TRES ESQUINAS." F). La 30 Asociación se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.132 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS (¢50.000,00) de mano de obra. G) La 2 Asociación asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la 3 ejecución de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes 4 laborales en la ejecución de la misma. 5 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 6 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 7 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 8 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 9 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 10 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 11 materiales según el presente convenio. 12 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 13 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 14 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 15 conocer en su totalidad. 16 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 17 convenio tiene un plazo de ejecución de una semana, contadas a partir del 18 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 19 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 20 mismo, este tiene una vigencia de CUATRO SEMANAS contada a partir de la 21 fecha de su formalización. 22 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 23 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 24 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 25 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 26 o coordinador del proyecto por parte de la Asociación a la presidenta de la misma, 27 señora Adriana Mayela Villafuerte Villafuerte, quien señala para notificaciones y 28 localizaciones el correo electrónico aditresesquinas@gmail.com 29 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 30 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.133 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el 2 finiquito de ley del presente convenio. 3 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio 4 es la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL COLONES EXACTOS 5 (¢495.000,00) 6 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 7 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 8 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 9 10 11 Karol Salas Vargas Adriana Mayela Villafuerte Villafuerte 12 Alcaldesa A.I. Presidente 13 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 14 15 REFRENDO 16 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 17 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 18 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 19 Carlos. 20 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 21 22 ACUERDO N°23.- 23 Con base en los oficios MSCCM-SC-0529-2022 emitido por la Secretaría del 24 Concejo Municipal y MSC-AM-0570-2022 de la Administración Municipal, donde 25 remite el oficio MSCAM-SJ-0445-2022, referente al Convenio de Cooperación 22- 26 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 27 Cerro Cortes de Aguas Zarcas para el proyecto "Mejoras al Salón Comunal Cerro 28 Cortes, partida específica dos mil veinte", se determina, autorizar a la Administración 29 Municipal, en la persona del Alcalde o quien ejerza la representación legal al Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.134 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 momento del otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se detallan a 2 continuación: 3 4 22-2022 CONVENIO DE COOPERACION 5 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 6 DESARROLLO INTEGRAL DE CERRO CORTES DE AGUAS ZARCAS DE SAN 7 CARLOS "MEJORAS AL SALÓN COMUNAL CERRO CORTÉS, PARTIDA 8 ESPECÍFICA DOS MIL VEINTE" 9 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 10 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 11 vez, vecina de Los Ángeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 12 de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 13 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 14 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 15 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 16 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 17 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 18 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 19 Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión celebrada el 20 Lunes del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del presente 21 convenio denominado la MUNICIPALIDAD y CLARY ALEXANDRA GAMBOA 22 GONZALEZ, mayor de edad, vecina de Cerro Cortés de aguas Zarcas, San Carlos, 23 quinientos metros al norte y ciento cincuenta metros al este de la gasolinera, cédula 24 de identidad número dos ­ quinientos ochenta y cinco ­ seiscientos treinta y ocho, 25 en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la 26 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CERRO CORTES DE AGUAS 27 ZARCAS DE SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro Público de 28 Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo CINCUENTA Y DOS, Folio 29 CIENTO NOVENTA Y SEIS, Asiento: DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS 30 VEINTICINCO, Código de Registro número DOS MIL OCHOCIENTOS Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.135 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 DIECINUEVE, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultado para celebrar este 2 convenio mediante Acta de Junta Directiva Sesión ordinaria el veintiséis de abril del 3 dos mil veintiuno, artículo No. TRES, acuerdo No. UNO, acta No. DOSCIENTOS 4 OCHENTA Y NUEVE, en adelante denominado la "ASOCIACION", 5 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 6 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 7 en beneficio de las comunidades: 8 9 CONSIDERANDO 10 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 11 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 12 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 13 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 14 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 15 las autoridades competentes para ello. 16 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 17 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 18 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 19 cumplir sus fines. 20 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 21 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 22 para el cumplimiento de sus funciones. 23 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 24 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 25 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 26 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 27 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 28 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 29 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.136 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 2 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 3 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 4 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 5 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 6 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 7 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 8 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 9 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 10 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 11 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 12 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 13VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 14 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 15 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 16 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 17 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 18 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 19 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CERRO CORTES DE AGUAS 20 ZARCAS DE SAN CARLOS "MEJORAS AL SALÓN COMUNAL CERRO CORTÉS, 21 PARTIDA ESPECÍFICA DOS MIL VEINTE" mismo que realiza con fundamento en la 22 normativa legal vigente y las siguientes clausula: 23 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La ASOCIACIÓN DE 24 DESARROLLO INTEGRAL DE CERRO CORTES DE AGUAS ZARCAS DE SAN 25 CARLOS, ALAJUELA, es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro 26 Público de la Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS CINCUENTA Y 27 CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE - CERO CERO CERO, que es 28 terreno de solar con un salón comunal, sito en el distrito cuatro, Aguas Zarcas, cantón 29 diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide. Tres mil ochocientos noventa y 30 seis metros con ochenta y ocho decímetros cuadrados, según plano No A-uno dos Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.137 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ocho siete ocho ocho cero ­ dos mil ocho. 2 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 3 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 4 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 5 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 6 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CERRO CORTES DE AGUAS 7 ZARCAS DE SAN CARLOS "MEJORAS AL SALÓN COMUNAL CERRO CORTÉS, 8 PARTIDA ESPECÍFICA DOS MIL VEINTE", cuyo objeto consiste en mejorar la 9 infraestructura del salón comunal ampliándolo en seis metros hacia el frente, esto 10 implica la construcción de estructura metálica para paredes y techo, colocación del 11 zinc, levantamiento de pared frontal y segmento de pared lateral según folio CERO 12 CERO CUATRO del expediente administrativo N° CERO CUATRO- 13 CUATROCIENTOS ONCE-CERO CERO UNO-DOS MIL VEINTIUNO. El cual tendrá 14 un costo de SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINCE 15 COLONES CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS (¢6.265.015,61) de los cuales 16 CUATRO MILLONES QUINCE MIL QUINCE COLONES CON SESENTA Y UN 17 CÉNTIMOS (¢4.015.015,61) correspondientes a suministros y materiales será 18 aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se 19 realizará el aporte de DOS MILLONES CIEN MIL COLONES EXACTOS 20 (¢2.100.000,00) de mano de obra y CIENTO CINCUENTA MIL COLONES 21 EXACTOS (¢150.000,00) de otros materiales y suministros, construcción se habrá 22 de realizar en un terreno propiedad de la ASOCIACION, descrito en la cláusula 23 anterior. 24 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 25 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 26 bien de dominio público de la ASOCIACIÓN, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA 27 Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 28 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de CUATRO MILLONES 29 QUINCE MIL QUINCE COLONES CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS 30 (¢4.015.015,61) correspondientes a suministros y materiales según el código Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.138 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 presupuestario número cinco-cero cuatro-cero uno-cero uno-cero dos-cero tres- 2 cero uno y cinco-cero cuatro-cero uno-cero uno-cero dos-cero tres-cero dos, 3 presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, será 4 comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable del 5 mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 6 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 7 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 8 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 9 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 10 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 11 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE CERRO CORTES DE AGUAS 12 ZARCAS DE SAN CARLOS "MEJORAS AL SALÓN COMUNAL CERRO CORTÉS, 13 PARTIDA ESPECÍFICA DOS MIL VEINTE." B). La ASOCIACION se compromete 14 a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte 15 de la MUNICIPALIDAD. C). La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la 16 ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 17 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 18 INTEGRAL DE CERRO CORTES DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS 19 "MEJORAS AL SALÓN COMUNAL CERRO CORTÉS, PARTIDA ESPECÍFICA 20 DOS MIL VEINTE." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas 21 elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de 22 los materiales a recibir. E). La ASOCIACION se compromete a realizar todas las 23 gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 24 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 25 denominado denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 26 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 27 INTEGRAL DE CERRO CORTES DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS 28 "MEJORAS AL SALÓN COMUNAL CERRO CORTÉS, PARTIDA ESPECÍFICA 29 DOS MIL VEINTE." F). La Asociación se compromete aportar para la ejecución 30 del proyecto la suma de DOS MILLONES CIEN MIL COLONES EXACTOS Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.139 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 (¢2.100.000,00) de mano de obra y CIENTO CINCUENTA MIL COLONES 2 EXACTOS (¢150.000,00) de otros materiales y suministros. G) La Asociación 3 asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la ejecución 4 de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes laborales 5 en la ejecución de la misma. 6 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 7 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 8 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 9 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 10 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 11 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 12 materiales según el presente convenio. 13 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 14 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 15 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 16 conocer en su totalidad. 17 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 18 convenio tiene un plazo de ejecución de catorce semanas, contadas a partir del 19 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 20 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 21 mismo, este tiene una vigencia de CUATRO MESES contada a partir de la fecha 22 de su formalización. 23 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 24 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 25 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 26 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 27 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación a la 28 presidenta de la misma, señora CLARY ALEXANDRA GAMBOA GONZALEZ, de 29 calidades dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo 30 electrónico gamboagonzalez@gmail.com Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.140 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 2 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la 3 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el 4 finiquito de ley del presente convenio. 5 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio 6 es la suma de SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL QUINCE 7 COLONES CON SESENTA Y UN CÉNTIMOS (¢6.265.015,61) 8 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 9 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 10 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 11 12 13 Karol Salas Vargas Clary Alexandra Gamboa Gonzalez 14 Alcaldesa A.I. Presidente 15 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 16 17 REFRENDO 18 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 19 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 20 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 21 Carlos. 22 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 23 24 ACUERDO N°24.- 25 26 Con base en los oficios MSCCM-SC-0529-2022 emitido por la Secretaría del 27 Concejo Municipal y MSC-AM-0570-2022 de la Administración Municipal, donde 28 remite el oficio MSCAM-SJ-0446-2022, referente al Convenio de Cooperación 23- 29 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 30 Jicarito y Puerto Seco de Venado San Carlos, para el proyecto "Colocación de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.141 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 máquinas para hacer ejercicio al aire libre en la comunidad de Jicarito de Venado", 2 se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o 3 quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el 4 convenio de cooperación que se detallan a continuación: 5 6 23-2022 CONVENIO DE COOPERACION 7 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 8 DESARROLLO INTEGRAL DE JICARITO Y PUERTO SECO DE VENADO DE 9 SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MAQUINAS PARA HACER 10 EJERCICIO AL AIRE LIBRE EN LA COMUNIDAD DE JICARITO DE VENADO" 11 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 12 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 13 vez, vecina de Barrio Los Ángeles, Ciudad Quesada, en mi carácter de 14 ALCALDESA A.I. de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad 15 Quesada, San Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y 16 dos mil setenta y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de 17 Elecciones número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del 18 veintisiete de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero 19 de mayo del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, 20 autorizado para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San 21 Carlos Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión 22 celebrada el Lunes del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del 23 presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y CARLOS PICHARDO 24 MURILLO, mayor de edad, vecino de puerto Seco de Venado, San Carlos, un 25 kilómetro al norte de la escuela de la localidad, cédula de identidad número cinco ­ 26 ciento treinta y nueve ­ seiscientos cincuenta y uno, en mi condición de 27 PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la ASOCIACIÓN DE 28 DESARROLLO INTEGRAL DE JICARITO Y PUERTO SECO DE VENADO DE 29 SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro Público de Asociaciones de 30 Desarrollo de la Comunidad al Tomo CUARENTA, Folio CATORCE, Asiento: DIEZ Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.142 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES, Código de Registro número DOS MIL 2 QUINIENTOS SETENTA Y UNO, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultado para 3 celebrar este convenio mediante Acta de Junta Directiva Sesión ordinaria el 4 veintiuno de octubre del dos mil veintiuno, artículo No. CINCO, acuerdo No. UNO, 5 acta No. DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS, en adelante denominado la 6 "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos 7 para ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de 8 condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 9 10 CONSIDERANDO 11 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 12 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 13 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 14 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 15 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 16 las autoridades competentes para ello. 17 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 18 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 19 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 20 cumplir sus fines. 21 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 22 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 23 para el cumplimiento de sus funciones. 24 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 25 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 26 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 27 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 28 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 29 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 30 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.143 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 2 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 3 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 4 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 5 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 6 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 7 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 8 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 9 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 10 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 11 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 12 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 13VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 14 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 15 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 16 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 17 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 18 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 19 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE JICARITO Y PUERTO SECO DE 20 VENADO DE SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MAQUINAS PARA 21 HACER EJERCICIO AL AIRE LIBRE EN LA COMUNIDAD DE JICARITO DE 22 VENADO" mismo que realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las 23 siguientes clausula: 24 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La ASOCIACIÓN DE 25 DESARROLLO INTEGRAL DE JICARITO Y PUERTO SECO DE VENADO DE 26 SAN CARLOS, ALAJUELA, es propietaria del bien debidamente inscrito en el 27 Registro Público de la Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS DIEZ MIL 28 OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO - CERO CERO CERO, que es terreno de 29 pastos lote dos, sito en el distrito diez, Venado, cantón diez, San Carlos, de la 30 provincia de Alajuela, Mide. Tres mil ciento noventa y cinco metros con ochenta y Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.144 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 nueve decímetros cuadrados, según plano No A-cero cuatro dos ocho cero siete cinco 2 ­ mil novecientos noventa y siete. 3 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 4 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 5 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 6 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 7 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE JICARITO Y PUERTO SECO DE 8 VENADO DE SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MAQUINAS PARA 9 HACER EJERCICIO AL AIRE LIBRE EN LA COMUNIDAD DE JICARITO DE 10 VENADO", cuyo objeto consiste en la colocación de máquinas para ejercitarse en el 11 área del parque recreativo, según folio CERO CERO CUATRO del expediente 12 administrativo N° UNO CERO- TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS-CERO 13 CERO UNO-DOS MIL VEINTIUNO. El cual tendrá un costo de CUATRO MILLONES 14 NOVECIENTOS MIL COLONES (¢4.900.000,00) de los cuales CUATRO 15 MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES (¢4.850.000,00) 16 correspondiente a suministros y materiales será aportado por la Municipalidad de 17 San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se realizará el aporte de CINCUENTA 18 MIL COLONES EXACTOS (¢50.000,00) de mano de obra, construcción se habrá de 19 realizar en un terreno propiedad de la ASOCIACION, descrito en la cláusula anterior. 20 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 21 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 22 bien de dominio público de la ASOCIACIÓN, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA 23 Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 24 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de CUATRO MILLONES 25 OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES (¢4.850.000,00) correspondientes a 26 suministros y materiales según el código presupuestario número cinco-cero tres- 27 cero seis-tres dos-cero cinco-cero dos- nueve nueve, presupuesto ordinario. El 28 material que se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia 29 de la ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo 30 conforme al perfil de proyecto antes mencionado. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.145 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 2 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 3 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 4 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 5 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 6 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE JICARITO Y PUERTO SECO DE 7 VENADO DE SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MAQUINAS PARA 8 HACER EJERCICIO AL AIRE LIBRE EN LA COMUNIDAD DE JICARITO DE 9 VENADO." B). La ASOCIACION se compromete a custodiar y llevar el control del 10 empleo de los materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALIDAD. C). La 11 ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto 12 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 13 SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE JICARITO Y 14 PUERTO SECO DE VENADO DE SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE 15 MAQUINAS PARA HACER EJERCICIO AL AIRE LIBRE EN LA COMUNIDAD DE 16 JICARITO DE VENADO." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas 17 elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de 18 los materiales a recibir. E). La ASOCIACION se compromete a realizar todas las 19 gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 20 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 21 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 22 SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE JICARITO Y 23 PUERTO SECO DE VENADO DE SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE 24 MAQUINAS PARA HACER EJERCICIO AL AIRE LIBRE EN LA COMUNIDAD DE 25 JICARITO DE VENADO." F). La Asociación se compromete aportar para la 26 ejecución del proyecto la suma de CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS 27 (¢50.000,00) de mano de obra. G) La Asociación asume en su totalidad las 28 obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y 29 responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de 30 la misma. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.146 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 2 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 3 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 4 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 5 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 6 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 7 materiales según el presente convenio. 8 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 9 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 10 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 11 conocer en su totalidad. 12 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 13 convenio tiene un plazo de ejecución de una semana, contadas a partir del 14 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 15 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 16 mismo, este tiene una vigencia de CUATRO SEMANAS contada a partir de la 17 fecha de su formalización. 18 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 19 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 20 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 21 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 22 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 23 presidente de la misma, señor CARLOS PICHARDO MURILLO, de calidades 24 dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones su número telefónico 25 8708-6375. 26 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 27 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la 28 ASOCIACION a la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el 29 finiquito de ley del presente convenio. 30 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.147 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 es la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL COLONES 2 (¢4.900.000,00) 3 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 4 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 5 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 6 7 KAROL SALAS VARGAS CARLOS PICHARDO MURILLO 8 Alcaldesa A.I. Presidente 9 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 10 11 REFRENDO 12 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 13 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 14 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 15 Carlos. 16 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 17 18 ACUERDO N°25.- 19 20 Con base en los oficios MSCCM-SC-0530-2022 emitido por la Secretaría del 21 Concejo Municipal y MSC-AM-0578-2022 de la Administración Municipal, donde 22 remite el oficio MSCAM-SJ-0456-2022, referente al Convenio de Cooperación 24- 23 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 24 La Lucha de La Tigra, San Carlos, para el proyecto "Construcción de plazoleta para 25 realizar diferentes deportes", se determina, autorizar a la Administración Municipal, 26 en la persona del Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del 27 otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 28 29 24-2022 CONVENIO DE COOPERACION 30 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.148 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 DESARROLLO INTEGRAL DE LA LUCHA DE LA TIGRA DE SAN CARLOS, 2 ALAJUELA. "CONSTRUCCIÓN DE PLAZOLETA DE CUATROCIENTOS NOVENTA Y 3 SEIS METROS CUADRADOS PARA REALIZAR DIFERENTES DEPORTES EN LA 4 LUCHA" 5 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 6 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 7 vez, vecina de Barrio Los Ángeles, Ciudad Quesada, en mi carácter de 8 ALCALDESA A.I. de la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad 9 Quesada, San Carlos, Alajuela, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero 10 cuarenta y dos mil setenta y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal 11 Supremo de Elecciones número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos 12 mil veinte, del veintisiete de febrero del dos mil veinte, período constitucional que 13 inicia el primero de mayo del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil 14 veinticuatro, autorizado para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo 15 Municipal de San Carlos Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , 16 de la Sesión celebrada el Lunes del año dos mil veintidós, en adelante y para 17 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y JAIME VINICIO 18 MIRANDA ARIAS, mayor de edad, cédula de identidad número uno ­ novecientos 19 cuarenta y ocho ­ seiscientos cuatro, vecino de La Lucha de La Tigra, San Carlos, 20 frente al Estadio Comunal, en mi condición de PRESIDENTE con facultades 21 suficientes para este acto de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE 22 LA LUCHA DE LA TIGRA DE SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro 23 Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo SEIS, Folio MIL 24 CIENTO ONCE, Asiento: OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO, Código de 25 Registro número TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE, del Cantón 26 Alajuela ­ San Carlos, facultado para celebrar este convenio mediante Acta de 27 Junta Directiva Sesión ordinaria el veinticinco de noviembre del dos mil veintiuno, 28 capítulo No. SEIS, artículo No. SEIS, acta No. NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS- 29 DOS MIL VEINTIUNO, en adelante denominado la "ASOCIACION", 30 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.149 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 2 en beneficio de las comunidades: 3 CONSIDERANDO 4 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 5 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 6 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 7 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 8 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 9 las autoridades competentes para ello. 10 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 11 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 12 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 13 cumplir sus fines. 14 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 15 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 16 para el cumplimiento de sus funciones. 17 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 18 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 19 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 20 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 21 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 22 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 23 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 24 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 25 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 26 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 27 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 28 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 29 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.150 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 2 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 3 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 4 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 5 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 6 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 7VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 8 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 9 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 10 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 11 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 12 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 13 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA LUCHA DE LA TIGRA DE SAN 14 CARLOS, ALAJUELA. "CONSTRUCCIÓN DE PLAZOLETA DE CUATROCIENTOS 15 NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS PARA REALIZAR DIFERENTES 16 DEPORTES EN LA LUCHA" mismo que realiza con fundamento en la normativa legal 17 vigente y las siguientes clausula: 18 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La ASOCIACIÓN DE 19 DESARROLLO INTEGRAL DE LA LUCHA DE LA TIGRA DE SAN CARLOS, 20 ALAJUELA, es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 21 Propiedad, matrícula número DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL 22 QUINIENTOS TREINTA Y SIETE - CERO CERO CERO, que es lote uno, sector 23 ocho, para vivienda, sito en el distrito ocho, La Tigra, cantón diez, San Carlos, de la 24 provincia de Alajuela, Mide: mil ciento setenta y dos metros con sesenta y cinco 25 decímetros cuadrados, según plano No A-cero nueve cinco uno siete cinco tres ­ mil 26 novecientos noventa y uno. 27 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 28 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 29 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 30 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.151 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA LUCHA DE LA TIGRA DE 2 SAN CARLOS, ALAJUELA. "CONSTRUCCIÓN DE PLAZOLETA DE 3 CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS PARA REALIZAR 4 DIFERENTES DEPORTES EN LA LUCHA", cuyo objeto principal es la construcción 5 de una plazoleta de cuatrocientos noventa y seis metros cuadrados (treinta y un 6 metros de largo por dieciséis metros de ancho) para la práctica de diferentes 7 deportes en beneficio de los niños, niñas y personas jóvenes de la comunidad y 8 lugares aledaños, según folio CERO CERO DOS del expediente administrativo N° 9 OCHO- TRESCIENTOS QUINCE-CERO CERO DOS-DOS MIL VEINTIUNO. El cual 10 tendrá un costo de OCHO MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL CUARENTA Y 11 CUATRO COLONES CON DIECISEIS CÉNTIMOS (¢8.912.044,16) de los cuales 12 CINCO MILLONES QUNIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y 13 CUATRO COLONES CON DIECISEIS CENTIMOS (¢5.513.544,16) correspondiente 14 a suministros y materiales será aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por 15 parte de la ASOCIACION se realizará el aporte de UN MILLÓN CUATROCIENTOS 16 NOVENTA Y OCHO MIL QUINENTOS COLONES EXACTOS (¢1.498.500,00) de 17 mano de obra y UN MILLÓN NOVECIENTOS MIL COLONES EXACTOS 18 (¢1.900.000,00) de otros materiales y suministros, construcción se habrá de realizar 19 en un terreno propiedad de la ASOCIACION, descrito en la cláusula anterior. 20 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 21 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 22 bien de dominio público de la ASOCIACIÓN, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA 23 Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 24 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de CINCO MILLONES 25 QUNIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO COLONES CON 26 DIECISEIS CENTIMOS (¢5.513.544,16) correspondientes a suministros y 27 materiales según el código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-uno 28 cero-cero dos-cero tres- cero dos, presupuesto ordinario. El material que se 29 adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia de la 30 ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.152 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 2 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 3 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 4 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 5 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 6 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 7 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA LUCHA DE LA TIGRA DE 8 SAN CARLOS, ALAJUELA. "CONSTRUCCIÓN DE PLAZOLETA DE 9 CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS PARA REALIZAR 10 DIFERENTES DEPORTES EN LA LUCHA." B). La ASOCIACION se compromete 11 a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte 12 de la MUNICIPALIDAD. C). La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la 13 ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 14 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 15 INTEGRAL DE LA LUCHA DE LA TIGRA DE SAN CARLOS, ALAJUELA. 16 "CONSTRUCCIÓN DE PLAZOLETA DE CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS 17 METROS CUADRADOS PARA REALIZAR DIFERENTES DEPORTES EN LA 18 LUCHA." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales de 19 lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). 20 La ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 21 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 22 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE 23 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 24 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LA LUCHA DE LA TIGRA DE 25 SAN CARLOS, ALAJUELA. "CONSTRUCCIÓN DE PLAZOLETA DE 26 CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS PARA REALIZAR 27 DIFERENTES DEPORTES EN LA LUCHA." F). La Asociación se compromete 28 aportar para la ejecución del proyecto la suma de UN MILLÓN CUATROCIENTOS 29 NOVENTA Y OCHO MIL QUINENTOS COLONES EXACTOS (¢1.498.500,00) de 30 mano de obra y UN MILLÓN NOVECIENTOS MIL COLONES EXACTOS Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.153 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 (¢1.900.000,00) de otros materiales y suministros. G) La Asociación asume en su 2 totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, 3 cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la 4 ejecución de la misma. 5 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 6 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 7 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 8 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 9 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 10 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 11 materiales según el presente convenio. 12 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 13 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 14 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 15 conocer en su totalidad. 16 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 17 convenio tiene un plazo de ejecución de doce semanas, contadas a partir del 18 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 19 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 20 mismo, este tiene una vigencia de CUATRO MESES contada a partir de la fecha 21 de su formalización. 22 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 23 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 24 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 25 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 26 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 27 presidente de la misma, señor JAIME VINICIO MIRANDA ARIAS, de calidades 28 dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones su número telefónico 29 8701-0106. 30 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.154 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 2 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 3 presente convenio. 4 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 5 la suma de OCHO MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL CUARENTA Y CUATRO 6 COLONES CON DIECISEIS CÉNTIMOS (¢8.912.044,16) 7 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 8 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 9 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 10 11 KAROL SALAS VARGAS JAIME VINICIO MIRANDA ARIAS 12 Alcaldesa A.I. Presidente 13 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 14 15 REFRENDO 16 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 17 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 18 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 19 Carlos. 20 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 21 22 ACUERDO N°26.- 23 24 Con base en los oficios MSCCM-SC-0531-2022 emitido por la Secretaría del 25 Concejo Municipal y MSC-AM-0580-2022 de la Administración Municipal, donde 26 remite el oficio MSCAM-SJ-0463-2022, referente al Convenio de Cooperación 25- 27 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Junta de Educación de la Escuela 28 La Ceiba, Florencia, San Carlos, "Mejoras en la infraestructura de la Escuela La 29 Ceiba", se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del 30 Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.155 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 2 3 25-2022 CONVENIO DE COOPERACION 4 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE 5 LA ESCUELA LA CEIBA DE FLORENCIA, SAN CARLOS. 6 "MEJORAS EN LA INFRAESTRUCTURA DE ESCUELA LA CEIBA" 7 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 8 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 9 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 10 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 11 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 12 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 13 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 14 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 15 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 16 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 17 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 18 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 19 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 20 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y MANUEL 21 ENRIQUE JIMENEZ RUIZ, mayor de edad, vecino de Alajuela, San Carlos, San 22 Juan de Florencia, cédula de identidad número dos ­ quinientos sesenta y cinco ­ 23 cuatrocientos setenta y siete, en condición de PRESIDENTE con facultades 24 suficientes para este acto de la JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA LA 25 CEIBA FLORENCIA, SAN CARLOS, cédula jurídica número tres - cero cero ocho 26 - cero ocho siete cero tres siete, de acuerdo al número de certificación ochocientos 27 cincuenta y cinco - dos mil veintiuno, facultado para celebrar este convenio mediante 28 Acta de Junta de Educación de la Escuela La Ceiba, Florencia, San Carlos, Sesión 29 ordinaria celebrada el doce de agosto del dos mil veintiuno, artículo No. SEIS, 30 Acuerdo No. SEIS, Acta No. TRESCIENTOS CINCUENTA, en adelante Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.156 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 denominado la "JUNTA", CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de 2 esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento 3 de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 4 CONSIDERANDO 5 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es promotor 6 y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, de ahí que 7 es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de sus 8 necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las condiciones 9 de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con las 10 autoridades competentes para ello. 11 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 12 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 13 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 14 cumplir sus fines. 15 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 16 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 17 para el cumplimiento de sus funciones. 18 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 19 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 20 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 21 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 22 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 23 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 24 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 25 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 26 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 27 V. Son fines de la educación costarricense, según se estatuye en el artículo dos de 28 la Ley Fundamental de Educación, la formación de ciudadanos amantes de su 29 patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y sus libertades 30 fundamentales, con profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.157 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 dignidad humana; contribuir al desenvolvimiento pleno de la personalidad humana 2 y estimular el desarrollo de la solidaridad y la comprensión humana, entre otros. 3 VI. El artículo tres de la misma Ley Fundamental de Educación establece que, para 4 el cumplimiento de los fines expresados la escuela costarricense debe procurar el 5 mejoramiento de la salud mental, moral y física de la colectividad, además el 6 desarrollo intelectual del hombre y sus valores éticos, estéticos y religiosos; así 7 como desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias 8 individuales entre otros. 9VII. Que el Código de Educación, Ley N° Ciento ochenta y uno, del dieciocho de 10 agosto de mil novecientos cuarenta y cuatro, y la Ley Fundamental de Educación 11 N° dos mil ciento sesenta del veinticinco de setiembre de mil novecientos 12 cincuenta y siete y sus reformas, les otorgan a las Juntas de Educación y Juntas 13 Administrativas plena personalidad jurídica" y patrimonios propios. 14VIII. Las Juntas de Educación actuarán como delegaciones de las Municipalidades y 15 serán organismos auxiliares de la Administración Pública y servirán, a la vez, como 16 agencias para asegurar la integración de la comunidad y la escuela (artículo 17 cuarenta y dos de la Ley Fundamental de Educación). 18 IX. Que de conformidad con lo establecido en el artículo número treinta y uno incisos 19 f) e i) del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, 20 Decreto Número TRES OCHO DOS CUATRO NUEVE-MEP de fecha diez de 21 febrero de dos mil catorce, las Juntas, Son funciones y atribuciones de las Juntas 22 las siguientes: Formular proyectos para el desarrollo de infraestructura educativa 23 haciendo uso de los prototipos o modelos contextualizados y establecidos por la 24 DIEE; Gestionar el desarrollo de proyectos para el mejoramiento y mantenimiento 25 de la infraestructura física del centro educativo. 26 X. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 27 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 28 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 29 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.158 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 XI. Tanto la MUNICIPALIDAD como la JUNTA, desean unir esfuerzos, con el fin de 2 establecer una mejor condición de vida para la población de sus comunidades, 3 esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 4 5 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 6 MUNICIPALIDAD y la JUNTA, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 7 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE 8 EDUCACIÓN DE LA ESCUELA LA CEIBA DE FLORENCIA, SAN CARLOS. 9 "MEJORAS EN LA INFRAESTRUCTURA DE ESCUELA LA CEIBA," de un bien 10 propiedad de la Junta de Educación de la Escuela La Ceiba, Florencia, San Carlos, 11 lo cual realizan de la siguiente manera: PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA LA CEIBA FLORENCIA, SAN CARLOS, es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número CIENTO VEINTISEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES ­ CERO CERO CERO, naturaleza: terreno con comedor escolar, aulas y huerta escolar, Situado en el Distrito Dos FLORENCIA, del Cantón Décimo SAN CARLOS, de la Provincia de Alajuela. Linda al norte con Rodrigo Solis Gonzalez, sur con calle pública con cuarenta metros y cuarenta y seis decímetros de frente, este con calle pública con ochenta y siete metros y cuarenta y un decímetros de frente, y oeste Asociación de Desarrollo Integral de San Juan de Florencia de San Carlos. Mide: TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CON CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS, plano A-uno uno ocho uno ocho cuatro tres-dos mil siete. 12 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 13 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 14 MUNICIPALIDAD y la JUNTA el proyecto denominado CONVENIO DE 15 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE 16 EDUCACIÓN DE LA ESCUELA LA CEIBA DE FLORENCIA, SAN CARLOS. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.159 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 "MEJORAS EN LA INFRAESTRUCTURA DE ESCUELA LA CEIBA," el cual 2 consiste en mejorar las condiciones de infraestructura de la Escuela La Ceiba, ya que 3 el muro que protege el perímetro del frente de la institución se encuentra en mal 4 estado y aún más la verja, por lo que se hace necesario reemplazarlo y así poder 5 brindar una mayor seguridad a la institución y a los niños y niñas. Mejoras que tendrán 6 un costo de UN MILLÓN SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS 7 OCHENTA Y CUATRO COLONES CON SIETE CENTIMOS (¢1.798.584,07) de los 8 cuales OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO 9 COLONES CON SIETE CENTIMOS (¢818.584,07) serán aportados por la 10 Municipalidad de San Carlos en materiales y suministros de construcción, y los 11 restantes NOVECIENTOS OCHENTA MIL COLONES (¢980.000,00) por concepto 12 mano de obra corresponden al aporte a realizar por parte de la comunidad, para las 13 mejoras a infraestructura ubicada en la propiedad descrita en la cláusula primera. 14 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 15 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 16 bien de dominio público de la Junta de Educación de la Escuela Puerto Escondido 17 de Pital, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis 18 de agosto del dos mil once), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad 19 realizara un aporte de OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA 20 Y CUATRO COLONES CON SIETE CENTIMOS (¢818.584,07) según el código 21 presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero tres-cero 22 uno presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, será 23 comprado y puesto en custodia de la JUNTA quien será la responsable del 24 mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 25 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA JUNTA La JUNTA se compromete a lo 26 siguiente: A). La JUNTA se compromete a utilizar los materiales que se adquieran 27 mediante los recursos que se ejecutaran de la partida antes descrita, en el 28 proyecto denominado "CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 29 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA 30 LA CEIBA DE FLORENCIA, SAN CARLOS. "MEJORAS EN LA Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.160 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 INFRAESTRUCTURA DE ESCUELA LA CEIBA." B). La JUNTA se compromete a 2 custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte de 3 la MUNICIPALDIAD. C). La JUNTA se obliga a cumplir fielmente con la ejecución 4 del proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 5 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA 6 LA CEIBA DE FLORENCIA, SAN CARLOS. "MEJORAS EN LA 7 INFRAESTRUCTURA DE ESCUELA LA CEIBA." D). La JUNTA deberá cumplir 8 con las reglas elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino 9 de los materiales a recibir. E). La JUNTA se compromete a realizar todas las 10 gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 11 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 12 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 13 SAN CARLOS Y JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA LA CEIBA DE 14 FLORENCIA, SAN CARLOS. "MEJORAS EN LA INFRAESTRUCTURA DE 15 ESCUELA LA CEIBA." F). La JUNTA se compromete aportar para la ejecución del 16 proyecto la suma de NOVECIENTOS OCHENTA MIL COLONES (¢980.000,00) por 17 concepto mano de obra. G) La Junta asume en su totalidad las obligaciones y 18 responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y responsabilidades 19 patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de la misma. 20 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 21 INFORMES La JUNTA, deberá mantener ordenado bajo custodia y 22 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 23 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 24 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la JUNTA se obliga a rendir un informe 25 final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los materiales 26 según el presente convenio. 27 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La JUNTA se obliga a cumplir con 28 lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría General de 29 la República, la cual manifiesta el presidente de la JUNTA conocer en su totalidad. 30 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.161 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 convenio tiene un plazo de ejecución de SEIS SEMANAS, contadas a partir del 2 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la JUNTA del aporte en 3 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 4 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de su 5 formalización y un plazo de ejecución de DOS MESES, conforme el cronograma 6 de actividades que consta al folio cuatro del expediente administrativo no. DOS- 7 TRESCIENTOS DOCE-CERO CERO DOS-DOS MIL VEINTIUNO. 8 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 9 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 10 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 11 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 12 del proyecto por parte de la JUNTA el señor MANUEL ENRIQUE JIMENEZ RUIZ, 13 quien señala para notificaciones y localizaciones el correo electrónico: 14 ralunasdesancarlos@hotmail.com 15 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 16 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la JUNTA a la 17 Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 18 presente convenio. 19 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 20 la suma de UN MILLÓN SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS 21 OCHENTA Y CUATRO COLONES CON SIETE CENTIMOS (¢1.798.584,07). 22 23 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 24 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 25 Carlos a los ______ días de ______ del año dos mil veintidós. 26 27 28 KAROL SALAS VARGAS MANUEL ENRIQUE JIMENEZ RUIZ 29 ALCALDESA a.i. PRESIDENTE 30 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS JUNTA DE EDUCACION Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.162 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 REFRENDO 2 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 3 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 4 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 5 Carlos. 6 7 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 8 9 ACUERDO N°27.- 10 11 Con base en los oficios MSCCM-SC-0532-2022 emitido por la Secretaría del 12 Concejo Municipal y MSC-AM-0581-2022 de la Administración Municipal, donde 13 remite el oficio MSCAM-SJ-0465-2022, referente al Convenio de Cooperación 26- 14 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Junta de Educación de la Escuela 15 Gonzalo Monge Bermúdez, Pital, San Carlos, para el proyecto "Mejoras y 16 construcción de gimnasio de la Escuela Gonzalo Monge Bermudez de Pital", se 17 determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien 18 ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 19 cooperación que se detallan a continuación: 20 21 22 26-2022 CONVENIO DE COOPERACION 23 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN 24 DE ESCUELA GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN CARLOS. 25 "MEJORAS Y CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO DE LA ESCUELA GONZALO 26 MONGE BERMUDEZ DE PITAL, PARTIDA ESPECÍFICA 2020." 27 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 28 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 29 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 30 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.163 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 2 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 3 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 4 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 5 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 6 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 7 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 8 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 9 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 10 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y CARMEN LIDIA 11 AGUILAR ANDRADE, mayor de edad, vecina de Alajuela, San Carlos, Santa Elena 12 de Pital, trescientos metros al norte del templo católico, cédula de identidad número 13 tres ­ trescientos setenta y uno ­ seiscientos ochenta y ocho, en condición de 14 PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la JUNTA DE 15 EDUCACIÓN DE LA ESCUELA GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN 16 CARLOS, cédula jurídica número tres - cero cero ocho ­ uno nueve tres nueve 17 nueve seis, de acuerdo al número de certificación novecientos ochenta y cinco - 18 dos mil veintiuno, facultado para celebrar este convenio mediante Acta de Junta de 19 Educación de la ESCUELA GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN 20 CARLOS, Sesión ordinaria celebrada el cinco de noviembre del dos mil veintiuno, 21 artículo No. TRES, Acuerdo No. TRES, Acta No. DIECIOCHO-VEINTIUNO, en 22 adelante denominado la "JUNTA", CONSIDERANDO: en coordinación y 23 complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios 24 de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 25 26 CONSIDERANDO 27 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es promotor 28 y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, de ahí que 29 es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de sus 30 necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las condiciones Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.164 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con las 2 autoridades competentes para ello. 3II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 4 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 5 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para cumplir 6 sus fines. 7III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 8 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 9 para el cumplimiento de sus funciones. 10IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 11 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 12 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus administrados 13 en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos ellos bienes de 14 dominio y uso público que se encuentran bajo la administración del Estado a 15 través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo parte de las 16 responsabilidades y servicios que debe de asumir las Municipalidades, el dar el 17 debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio público que se encuentran 18 bajo su administración y custodia. 19V. Son fines de la educación costarricense, según se estatuye en el artículo dos de la 20 Ley Fundamental de Educación, la formación de ciudadanos amantes de su patria, 21 conscientes de sus deberes, de sus derechos y sus libertades fundamentales, con 22 profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la dignidad humana; contribuir 23 al desenvolvimiento pleno de la personalidad humana y estimular el desarrollo de la 24 solidaridad y la comprensión humana, entre otros. 25VI. El artículo tres de la misma Ley Fundamental de Educación establece que, para el 26 cumplimiento de los fines expresados la escuela costarricense debe procurar el 27 mejoramiento de la salud mental, moral y física de la colectividad, además el 28 desarrollo intelectual del hombre y sus valores éticos, estéticos y religiosos; así 29 como desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias individuales 30 entre otros. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.165 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria V1II. Que el Código de Educación, Ley N° Ciento ochenta y uno, del dieciocho de agosto 2 de mil novecientos cuarenta y cuatro, y la Ley Fundamental de Educación N° dos 3 mil ciento sesenta del veinticinco de setiembre de mil novecientos cincuenta y siete 4 y sus reformas, les otorgan a las Juntas de Educación y Juntas Administrativas 5 plena personalidad jurídica" y patrimonios propios. V6III. Las Juntas de Educación actuarán como delegaciones de las Municipalidades y 7 serán organismos auxiliares de la Administración Pública y servirán, a la vez, como 8 agencias para asegurar la integración de la comunidad y la escuela (artículo 9 cuarenta y dos de la Ley Fundamental de Educación). 10IX. Que de conformidad con lo establecido en el artículo número treinta y uno incisos f) 11 e i) del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, 12 Decreto Número TRES OCHO DOS CUATRO NUEVE-MEP de fecha diez de 13 febrero de dos mil catorce, las Juntas, Son funciones y atribuciones de las Juntas 14 las siguientes: Formular proyectos para el desarrollo de infraestructura educativa 15 haciendo uso de los prototipos o modelos contextualizados y establecidos por la 16 DIEE; Gestionar el desarrollo de proyectos para el mejoramiento y mantenimiento 17 de la infraestructura física del centro educativo. 18X. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios por 19 administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 20 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en los 21 bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 22XI. Tanto la MUNICIPALIDAD como la JUNTA, desean unir esfuerzos, con el fin de 23 establecer una mejor condición de vida para la población de sus comunidades, esto 24 procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 25 26 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 27 MUNICIPALIDAD y la JUNTA, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 28 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE 29 EDUCACIÓN DE ESCUELA GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN 30 CARLOS. "MEJORAS Y CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO DE LA ESCUELA Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.166 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 GONZALO MONGE BERMUDEZ DE PITAL, PARTIDA ESPECÍFICA DOS MIL 2 VEINTE" de un bien propiedad de la JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA 3 GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN CARLOS, lo cual realizan de la 4 siguiente manera: PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN CARLOS, es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE­ CERO CERO CERO, naturaleza: terreno con la escuela de Pital, Situado en el Distrito Seis PITAL, del Cantón Décimo SAN CARLOS, de la Provincia de Alajuela. Linda al norte: con calle pública y Elodia Cubero, sur: con Instituto Técnico Agropecuario de Pital, este: calle pública, y oeste: calle pública y Jorge Castro. Mide: SEIS MIL CUARENTA METROS CON SETENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS, plano A-cero cinco seis ocho uno nueve tres-mil novecientos ochenta y cuatro. 5 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 6 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 7 MUNICIPALIDAD y la JUNTA el proyecto denominado CONVENIO DE 8 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE 9 EDUCACIÓN DE ESCUELA GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN 10 CARLOS. "MEJORAS Y CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO DE LA ESCUELA 11 GONZALO MONGE BERMUDEZ DE PITAL, PARTIDA ESPECÍFICA DOS MIL 12 VEINTE" el cual consiste en la construcción y urgentes mejoras al gimnasio de la 13 Escuela Gonzalo Monge Bermúdez, ya que actualmente está en deterioro y su área 14 es muy pequeña, lo que afecta para un uso adecuado y salvaguardar la integridad 15 física de la población estudiantil. Mejoras que tendrán un costo de DOCE MILLONES 16 SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TRES COLONES CON 17 NOVENTA Y DOS CENTIMOS (¢12.775.703,92) de los cuales SIETE MILLONES 18 SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TRES COLONES CON Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.167 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 NOVENTA Y DOS CENTIMOS (¢7.775.703,92) serán aportados por la Municipalidad 2 de San Carlos en materiales y suministros de construcción, y los restantes CINCO 3 MILLONES DE COLONES (¢5.000.000,00) por concepto mano de obra 4 corresponden al aporte a realizar por parte de la comunidad, para las mejoras a 5 infraestructura ubicada en la propiedad descrita en la cláusula primera. 6 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 7 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 8 bien de dominio público de la Junta de Educación de la Escuela Puerto Escondido 9 de Pital, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis 10 de agosto del dos mil once), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad 11 realizara un aporte de SIETE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL 12 SETECIENTOS TRES COLONES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS 13 (¢7.775.703,92) según el código presupuestario número cinco-cero cuatro-cero uno- 14 cero tres-cero dos-cero tres-cero uno y cinco-cero cuatro-cero uno-cero tres-cero 15 dos-cero tres-cero dos, presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha 16 partida, será comprado y puesto en custodia de la JUNTA quien será la responsable 17 del mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes 18 mencionado. 19 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA JUNTA La JUNTA se compromete a lo 20 siguiente: A). La JUNTA se compromete a utilizar los materiales que se adquieran 21 mediante los recursos que se ejecutaran de la partida antes descrita, en el 22 proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 23 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA 24 GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN CARLOS. "MEJORAS Y 25 CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO DE LA ESCUELA GONZALO MONGE 26 BERMUDEZ DE PITAL, PARTIDA ESPECÍFICA DOS MIL VEINTE." B). La JUNTA 27 se compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a 28 suministrar por parte de la MUNICIPALDIAD. C). La JUNTA se obliga a 29 cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE 30 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.168 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 EDUCACIÓN DE ESCUELA GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN 2 CARLOS. "MEJORAS Y CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO DE LA ESCUELA 3 GONZALO MONGE BERMUDEZ DE PITAL, PARTIDA ESPECÍFICA DOS MIL 4 VEINTE." D). La JUNTA deberá cumplir con las reglas elementales de lógica, 5 justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). La 6 JUNTA se compromete a realizar todas las gestiones legales y administrativas 7 necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para ejecutar y dar 8 mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE 9 LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE 10 ESCUELA GONZALO MONGE BERMUDEZ, PITAL DE SAN CARLOS. 11 "MEJORAS Y CONSTRUCCIÓN DE GIMNASIO DE LA ESCUELA GONZALO 12 MONGE BERMUDEZ DE PITAL, PARTIDA ESPECÍFICA DOS MIL VEINTE." F). 13 La JUNTA se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de 14 CINCO MILLONES DE COLONES (¢5.000.000,00) por concepto mano de obra. G) 15 La Junta asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la 16 ejecución de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes 17 laborales en la ejecución de la misma. 18 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 19 INFORMES La JUNTA, deberá mantener ordenado bajo custodia y 20 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 21 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 22 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la JUNTA se obliga a rendir un informe 23 final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los materiales 24 según el presente convenio. 25 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La JUNTA se obliga a cumplir con 26 lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría General de 27 la República, la cual manifiesta el presidente de la JUNTA conocer en su totalidad. 28 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 29 convenio tiene un plazo de ejecución de OCHO SEMANAS, contadas a partir del 30 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la JUNTA del aporte en Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.169 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 2 mismo, este tiene una vigencia de TRES MESES contada a partir de la fecha de 3 su formalización y un plazo de ejecución de TRES MESES, conforme el 4 cronograma de actividades que consta al folio siete del expediente administrativo 5 no. CERO SEIS-CUATROCIENTOS TRECE-CERO CERO UNO-DOS MIL 6 VEINTIUNO. 7 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 8 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 9 Comunal, Licda. Laura María Gamboa Batista, quien señala para notificaciones y 10 localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y como responsable 11 del proyecto por parte de la JUNTA la señora CARMEN LIDIA AGUILAR 12 ANDRADE, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo electrónico: 13 caraguan1402@gmail.com 14 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 15 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la JUNTA a la 16 Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 17 presente convenio. 18 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 19 la suma de DOCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL 20 SETECIENTOS TRES COLONES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS 21 (¢12.775.703,92). 22 23 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 24 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 25 Carlos a los ______ días de ______ del año dos mil veintidós. 26 27 28 KAROL SALAS VARGAS CARMEN LIDIA AGUILAR ANDRADE 29 ALCALDESA a.i. PRESIDENTE 30 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS JUNTA DE EDUCACION Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.170 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 REFRENDO 2 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 3 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 4 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 5 Carlos. 6 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 7 8 ACUERDO N°28.- 9 10 Con base en los oficios MSCCM-SC-0549-2022 emitido por la Secretaría del 11 Concejo Municipal y MSC-AM-0594-2022 de la Administración Municipal, donde 12 remite el oficio MSCAM-SJ-0475-2022, referente al Convenio de Cooperación 27- 13 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral 14 Montecristo de Aguas Zarcas, para el proyecto "II etapa construcción del Salón 15 Deportivo Aguas Zarcas elaboración de paredes traseras y portón principal", se 16 determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien 17 ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 18 cooperación que se detallan a continuación: 19 20 27-2022 CONVENIO DE COOPERACION 21 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 22 DESARROLLO INTEGRAL DE MONTECRISTO DE AGUAS ZARCAS, SAN 23 CARLOS, ALAJUELA. "II ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DEL SALÓN 24 DEPORTIVO AGUAS ZARCAS, ELABORACIÓN DE PAREDES TRASERAS Y 25 PORTÓN PRINCIPAL" 26 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 27 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 28 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 29 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 30 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.171 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 2 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 3 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 4 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 5 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 6 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 7 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 8 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 9 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y RAFAEL ANGEL 10 RODRIGUEZ JIMENEZ, mayor de edad, cédula de identidad número dos ­ 11 setecientos ochenta y uno ­ novecientos seis, vecino de Aguas Zarcas de San 12 Carlos, Alajuela, en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para 13 este acto de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTECRISTO 14 DE AGUAS ZARCAS, SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro Público 15 de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo NOVENTA Y CINCO, Folio 16 TRESCIENTOS CUATRO, Asiento: TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS 17 TREINTA Y TRES, Código de Registro número TRES MIL QUINIENTOS DOCE, del 18 Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultado para celebrar este convenio mediante Acta 19 de Junta Directiva Sesión ordinaria el veinticinco de noviembre del dos mil veintiuno, 20 artículo No. CUATRO, acta No. CIENTO CUARENTA Y CUATRO, en adelante 21 denominado la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y 22 complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios 23 de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 24 25 CONSIDERANDO 26 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 27 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 28 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 29 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.172 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 2 las autoridades competentes para ello. 3 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 4 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 5 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 6 cumplir sus fines. 7 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 8 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 9 para el cumplimiento de sus funciones. 10 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 11 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 12 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 13 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 14 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 15 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 16 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 17 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 18 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 19 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 20 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 21 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 22 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 23 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 24 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 25 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 26 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 27 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 28 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.173 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 2 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 3 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 4 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 5 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 6 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 7 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTECRISTO DE AGUAS 8 ZARCAS, SAN CARLOS, ALAJUELA. "II ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DEL 9 SALÓN DEPORTIVO AGUAS ZARCAS, ELABORACIÓN DE PAREDES 10 TRASERAS Y PORTÓN PRINCIPAL" mismo que realiza con fundamento en la 11 normativa legal vigente y las siguientes clausula: 12 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La MUNICIPALIDAD DE SAN 13 CARLOS es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 14 Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS 15 SESENTA Y CINCO - CERO CERO CERO, que es terreno de pasto, sito en el distrito 16 cuatro, Aguas Zarcas, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide: 17 cinco mil novecientos setenta y seis metros con sesenta y cinco decímetros 18 cuadrados, según plano No A-cero cinco cuatro tres cuatro dos tres ­ mil novecientos 19 noventa y nueve. 20 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 21 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 22 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 23 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 24 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTECRISTO DE AGUAS 25 ZARCAS, SAN CARLOS, ALAJUELA. "II ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DEL 26 SALÓN DEPORTIVO AGUAS ZARCAS, ELABORACIÓN DE PAREDES 27 TRASERAS Y PORTÓN PRINCIPAL," cuyo objeto principal es confeccionar 28 segunda etapa del Salón Deportivo Aguas Zarcas, colocando una estructura 29 metálica en la parte trasera y delantera con tubos de 2x2 y 3x3 y zinc para terminar 30 de forrar el salón deportivo, así como construir portones corredizos para su debida Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.174 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 colocación en la parte del frente del salón, y propiciar así una cultura deportivacon el 2 fin de que la población mejore su salud y calidad de vida, y que los niños, niñas y las 3 personas jóvenes logren usar su tiempo de ocio en deporte alejándolos de vicios, 4 drogadicción y delincuencia, según consta en folios CERO CERO CUATRO y CERO 5 CERO CINCO del expediente administrativo N° CERO CUATRO- TRESCIENTOS 6 DIECINUEVE-TRES-CERO UNO-DOS MIL VEINTIDOS. El cual tendrá un costo de 7 SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL DIECINUEVE COLONES CON CINCO 8 CÉNTIMOS (¢626.019,05) de los cuales CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL 9 DIECINUEVE COLONES CON CINCO CENTIMOS (¢426.019,05) correspondiente 10 a suministros y materiales será aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por 11 parte de la ASOCIACION se realizará el aporte de DOSCIENTOS MIL COLONES 12 EXACTOS (¢200.000,00) de mano de obra, construcción se habrá de realizar en un 13 terreno propiedad de la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, descrito en la cláusula 14 anterior. 15 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 16 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 17 bien de dominio público de la municipalidad, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA 18 Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 19 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de CUATROCIENTOS 20 VEINTISEIS MIL DIECINUEVE COLONES CON CINCO CENTIMOS (¢426.019,05) 21 correspondientes a suministros y materiales según el código presupuestario número 22 cinco-cero tres-cero uno-uno nueve-cero dos-cero tres- cero uno, presupuesto 23 ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto 24 en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso 25 del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 26 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 27 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 28 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 29 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 30 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.175 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTECRISTO DE AGUAS 2 ZARCAS, SAN CARLOS, ALAJUELA. "II ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DEL 3 SALÓN DEPORTIVO AGUAS ZARCAS, ELABORACIÓN DE PAREDES 4 TRASERAS Y PORTÓN PRINCIPAL." B). La ASOCIACION se compromete a 5 custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte 6 de la MUNICIPALIDAD. C). La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la 7 ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 8 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 9 INTEGRAL DE MONTECRISTO DE AGUAS ZARCAS, SAN CARLOS, ALAJUELA. 10 "II ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DEL SALÓN DEPORTIVO AGUAS ZARCAS, 11 ELABORACIÓN DE PAREDES TRASERAS Y PORTÓN PRINCIPAL." D). La 12 ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales de lógica, justicia y 13 conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). La 14 ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 15 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 16 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE 17 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 18 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MONTECRISTO DE AGUAS 19 ZARCAS, SAN CARLOS, ALAJUELA. "II ETAPA DE CONSTRUCCIÓN DEL 20 SALÓN DEPORTIVO AGUAS ZARCAS, ELABORACIÓN DE PAREDES 21 TRASERAS Y PORTÓN PRINCIPAL." F). La Asociación se compromete aportar 22 para la ejecución del proyecto la suma DOSCIENTOS MIL COLONES EXACTOS 23 (¢200.000,00) de mano de obra. G) La Asociación asume en su totalidad las 24 obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y 25 responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de 26 la misma. 27 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 28 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 29 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 30 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.176 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 2 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 3 materiales según el presente convenio. 4 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 5 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 6 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 7 conocer en su totalidad. 8 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 9 convenio tiene un plazo de ejecución de cuatro semanas, contadas a partir del 10 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 11 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 12 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 13 su formalización. 14 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 15 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 16 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 17 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 18 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 19 presidente de la misma, señor RAFAEL ANGEL RODRIGUEZ JIMENEZ, de 20 calidades dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo 21 electrónico rbarrantes007@gmail.com 22 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 23 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 24 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 25 presente convenio. 26 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 27 la suma de SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL DIECINUEVE COLONES CON CINCO 28 CÉNTIMOS (¢626.019,05) 29 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 30 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.177 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 2 3 KAROL SALAS VARGAS RAFAEL ANGEL RODRIGUEZ JIMENEZ 4 Alcaldesa A.I. Presidente 5 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 6 7 REFRENDO 8 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 9 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 10 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 11 Carlos. 12 13 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 14 15 ACUERDO N°29.- 16 17 Con base en los oficios MSCCM-SC-0595-2022 emitido por la Secretaría del 18 Concejo Municipal y MSC-AM-0598-2022 de la Administración Municipal, donde 19 remite el oficio MSCAM-SJ-0485-2022, referente al Convenio de Cooperación 32- 20 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 21 Pital "Cierre perimetral del parque infantil Las Brisas de Pital", se determina, 22 autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien ejerza la 23 representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 24 cooperación que se detallan a continuación: 25 26 32-2022 CONVENIO DE COOPERACION 27 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 28 DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. "CIERRE 29 PERIMETRAL DEL PARQUE INFANTIL LAS BRISAS DE PITAL" 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.178 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 2 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 3 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 4 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 5 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 6 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 7 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 8 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 9 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 10 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 11 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 12 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 13 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 14 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y MARTHA 15 EUGENIA MENDEZ BARAHONA, mayor de edad, cédula de identidad número dos 16 ­ trescientos veinte ­ quinientos veintitrés, vecina de Pital de San Carlos, Alajuela, 17 en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la 18 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS, 19 inscrita en el Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al 20 Tomo CINCO, Folio SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS, Asiento: MIL QUINIENTOS 21 TREINTA Y UNO, Código de Registro número QUINIENTOS DIECISIETE, del 22 Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultado para celebrar este convenio mediante Acta 23 de Junta Directiva Sesión ordinaria el dieciocho de febrero del dos mil veintidós, 24 artículo No. SEIS, acuerdo No. SEIS punto UNO, acta No. SEISCIENTOS NUEVE, 25 en adelante denominado la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y 26 complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios 27 de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 28 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.179 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CONSIDERANDO 2 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 3 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 4 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 5 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 6 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 7 las autoridades competentes para ello. 8 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 9 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 10 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 11 cumplir sus fines. 12 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 13 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 14 para el cumplimiento de sus funciones. 15 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 16 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 17 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 18 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 19 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 20 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 21 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 22 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 23 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 24 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 25 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 26 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 27 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 28 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 29 de las comunidades y al progreso social y económico del país. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.180 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 2 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 3 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 4 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 5VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 6 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 7 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 8 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 9 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 10 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 11 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. 12 "CIERRE PERIMETRAL DEL PARQUE INFANTIL LAS BRISAS DE PITAL" mismo 13 que realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las siguientes clausula: 14 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La MUNICIPALIDAD DE SAN 15 CARLOS es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 16 Propiedad, matrícula número DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL 17 TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS - CERO CERO CERO, que es Lote C, terreno 18 destinado a uso de área recreativa y comunal, sito en el distrito seis, Pital, cantón 19 diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide: mil ciento cuarenta y siete metros 20 con ocho decímetros cuadrados, según plano No A-cero uno cuatro nueve uno siete 21 dos ­ mil novecientos ochenta y cuatro. 22 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 23 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 24 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 25 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 26 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. 27 "CIERRE PERIMETRAL DEL PARQUE INFANTIL LAS BRISAS DE PITAL," cuyo 28 objeto principal es construir el cierre perimetral del parque infantil de Las Brisas de 29 Pital, mediante la colaboración de la Asociación de Desarrollo Integral de Pital y la 30 Municipalidad de San Carlos, en conjunto con la comunidad organizada, esperando Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.181 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 que con ello las niñas, niños y personas jóvenes de dicha comunidad cuenten con 2 un lugar de recreación y actividad física donde estén seguros, según consta en folios 3 CERO CERO CINCO del expediente administrativo N° CERO SEIS- TRESCIENTOS 4 DIECINUEVE-CINCO-CERO DOS-DOS MIL VEINTIDOS. El cual tendrá un costo de 5 DOS MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN 6 COLONES (¢2.058.661,00) de los cuales UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA 7 Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN COLONES (¢1.558.661,00) 8 correspondiente a suministros y materiales será aportado por la Municipalidad de 9 San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se realizará el aporte de QUINIENTOS 10 MIL COLONES (¢500.000,00) de mano de obra, construcción se habrá de realizar 11 en un terreno propiedad de la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, descrito en la 12 cláusula anterior. 13 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 14 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 15 bien de dominio público de la municipalidad, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA 16 Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 17 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de UN MILLÓN 18 QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN 19 COLONES (¢1.558.661,00) correspondientes a suministros y materiales según el 20 código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero 21 tres- cero uno y cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero tres- cero dos, 22 presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, será 23 comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable del 24 mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 25 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 26 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 27 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 28 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 29 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 30 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.182 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 "CIERRE PERIMETRAL DEL PARQUE INFANTIL LAS BRISAS DE PITAL." B). La 2 ASOCIACION se compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los 3 materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALIDAD. C). La ASOCIACION 4 se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado 5 CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y 6 LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. 7 "CIERRE PERIMETRAL DEL PARQUE INFANTIL LAS BRISAS DE PITAL." D). La 8 ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales de lógica, justicia y 9 conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). La 10 ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 11 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 12 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE 13 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 14 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. 15 "CIERRE PERIMETRAL DEL PARQUE INFANTIL LAS BRISAS DE PITAL." F). La 16 Asociación se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma 17 QUINIENTOS MIL COLONES (¢500.000,00) de mano de obra. G) La Asociación 18 asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la ejecución 19 de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes laborales 20 en la ejecución de la misma. 21 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 22 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 23 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 24 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 25 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 26 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 27 materiales según el presente convenio. 28 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 29 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 30 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.183 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 conocer en su totalidad. 2 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 3 convenio tiene un plazo de ejecución de dos semanas, contadas a partir del 4 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 5 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 6 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 7 su formalización. 8 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 9 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 10 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 11 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 12 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 13 presidente de la misma, señora MARTHA EUGENIA MENDEZ BARAHONA, de 14 calidades dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo 15 electrónico 21martame@gmail.com 16 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 17 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 18 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 19 presente convenio. 20 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 21 la suma de DOS MILLONES CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA 22 Y UN COLONES (¢2.058.661,00) 23 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 24 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 25 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 26 27 28 KAROL SALAS VARGAS MARTHA EUGENIA MENDEZ BARAHONA 29 Alcaldesa A.I. Presidente 30 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.184 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 REFRENDO 2 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 3 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 4 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 5 Carlos. 6 7 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 8 9 ACUERDO N°30.- 10 11 Con base en los oficios MSCCM-SC-0596-2022 emitido por la Secretaría del 12 Concejo Municipal y MSC-AM-0601-2022 de la Administración Municipal, donde 13 remite el oficio MSCAM-SJ-0484-2022, referente al Convenio de Cooperación 31- 14 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 15 Pital "Cierre perimetral del área municipal ubicada en la comunidad de Disneylandia 16 de Pital", se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del 17 Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar 18 el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 19 20 31-2022 CONVENIO DE COOPERACION 21 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 22 DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. "CIERRE 23 PERIMETRAL DEL AREA MUNICIPAL UBICADA EN LA COMUNIDAD DE 24 DISNEYLANDIA DE PITAL" 25 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 26 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 27 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 28 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 29 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 30 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.185 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 2 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 3 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 4 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 5 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 6 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 7 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 8 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y MARTHA 9 EUGENIA MENDEZ BARAHONA, mayor de edad, cédula de identidad número dos 10 ­ trescientos veinte ­ quinientos veintitres, vecina de Pital de San Carlos, Alajuela, 11 en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la 12 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS, 13 inscrita en el Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al 14 Tomo CINCO, Folio SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS, Asiento: MIL QUINIENTOS 15 TREINTA Y UNO, Código de Registro número QUINIENTOS DIECISIETE, del 16 Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultado para celebrar este convenio mediante Acta 17 de Junta Directiva Sesión ordinaria el cuatro de marzo del dos mil veintidós, artículo 18 No. SEIS, acuerdo No. SEIS punto UNO, acta No. SEISCIENTOS DOCE, en 19 adelante denominado la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y 20 complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios 21 de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 22 23 CONSIDERANDO 24 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 25 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 26 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 27 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 28 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 29 las autoridades competentes para ello. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.186 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 2 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 3 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 4 cumplir sus fines. 5 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 6 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 7 para el cumplimiento de sus funciones. 8 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 9 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 10 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 11 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 12 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 13 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 14 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 15 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 16 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 17 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 18 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 19 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 20 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 21 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 22 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 23 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 24 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 25 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 26 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 27VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 28 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 29 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.187 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 2 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 3 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 4 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. 5 "CIERRE PERIMETRAL DEL AREA MUNICIPAL UBICADA EN LA COMUNIDAD 6 DE DISNEYLANDIA DE PITAL" mismo que realiza con fundamento en la normativa 7 legal vigente y las siguientes clausula: 8 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La MUNICIPALIDAD DE SAN 9 CARLOS es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 10 Propiedad, matrícula número DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS 11 OCHENTA Y CUATRO - CERO CERO CERO, que es terreno de potrero y agricultura, 12 sito en el distrito seis, Pital, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide: 13 dos mil ochocientos sesenta y un metros con quince decímetros cuadrados, según 14 plano No A-cero siete cero tres siete ocho cuatro ­ mil novecientos ochenta y siete. 15 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 16 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 17 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 18 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 19 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. 20 "CIERRE PERIMETRAL DEL AREA MUNICIPAL UBICADA EN LA COMUNIDAD DE 21 DISNEYLANDIA DE PITAL," cuyo objeto principal es construir el cierre perimetral de 22 una propiedad municipal facilitando la seguridad a niñas, niños y personas jóvenes 23 que visitan el lugar, de manera que sea un lugar apto para la recreación de forma 24 segura, evitando que el área sea utilizada por otras personas para cometer 25 vandalismo o consumo de drogas y alcohol, según consta en folios CERO CERO 26 SEIS del expediente administrativo N° CERO SEIS- TRESCIENTOS DIECINUEVE- 27 CINCO-CERO UNO-DOS MIL VEINTIDOS. El cual tendrá un costo de DOS 28 MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO DOCE COLONES CON 29 TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (¢2.976.112,36) de los cuales DOS MILLONES 30 SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL CIENTO DOCE COLONES CON TREINTA Y SEIS Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.188 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CÉNTIMOS (¢2.626.112,36) correspondiente a suministros y materiales será 2 aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se 3 realizará el aporte de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS 4 (¢350.000,00) de mano de obra, construcción se habrá de realizar en un terreno 5 propiedad de la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, descrito en la cláusula anterior. 6 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 7 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 8 bien de dominio público de la municipalidad, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y 9 UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 10 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de DOS MILLONES 11 SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL CIENTO DOCE COLONES CON TREINTA Y SEIS 12 CÉNTIMOS (¢2.626.112,36) correspondientes a suministros y materiales según el 13 código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero 14 tres- cero uno y cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero tres- cero dos, 15 presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, será comprado 16 y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable del 17 mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 18 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 19 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 20 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la partida 21 antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION 22 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 23 DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN CARLOS. "CIERRE PERIMETRAL 24 DEL AREA MUNICIPAL UBICADA EN LA COMUNIDAD DE DISNEYLANDIA DE 25 PITAL." B). La ASOCIACION se compromete a custodiar y llevar el control del 26 empleo de los materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALIDAD. C). La 27 ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto 28 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN 29 CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN 30 CARLOS. "CIERRE PERIMETRAL DEL AREA MUNICIPAL UBICADA EN LA Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.189 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 COMUNIDAD DE DISNEYLANDIA DE PITAL." D). La ASOCIACION deberá cumplir 2 con las reglas elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino 3 de los materiales a recibir. E). La ASOCIACION se compromete a realizar todas 4 las gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 5 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 6 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN 7 CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITAL DE SAN 8 CARLOS. "CIERRE PERIMETRAL DEL AREA MUNICIPAL UBICADA EN LA 9 COMUNIDAD DE DISNEYLANDIA DE PITAL." F). La Asociación se compromete 10 aportar para la ejecución del proyecto la suma TRESCIENTOS CINCUENTA MIL 11 COLONES EXACTOS (¢350.000,00) de mano de obra. G) La Asociación asume en 12 su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, 13 cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la 14 ejecución de la misma. 15 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 16 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 17 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 18 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 19 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 20 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 21 materiales según el presente convenio. 22 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 23 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 24 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 25 conocer en su totalidad. 26 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 27 convenio tiene un plazo de ejecución de siete semanas, contadas a partir del 28 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 29 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 30 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de su Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.190 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 formalización. 2 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 3 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 4 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 5 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 6 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 7 presidente de la misma, señora MARTHA EUGENIA MENDEZ BARAHONA, de 8 calidades dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo 9 electrónico 21martame@gmail.com 10 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 11 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 12 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 13 presente convenio. 14 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 15 la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO DOCE 16 COLONES CON TREINTA Y SEIS CÉNTIMOS (¢2.976.112,36) 17 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 18 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 19 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 20 21 22 23 KAROL SALAS VARGAS MARTHA EUGENIA MENDEZ BARAHONA 24 Alcaldesa A.I. Presidente 25 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 26 27 28 REFRENDO 29 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 30 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.191 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 2 Carlos. 3 4 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 5 6 ACUERDO N°31.- 7 8 Con base en los oficios MSCCM-SC-0551-2022 emitido por la Secretaría del 9 Concejo Municipal y MSC-AM-0596-2022 de la Administración Municipal, donde 10 remite el oficio MSCAM-SJ-0477-2022, referente al Convenio de Cooperación 29- 11 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y Junta Administrativa Colegio Técnico 12 Profesional Nataniel Arias Murillo Aguas Zarcas, "reparación de 192 mesas y 60 13 sillas del Colegio Técnico Profesional Nataniel Arias Murillo Aguas Zarcas", se 14 determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien 15 ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 16 cooperación que se detallan a continuación: 17 18 29-2022 CONVENIO DE COOPERACION 19 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL 20 COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE AGUAS ZARCAS."REPARACIÓN DE 192 21 MESAS Y 60 SILLAS DEL COLEGIO TECNICO PROFESIONAL NATANIEL ARIAS 22 MURILLO, AGUAS ZARCAS." 23 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 24 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 25 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 26 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 27 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 28 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 29 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 30 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.192 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 2 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 3 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 4 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 5 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 6 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y DENIA MARITZA 7 ARIAS QUESADA, mayor de edad, vecina de Alajuela, San Carlos, Aguas Zarcas, 8 cédula de identidad número uno ­ ochocientos sesenta y cinco ­ doscientos 9 cuarenta y dos, en condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este 10 acto de la JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL 11 DE AGUAS ZARCAS, cédula jurídica número tres - cero cero ocho ­ siete uno cinco 12 cero cinco, de acuerdo al número de certificación mil dieciséis - dos mil veintiuno, 13 facultado para celebrar este convenio mediante Acta de JUNTA ADMINISTRATIVA 14 DEL COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE AGUAS ZARCAS, Sesión ordinaria 15 celebrada el cinco de abril del dos mil veintidos, artículo No. TRECE, Acuerdo No. 16 TRECE, Acta No. SIETE, en adelante denominado la "JUNTA", CONSIDERANDO: 17 en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente 18 actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las 19 comunidades: 20 21 CONSIDERANDO 22 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es promotor 23 y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, de ahí que 24 es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de sus 25 necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las condiciones 26 de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con las 27 autoridades competentes para ello. 28 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 29 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.193 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 2 cumplir sus fines. 3 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 4 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 5 para el cumplimiento de sus funciones. 6 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 7 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 8 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 9 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 10 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 11 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 12 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 13 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 14 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 15 V. Son fines de la educación costarricense, según se estatuye en el artículo dos de 16 la Ley Fundamental de Educación, la formación de ciudadanos amantes de su 17 patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y sus libertades 18 fundamentales, con profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la 19 dignidad humana; contribuir al desenvolvimiento pleno de la personalidad 20 humana y estimular el desarrollo de la solidaridad y la comprensión humana, 21 entre otros. 22 VI. El artículo tres de la misma Ley Fundamental de Educación establece que, para 23 el cumplimiento de los fines expresados la escuela costarricense debe procurar 24 el mejoramiento de la salud mental, moral y física de la colectividad, además el 25 desarrollo intelectual del hombre y sus valores éticos, estéticos y religiosos; así 26 como desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias 27 individuales entre otros. 28VII. Que el Código de Educación, Ley N° Ciento ochenta y uno, del dieciocho de 29 agosto de mil novecientos cuarenta y cuatro, y la Ley Fundamental de Educación 30 N° dos mil ciento sesenta del veinticinco de setiembre de mil novecientos Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.194 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 cincuenta y siete y sus reformas, les otorgan a las Juntas de Educación y Juntas 2 Administrativas plena personalidad jurídica" y patrimonios propios. 3VIII. Las Juntas de Educación actuarán como delegaciones de las Municipalidades y 4 serán organismos auxiliares de la Administración Pública y servirán, a la vez, 5 como agencias para asegurar la integración de la comunidad y la escuela 6 (artículo cuarenta y dos de la Ley Fundamental de Educación). 7 IX. Que de conformidad con lo establecido en el artículo número treinta y uno incisos 8 f) e i) del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, 9 Decreto Número TRES OCHO DOS CUATRO NUEVE-MEP de fecha diez de 10 febrero de dos mil catorce, las Juntas, Son funciones y atribuciones de las Juntas 11 las siguientes: Formular proyectos para el desarrollo de infraestructura educativa 12 haciendo uso de los prototipos o modelos contextualizados y establecidos por la 13 DIEE; Gestionar el desarrollo de proyectos para el mejoramiento y 14 mantenimiento de la infraestructura física del centro educativo. 15 X. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 16 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 17 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 18 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 19 XI. Tanto la MUNICIPALIDAD como la JUNTA, desean unir esfuerzos, con el fin de 20 establecer una mejor condición de vida para la población de sus comunidades, 21 esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 22 23 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 24 MUNICIPALIDAD y la JUNTA, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 25 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA 26 ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE AGUAS 27 ZARCAS. "REPARACIÓN DE 192 MESAS Y 60 SILLAS DEL COLEGIO TECNICO 28 PROFESIONAL NATANIEL ARIAS MURILLO, AGUAS ZARCAS" de un bien 29 propiedad de la JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TÉCNICO 30 PROFESIONAL DE AGUAS ZARCAS, lo cual realizan de la siguiente manera: Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.195 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE AGUAS ZARCAS es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TRECE­ CERO CERO CERO, naturaleza: edificio destinado a colegio, Situado en el Distrito Cuatro AGUAS ZARCAS, del Cantón Décimo SAN CARLOS, de la Provincia de Alajuela. Linda al norte: con calle pública con setenta y seis metros y noventa y cuatro centímetros de frente, sur: Aserradero Aguas Zarcas, este: calle pública con seiscientos cincuenta y nueve metros de frente, y oeste: Francisco Gómez Mora y otros. Mide: SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA METROS CON SESENTA DECIMETROS CUADRADOS, plano A-cero nueve cero dos ocho cinco nueve-mil novecientos noventa. 1 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 2 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 3 MUNICIPALIDAD y la JUNTA el proyecto denominado CONVENIO DE 4 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA 5 ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE AGUAS 6 ZARCAS. "REPARACIÓN DE 192 MESAS Y 60 SILLAS DEL COLEGIO TECNICO 7 PROFESIONAL NATANIEL ARIAS MURILLO, AGUAS ZARCAS" el cual consiste 8 en gestionar la reparación de un total de ciento noventa y dos mesas y sesenta sillas 9 instalando sobres, respaldares y sentaderos para equipar en mejor manera treinta y 10 tres aulas académicas que se cuenta en el colegio Técnico Profesional Nataniel Arias 11 Murillo de Aguas Zarcas, esto con el apoyo de la Municipalidad de San Carlos y aporte 12 de parte de la Junta Administrativa de la institución. Mejoras que tendrán un costo de 13 UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTIDOS 14 COLONES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (¢1.247.122,99) de los cuales 15 SETECIENTOS CUATRO MIL COLONES (¢704.000,00) serán aportados por la 16 Municipalidad de San Carlos en materiales y suministros de construcción, y los 17 restantes QUINIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS SESENTA COLONES Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.196 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 (¢520.560,00) por concepto mano de obra y VEINTIDOS MIL QUINIENTOS 2 SESENTA Y DOS COLONES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (¢22.562,99) 3 por concepto otros materiales y suministros de construcción corresponden al aporte 4 a realizar por parte de la comunidad, para las mejoras a infraestructura ubicada en la 5 propiedad descrita en la cláusula primera. 6 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 7 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 8 bien de dominio público de la JUNTA ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TÉCNICO 9 PROFESIONAL DE AGUAS ZARCAS, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y UNO- 10 DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución del 11 presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de SETECIENTOS CUATRO 12 MIL COLONES (¢704.000,00) según el código presupuestario número cinco-cero 13 tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero tres-cero seis, presupuesto ordinario. El 14 material que se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia de 15 la JUNTA quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo conforme 16 al perfil de proyecto antes mencionado. 17 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA JUNTA La JUNTA se compromete a lo 18 siguiente: A). La JUNTA se compromete a utilizar los materiales que se adquieran 19 mediante los recursos que se ejecutaran de la partida antes descrita, en el 20 proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 21 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL 22 COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE AGUAS ZARCAS. "REPARACIÓN DE 23 192 MESAS Y 60 SILLAS DEL COLEGIO TECNICO PROFESIONAL NATANIEL 24 ARIAS MURILLO, AGUAS ZARCAS." B). La JUNTA se compromete a custodiar y 25 llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte de la 26 MUNICIPALDIAD. C). La JUNTA se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del 27 proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 28 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL 29 COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE AGUAS ZARCAS. "REPARACIÓN DE 30 192 MESAS Y 60 SILLAS DEL COLEGIO TECNICO PROFESIONAL NATANIEL Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.197 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ARIAS MURILLO, AGUAS ZARCAS." D). La JUNTA deberá cumplir con las reglas 2 elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales 3 a recibir. E). La JUNTA se compromete a realizar todas las gestiones legales y 4 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 5 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE 6 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA 7 ADMINISTRATIVA DEL COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE AGUAS 8 ZARCAS. "REPARACIÓN DE 192 MESAS Y 60 SILLAS DEL COLEGIO TECNICO 9 PROFESIONAL NATANIEL ARIAS MURILLO, AGUAS ZARCAS." F). La JUNTA 10 se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de QUINIENTOS 11 VEINTE MIL QUINIENTOS SESENTA COLONES (¢520.560,00) por concepto mano 12 de obra y VEINTIDOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS COLONES CON 13 NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (¢22.562,99) por concepto otros materiales y 14 suministros de construcción. G) La Junta asume en su totalidad las obligaciones y 15 responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y responsabilidades 16 patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de la misma. 17 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 18 INFORMES La JUNTA, deberá mantener ordenado bajo custodia y 19 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 20 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 21 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la JUNTA se obliga a rendir un informe 22 final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los materiales 23 según el presente convenio. 24 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La JUNTA se obliga a cumplir con 25 lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría General de 26 la República, la cual manifiesta el presidente de la JUNTA conocer en su totalidad. 27 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 28 convenio tiene un plazo de ejecución de CUATRO SEMANAS, contadas a partir 29 del momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la JUNTA del aporte en 30 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.198 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de su 2 formalización y un plazo de ejecución de DOS MESES, conforme el cronograma 3 de actividades que consta al folio siete del expediente administrativo no. CERO 4 CUATRO-TRESCIENTOS DIECINUEVE-UNO-CERO UNO-DOS MIL VEINTIDOS. 5 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 6 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 7 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 8 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 9 como responsable del proyecto por parte de la JUNTA la señora DENIA MARITZA 10 ARIAS QUESADA, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo 11 electrónico: dafnia1973@gmail.com 12 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 13 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la JUNTA a la 14 Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 15 presente convenio. 16 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 17 la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO 18 VEINTIDOS COLONES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (¢1.247.122,99) 19 20 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 21 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 22 Carlos a los ______ días de ______ del año dos mil veintidós. 23 24 25 KAROL SALAS VARGAS DENIA MARITZA ARIAS QUESADA 26 ALCALDESA a.i. PRESIDENTE 27 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS JUNTA DE EDUCACION 28 29 REFRENDO 30 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.199 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 2 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 3 Carlos. 4 5 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 6 7 ACUERDO N°32.- 8 9 Con base en los oficios MSCCM-SC-0552-2022 emitido por la Secretaría del 10 Concejo Municipal y MSC-AM-0597-2022 de la Administración Municipal, donde 11 remite el oficio MSCAM-SJ-0476-2022, referente al Convenio de Cooperación 28- 12 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y Junta Educación Escuela Tres 13 Esquinas de La Fortuna, "cambio de zinc del pabellón principal de la Escuela Tres 14 Esquinas de la Fortuna", se determina, autorizar a la Administración Municipal, en 15 la persona del Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del 16 otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 17 18 28-2022 CONVENIO DE COOPERACION 19 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN 20 DE ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA. 21 "CAMBIO DE ZINC DEL PABELLÓN PRINCIPAL DE LA ESCUELA TRES 22 ESQUINAS DE LA FORTUNA." 23 24 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 25 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 26 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 27 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 28 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 29 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 30 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.200 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 2 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 3 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 4 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 5 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 6 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 7 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y ANGIE 8 VANESSA SALAZAR MADRIGAL, mayor de edad, vecina de Alajuela, San Carlos, 9 Tres Esquinas de La Fortuna, cédula de identidad número dos ­ seiscientos ochenta 10 y tres ­ doscientos ochenta y cuatro, en condición de PRESIDENTE con facultades 11 suficientes para este acto de la JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA TRES 12 ESQUINAS DE LA FORTUNA, cédula jurídica número tres - cero cero ocho ­ cero 13 nueve dos uno cero nueve, de acuerdo al número de certificación cero doscientos 14 nueve - dos mil veintidós, facultada para celebrar este convenio mediante Acta de 15 Junta de Educación de la ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA, Sesión 16 ordinaria celebrada el nueve de marzo del dos mil veintidos, artículo No. SIETE, 17 Acuerdo No. SIETE, Acta No. TRES-VEINTIDOS, en adelante denominado la 18 "JUNTA", CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para 19 ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones 20 de vida en beneficio de las comunidades: 21 22 CONSIDERANDO 23 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es promotor 24 y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, de ahí que 25 es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de sus 26 necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las condiciones 27 de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con las 28 autoridades competentes para ello. 29 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 30 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.201 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 2 cumplir sus fines. 3 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 4 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 5 para el cumplimiento de sus funciones. 6 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 7 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 8 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 9 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 10 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 11 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 12 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 13 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 14 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 15 V. Son fines de la educación costarricense, según se estatuye en el artículo dos de 16 la Ley Fundamental de Educación, la formación de ciudadanos amantes de su 17 patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y sus libertades 18 fundamentales, con profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la 19 dignidad humana; contribuir al desenvolvimiento pleno de la personalidad 20 humana y estimular el desarrollo de la solidaridad y la comprensión humana, 21 entre otros. 22 VI. El artículo tres de la misma Ley Fundamental de Educación establece que, para 23 el cumplimiento de los fines expresados la escuela costarricense debe procurar 24 el mejoramiento de la salud mental, moral y física de la colectividad, además el 25 desarrollo intelectual del hombre y sus valores éticos, estéticos y religiosos; así 26 como desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias 27 individuales entre otros. 28VII. Que el Código de Educación, Ley N° Ciento ochenta y uno, del dieciocho de 29 agosto de mil novecientos cuarenta y cuatro, y la Ley Fundamental de Educación 30 N° dos mil ciento sesenta del veinticinco de setiembre de mil novecientos Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.202 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 cincuenta y siete y sus reformas, les otorgan a las Juntas de Educación y Juntas 2 Administrativas plena personalidad jurídica" y patrimonios propios. 3VIII. Las Juntas de Educación actuarán como delegaciones de las Municipalidades y 4 serán organismos auxiliares de la Administración Pública y servirán, a la vez, 5 como agencias para asegurar la integración de la comunidad y la escuela 6 (artículo cuarenta y dos de la Ley Fundamental de Educación). 7 IX. Que de conformidad con lo establecido en el artículo número treinta y uno incisos 8 f) e i) del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, 9 Decreto Número TRES OCHO DOS CUATRO NUEVE-MEP de fecha diez de 10 febrero de dos mil catorce, las Juntas, Son funciones y atribuciones de las Juntas 11 las siguientes: Formular proyectos para el desarrollo de infraestructura educativa 12 haciendo uso de los prototipos o modelos contextualizados y establecidos por la 13 DIEE; Gestionar el desarrollo de proyectos para el mejoramiento y 14 mantenimiento de la infraestructura física del centro educativo. 15 X. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 16 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 17 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 18 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 19 XI. Tanto la MUNICIPALIDAD como la JUNTA, desean unir esfuerzos, con el fin de 20 establecer una mejor condición de vida para la población de sus comunidades, 21 esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 22 23 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 24 MUNICIPALIDAD y la JUNTA, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 25 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE 26 EDUCACIÓN DE ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA. "CAMBIO DE 27 ZINC DEL PABELLÓN PRINCIPAL DE LA ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA 28 FORTUNA," de un bien propiedad de la JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA 29 TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA, lo cual realizan de la siguiente manera: Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.203 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA, es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE­ CERO CERO CERO, naturaleza: terreno para uso de escuela y zona verde, Situado en el Distrito Siete LA FORTUNA, del Cantón Décimo SAN CARLOS, de la Provincia de Alajuela. Linda al norte: calle pública y Asociación de Desarrollo Integral de Tres Esquinas de La Fortuna de San Carlos, sur: Asociación de Desarrollo Integral de Tres Esquinas de La Fortuna de San Carlos y Marco Tulio Rodriguez Murillo, este: Temporalidades de la Diócesis de Ciudad Quesada y Marco Tulio Rodriguez Murillo, y oeste: calle pública y Asociación de Desarrollo Integral de Tres Esquinas de La Fortuna de San Carlos. Mide: SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y UN METROS CON CUARENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS, plano A-cero nueve seis tres uno dos cinco-dos mil cuatro. 1 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 2 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 3 MUNICIPALIDAD y la JUNTA el proyecto denominado CONVENIO DE 4 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE 5 EDUCACIÓN DE ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA. "CAMBIO DE 6 ZINC DEL PABELLÓN PRINCIPAL DE LA ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA 7 FORTUNA," el cual consiste en cambiar el techado del pabellón principal (comedor 8 escolar, oficina de orientación y aula uno) con el aporte de la Municipalidad de San 9 Carlos y padres de familia de la comunidad con el fin de brindar a la población 10 estudiantil un servicio de calidad como respuesta al cumplimiento y protección de los 11 derechos de los estudiantes de la Escuela Tres Esquinas de La Fortuna. Mejoras que 12 tendrán un costo de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO 13 MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS COLONES CON NOVENTA Y SIETE 14 CENTIMOS (¢4.435.836,97) de los cuales TRES MILLONES TRESCIENTOS 15 SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA COLONES CON VEINTIUN Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.204 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CENTIMOS (¢3.372.730,21) serán aportados por la Municipalidad de San Carlos en 2 materiales y suministros de construcción, y los restantes NOVECIENTOS 3 CINCUENTA MIL COLONES (¢950.000,00) por concepto mano de obra y UN 4 MILLÓN SESENTA Y TRES MIL CIENTO SEIS COLONES (¢1.063.106,76) de 5 materiales y suministros de construcción, corresponden al aporte a realizar por parte 6 de la comunidad, para las mejoras a infraestructura ubicada en la propiedad descrita 7 en la cláusula primera. 8 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 9 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 10 bien de dominio público de la JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA TRES 11 ESQUINAS DE LA FORTUNA, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y UNO-DOS 12 MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución del presente 13 proyecto la Municipalidad realizara un aporte de TRES MILLONES TRESCIENTOS 14 SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA COLONES CON VEINTIUN 15 CENTIMOS (¢3.372.730,21) según el código presupuestario número cinco-cero 16 tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero tres-cero uno, presupuesto ordinario. El 17 material que se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia de 18 la JUNTA quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo conforme 19 al perfil de proyecto antes mencionado. 20 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA JUNTA La JUNTA se compromete a lo 21 siguiente: A). La JUNTA se compromete a utilizar los materiales que se adquieran 22 mediante los recursos que se ejecutaran de la partida antes descrita, en el 23 proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 24 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA 25 TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA. "CAMBIO DE ZINC DEL PABELLÓN 26 PRINCIPAL DE LA ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA." B). La 27 JUNTA se compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales 28 a suministrar por parte de la MUNICIPALIDAD. C). La JUNTA se obliga a 29 cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE 30 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.205 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 EDUCACIÓN DE ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA. "CAMBIO DE 2 ZINC DEL PABELLÓN PRINCIPAL DE LA ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA 3 FORTUNA." D). La JUNTA deberá cumplir con las reglas elementales de lógica, 4 justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). La 5 JUNTA se compromete a realizar todas las gestiones legales y administrativas 6 necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para ejecutar y dar 7 mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE 8 LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE 9 ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA. "CAMBIO DE ZINC DEL 10 PABELLÓN PRINCIPAL DE LA ESCUELA TRES ESQUINAS DE LA FORTUNA." 11 F). La JUNTA se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma de 12 NOVECIENTOS CINCUENTA MIL COLONES (¢950.000,00) por concepto mano de 13 obra y UN MILLÓN SESENTA Y TRES MIL CIENTO SEIS COLONES 14 (¢1.063.106,76) en materiales y suministros de construcción. G) La Junta asume en 15 su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, 16 cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la 17 ejecución de la misma. 18 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 19 INFORMES La JUNTA, deberá mantener ordenado bajo custodia y 20 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 21 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 22 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la JUNTA se obliga a rendir un informe 23 final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los materiales 24 según el presente convenio. 25 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La JUNTA se obliga a cumplir con 26 lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría General de 27 la República, la cual manifiesta el presidente de la JUNTA conocer en su totalidad. 28 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 29 convenio tiene un plazo de ejecución de TRES SEMANAS, contadas a partir del 30 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la JUNTA del aporte en Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.206 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 2 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de su 3 formalización y un plazo de ejecución de DOS MESES, conforme el cronograma 4 de actividades que consta al folio siete del expediente administrativo no. CERO 5 SIETE-TRESCIENTO DIECINUEVE-UNO-CERO UNO-DOS MIL VEINTIDOS. 6 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 7 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 8 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 9 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 10 como responsable del proyecto por parte de la JUNTA la señora ANGIE VANESSA 11 SALAZAR MADRIGAL, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo 12 electrónico: 3008092109@junta.mep.go.cr 13 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 14 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la JUNTA a la 15 Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 16 presente convenio. 17 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 18 la suma de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL 19 OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS COLONES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS 20 (¢4.435.836,97). 21 22 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 23 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 24 Carlos a los ______ días de ______ del año dos mil veintidós. 25 26 27 28 KAROL SALAS VARGAS ANGIE VANESSA SALAZAR MADRIGAL 29 ALCALDESA a.i. PRESIDENTE 30 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS JUNTA DE EDUCACION Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.207 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 REFRENDO 2 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 3 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 4 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 5 Carlos. 6 7 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 8 9 ACUERDO N°33.- 10 11 Con base en los oficios MSCCM-SC-0553-2022 emitido por la Secretaría del 12 Concejo Municipal y MSC-AM-0599-2022 de la Administración Municipal, donde 13 remite el oficio MSCAM-SJ-0487-2022, referente al Convenio de Cooperación 34- 14 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y Junta Educación Escuela San Alejo de 15 Pocosol, "IV etapa construcción del Salón Multiusos Escuela San Alejo", se 16 determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien 17 ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 18 cooperación que se detallan a continuación: 19 20 34-2022 CONVENIO DE COOPERACION 21 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN 22 DE ESCUELA SAN ALEJO DE POCOSOL. 23 "IV ETAPA CONSTRUCCIÓN DEL SALÓN MULTIUSOS ESCUELA SAN 24 ALEJO." 25 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 26 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 27 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 28 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 29 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 30 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.208 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 2 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 3 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 4 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 5 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 6 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 7 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 8 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y ERGIN ANDRÉS 9 JARA GONZALEZ, mayor de edad, vecino de Alajuela, San Carlos, San Alejo de 10 Pocosol, cédula de identidad número dos ­ quinientos noventa y ocho ­ ochocientos 11 quince, en condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de 12 la JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA SAN ALEJO DE POCOSOL, cédula 13 jurídica número tres - cero cero ocho ­ uno cero cero tres cuatro seis, de acuerdo 14 al número de certificación cero doscientos ochenta y uno - dos mil veintiuno, 15 facultada para celebrar este convenio mediante Acta de JUNTA DE EDUCACIÓN 16 DE ESCUELA SAN ALEJO DE POCOSOL, Sesión ordinaria celebrada el dieciocho 17 de marzo del dos mil veintidós, artículo No. CUATRO, Acuerdo No. CUATRO, Acta 18 No. CERO CERO TRES-VEINTIDOS, en adelante denominado la "JUNTA", 19 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 20 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 21 en beneficio de las comunidades: 22 23 CONSIDERANDO 24 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es promotor 25 y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, de ahí que 26 es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de sus 27 necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las condiciones 28 de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con las 29 autoridades competentes para ello. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.209 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 2 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 3 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 4 cumplir sus fines. 5 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 6 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 7 para el cumplimiento de sus funciones. 8 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 9 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 10 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 11 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos ellos 12 bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración del 13 Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo parte 14 de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las Municipalidades, el 15 dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio público que se 16 encuentran bajo su administración y custodia. 17 V. Son fines de la educación costarricense, según se estatuye en el artículo dos de 18 la Ley Fundamental de Educación, la formación de ciudadanos amantes de su 19 patria, conscientes de sus deberes, de sus derechos y sus libertades 20 fundamentales, con profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la dignidad 21 humana; contribuir al desenvolvimiento pleno de la personalidad humana y 22 estimular el desarrollo de la solidaridad y la comprensión humana, entre otros. 23 VI. El artículo tres de la misma Ley Fundamental de Educación establece que, para el 24 cumplimiento de los fines expresados la escuela costarricense debe procurar el 25 mejoramiento de la salud mental, moral y física de la colectividad, además el 26 desarrollo intelectual del hombre y sus valores éticos, estéticos y religiosos; así 27 como desarrollar aptitudes, atendiendo adecuadamente las diferencias 28 individuales entre otros. 29VII. Que el Código de Educación, Ley N° Ciento ochenta y uno, del dieciocho de agosto 30 de mil novecientos cuarenta y cuatro, y la Ley Fundamental de Educación N° dos Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.210 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 mil ciento sesenta del veinticinco de setiembre de mil novecientos cincuenta y siete 2 y sus reformas, les otorgan a las Juntas de Educación y Juntas Administrativas 3 plena personalidad jurídica" y patrimonios propios. 4VIII. Las Juntas de Educación actuarán como delegaciones de las Municipalidades y 5 serán organismos auxiliares de la Administración Pública y servirán, a la vez, como 6 agencias para asegurar la integración de la comunidad y la escuela (artículo 7 cuarenta y dos de la Ley Fundamental de Educación). 8 IX. Que de conformidad con lo establecido en el artículo número treinta y uno incisos 9 f) e i) del Reglamento General de Juntas de Educación y Juntas Administrativas, 10 Decreto Número TRES OCHO DOS CUATRO NUEVE-MEP de fecha diez de 11 febrero de dos mil catorce, las Juntas, Son funciones y atribuciones de las Juntas 12 las siguientes: Formular proyectos para el desarrollo de infraestructura educativa 13 haciendo uso de los prototipos o modelos contextualizados y establecidos por la 14 DIEE; Gestionar el desarrollo de proyectos para el mejoramiento y mantenimiento 15 de la infraestructura física del centro educativo. 16 X. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 17 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 18 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en los 19 bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 20 XI. Tanto la MUNICIPALIDAD como la JUNTA, desean unir esfuerzos, con el fin de 21 establecer una mejor condición de vida para la población de sus comunidades, 22 esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 23 24 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 25 MUNICIPALIDAD y la JUNTA, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 26 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE 27 EDUCACIÓN DE ESCUELA SAN ALEJO DE POCOSOL. "IV ETAPA 28 CONSTRUCCIÓN DEL SALÓN MULTIUSOS ESCUELA SAN ALEJO" de un bien 29 propiedad de la JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA SAN ALEJO DE POCOSOL, 30 lo cual realizan de la siguiente manera: Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.211 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA SAN ALEJO DE POCOSOL es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, matrícula número DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCO­ CERO CERO CERO, naturaleza: terreno para vivienda asentamientos San Alejo lote nueve-uno, Situado en el Distrito trece POCOSOL, del Cantón Décimo SAN CARLOS, de la Provincia de Alajuela. Linda al norte: Wilberth Solorzano, sur: calle pública, este: plaza de deportes, y oeste: Wilberth Solorzano. Mide: SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CON TREINTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS, plano A-cero cero tres dos uno tres siete-mil novecientos noventa y dos. 1 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 2 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 3 MUNICIPALIDAD y la JUNTA el proyecto denominado CONVENIO DE 4 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE 5 EDUCACIÓN DE ESCUELA SAN ALEJO DE POCOSOL. "IV ETAPA 6 CONSTRUCCIÓN DEL SALÓN MULTIUSOS ESCUELA SAN ALEJO," el cual 7 consiste en mejorar la infraestructura de la Escuela de San Alejo de Pocosol, 8 realizando la IV Etapa de Construcción de Salón Multiuso de la Escuela San Alejo, 9 proyecto que se llevará a cabo con la colaboración y coordinación de la Municipalidad 10 de San Carlos, Junta de Educación y los padres de familia, para que los y las 11 estudiantes, docentes y padres de familia tengan el espacio adecuado para poder 12 realizar las diferentes actividades en la institución educativa. Mejoras que tendrán un 13 costo de TRES MILLONES OCHENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES 14 COLONES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (¢3.080.873,62) de los cuales DOS 15 MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS 16 COLONES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (¢2.504.666,69) serán aportados 17 por la Municipalidad de San Carlos en materiales y suministros de construcción, y los 18 restantes QUINIENTOS MIL COLONES (¢500.000,00) por concepto mano de obra y 19 SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SEIS COLONES CON NOVENTA Y TRES Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.212 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CENTIMOS (¢76.206,93) de otros materiales y suministros de construcción, 2 corresponden al aporte a realizar por parte de la comunidad, para las mejoras a 3 infraestructura ubicada en la propiedad descrita en la cláusula primera. 4 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 5 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 6 bien de dominio público de la JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA SAN ALEJO 7 DE POCOSOL, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y UNO-DOS MIL ONCE del 8 dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución del presente proyecto la 9 Municipalidad realizara un aporte de DOS MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL 10 SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS COLONES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS 11 (¢2.504.666,69) según el código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno- 12 cero nueve-cero dos-cero tres-cero uno, presupuesto ordinario. El material que se 13 adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia de la JUNTA quien 14 será la responsable del mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de 15 proyecto antes mencionado. 16 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA JUNTA La JUNTA se compromete a lo 17 siguiente: A). La JUNTA se compromete a utilizar los materiales que se adquieran 18 mediante los recursos que se ejecutaran de la partida antes descrita, en el 19 proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 20 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA 21 SAN ALEJO DE POCOSOL. "IV ETAPA CONSTRUCCIÓN DEL SALÓN 22 MULTIUSOS ESCUELA SAN ALEJO." B). La JUNTA se compromete a custodiar 23 y llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte de la 24 MUNICIPALIDAD. C). La JUNTA se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del 25 proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 26 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA 27 SAN ALEJO DE POCOSOL. "IV ETAPA CONSTRUCCIÓN DEL SALÓN 28 MULTIUSOS ESCUELA SAN ALEJO." D). La JUNTA deberá cumplir con las 29 reglas elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de 30 los materiales a recibir. E). La JUNTA se compromete a realizar todas las Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.213 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 2 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 3 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 4 SAN CARLOS Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE ESCUELA SAN ALEJO DE 5 POCOSOL. "IV ETAPA CONSTRUCCIÓN DEL SALÓN MULTIUSOS ESCUELA 6 SAN ALEJO." F). La JUNTA se compromete aportar para la ejecución del proyecto 7 la suma de QUINIENTOS MIL COLONES (¢500.000,00) por concepto mano de obra 8 y SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SEIS COLONES CON NOVENTA Y TRES 9 CENTIMOS (¢76.206,93) de otros materiales y suministros de construcción. G) La 10 Junta asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la 11 ejecución de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes 12 laborales en la ejecución de la misma. 13 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 14 INFORMES La JUNTA, deberá mantener ordenado bajo custodia y 15 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 16 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 17 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la JUNTA se obliga a rendir un informe 18 final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los materiales 19 según el presente convenio. 20 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La JUNTA se obliga a cumplir con 21 lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría General de 22 la República, la cual manifiesta el presidente de la JUNTA conocer en su totalidad. 23 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 24 convenio tiene un plazo de ejecución de CINCO SEMANAS, contadas a partir del 25 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la JUNTA del aporte en 26 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 27 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de su 28 formalización y un plazo de ejecución de DOS MESES, conforme el cronograma 29 de actividades que consta al folio siete del expediente administrativo no. TRECE- 30 TRESCIENTO DIECINUEVE-UNO-CERO UNO-DOS MIL VEINTIDOS. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.214 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 2 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 3 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 4 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 5 como responsable del proyecto por parte de la JUNTA la señor ERGIN ANDRÉS 6 JARA GONZALEZ, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo 7 electrónico: 3008100346junta@mep.go.cr 8 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 9 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la JUNTA a la 10 Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 11 presente convenio. 12 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 13 la suma de TRES MILLONES OCHENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES 14 COLONES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (¢3.080.873,62). 15 16 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 17 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 18 Carlos a los ______ días de ______ del año dos mil veintidós. 19 20 21 KAROL SALAS VARGAS ERGIN ANDRÉS JARA GONZALEZ 22 ALCALDESA a.i. PRESIDENTE 23 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS JUNTA DE EDUCACION 24 25 REFRENDO 26 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 27 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 28 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 29 Carlos. 30 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.215 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ACUERDO N°34.- 2 3 Con base en los oficios MSCCM-SC-0554-2022 emitido por la Secretaría del 4 Concejo Municipal y MSC-AM-0600-2022 de la Administración Municipal, donde 5 remite el oficio MSCAM-SJ-0486-2022, referente al Convenio de Cooperación 33- 6 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 7 Santa Fe de Aguas Zarcas, "cierre parcial con malla de lote municipal", se 8 determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien 9 ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 10 cooperación que se detallan a continuación: 11 12 33-2022 CONVENIO DE COOPERACION 13 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 14 DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA FE DE AGUAS ZARCAS, SAN CARLOS, 15 ALAJUELA. "CIERRE PARCIAL CON MALLA DE LOTE MUNICIPAL" 16 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 17 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 18 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 19 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 20 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 21 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 22 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 23 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 24 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 25 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 26 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 27 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 28 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 29 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y MARJORIE 30 MARIA CAMPOS SOTO, mayor de edad, cédula de identidad número dos ­ Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.216 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 cuatrocientos treinta y dos ­ setecientos treinta y uno, vecina de Aguas Zarcas de 2 San Carlos, Alajuela, en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes 3 para este acto de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA FE 4 DE AGUAS ZARCAS, SAN CARLOS, inscrita en el Registro Público de 5 Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo VEINTINUEVE, Folio 6 OCHENTA Y NUEVE, Asiento: CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO, 7 Código de Registro número MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE, del Cantón 8 Alajuela ­ San Carlos, facultado para celebrar este convenio mediante Acta de 9 Junta Directiva Sesión ordinaria el cuatro de abril del dos mil veintidós, artículo No. 10 DOS, acuerdo No. DOS, acta No. TRESCIENTOS CINCO, en adelante denominado 11 la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de 12 esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento 13 de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 14 CONSIDERANDO 15 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 16 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 17 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 18 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 19 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 20 las autoridades competentes para ello. 21 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 22 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 23 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 24 cumplir sus fines. 25 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 26 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 27 para el cumplimiento de sus funciones. 28 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 29 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 30 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.217 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 2 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 3 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 4 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 5 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 6 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 7 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 8 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 9 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 10 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 11 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 12 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 13 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 14 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 15 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 16 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 17VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 18 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 19 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 20 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 21 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 22 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 23 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA FE DE AGUAS ZARCAS, 24 SAN CARLOS, ALAJUELA. "CIERRE PARCIAL CON MALLA DE LOTE 25 MUNICIPAL" mismo que realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las 26 siguientes clausula: 27 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La MUNICIPALIDAD DE SAN 28 CARLOS es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 29 Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL 30 SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE - CERO CERO CERO, que es terreno para Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.218 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 construir, sito en el distrito cuatro, Aguas Zarcas, cantón diez, San Carlos, de la 2 provincia de Alajuela, Mide: trescientos metros cuadrados, según plano No A-uno tres 3 seis seis nueve dos cero ­ dos mil nueve. 4 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 5 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 6 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 7 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 8 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA FE DE AGUAS ZARCAS, 9 SAN CARLOS, ALAJUELA. "CIERRE PARCIAL CON MALLA DE LOTE 10 MUNICIPAL" cuyo objeto principal es construir una malla perimetral en dos de los 11 lados de un lote municipal ubicado a setenta y cinco metros al sur de la oficina del 12 Acueducto Rural ASA Cinco, en Santa Fe de aguas Zarcas, la misma estará 13 construida con la ayuda de materiales donados por la Municipalidad de San Carlos, 14 y la mano de obra será donada por los vecinos del lugar, minimizando así el problema 15 de daños a estructuras, pertenencias y la integridad física de los vecinos, según 16 consta en folios CERO CERO CINCO del expediente administrativo N° CERO 17 CUATRO- TRESCIENTOS DIECINUEVE-CINCO-CERO UNO-DOS MIL 18 VEINTIDOS. El cual tendrá un costo de UN MILLÓN CUATROCIENTOS 19 CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS COLONES CON 20 SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (¢1.455.592,74) de los cuales UN MILLÓN 21 NOVENTA MIL SEISCIENTOS DOS COLONES CON NOVENTA Y CINCO 22 CENTIMOS (¢1.090.602,95) correspondiente a suministros y materiales será 23 aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se 24 realizará el aporte de TRESCIENTOS MIL COLONES EXACTOS (¢300.000,00) de 25 mano de obra, construcción se habrá de realizar en un terreno propiedad de la 26 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, descrito en la cláusula anterior. 27 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 28 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 29 bien de dominio público de la municipalidad, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA 30 Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.219 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de UN MILLÓN 2 NOVENTA MIL SEISCIENTOS DOS COLONES CON NOVENTA Y CINCO 3 CENTIMOS (¢1.090.602,95) correspondientes a suministros y materiales según el 4 código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero 5 tres- cero uno y cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero tres- cero dos, 6 presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, será 7 comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable del 8 mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 9 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 10 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 11 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 12 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 13 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 14 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA FE DE AGUAS ZARCAS, 15 SAN CARLOS, ALAJUELA. "CIERRE PARCIAL CON MALLA DE LOTE 16 MUNICIPAL." B). La ASOCIACION se compromete a custodiar y llevar el control 17 del empleo de los materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALIDAD. C). 18 La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto 19 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 20 SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA FE 21 DE AGUAS ZARCAS, SAN CARLOS, ALAJUELA. "CIERRE PARCIAL CON 22 MALLA DE LOTE MUNICIPAL." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las 23 reglas elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de 24 los materiales a recibir. E). La ASOCIACION se compromete a realizar todas las 25 gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 26 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 27 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 28 SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SANTA FE 29 DE AGUAS ZARCAS, SAN CARLOS, ALAJUELA. "CIERRE PARCIAL CON 30 MALLA DE LOTE MUNICIPAL." F). La Asociación se compromete aportar para la Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.220 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ejecución del proyecto la suma TRESCIENTOS MIL COLONES EXACTOS 2 (¢300.000,00) de mano de obra. G) La Asociación asume en su totalidad las 3 obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y 4 responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de 5 la misma. 6 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 7 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 8 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 9 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 10 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 11 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 12 materiales según el presente convenio. 13 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 14 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 15 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 16 conocer en su totalidad. 17 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 18 convenio tiene un plazo de ejecución de cuatro semanas, contadas a partir del 19 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 20 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 21 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 22 su formalización. 23 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 24 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 25 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 26 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 27 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 28 presidente de la misma, señora MARJORIE MARIA CAMPOS SOTO, de calidades 29 dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo electrónico 30 adisantafe18@gmail.com Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.221 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 2 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 3 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 4 presente convenio. 5 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 6 la suma de UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL 7 QUINIENTOS NOVENTA Y DOS COLONES CON SETENTA Y CUATRO 8 CÉNTIMOS (¢1.455.592,74) 9 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 10 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 11 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 12 13 14 KAROL SALAS VARGAS MARJORIE MARIA CAMPOS SOTO 15 Alcaldesa A.I. Presidente 16 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 17 18 REFRENDO 19 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 20 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 21 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 22 Carlos. 23 24 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 25 26 ACUERDO N°35.- 27 28 Con base en los oficios MSCCM-SC-0550-2022 emitido por la Secretaría del 29 Concejo Municipal y MSC-AM-0595-2022 de la Administración Municipal, donde 30 remite el oficio MSCAM-SJ-0478-2022, referente al Convenio de Cooperación 30- Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.222 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y Asociación de Desarrollo Integral Tres 2 y Tres de Pocosol, "colocación módulo infantil en la comunidad de Tres y Tres de 3 Pocosol"., se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del 4 Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar 5 el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 6 7 30-2022 CONVENIO DE COOPERACION 8 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 9 DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y TRES DE POCOSOL DE SAN CARLOS, 10 ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LA COMUNIDAD DE TRES 11 Y TRES DE POCOSOL" 12 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 13 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 14 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 15 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 16 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 17 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 18 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 19 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 20 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 21 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 22 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 23 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 24 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 25 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y JONATHAN ELI 26 MADRIGAL SALAS, mayor de edad, cédula de identidad número dos ­ quinientos 27 setenta y uno ­ cuatrocientos veintidós, vecino de Pocosol de San Carlos, Alajuela, 28 en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la 29 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y TRES DE POCOSOL 30 DE SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro Público de Asociaciones de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.223 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Desarrollo de la Comunidad al Tomo CIENTO SEIS, Folio CUATROCIENTOS 2 TREINTA Y UNO, Asiento: CUARENTA Y CUATRO MIL SESENTA, Código de 3 Registro número TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO, del Cantón Alajuela 4 ­ San Carlos, facultado para celebrar este convenio mediante Acta de 5 Junta Directiva de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y 6 TRES DE POCOSOL DE SAN CARLOS, ALAJUELA, Sesión Extraordinaria del 7 veintiséis de marzo del dos mil veintidós, artículo No. DOS, acuerdo No. UNO, acta 8 No. SESENTA Y CUATRO, en adelante denominado la "ASOCIACION", 9 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 10 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 11 en beneficio de las comunidades: 12 CONSIDERANDO 13 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 14 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 15 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 16 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 17 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 18 las autoridades competentes para ello. 19 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 20 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 21 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 22 cumplir sus fines. 23 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 24 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 25 para el cumplimiento de sus funciones. 26 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 27 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 28 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 29 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 30 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.224 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 2 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 3 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 4 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 5 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 6 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 7 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 8 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 9 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 10 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 11 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 12 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 13 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 14 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 15VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 16 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 17 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 18 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 19 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 20 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 21 DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y TRES DE POCOSOL DE SAN CARLOS, 22 ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LA COMUNIDAD DE TRES Y 23 TRES DE POCOSOL" mismo que realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las 24 siguientes clausula: 25 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La MUNICIPALIDAD DE SAN 26 CARLOS es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 27 Propiedad, matrícula número QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL 28 OCHOCIENTOS QUINCE - CERO CERO CERO, que es terreno para construir, sito 29 en el distrito trece, Pocosol, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide: 30 seiscientos cuarenta metros cuadrados, según plano No A-uno nueve uno seis uno Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.225 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ocho dos ­ dos mil dieciséis. 2 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 3 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 4 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 5 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 6 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y TRES DE POCOSOL DE 7 SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LA 8 COMUNIDAD DE TRES Y TRES DE POCOSOL," cuyo objeto principal es realizar 9 un área para juegos infantiles en la comunidad de Tres y Tres de Pocosol, para que 10 los niños, niñas y personas jóvenes logren un desarrollo óptimo en su salud mental 11 y física, con la colaboración de la Municipalidad de San Carlos, según consta en folio 12 CERO CERO CUATRO del expediente administrativo N° TRECE- TRES MIL 13 SEISCIENTOS TREINTA Y DOS-UNO-CERO UNO-DOS MIL VEINTIDOS. El cual 14 tendrá un costo de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL COLONES 15 (¢3.500.000,00) de los cuales TRES MILLONES DE COLONES (¢3.000.000,00) 16 correspondiente a suministros y materiales será aportado por la Municipalidad de 17 San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se realizará el aporte será de 18 QUINIENTOS MIL COLONES (¢500.000,00) de mano de obra, construcción se 19 habrá de realizar en un terreno propiedad de la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, 20 descrito en la cláusula anterior. 21 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 22 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 23 bien de dominio público de la municipalidad, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA 24 Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 25 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de TRES MILLONES DE 26 COLONES (¢3.000.000,00) correspondientes a suministros y materiales según el 27 código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-uno nueve-cero dos-cero 28 tres- cero uno, presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, 29 será comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable 30 del mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.226 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 mencionado. 2 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 3 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 4 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 5 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 6 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 7 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y TRES DE POCOSOL DE 8 SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LA 9 COMUNIDAD DE TRES Y TRES DE POCOSOL." B). La ASOCIACION se 10 compromete a custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a 11 suministrar por parte de la MUNICIPALIDAD. C). La ASOCIACION se obliga a 12 cumplir fielmente con la ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE 13 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 14 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y TRES DE POCOSOL DE 15 SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LA 16 COMUNIDAD DE TRES Y TRES DE POCOSOL." D). La ASOCIACION deberá 17 cumplir con las reglas elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y 18 destino de los materiales a recibir. E). La ASOCIACION se compromete a realizar 19 todas las gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 20 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 21 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 22 SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y 23 TRES DE POCOSOL DE SAN CARLOS, ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE 24 MÓDULO INFANTIL EN LA COMUNIDAD DE TRES Y TRES DE POCOSOL." F). 25 La Asociación se compromete aportar para la ejecución del proyecto la suma 26 QUINIENTOS MIL COLONES (¢500.000,00) de mano de obra. G) La Asociación 27 asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la ejecución 28 de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes laborales 29 en la ejecución de la misma. 30 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.227 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 2 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 3 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 4 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 5 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 6 materiales según el presente convenio. 7 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 8 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 9 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 10 conocer en su totalidad. 11 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 12 convenio tiene un plazo de ejecución de una semana, contadas a partir del 13 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 14 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 15 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 16 su formalización. 17 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 18 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 19 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 20 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 21 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 22 presidente de la misma, señor JONATHAN ELI MADRIGAL SALAS, de calidades 23 dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo electrónico 24 jemsalas@hotmail.com 25 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 26 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 27 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 28 presente convenio. 29 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 30 la suma de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL COLONES (¢3.500.000,00). ES Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.228 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos ejemplares, 2 de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San Carlos a los 3 _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 4 5 6 KAROL SALAS VARGAS JONATHAN ELI MADRIGAL SALAS 7 Alcaldesa A.I. Presidente 8 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 9 10 11 REFRENDO 12 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 13 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 14 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 15 Carlos. 16 17 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 18 19 ACUERDO N°36.- 20 21 Con base en los oficios MSCCM-SC-0555-2022 emitido por la Secretaría del 22 Concejo Municipal y MSC-AM-0619-2022 de la Administración Municipal, donde 23 remite el oficio MSCAM-SJ-0510-2022, referente al Convenio de Cooperación 39- 24 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 25 San Vicente de Ciudad Quesada, "reemplazo del techado del Salón Comunal de 26 San Vicente", se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona 27 del Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a 28 firmar el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 29 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.229 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 39-2022 CONVENIO DE COOPERACION 2 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 3 DESARROLLO INTEGRAL DE SAN VICENTE DE CIUDAD QUESADA DE SAN 4 CARLOS. "REEMPLAZO DEL TECHADO DEL SALÓN COMUNAL DE SAN VICENTE" 5 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 6 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 7 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 8 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 9 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 10 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 11 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 12 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 13 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 14 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 15 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 16 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 17 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 18 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y JOSE IGNACIO 19 BENAVIDES ROJAS, mayor de edad, cédula de identidad número dos ­ quinientos 20 sesenta y ocho ­ trescientos veintidós, vecino de San Vicente de Ciudad Quesada, 21 San Carlos, Alajuela, en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes 22 para este acto de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN 23 VICENTE DE CIUDAD QUESADA DE SAN CARLOS, inscrita en el Registro 24 Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo SEIS, Folio 25 SEISCIENTOS VEINTE, Asiento: SEIS MIL VEINTE, Código de Registro número 26 CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultado 27 para celebrar este convenio mediante Acta de Junta Directiva Sesión Extraordinaria 28 el veintidós de marzo del dos mil veintidós, artículo No. SEIS, acuerdo No. SIETE- 29 CUATRO, acta No. SETECIENTOS NOVENTA ­ DOS MIL VEINTIDOS, en adelante 30 denominado la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.230 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios 2 de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 3 4 CONSIDERANDO 5 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 6 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 7 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 8 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 9 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 10 las autoridades competentes para ello. 11 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 12 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 13 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 14 cumplir sus fines. 15 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 16 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 17 para el cumplimiento de sus funciones. 18 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 19 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 20 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 21 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 22 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 23 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 24 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 25 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 26 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 27 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 28 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 29 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 30 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.231 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 2 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 3 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 4 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 5 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 6 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 7VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 8 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 9 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 10 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 11 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 12 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 13 DESARROLLO INTEGRAL DE SAN VICENTE DE CIUDAD QUESADA DE SAN CARLOS. 14 "REEMPLAZO DEL TECHADO DEL SALÓN COMUNAL DE SAN VICENTE" mismo que 15 realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las siguientes clausula: 16 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La ASOCIACIÓN DE 17 DESARROLLO INTEGRAL DE SAN VICENTE DE CIUDAD QUESADA DE SAN 18 CARLOS es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 19 Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL CINCUENTA Y 20 CINCO - CERO CERO CERO, que es terreno inculto construido con un comedor y 21 un salón, sito en el distrito primero, Quesada, cantón diez, San Carlos, de la provincia 22 de Alajuela, Mide: setecientos ochenta y ocho metros con cuarenta y cinco 23 decímetros cuadrados, según plano No A-cero ocho ocho nueve uno seis uno ­ mil 24 novecientos noventa. 25 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 26 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 27 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 28 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 29 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN VICENTE DE CIUDAD 30 QUESADA DE SAN CARLOS. "REEMPLAZO DEL TECHADO DEL SALÓN Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.232 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 COMUNAL DE SAN VICENTE" cuyo objeto principal es remover ls láminas de zinc 2 existentes en la estructura del techo del salón comunal de San Vicente, ubicado 3 quince metros al oeste del templo católico, y colocar láminas de zinc nuevas que 4 impidan las filtraciones de agua y el deterioro de otros elementos como el cielorraso 5 y las líneas eléctricas, de modo que se brinde un espacio seguro a las personas para 6 la realización de actividades comunales que promuevan el desarrollo del cantón, 7 según consta en folios CERO CERO CUATRO y CERO CERO CINCO del 8 expediente administrativo N° CERO UNO- TRESCIENTOS DIECINUEVE-DOS- 9 CERO DOS-DOS MIL VEINTIDOS. El cual tendrá un costo de DOS MILLONES 10 CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS SIETE COLONES CON 11 OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (¢2.421.807,89) de los cuales UN MILLÓN 12 SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS COLONES 13 (¢1.688.922,00) correspondiente a suministros y materiales será aportado por la 14 Municipalidad de San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se realizará el aporte 15 de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL COLONES (¢452.000,00) de mano 16 de obra, y DOSCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO 17 COLONES (¢280.885,89) por materiales de construcción; construcción se habrá de 18 realizar en un terreno propiedad de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL 19 DE SAN VICENTE DE CIUDAD QUESADA DE SAN CARLOS, descrito en la cláusula 20 anterior. 21 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 22 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 23 bien de dominio público de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN 24 VICENTE DE CIUDAD QUESADA DE SAN CARLOS, (dictamen N° C-CIENTO 25 NOVENTA Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para 26 la ejecución del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de UN 27 MILLÓN SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS 28 COLONES (¢1.688.922,00) correspondientes a suministros y materiales según el 29 código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero 30 tres- cero uno, presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.233 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 será comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable 2 del mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes 3 mencionado. 4 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 5 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 6 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 7 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 8 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 9 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN VICENTE DE CIUDAD 10 QUESADA DE SAN CARLOS. "REEMPLAZO DEL TECHADO DEL SALÓN 11 COMUNAL DE SAN VICENTE." B). La ASOCIACION se compromete a custodiar 12 y llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte de la 13 MUNICIPALIDAD. C). La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la 14 ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 15 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 16 INTEGRAL DE SAN VICENTE DE CIUDAD QUESADA DE SAN CARLOS. 17 "REEMPLAZO DEL TECHADO DEL SALÓN COMUNAL DE SAN VICENTE." D). 18 La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales de lógica, justicia y 19 conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). La 20 ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 21 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 22 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE 23 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 24 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN VICENTE DE CIUDAD 25 QUESADA DE SAN CARLOS. "REEMPLAZO DEL TECHADO DEL SALÓN 26 COMUNAL DE SAN VICENTE." F). La Asociación se compromete aportar para la 27 ejecución del proyecto la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL 28 COLONES (¢452.000,00) de mano de obra, y DOSCIENTOS OCHENTA MIL 29 OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO COLONES (¢280.885,89) por materiales de 30 construcción. G) La Asociación asume en su totalidad las obligaciones y Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.234 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y responsabilidades 2 patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de la misma. 3 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 4 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 5 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 6 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 7 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 8 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 9 materiales según el presente convenio. 10 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 11 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 12 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 13 conocer en su totalidad. 14 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 15 convenio tiene un plazo de ejecución de una semana, contadas a partir del 16 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 17 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 18 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 19 su formalización. 20 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 21 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 22 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 23 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 24 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 25 presidente de la misma, señora JOSE IGNACIO BENAVIDES ROJAS, de calidades 26 dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo electrónico 27 nachobenavides@gmail.com 28 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 29 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 30 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.235 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 presente convenio. 2 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 3 la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS 4 SIETE COLONES CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (¢2.421.807,89). ES 5 TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos ejemplares, 6 de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San Carlos a los 7 _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 8 9 10 KAROL SALAS VARGAS JOSE IGNACIO BENAVIDES ROJAS 11 Alcaldesa A.I. Presidente 12 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 13 14 15 REFRENDO 16 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 17 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 18 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 19 Carlos. 20 21 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 22 23 ACUERDO N°37.- 24 25 Con base en los oficios MSCCM-SC-0556-2022 emitido por la Secretaría del 26 Concejo Municipal y MSC-AM-0620-2022 de la Administración Municipal, donde 27 remite el oficio MSCAM-SJ-0506-2022, referente al Convenio de Cooperación 36- 28 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 29 Pitalito de Aguas Zarcas, "cierre con malla de terreno comunal de Pitalito de Aguas 30 Zarcas", se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.236 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar 2 el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 3 4 36-2022 CONVENIO DE COOPERACION 5 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 6 DESARROLLO INTEGRAL DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS, 7 ALAJUELA. "CIERRE CON MALLA DE TERRENO COMUNAL DE PITALITO DE 8 AGUAS ZARCAS" 9 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 10 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 11 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 12 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 13 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 14 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 15 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 16 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 17 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 18 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 19 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 20 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 21 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 22 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y JORGE EMILIO 23 MENA CABEZAS, mayor de edad, cédula de identidad número dos ­ cuatrocientos 24 ochenta y siete ­ seiscientos dos, vecino de Pitalito de Aguas Zarcas, San Carlos, 25 Alajuela, en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto 26 de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITALITO DE AGUAS 27 ZARCAS DE SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro Público de 28 Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo CINCUENTA Y TRES, Folio 29 CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS, Asiento: DIECISIETE MIL SEISCIENTOS 30 VEINTICINCO, Código de Registro número DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.237 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Y DOS, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultado para celebrar este convenio 2 mediante Acta de Junta Directiva Sesión ordinaria el siete de abril del dos mil 3 veintidós, artículo No. CINCO, acta No. DOSCIENTOS NUEVE, en adelante 4 denominado la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y 5 complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios 6 de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 7 8 CONSIDERANDO 9 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 10 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 11 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 12 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 13 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 14 las autoridades competentes para ello. 15 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 16 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 17 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 18 cumplir sus fines. 19 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 20 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 21 para el cumplimiento de sus funciones. 22 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 23 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 24 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 25 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 26 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 27 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 28 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 29 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 30 público que se encuentran bajo su administración y custodia. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.238 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 2 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 3 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 4 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 5 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 6 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 7 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 8 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 9 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 10 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 11VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 12 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 13 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 14 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 15 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 16 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 17 DESARROLLO INTEGRAL DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS, 18 ALAJUELA. "CIERRE CON MALLA DE TERRENO COMUNAL DE PITALITO DE AGUAS 19 ZARCAS" mismo que realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las siguientes 20 clausula: 21 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La ASOCIACIÓN DE 22 DESARROLLO INTEGRAL DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS, 23 ALAJUELA es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 24 Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL 25 OCHOCIENTOS VEINTINUEVE - CERO CERO CERO, que es terreno de pasto, sito 26 en el distrito cuatro, Aguas Zarcas, cantón diez, San Carlos, de la provincia de 27 Alajuela, Mide: cinco mil metros cuadrados, según plano No A-uno tres nueve siete 28 uno nueve seis ­ dos mil diez. 29 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 30 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.239 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 2 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 3 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS 4 DE SAN CARLOS, ALAJUELA. "CIERRE CON MALLA DE TERRENO COMUNAL 5 DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS," cuyo objeto principal es colocar malla 6 perimetral en el terreno comunal donde se lleva la construcción del centro cívico en 7 Pitalito de aguas Zarcas, utilizando materiales donados por el MOPT y la 8 Municipalidad de San Carlos, la Asociación de Desarrollo integral de Pitalito se 9 encarga de la mano de obra, con el fin de evitar que en ese terreno se de el consumo 10 de drogas y sea una zona mas segura para los vecinos de la comunidad, según 11 consta en folios CERO CERO CINCO del expediente administrativo N° CERO 12 CUATRO- TRESCIENTOS DIECINUEVE-CINCO-CERO DOS-DOS MIL 13 VEINTIDOS. El cual tendrá un costo de CINCO MILLONES DOSCIENTOS 14 SESENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE COLONES CON SETENTA 15 Y CUATRO CÉNTIMOS (¢5.260.959,74) de los cuales DOS MILLONES 16 SETECIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE COLONES 17 CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (¢2.760.959,74) correspondiente a 18 suministros y materiales será aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por 19 parte de la ASOCIACION se realizará el aporte de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL 20 COLONES (¢1.500.000,00) de materiales de construcción, y UN MILLÓN DE 21 COLONES (¢1.000.000,00) de mano de obra, construcción se habrá de realizar en 22 un terreno propiedad de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE 23 PITALITO DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS, ALAJUELA, descrito en la 24 cláusula anterior. 25 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 26 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 27 bien de dominio público de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE 28 PITALITO DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS, ALAJUELA, (dictamen N° C- 29 CIENTO NOVENTA Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil 30 once), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.240 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA 2 Y UN COLONES (¢1.558.661,00) correspondientes a suministros y materiales 3 según el código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero 4 dos-cero tres- cero uno y cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero tres- 5 cero dos, presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, será 6 comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable del 7 mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 8 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 9 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 10 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 11 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 12 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 13 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS 14 DE SAN CARLOS, ALAJUELA. "CIERRE CON MALLA DE TERRENO COMUNAL 15 DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS." B). La ASOCIACION se compromete a 16 custodiar y llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte 17 de la MUNICIPALIDAD. C). La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la 18 ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 19 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 20 INTEGRAL DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS, ALAJUELA. 21 "CIERRE CON MALLA DE TERRENO COMUNAL DE PITALITO DE AGUAS 22 ZARCAS." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales de 23 lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). 24 La ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 25 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 26 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE 27 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 28 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS 29 DE SAN CARLOS, ALAJUELA. "CIERRE CON MALLA DE TERRENO COMUNAL 30 DE PITALITO DE AGUAS ZARCAS." F). La Asociación se compromete aportar Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.241 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 para la ejecución del proyecto la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL 2 COLONES (¢1.500.000,00) de materiales de construcción, y UN MILLÓN DE 3 COLONES (¢1.000.000,00) de mano de obra, G) La Asociación asume en su 4 totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, 5 cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la 6 ejecución de la misma. 7 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 8 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 9 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 10 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 11 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 12 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 13 materiales según el presente convenio. 14 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 15 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 16 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 17 conocer en su totalidad. 18 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 19 convenio tiene un plazo de ejecución de ocho semanas, contadas a partir del 20 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 21 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 22 mismo, este tiene una vigencia de TRES MESES contada a partir de la fecha de 23 su formalización. 24 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 25 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 26 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 27 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 28 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 29 presidente de la misma, señor JORGE EMILIO MENA CABEZAS, de calidades 30 dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo electrónico Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.242 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 asociaciondesarrollopitalito@hotmail.com 2 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 3 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 4 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 5 presente convenio. 6 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 7 la suma de CINCO MILLONES DOSCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS 8 CINCUENTA Y NUEVE COLONES CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS 9 (¢5.260.959,74). ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, 10 firmamos dos ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad 11 Quesada, San Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil 12 veintidós. 13 14 15 KAROL SALAS VARGAS JORGE EMILIO MENA CABEZAS 16 Alcaldesa A.I. Presidente 17 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 18 19 REFRENDO 20 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 21 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 22 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 23 Carlos. 24 25 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 26 27 ACUERDO N°38.- 28 29 Con base en los oficios MSCCM-SC-0557-2022 emitido por la Secretaría del 30 Concejo Municipal y MSC-AM-0621-2022 de la Administración Municipal, donde Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.243 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 remite el oficio MSCAM-SJ-0507-2022, referente al Convenio de Cooperación 37- 2 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 3 Marsella de Venecia, "cambio de zinc en infraestructura de la plaza de deportes", se 4 determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien 5 ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 6 cooperación que se detallan a continuación: 7 8 37-2022 CONVENIO DE COOPERACION 9 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 10 DESARROLLO INTEGRAL DE MARSELLA DE VENECIA, SAN CARLOS. 11 "CAMBIO DE ZINC EN INFRAESTRUCTURA DE LA PLAZA DE DEPORTES" 12 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 13 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 14 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 15 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 16 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 17 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 18 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 19 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 20 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 21 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 22 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 23 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 24 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 25 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y GREIVIN 26 EDUARDO SALAS VARGAS, mayor de edad, cédula de identidad número dos ­ 27 seiscientos cuarenta y siete ­ trescientos cuarenta y siete, vecino de Marsella de 28 Venecia, San Carlos, Alajuela, en mi condición de PRESIDENTE con facultades 29 suficientes para este acto de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE 30 MARSELLA DE VENECIA, SAN CARLOS, inscrita en el Registro Público de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.244 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo TRECE, Folio 2 TRESCIENTOS TREINTA Y DOS, Asiento: SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES, 3 Código de Registro número QUINIENTOS DIECINUEVE, del Cantón Alajuela ­ San 4 Carlos, facultado para celebrar este convenio mediante Acta de Junta Directiva 5 Sesión Extraordinaria el siete de febrero del dos mil veintidós, artículo No. TRES, 6 acuerdo No. TRES, acta No. CIENTO SESENTA Y OCHO, en adelante denominado 7 la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de 8 esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento 9 de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 10 11 CONSIDERANDO 12 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 13 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 14 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 15 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 16 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 17 las autoridades competentes para ello. 18 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 19 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 20 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 21 cumplir sus fines. 22 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 23 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 24 para el cumplimiento de sus funciones. 25 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 26 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 27 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 28 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 29 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 30 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.245 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 2 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 3 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 4 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 5 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 6 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 7 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 8 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 9 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 10 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 11 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 12 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 13 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 14VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 15 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 16 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 17 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 18 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 19 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 20 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MARSELLA DE VENECIA, SAN 21 CARLOS. "CAMBIO DE ZINC EN INFRAESTRUCTURA DE LA PLAZA DE 22 DEPORTES" mismo que realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las 23 siguientes clausula: 24 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La ASOCIACIÓN DE 25 DESARROLLO INTEGRAL DE MARSELLA DE VENECIA, SAN CARLOS es 26 propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, 27 matrícula número TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y 28 CINCO - CERO CERO CERO, que es terreno destinado para plaza de deportes, sito 29 en el distrito cinco, Venecia, cantón diez, San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide: 30 nueve mil cuatrocientos nueve metros setenta y tres decímetros cuadrados, según Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.246 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 plano No A-cero siete seis cero nueve cuatro dos ­ dos mil dos. 2 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 3 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 4 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 5 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 6 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MARSELLA DE VENECIA, SAN 7 CARLOS. "CAMBIO DE ZINC EN INFRAESTRUCTURA DE LA PLAZA DE 8 DEPORTES" cuyo objeto principal es cambiar el techo de infraestructura (soda, 9 camerinos, baños) existente en la plaza de deportes de Marsella de Venecia 10 gestionando la ayuda de la Municipalidad de San Carlos, para desarrollar así 11 actividades de recreación en instalaciones más seguras para las personas de la 12 comunidad y fuera de ella, según consta en folios CERO CERO CINCO del 13 expediente administrativo N° CERO CINCO- TRESCIENTOS DIECINUEVE-TRES- 14 CERO UNO-DOS MIL VEINTIDOS. El cual tendrá un costo de UN MILLÓN 15 QUINIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO COLONES 16 (¢1.527.424,00) de los cuales UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL 17 CUATROCIENTOS VEINTICUATRO COLONES (¢1.271.424,00) correspondiente a 18 suministros y materiales será aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por 19 parte de la ASOCIACION se realizará el aporte de DOSCIENTOS MIL COLONES 20 (¢200.000,00) de mano de obra, y CINCUENTA Y SEIS MIL COLONES (¢56.000,00) 21 por materiales de construcción; construcción se habrá de realizar en un terreno 22 propiedad de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MARSELLA DE 23 VENECIA, SAN CARLOS, descrito en la cláusula anterior. 24 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 25 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 26 bien de dominio público de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE 27 MARSELLA DE VENECIA, SAN CARLOS, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y 28 UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 29 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de UN MILLÓN 30 DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.247 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 COLONES (¢1.271.424,00) correspondientes a suministros y materiales según el 2 código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero 3 tres- cero uno, presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, 4 será comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable 5 del mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes 6 mencionado. 7 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 8 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 9 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 10 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 11 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 12 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MARSELLA DE VENECIA, SAN 13 CARLOS. "CAMBIO DE ZINC EN INFRAESTRUCTURA DE LA PLAZA DE 14 DEPORTES." B). La ASOCIACION se compromete a custodiar y llevar el control 15 del empleo de los materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALIDAD. C). 16 La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto 17 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 18 SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MARSELLA 19 DE VENECIA, SAN CARLOS. "CAMBIO DE ZINC EN INFRAESTRUCTURA DE LA 20 PLAZA DE DEPORTES." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas 21 elementales de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de 22 los materiales a recibir. E). La ASOCIACION se compromete a realizar todas las 23 gestiones legales y administrativas necesarias para obtener los fondos 24 económicos necesarios para ejecutar y dar mantenimiento al proyecto 25 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 26 SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE MARSELLA 27 DE VENECIA, SAN CARLOS. "CAMBIO DE ZINC EN INFRAESTRUCTURA DE LA 28 PLAZA DE DEPORTES." F). La Asociación se compromete aportar para la 29 ejecución del proyecto la suma de DOSCIENTOS MIL COLONES (¢200.000,00) de 30 mano de obra, y CINCUENTA Y SEIS MIL COLONES (¢56.000,00) por materiales Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.248 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de construcción. G) La Asociación asume en su totalidad las obligaciones y 2 responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y responsabilidades 3 patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de la misma. 4 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 5 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 6 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 7 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 8 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 9 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 10 materiales según el presente convenio. 11 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 12 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 13 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 14 conocer en su totalidad. 15 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 16 convenio tiene un plazo de ejecución de cuatro semanas, contadas a partir del 17 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 18 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 19 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 20 su formalización. 21 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 22 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 23 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 24 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 25 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 26 presidente de la misma, señora GREIVIN EDUARDO SALAS VARGAS, de 27 calidades dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo 28 electrónico adimarsellavenecia2020@gmail.com 29 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 30 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.249 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 2 presente convenio. 3 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 4 la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS 5 VEINTICUATRO COLONES (¢1.527.424,00) 6 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 7 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 8 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 9 10 11 KAROL SALAS VARGAS GREIVIN EDUARDO SALAS VARGAS 12 Alcaldesa A.I. Presidente 13 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 14 15 REFRENDO 16 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 17 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 18 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 19 Carlos. 20 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 21 22 ACUERDO N°39.- 23 24 Con base en los oficios MSCCM-SC-0558-2022 emitido por la Secretaría del 25 Concejo Municipal y MSC-AM-0622-2022 de la Administración Municipal, donde 26 remite el oficio MSCAM-SJ-0509-2022, referente al Convenio de Cooperación 38- 27 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 28 Rancho Grande, "drenaje de evacuación de aguas pluviales de la cancha 29 multiusos", se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del 30 Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.250 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 2 3 38-2022 CONVENIO DE COOPERACION 4 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 5 DESARROLLO INTEGRAL DE RANCHO GRANDE Y BETTEL DE CIUDAD 6 QUESADA. "DRENAJE DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES DE LA 7 CANCHA MULTIUSO" 8 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 9 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 10 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 11 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 12 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 13 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 14 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 15 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 16 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 17 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 18 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 19 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 20 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 21 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y GODOFREDO 22 VELASQUEZ CHAVEZ, mayor de edad, cédula de identidad número ocho ­ ciento 23 diez ­ quinientos ochenta y cuatro, vecino de Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 24 en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la 25 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE RANCHO GRANDE Y BETTEL 26 DE CIUDAD QUESADA, inscrita en el Registro Público de Asociaciones de 27 Desarrollo de la Comunidad al Tomo CIENTO CATORCE, Folio CUATROCIENTOS 28 SETENTA Y CUATRO, Asiento: CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO TRES, Código 29 de Registro número TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES, del Cantón 30 Alajuela ­ San Carlos, facultado para celebrar este convenio mediante Acta de Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.251 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 Junta Directiva Sesión ordinaria el diecinueve de febrero del dos mil veintidós, 2 artículo No. UNO, acuerdo No. UNO, DOS y TRES, acta No. VEINTICUATRO, en 3 adelante denominado la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: en coordinación y 4 complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente actividades de servicios 5 de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 6 7 CONSIDERANDO 8 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 9 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 10 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 11 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 12 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 13 las autoridades competentes para ello. 14 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 15 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 16 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 17 cumplir sus fines. 18 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 19 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 20 para el cumplimiento de sus funciones. 21 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 22 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 23 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 24 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 25 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 26 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 27 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 28 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 29 público que se encuentran bajo su administración y custodia. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.252 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 2 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 3 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 4 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 5 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 6 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 7 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 8 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 9 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 10 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 11VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 12 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 13 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 14 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 15 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 16 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 17 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE RANCHO GRANDE Y BETTEL 18 DE CIUDAD QUESADA. "DRENAJE DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES DE 19 LA CANCHA MULTIUSO" mismo que realiza con fundamento en la normativa legal 20 vigente y las siguientes clausula: 21 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La MUNICIPALIDAD DE SAN 22 CARLOS es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 23 Propiedad, matrícula número DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL 24 DOSCIENTOS UNO - CERO CERO CERO, que es terreno destinado a área comunal 25 y juegos infantiles, sito en el distrito uno, Quesada, cantón diez, San Carlos, de la 26 provincia de Alajuela, Mide: setecientos sesenta metros cuadrados, según plano No 27 A-cero dos siete cinco ocho cuatro cinco ­ mil novecientos noventa y cinco. 28 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 29 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 30 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.253 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 2 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE RANCHO GRANDE Y BETTEL 3 DE CIUDAD QUESADA. "DRENAJE DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES 4 DE LA CANCHA MULTIUSO" cuyo objeto principal es construir un drenaje que 5 permita evacuar las aguas pluviales donde se construye la cancha multiuso a la 6 alcantarilla principal, con la ayuda de la Municipalidad de San Carlos y vecinos de la 7 comunidad, la obra se esta construyendo en el lote comunal ubicado en Barrio San 8 pablo, Rancho Grande, costado este de la escuela San Pablo, según consta en folios 9 CERO CERO OCHO del expediente administrativo N° CERO UNO - TRESCIENTOS 10 DIECINUEVE-CINCO-CERO UNO-DOS MIL VEINTIDOS. El cual tendrá un costo 11 de UN MILLÓN CIENTO VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS 12 COLONES CON DIEZ CÉNTIMOS (¢1.126.472,10) de los cuales NOVECIENTOS 13 SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS COLONES CON DIEZ 14 CENTIMOS (¢966.472,10) correspondiente a suministros y materiales será aportado 15 por la Municipalidad de San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se realizará el 16 aporte de CIENTO SESENTA MIL COLONES EXACTOS (¢160.000,00) de mano de 17 obra, construcción se habrá de realizar en un terreno propiedad de la 18 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, descrito en la cláusula anterior. 19 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 20 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 21 bien de dominio público de la municipalidad, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA 22 Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución 23 del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de NOVECIENTOS 24 SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS COLONES CON DIEZ 25 CENTIMOS (¢966.472,10) correspondientes a suministros y materiales según el 26 código presupuestario número cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero 27 tres- cero uno y cinco-cero tres-cero uno-cero nueve-cero dos-cero tres- cero dos, 28 presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha partida, será 29 comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la responsable del 30 mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto antes mencionado. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.254 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 2 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 3 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 4 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 5 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 6 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE RANCHO GRANDE Y BETTEL 7 DE CIUDAD QUESADA. "DRENAJE DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES 8 DE LA CANCHA MULTIUSO." B). La ASOCIACION se compromete a custodiar y 9 llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte de la 10 MUNICIPALIDAD. C). La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la 11 ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 12 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 13 INTEGRAL DE RANCHO GRANDE Y BETTEL DE CIUDAD QUESADA. "DRENAJE 14 DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES DE LA CANCHA MULTIUSO." D). La 15 ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales de lógica, justicia y 16 conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). La 17 ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 18 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 19 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE 20 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 21 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE RANCHO GRANDE Y BETTEL 22 DE CIUDAD QUESADA. "DRENAJE DE EVACUACIÓN DE AGUAS PLUVIALES 23 DE LA CANCHA MULTIUSO." F). La Asociación se compromete aportar para la 24 ejecución del proyecto la suma CIENTO SESENTA MIL COLONES EXACTOS 25 (¢160.000,00) de mano de obra. G) La Asociación asume en su totalidad las 26 obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, cargas y 27 responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la ejecución de 28 la misma. 29 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 30 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.255 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 2 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 3 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 4 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 5 materiales según el presente convenio. 6 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 7 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 8 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 9 conocer en su totalidad. 10 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 11 convenio tiene un plazo de ejecución de cuatro semanas, contadas a partir del 12 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 13 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 14 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 15 su formalización. 16 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 17 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 18 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 19 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 20 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 21 presidente de la misma, señor GODOFREDO VELASQUEZ CHAVEZ, de calidades 22 dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo electrónico 23 hombredevalor65@hotmail.com 24 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 25 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 26 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 27 presente convenio. 28 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 29 la suma de UN MILLÓN CIENTO VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y 30 DOS COLONES CON DIEZ CÉNTIMOS (¢1.126.472,10) Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.256 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 2 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 3 Carlos a los _________ días del mes de _______ del año dos mil veintidós. 4 5 6 KAROL SALAS VARGAS GODOFREDO VELASQUEZ CHAVEZ 7 Alcaldesa A.I. Presidente 8 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 9 10 REFRENDO 11 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 12 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 13 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 14 Carlos. 15 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 16 17 ACUERDO N°40.- 18 19 Con base en los oficios MSCCM-SC-0559-2022 emitido por la Secretaría del 20 Concejo Municipal y MSC-AM-0623-2022 de la Administración Municipal, donde 21 remite el oficio MSCAM-SJ-0511-2022, referente al Convenio de Cooperación 40- 22 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 23 Las Delicias de Aguas Zarcas, "colocación del módulo infantil en Las Delicias de 24 Aguas Zarcas", se determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona 25 del Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a 26 firmar el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 27 28 40-2022 CONVENIO DE COOPERACION 29 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.257 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 DESARROLLO INTEGRAL DE LAS DELICIAS DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS. 2 "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LAS DELICIAS DE AGUAS ZARCAS" 3 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 4 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 5 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 6 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 7 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 8 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 9 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 10 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 11 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 12 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 13 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 14 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 15 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 16 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y GERARDO 17 CARPIO ACUÑA, mayor de edad, cédula de identidad número tres ­ ciento sesenta 18 y siete ­ cero ochenta y dos, vecino de Las Delicias de Aguas Zarcas, San Carlos, 19 Alajuela, en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto 20 de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LAS DELICIAS DE 21 AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS, inscrita en el Registro Público de 22 Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo SIETE, Folio DOSCIENTOS 23 VEINTISEIS, Asiento: DIEZ MIL CIENTO VEINTISIETE, Código de Registro número 24 CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, 25 facultado para celebrar este convenio mediante Acta de Junta Directiva Sesión 26 ordinaria el once de marzo del dos mil veintidós, artículo No. TRES, acuerdo No. 27 DOS, acta No. MIL DOCE, en adelante denominado la "ASOCIACION", 28 CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 29 progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida 30 en beneficio de las comunidades: Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.258 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 CONSIDERANDO 2 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 3 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 4 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 5 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 6 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 7 las autoridades competentes para ello. 8 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 9 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 10 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 11 cumplir sus fines. 12 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 13 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 14 para el cumplimiento de sus funciones. 15 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 16 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 17 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 18 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 19 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 20 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 21 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 22 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 23 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 24 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 25 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 26 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 27 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 28 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 29 de las comunidades y al progreso social y económico del país. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.259 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 2 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 3 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 4 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 5VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 6 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 7 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. 8 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 9 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO DE 10 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 11 DESARROLLO INTEGRAL DE LAS DELICIAS DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS. 12 "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LAS DELICIAS DE AGUAS ZARCAS" mismo 13 que realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las siguientes clausula: 14 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La MUNICIPALIDAD DE SAN 15 CARLOS es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público de la 16 Propiedad, matrícula número CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL 17 CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO - CERO CERO CERO, que es campo de 18 juegos infantiles lote número tres, sito en el distrito cuatro, Aguas Zarcas, cantón diez, 19 San Carlos, de la provincia de Alajuela, Mide: quinientos cuarenta y dos metros con 20 ocho decímetros cuadrados, según plano No A-cero tres cinco tres ocho cinco ocho 21 ­ mil novecientos noventa y seis. 22 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 23 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 24 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 25 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 26 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LAS DELICIAS DE AGUAS 27 ZARCAS DE SAN CARLOS. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LAS 28 DELICIAS DE AGUAS ZARCAS" cuyo objeto principal es la colocación de un 29 módulo infantil con el apoyo de la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de 30 Desarrollo Integral La Delicias de Aguas Zarcas, en la comunidad de Las Delicias, Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.260 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 cien metros al este y cincuenta metros al norte de la plaza de deportes, para 2 satisfacer las de necesidades de todos los menores de la comunidad, para ofrecer a 3 la comunidad y sobre todo a los niños y niñas un espacio para la diversión y 4 recreación sana y segura, para un mayor bienestar físico y mental, según consta en 5 folios CERO CERO CUATRO del expediente administrativo N° CERO CUATRO- 6 TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS-UNO-CERO UNO-DOS MIL 7 VEINTIDOS. El cual tendrá un costo de TRES MILLONES CUATROCIENTOS 8 CINCUENTA MIL COLONES (¢3.450.000,00) de los cuales TRES MILLONES DE 9 COLONES (¢3.000.000,00) correspondiente a suministros y materiales será 10 aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se 11 realizará el aporte de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES EXACTOS 12 (¢450.000,00) de mano de obra, construcción se habrá de realizar en un terreno 13 propiedad de la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, descrito en la cláusula anterior. 14 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 15 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 16 bien propiedad de la municipalidad, (dictamen N° C-CIENTO NOVENTA Y UNO- 17 DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil once), para la ejecución del 18 presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte de TRES MILLONES DE 19 COLONES (¢3.000.000,00) correspondientes a suministros y materiales según el 20 código presupuestario número cinco-cero tres-cero seis-tres dos-cero cinco-cero 21 dos-nueve nueve, presupuesto ordinario. El material que se adquiera con dicha 22 partida, será comprado y puesto en custodia de la ASOCIACION quien será la 23 responsable del mantenimiento y uso del mismo conforme al perfil de proyecto 24 antes mencionado. 25 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 26 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 27 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 28 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 29 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 30 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LAS DELICIAS DE AGUAS Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.261 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ZARCAS DE SAN CARLOS. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LAS 2 DELICIAS DE AGUAS ZARCAS." B). La ASOCIACION se compromete a custodiar 3 y llevar el control del empleo de los materiales a suministrar por parte de la 4 MUNICIPALIDAD. C). La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la 5 ejecución del proyecto denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA 6 MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO 7 INTEGRAL DE LAS DELICIAS DE AGUAS ZARCAS DE SAN CARLOS. 8 "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LAS DELICIAS DE AGUAS 9 ZARCAS." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales de 10 lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). 11 La ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 12 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 13 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE 14 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 15 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE LAS DELICIAS DE AGUAS 16 ZARCAS DE SAN CARLOS. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL EN LAS 17 DELICIAS DE AGUAS ZARCAS." F). La Asociación se compromete aportar para 18 la ejecución del proyecto la suma CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES 19 EXACTOS (¢450.000,00) de mano de obra. G) La Asociación asume en su 20 totalidad las obligaciones y responsabilidades durante la ejecución de la obra, 21 cargas y responsabilidades patronales, así como accidentes laborales en la 22 ejecución de la misma. 23 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 24 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 25 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 26 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 27 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 28 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 29 materiales según el presente convenio. 30 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.262 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 2 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 3 conocer en su totalidad. 4 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 5 convenio tiene un plazo de ejecución de tres semanas, contadas a partir del 6 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 7 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 8 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 9 su formalización. 10 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 11 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 12 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 13 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 14 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 15 presidente de la misma, señor GERARDO CARPIO ACUÑA, de calidades dichas, 16 quien señala para notificaciones y localizaciones el teléfono número 8393-8213. 17 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 18 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 19 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 20 presente convenio. 21 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 22 la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL COLONES 23 (¢3.450.000,00). 24 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 25 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 26 Carlos a los _________ días del mes de mayo del año dos mil veintidós. 27 28 KAROL SALAS VARGAS GERARDO CARPIO ACUÑA 29 Alcaldesa A.I. Presidente 30 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.263 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 REFRENDO 2 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 3 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 4 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 5 Carlos. 6 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 7 8 ACUERDO N°41.- 9 10 Con base en los oficios MSCCM-SC-0560-2022 emitido por la Secretaría del 11 Concejo Municipal y MSC-AM-0624-2022 de la Administración Municipal, donde 12 remite el oficio MSCAM-SJ-0502-2022, referente al Convenio de Cooperación 35- 13 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 14 San Cristóbal de Pocosol, "colocación de módulo infantil al costado de la Escuela 15 San Cristóbal de Pocosol".se determina, autorizar a la Administración Municipal, en 16 la persona del Alcalde o quien ejerza la representación legal al momento del 17 otorgamiento, a firmar el convenio de cooperación que se detallan a continuación: 18 19 35-2022 CONVENIO DE COOPERACION 20 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 21 DESARROLLO INTEGRAL DE SAN CRISTOBAL DE POCOSOL, SAN CARLOS 22 DE ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL AL COSTADO NORTE 23 DE LA ESCUELA SAN CRISTOBAL DE POCOSOL" 24 Entre nosotros, KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 25 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casada una 26 vez, Alcaldesa Municipal, vecina de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, Palacio 27 Municipal, costado sur del Parque Central, en mi carácter de ALCALDESA A.I. de 28 la MUNICIPALIDAD de SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 29 Carlos, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 30 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.264 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete 2 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 3 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 4 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 5 Artículo número _______, Acuerdo N° _______, del Acta N° _____, de la Sesión 6 celebrada el lunes ____ de _______ del año dos mil veintidós, en adelante y para 7 efectos del presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y CARLOS 8 EDUARDO QUIRÓS VARGAS, mayor de edad, cédula de identidad número dos ­ 9 quinientos treinta ­ ciento veinticinco, vecina de San Cristóbal de Pocosol, San 10 Carlos, Alajuela, en mi condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para 11 este acto de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN 12 CRISTOBAL DE POCOSOL, SAN CARLOS DE ALAJUELA, inscrita en el Registro 13 Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad al Tomo OCHO, Folio 14 CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES, Asiento: QUINCE MIL CIENTO 15 CUARENTA Y OCHO, Código de Registro número CUATROCIENTOS OCHENTA Y 16 NUEVE, del Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultado para celebrar este convenio 17 mediante Acta de Junta Directiva Sesión ordinaria el veinticuatro de abril del dos mil 18 veintidós, artículo No. SIETE, acuerdo No. CUATRO, acta No. SEISCIENTOS 19 VEINTINUEVE, en adelante denominado la "ASOCIACION", CONSIDERANDO: 20 en coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar progresivamente 21 actividades de servicios de mejoramiento de condiciones de vida en beneficio de las 22 comunidades: 23 24 CONSIDERANDO 25 I. De conformidad con el artículo UNO del Código Municipal, el Municipio es 26 promotor y administrador de los intereses de los vecinos residentes en el cantón, 27 de ahí que es deber del Gobierno Municipal procurar la mejor satisfacción de 28 sus necesidades comunales y apoyar las políticas de fortalecimiento de las 29 condiciones de vida de los administrados, coordinando las acciones necesarias con 30 las autoridades competentes para ello. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.265 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 II. Establece el artículo DOS del Código Municipal, la Municipalidad de San Carlos, es 2 una persona jurídica estatal, con patrimonio propio y personalidad, y capacidad 3 jurídica plenas para ejecutar todo tipo de actos y contratos necesarios para 4 cumplir sus fines. 5 III. Que según lo estipulado en el artículo CUATRO incisos f) del Código Municipal 6 es atribución de la Municipalidad concertar convenios con entidades nacionales 7 para el cumplimiento de sus funciones. 8 IV. De conformidad con la normativa legal vigente, artículos trece inc. B, setenta y 9 uno, setenta y siete, y ochenta y tres del Código Municipal, la Municipalidad se 10 encuentra en la obligación de invertir los impuestos cobrados a sus 11 administrados en el mantenimiento de parques, zonas verdes y otros, todos 12 ellos bienes de dominio y uso público que se encuentran bajo la administración 13 del Estado a través de las diferentes Municipalidades de cada cantón, siendo 14 parte de las responsabilidades y servicios que debe de asumir las 15 Municipalidades, el dar el debido uso y mantenimiento a los bienes de dominio 16 público que se encuentran bajo su administración y custodia. 17 V. Que la Ley número tres mil ochocientos cincuenta y nueve, denominada Ley 18 Sobre el Desarrollo de la Comunidad en su artículo diecinueve indica que las 19 municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar 20 subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase a las 21 Asociaciones de Desarrollo Integral, como una forma de contribuir al desarrollo 22 de las comunidades y al progreso social y económico del país. 23 VI. Que la esencia del presente acto administrativo de gestión conjunta de servicios 24 por administración, es la coordinación y complemento de esfuerzos para ejecutar 25 progresivamente actividades de servicio de reparación y mejoras requeridas en 26 los bienes de dominio público propiedad de la Municipalidad de San Carlos. 27VII. Tanto la MUNICIPALIDAD como la ASOCIACION, desean unir esfuerzos, con el 28 fin de establecer una mejor condición de vida para la población de sus 29 comunidades, esto procurando la mejora en la calidad de los servicios públicos. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.266 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 POR TANTO, ACORDAMOS: Con fundamento en lo anteriormente expuesto la 2 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, consienten en celebrar el presente CONVENIO 3 DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 4 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN CRISTOBAL DE POCOSOL, 5 SAN CARLOS DE ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO INFANTIL AL 6 COSTADO NORTE DE LA ESCUELA SAN CRISTOBAL DE POCOSOL" mismo que 7 realiza con fundamento en la normativa legal vigente y las siguientes clausula: 8 PRIMERA: DESCRIPCION DEL BIEN INMUEBLE. La ASOCIACIÓN DE 9 DESARROLLO INTEGRAL DE SAN CRISTOBAL DE POCOSOL, SAN CARLOS 10 DE ALAJUELA es propietaria del bien debidamente inscrito en el Registro Público 11 de la Propiedad, matrícula número TRESCIENTOS CINCUENTA MIL 12 CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES - CERO CERO CERO, que es Lote A terreno 13 de pasto de figura triangular, sito en el distrito trece, Pocosol, cantón diez, San Carlos, 14 de la provincia de Alajuela, Mide: setecientos cincuenta y cinco metros con cuarenta 15 y tres decímetros cuadrados, según plano No A-cero uno siete cinco uno dos dos ­ 16 mil novecientos ochenta y cuatro. 17 SEGUNDA: OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto 18 formalizar los términos en los que se realizara de manera conjunta entre la 19 MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION el proyecto denominado CONVENIO DE 20 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 21 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN CRISTOBAL DE 22 POCOSOL, SAN CARLOS DE ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO 23 INFANTIL AL COSTADO NORTE DE LA ESCUELA SAN CRISTOBAL DE 24 POCOSOL" cuyo objeto principal es la colocación de un módulo infantil al costado 25 norte de la Escuela San Cristóbal de Pocosol, para satisfacer las de necesidades de 26 todos los menores de la comunidad, con este módulo se busca acercar a la 27 comunidad y fortalecer la convivencia entre familias, crear un espacio donde los 28 niños tengan un lugar de diversión y recreación sana y segura, para un mayor 29 bienestar físico y mental, según consta en folios CERO CERO CUATRO del 30 expediente administrativo N° TRECE- TRES MIL SEISCIENTOS TREINA Y DOS- Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.267 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 UNO-CERO DOS-DOS MIL VEINTIDOS. El cual tendrá un costo de TRES 2 MILLONES CIEN MIL COLONES (¢3.100.000,00) de los cuales TRES MILLONES 3 DE COLONES (¢3.000.000,00) correspondiente a suministros y materiales será 4 aportado por la Municipalidad de San Carlos, y por parte de la ASOCIACION se 5 realizará el aporte de CIEN MIL COLONES EXACTOS (¢100.000,00) de mano de 6 obra, construcción se habrá de realizar en un terreno propiedad de la ASOCIACIÓN 7 DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN CRISTOBAL DE POCOSOL, SAN 8 CARLOS DE ALAJUELA, descrito en la cláusula anterior. 9 TERCERO: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD La MUNICIPALIDAD 10 mediante la presente se compromete a invertir en mejoras de infraestructura a un 11 bien propiedad de la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN 12 CRISTOBAL DE POCOSOL, SAN CARLOS DE ALAJUELA, (dictamen N° C- 13 CIENTO NOVENTA Y UNO-DOS MIL ONCE del dieciséis de agosto del dos mil 14 once), para la ejecución del presente proyecto la Municipalidad realizara un aporte 15 de TRES MILLONES DE COLONES (¢3.000.000,00) correspondientes a 16 suministros y materiales según el código presupuestario número cinco-cero tres- 17 cero seis-tres dos-cero cinco-cero dos-nueve nueve, presupuesto ordinario. El 18 material que se adquiera con dicha partida, será comprado y puesto en custodia 19 de la ASOCIACION quien será la responsable del mantenimiento y uso del mismo 20 conforme al perfil de proyecto antes mencionado. 21 CUARTO: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION La ASOCIACION se 22 compromete a lo siguiente: A). La ASOCIACION se compromete a utilizar los 23 materiales que se adquieran mediante los recursos que se ejecutaran de la 24 partida antes descrita, en el proyecto denominado CONVENIO DE 25 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 26 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN CRISTOBAL DE 27 POCOSOL, SAN CARLOS DE ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO 28 INFANTIL AL COSTADO NORTE DE LA ESCUELA SAN CRISTOBAL DE 29 POCOSOL." B). La ASOCIACION se compromete a custodiar y llevar el control 30 del empleo de los materiales a suministrar por parte de la MUNICIPALIDAD. C). Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.268 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 La ASOCIACION se obliga a cumplir fielmente con la ejecución del proyecto 2 denominado CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE 3 SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN 4 CRISTOBAL DE POCOSOL, SAN CARLOS DE ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE 5 MÓDULO INFANTIL AL COSTADO NORTE DE LA ESCUELA SAN CRISTOBAL 6 DE POCOSOL." D). La ASOCIACION deberá cumplir con las reglas elementales 7 de lógica, justicia y conveniencia en el uso y destino de los materiales a recibir. E). 8 La ASOCIACION se compromete a realizar todas las gestiones legales y 9 administrativas necesarias para obtener los fondos económicos necesarios para 10 ejecutar y dar mantenimiento al proyecto denominado CONVENIO DE 11 COOPERACION ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 12 ASOCIACIÓN DE DESARROLLO INTEGRAL DE SAN CRISTOBAL DE 13 POCOSOL, SAN CARLOS DE ALAJUELA. "COLOCACIÓN DE MÓDULO 14 INFANTIL AL COSTADO NORTE DE LA ESCUELA SAN CRISTOBAL DE 15 POCOSOL." F). La Asociación se compromete aportar para la ejecución del 16 proyecto la suma CIEN MIL COLONES EXACTOS (¢100.000,00) de mano de obra. 17 G) La Asociación asume en su totalidad las obligaciones y responsabilidades 18 durante la ejecución de la obra, cargas y responsabilidades patronales, así como 19 accidentes laborales en la ejecución de la misma. 20 QUINTO. CONTROL DE DOCUMENTACIÓN, LIBROS Y ENTREGA DE 21 INFORMES La ASOCIACION, deberá mantener ordenado bajo custodia y 22 responsabilidad de su presidente, toda la documentación relacionada con el 23 manejo, uso y aprovechamiento de los materiales que habrá de recibir por parte 24 de la MUNICIPALIDAD. De igual manera la ASOCIACION se obliga a rendir un 25 informe final a la MUNICIPALIDAD sobre el uso y aprovechamiento de los 26 materiales según el presente convenio. 27 SEXTO. CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES. La ASOCIACION se obliga a 28 cumplir con lo establecido en la circular catorce mil trescientos, de la Contraloría 29 General de la Republica, la cual manifiesta el presidente de la ASOCIACION 30 conocer en su totalidad. Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.269 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 SETIMO. PLAZO DE EJECUCION Y VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente 2 convenio tiene un plazo de ejecución de dos semanas, contadas a partir del 3 momento en que la MUNICIPALIDAD haga entrega a la Asociación del aporte en 4 materiales para la ejecución del presente convenio, en cuanto a la vigencia del 5 mismo, este tiene una vigencia de DOS MESES contada a partir de la fecha de 6 su formalización. 7 OCTAVO: UNIDAD EJECUTORA. Se designa como responsable de la verificación 8 del cumplimiento del presente convenio a la Coordinadora de la oficina de Enlace 9 Comunal, Licda. LAURA MARÍA GAMBOA BATISTA, quien señala para 10 notificaciones y localizaciones el correo electrónico LauraGB@munisc.go.cr y 11 como responsable o coordinador del proyecto por parte de la Asociación al 12 presidente de la misma, señor CARLOS EDUARDO QUIRÓS VARGAS, de 13 calidades dichas, quien señala para notificaciones y localizaciones el correo 14 electrónico moreraana63@gmail.com y el teléfono número 8704-7923 15 NOVENO: FINIQUITO DEL CONVENIO. Una vez cumplido el objeto del presente 16 convenio, y presentado el informe correspondiente por parte de la ASOCIACION a 17 la Unidad Ejecutora del mismo, deberán las partes gestionar el finiquito de ley del 18 presente convenio. 19 DECIMO: ESTIMACION DEL CONTRATO La estimación del presente convenio es 20 la suma de TRES MILLONES CIEN MIL COLONES (¢3.100.000,00). 21 ES TODO. En prueba de conformidad por ambas partes, firmamos dos 22 ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en Ciudad Quesada, San 23 Carlos a los _________ días del mes de mayo del año dos mil veintidós. 24 25 26 27 KAROL SALAS VARGAS CARLOS EDUARDO QUIRÓS VARGAS 28 Alcaldesa A.I. Presidente 29 Municipalidad De San Carlos Asociación Desarrollo 30 Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.270 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 REFRENDO 2 La suscrita, Licda. Joice Milagro Murillo Delgado, abogada de Servicios Jurídicos de 3 la Municipalidad de San Carlos, hago constar que el presente convenio se ha 4 realizado de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. Ciudad Quesada, San 5 Carlos. 6 7 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 8 9 ACUERDO N°42.- 10 Con base en los oficios MSCCM-SC-0599-2022 emitido por la Secretaría del 11 Concejo Municipal y MSC-AM-0651-2022 de la Administración Municipal, donde 12 remite el oficio MSCAM-SJ-0189-2022, referente al Convenio de Cooperación 32- 13 2022 entre la Municipalidad de San Carlos y la Asociación de Desarrollo Integral de 14 Tres y Tres de Pocosol "para la administración de la plaza de deportes", se 15 determina, autorizar a la Administración Municipal, en la persona del Alcalde o quien 16 ejerza la representación legal al momento del otorgamiento, a firmar el convenio de 17 cooperación que se detallan a continuación: 18 19 CONVENIO DE COOPERACION 20 ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA ASOCIACIÓN DE 21 DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y TRES DE POCOSOL, 22 PARA LA ADMINSITRACION DE LA PLAZA DE DEPORTES DE LA 23 COMUNIDAD 24 Entre nosotros KAROL SALAS VARGAS, cédula de identidad número uno ­ 25 novecientos noventa y uno ­ trescientos sesenta y dos, mayor de edad, casado una 26 vez, vecina de Los Angeles, Ciudad Quesada, en su carácter de ALCALDESA A.I. 27 de la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, domiciliada en Ciudad Quesada, San 28 Carlos,, cédula jurídica número tres ­ cero catorce ­ cero cuarenta y dos mil setenta 29 y cuatro, nombramiento según Resolución del Tribunal Supremo de Elecciones 30 número mil cuatrocientos noventa y cuatro ­ E ­ once-dos mil veinte, del veintisiete Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.271 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 de febrero del dos mil veinte, período constitucional que inicia el primero de mayo 2 del dos mil veinte y concluirá el treinta de abril del dos mil veinticuatro, autorizado 3 para celebrar este acto mediante Acuerdo del Concejo Municipal de San Carlos 4 Artículo número , Acuerdo N° , del Acta N° , de la Sesión 5 celebrada el Lunes del año dos mil veintidós, en adelante y para efectos del 6 presente convenio denominado la MUNICIPALIDAD y JONATHAN ELI 7 MADRIGAL SALAS, mayor, vecino de Tres y tres de Pocosol de San Carlos, cédula 8 de identidad número dos ­ quinientos setenta y uno ­ cuatrocientos veintidós, en mi 9 condición de PRESIDENTE con facultades suficientes para este acto de la 10 ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y TRES DE POCOSOL 11 DE SAN CARLOS, ALAJUELA, inscrita en el Registro Público de Asociaciones de 12 Desarrollo de la Comunidad al Tomo ciento seis, folio cuatrocientos treinta y uno, 13 asiento cuarenta y cuatro mil sesenta, Código de Registro número tres mil 14 seiscientos cuarenta y uno, Cantón Alajuela ­ San Carlos, facultada para celebrar 15 este convenio mediante Acta de Junta Directiva número , artículo 16 celebrada el del año dos mil veintidós, en adelante llamada LA 17 ASOCIACIÓN, CONSIDERANDO: en coordinación y complemento de esfuerzos 18 para ejecutar progresivamente actividades de servicios de mejoramiento de 19 condiciones de vida en beneficio de las comunidades: 20 21 I. Que la MUNICIPALIDAD y la ASOCIACION, son personas jurídicas cuyos 22 objetivos son compatibles, ya que realizan acciones, gestiones y prestación de 23 servicios en beneficio de los vecinos y vecinas del Cantón de San Carlos. 24 II. Que es necesario y conveniente que las estructuras de interés público local, unan 25 sus esfuerzos y recursos para la consecución de fines y objetivos, así como 26 maximizar la utilización de sus recursos. 27III. Que de acuerdo con lo establecido por la Ley siete mil setecientos noventa y 28 cuatro, denominada Código Municipal, en sus artículos cinco, seis y siete, a las 29 Municipalidades de cada cantón corresponde fomentar la Participación 30 activa, consciente y democrática del pueblo en las decisiones del gobierno local, Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.272 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 así como coordinar y ejecutar sus acciones por medio de convenios con los 2 demás órganos y entes de la Administración Pública, así como el artículos 18 y 3 19 de la Ley 3859, Ley de Asociaciones de Desarrollo Integral. 4IV. Que para la realización de sus fines y el beneficio de los y las vecinas del Cantón 5 de San Carlos, requiere de la colaboración de otros entes públicos, debido a la 6 insuficiencia de recursos que enfrenta. 7 V. De conformidad con el artículo 164 de la Ley No. 7794, Código Municipal, una de 8 las funciones propias del Comité Cantonal de Deportes, consiste en la 9 administración y el mantenimiento de las instalaciones deportivas de su 10 propiedad o las otorgadas en administración, de igual manera el artículo 171 del 11 mismo cuerpo normativo, claramente establece que se podrá ceder en 12 administración a los comités cantonales de la comunidad donde se ubiquen, para 13 lo cual se habrán de elaborar los correspondientes convenios. 14 15 POR TANTO, ACORDAMOS: Suscribir el presente CONVENIO DE 16 COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS Y LA 17 ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL DE TRES Y TRES DE POCOSOL 18 DE SAN CARLOS, ALAJUELA que se regirá por la normativa vigente y sujeto a 19 las estipulaciones que a continuación se enumeran: CLAUSULA PRIMERA: 20 OBJETO DEL CONVENIO. El presente convenio tiene como objeto formalizar los 21 términos mediante los cuales la ASOCIACION se compromete con la 22 MUNICIPALIDAD a dar uso y mantenimiento de la cancha Multiuso e instalaciones 23 deportivas de la comunidad de Terrón Colorado, ubicados en el terreno propiedad 24 de la Municipalidad de San Carlos, la cual se encuentra inscrita ante el Registro 25 Nacional de la Propiedad, Partido de Alajuela, sistema de Folio Real matricula 26 número TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 27 CINCO ­ CERO CERO CERO, que es terreno lote sesenta y dos terreno para 28 construir, situado en el Distrito trece ­ Pocosol, Cantón décimo San Carlos, de la 29 Provincia de Alajuela. Lindantes: Norte, Sur y Este: Calle Pública y Oeste: lote 30 cuarenta y cinco y cuarenta y siete, Mide: siete mil doscientos setenta y seis metros Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.273 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 con veintinueve decímetros cuadrados, según plano No. A-cero cero cero tres dos 2 cero cero ­ mil novecientos noventa y uno. CLAUSULA SEGUNDA: 3 OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. La Municipalidad se compromete a 4 CEDER mediante el presente convenio a la ASOCIACION la administración, mejoras 5 y mantenimiento de las instalaciones de la Plaza de Deportes de la comunidad de 6 Tres y tres de Pocosol, prohibiendo en este al acto a la ASOCIACION cambia el fin 7 o uso del bien inmueble dado en administración mediante el presente convenio. 8 CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DE LA ASOCIACION. La 9 ASOCIACION se compromete con la MUNICIPALIDAD: Realizar la administración, 10 mantenimiento y mejoras de las instalaciones cedidas en administración mediante el 11 presente convenio; Vigilar y controlar el buen uso que se le dé a dichas instalaciones; 12 Garantizar a la Municipalidad que el bien cedido para su administración sea utilizado 13 única y exclusivamente para el fin aquí determinado; Coordinar la administración y el 14 uso de las instalaciones indicadas, así como demás condiciones necesarias para la 15 conservación y buen uso del bien, conservando el fin y naturaleza del bien inmueble 16 como bien de dominio público dispuesto al uso y disfrute de la comunidad. 17 CLAUSULA CUARTA: DE LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO. Con el fin del 18 eficiente cumplimiento de las obligaciones de este convenio a satisfacción de 19 ambas partes, para lo cual el presidente de la ASOCIACION se compromete al 20 cumplimiento y la fiel vigilancia del mismo, de igual manera la MUNICIPALIDAD 21 designa mediante el presente convenio a la oficina de Enlace Comunal para la 22 debida fiscalización del cumplimiento del mismo, de conformidad con lo establecido 23 por Ley, lo anterior en condición de Unidad Ejecutora del mismo. CLAUSULA 24 QUINTA: PRESENTACIÓN DE INFOMES. La Asociación deberá presentar a la 25 Administración Municipal a través de la unidad ejecutora del presente convenio, con 26 copia al Concejo Municipal, informe en cuanto a la administración y el resultado de 27 la misma, durante los dos años de gestión de la administración del bien, dicho 28 informe deberá ser presentado un mes antes del vencimiento del presente convenio 29 para su conocimiento y consideración. CLAUSULA SEXTA: PLAZO DE VIGENCIA 30 DEL PRESENTE CONVENIO. Este convenio tendrá una vigencia de dos años, el cual Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.274 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 se renovará de manera automática cada dos años, siempre y cuando se cumpla a 2 cabalidad con el objeto del presente convenio y sea debidamente presentado el 3 informe al cual hace referencia la cláusula anterior, caso contrario la MUNICIPALIDAD 4 comunicará por escrito a la ASOCIACION su interés de finiquitar el mismo. 5 CLAUSULA SETIMA: Es acuerdo de ambas partes que en el momento en que la 6 comunidad que conforman la ASOCIACION, cuente con el Comité de Deportes 7 local conforme lo establece la normativa legal vigente, se comprometen a realizar 8 las gestiones legales y administrativas correspondientes, a efectos de que dicho 9 convenio pase a estar a nombre del Comité Cantonal de Deportes y en 10 consecuente delegación al comité de deportes de la comunidad de Tres y tres de 11 Pocosol. CLAUSULA OCTAVA: DE LAS MODIFICACIONES. Cualquier 12 modificación a los términos del presente convenio deberá ser acordada por las 13 partes mediante la celebración por escrito de una adenda. CLAUSULA NOVENA: 14 COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES. Cualquier notificación, solicitud, informe 15 otra comunicación presentada por cualquiera de LAS PARTES bajo este convenio, se 16 hará de forma escrita al domicilio legal respectivo o en sus defectos en la figura de 17 quien en su oportunidad los represente. CLAUSULA DECIMA: RESCISIÓN DEL 18 PRESENTE CONTRATO. La MUNICIPALIDAD se reserva la potestad de 19 terminar el presente convenio de forma unilateral, para lo cual deberá 20 comunicar por escrito a la ASOCIACION con una anticipación de dos meses, 21 contados a partir de la notificación. En prueba de conformidad por ambas 22 partes, firmamos en Ciudad Quesada, San Carlos a los días del 23 mes de del año dos mil veintiuno. 24 25 26 Karol Salas Vargas Jonathan Eli Madrigal Salas 27 Alcaldesa a.i. Presidente 28 Municipalidad de San Carlos ADI Tres y Tres de Pocosol 29 30 Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.275 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 ACUERDO N°43.- 2 3 Con base en los oficios MSCCM-SC-0520-2022, emitido por la Secretaría del 4 Concejo Municipal y MSC-AM-0548-2022 de la Administración Municipal, sobre 5 solicitud de suspensión de aprobación del REGLAMENTO A LA LEY N°9047, 6 REGULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS CON CONTENIDO 7 ALCOHÓLICO", se determina, suspender la aprobación del REGLAMENTO A LA 8 LEY N°9047, REGULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS CON 9 CONTENIDO ALCOHÓLICO". Votación unánime. ACUERDO DEFINITIVAMENTE 10 APROBADO.- 11 12 ACUERDO N°44.- 13 14 Con base en los oficios MSCCM-SC-0561-2022, emitido por la Secretaría del 15 Concejo Municipal y CCDRSC-0176-2022 del Comité Cantonal de Deportes y 16 Recreación de San Carlos, sobre seguimiento a denuncia interpuesta en contra del 17 señor William Mora Delgado, se determina, trasladar a la Asesoría Legal del 18 Concejo Municipal, para su análisis y recomendación. Votación unánime. 19 ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 20 21 ACUERDO N°45.- 22 23 Con base en los oficios MSCCM-SC-0587-2022 emitido por la Secretaría del 24 Concejo Municipal y MSC-A.M-0664-2022 de la Alcaldía Municipal, sobre Procesos 25 administrativos en contra de la Constructora Presbere S.A., se determina, convocar 26 a reunión a las Jefaturas de Fracción, a la Dirección de Servicios Jurídicos de la 27 Municipalidad de San Carlos y a la Asesoría Legal del Concejo Municipal, el jueves 28 23 de junio, a las 03:30 p.m. en la sala de sesiones del Concejo Municipal para tratar 29 el tema sobre Procesos administrativos en contra de la Constructora Presbere, por Concejo Municipal de San Carlos ACTA 35-2022 PAG.276 Lunes 13 de junio del 2022 Sesión Ordinaria 1 la construcción de la Pista Atlética. Votación unánime. ACUERDO 2 DEFINITIVAMENTE APROBADO.- 3 4 Nota: El punto N°5 del informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos quedará 5 pendiente para la próxima sesión ordinaria, por haberse agotado el tiempo 6 establecido para la presente sesión. 7 8 9 AL SER LAS DIECINUEVE HORAS LA SEÑORA PRESIDENTE DA POR 10 CONCLUIDA LA SESIÓN. -- 11 12 13 14 15 Ashley Tatiana Brenes Alvarado Ana Patricia Solís Rojas 16 PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL 17 18 --------------------------------------------------------------------------------------------------------------