INFORME DE AUDITORÍA ACERCA DEL CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES CONTRACTUALES PARA EL FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA 4 de febrero de 2025 Informe N° DFOE-GOB-IAD-00001-2025 Contraloría General de la República División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de la Gobernanza Auditoría de Carácter Especial - Compromiso de informe directo CONTENIDO Resumen Ejecutivo 3 1. INTRODUCCIÓN 5 ORIGEN DE LA AUDITORÍA 5 OBJETIVO GENERAL 5 ALCANCE 6 CRITERIOS DE AUDITORÍA 6 METODOLOGÍA APLICADA 6 GENERALIDADES ACERCA DE LA MATERIA AUDITADA 7 COMUNICACIÓN PRELIMINAR DE LOS RESULTADOS 9 SIGLAS Y ABREVIATURAS 9 2. RESULTADOS 10 LAS ACTIVIDADES ASOCIADAS A LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA CUMPLEN RAZONABLEMENTE CON LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO 4871/OC-CR BID 10 Proceso presupuestario y contable 10 Desembolsos 12 Adquisiciones 13 ACTIVIDADES DE MONITOREO SE EJECUTAN SEGÚN LO ESTABLECIDO, PERO PRESENTAN ÁREAS DE MEJORA EN LA TOMA DE DECISIONES Y LA COORDINACIÓN 15 EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE RESULTADOS CUMPLE RAZONABLEMENTE CON LA APLICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS REQUERIDOS EN EL MARCO NORMATIVO 18 Evaluaciones de progreso 19 Informes de ejecución financiera 21 3. CONCLUSIÓN 21 4. DISPOSICIONES 22 ANEXO 1 24 CUADROS CUADRO 1 PRESUPUESTO ASIGNADO POR COMPONENTE 8 CUADRO 2 DETALLE DE VISITAS DE CAMPO PARA REVISIÓN DE AVANCE REPORTADO 20 IMÁGENES y GRÁFICOS IMAGEN 1 SUBCOMPONENTES DEL PROGRAMA. 7 GRÁFICO 1 COMPARACIÓN PLANIFICACIÓN, SOLICITUD E INVERSIÓN DESEMBOLSOS 12 -2- Resumen Ejecutivo ¿QUÉ EXAMINAMOS? La auditoría tuvo como objetivo determinar si se cumplen razonablemente las condiciones del contrato de crédito N° 4871/OC-CR BID para contribuir al financiamiento y ejecución del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia del Ministerio de Justicia y Paz. Para ello, se evaluaron las acciones desarrolladas por las instancias creadas para la ejecución del programa, Comité de Dirección y Unidad Coordinadora del Programa, durante el periodo comprendido entre el 01 de diciembre de 2021 al 31 de julio de 2024. ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE? El Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia tiene como finalidad prevenir el delito y reducir los comportamientos delictivos de adolescentes y jóvenes de zonas con mayor vulnerabilidad a la violencia y bajos niveles de desarrollo social, mediante inversiones en infraestructura, tecnología y formación. Lo señalado mediante el financiamiento del Contrato de Préstamo N° 4871/OC-CR entre Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por 100 millones de dólares (aprobado por la Ley N.° 9968, del 15 de marzo de 2021), así a efectos de impulsar los fines perseguidos por el programa es clave que la ejecución de dichos recursos se ajusten al marco normativo y buenas prácticas aplicables. ¿QUÉ ENCONTRAMOS? Se constató un cumplimiento parcial de las condiciones establecidas en el contrato de crédito N° 4871/OC-CR del BID. Si bien se cumplen los requisitos formales para la administración de los recursos y la evaluación periódica de la ejecución del contrato, se identificaron debilidades en el monitoreo continuo de actividades y en la planificación de acciones clave del programa. Al respecto, se determinaron las siguientes situaciones: La decisión de disminuir el número de delegaciones policiales por construir, definidas como parte del componente de efectividad policial del programa, no consideró el análisis integral de la incidencia en los objetivos del programa ni en la necesidad pública por atender. Tampoco se consideraron alternativas para obtener recursos adicionales o mitigar los efectos de esta reducción. La Unidad Coordinadora del Programa estableció un cronograma en el cual se prevé la finalización de la infraestructura que albergará el Centro de Mando y Control Policial el 16 de enero de 2026. No obstante, al momento de la auditoría, se identificó un retraso de casi un mes respecto a la programación. -3- El Comité Director del Programa no ha coordinado la integración de requerimientos técnicos para la recepción e instalación de equipos y software donados por la Embajada de Estados Unidos para el funcionamiento del Centro de Mando y Control Policial. Si bien informó estar trabajando en un cronograma con diversos escenarios, no se especificó su estado de avance, contenido, ni relación con la infraestructura y los recursos donados. Por otra parte, se encontró que desde el año 2021, los recursos del crédito han sido formulados y aprobados conforme a las regulaciones nacionales y contractuales.También, se cuenta con un sistema financiero y contable para la gestión del presupuesto y los desembolsos, así como con las cuentas bancarias correspondientes. Además, el proceso de adquisiciones cumple con los requisitos normativos y los términos del contrato. En cuanto a la rendición de cuentas, los informes semestrales de progreso y los informes financieros ­tanto los semestrales no auditados como los anuales auditados­ han sido presentados al BID dentro de los plazos establecidos y han recibido su no objeción. ¿QUÉ SIGUE? Se le dispone al Comité de Dirección del Programa ejecutar un análisis integral sobre los efectos en los objetivos del programa de la reducción en el número de delegaciones policiales por construir, y definir las acciones correspondientes. Además, informar acerca de los avances en la ejecución del cronograma para el desarrollo de la infraestructura del Centro de Mando y Control Policial. Asimismo, integrar al cronograma para el desarrollo de la infraestructura las actividades necesarias para coordinar con el Ministerio de Seguridad Pública, la definición de las características técnicas para la instalación, funcionamiento y operación de los equipos y software requeridos de dicho Centro de Mando, considerando además, acciones, plazos y responsables para la gestión de los riesgos asociados a la finalización en tiempo de la obra para recibir la donación. -4- DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA GOBERNANZA INFORME DE AUDITORÍA ACERCA DEL CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES CONTRACTUALES PARA EL FINANCIAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA 1. INTRODUCCIÓN ORIGEN DE LA AUDITORÍA 1.1. La Auditoría se efectuó de conformidad con las competencias conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 183 y 184 de la Constitución Política, así como los numerales 17, 21 y 37 de su Ley Orgánica N° 7428 del 7 de setiembre de 1994, en cumplimiento de los objetivos de mediano plazo de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa (DFOE), así como del plan anual operativo del Área de Fiscalización para el Desarrollo de la Gobernanza. 1.2. La Ley N° 9968, del 15 de marzo de 2021, aprobó el Contrato de Préstamo N° 4871/OC-CR, suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de hasta US$100.000.000. Este contrato establece los términos y condiciones bajo los cuales el BID otorga un préstamo al país para financiar y ejecutar el Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia, con un plazo de vigencia de 5 años para la ejecución del contrato y 25 años para la amortización del crédito. 1.3. Es fundamental verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el marco regulatorio que rige la administración de este contrato, con el fin de asegurar una correcta ejecución y seguimiento de los recursos financiados, así como para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y una toma de decisiones informada. OBJETIVO GENERAL 1.4. Determinar si se cumplen las condiciones del contrato de crédito 4871/OC-CR BID para contribuir al financiamiento y ejecución del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia. ALCANCE 1.5. La auditoría comprende la fiscalización de las acciones desarrolladas por las instancias creadas para la ejecución del programa, Comité de Dirección y Unidad Coordinadora del Programa, durante el periodo comprendido entre el 01 de diciembre de 2021 al 15 de enero de 2025. -5- CRITERIOS DE AUDITORÍA 1.6. Mediante reunión virtual efectuada el 01 de agosto de 2024 se comunicaron los términos de auditoría a las siguientes personas funcionarias del Ministerio de Justicia y Paz: Msc. Carolina Castro del Castillo, Viceministra de Gestión Estratégica, Lic. Esteban Artavia Jiménez, Coordinador General de la Unidad Coordinadora del Programa, Lic. Daniel Echandi Valverde, Especialista en Planificación de la Unidad Coordinadora del Programa. Estos criterios se comunicaron formalmente mediante oficio DFOE-GOB-0363 (12833) del 01 de agosto de 2024. 1.7. Como parte de los términos de auditoría comunicados destacan la Ley N° 9688 del Contrato de Préstamo N° 4871/OC-CR con el Banco Interamericano de Desarrollo, la Ley de Fortalecimiento de los Órganos Desconcentrados del Gobierno Central, N° 9524 , la Ley General de Control Interno, N° 8292, las Normas de control interno para el Sector Público, N° N-2-2009-CO-DFOE, Manual Operativo del Programa, así como lineamientos y políticas del BID. METODOLOGÍA APLICADA 1.8. La auditoría se realizó de conformidad con las Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, así como el Manual General de Fiscalización Integral de la CGR, el Procedimiento de Auditoría vigente, establecido por la DFOE, que está basado en la ISSAI 100: Principios Fundamentales de Auditoría del Sector Público, y los principios de la ISSAI 400: Principios de la Auditoría de Cumplimiento de las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI por sus siglas en inglés). 1.9. Para el desarrollo de la auditoría, se recopiló información a través de entrevistas realizadas con funcionarios del Ministerio de Justicia y Paz, la Unidad Coordinadora del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia, y el Ministerio de Hacienda; asimismo, se efectuó una con el Comité de Dirección del Programa, que contó con la participación del Ministro de Seguridad Pública. Estas entrevistas permitieron obtener una visión sobre la ejecución y administración del programa. También, se utilizó información contenida en los expedientes de adquisiciones del programa, aquella suministrada por las personas funcionarias de las instituciones mencionadas, y las respuestas a las consultas planteadas por escrito ante las diferentes instancias de esas instituciones. 1.10.Además, ejecutaron visitas de campo en diferentes zonas del país para analizar el cumplimiento de los objetivos y verificar el progreso real de los proyectos en comparación con los reportes. Dichas visitas se realizaron en colaboración con el personal de la Unidad Coordinadora del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia del Ministerio de Justicia y Paz, y en algunos casos se contó con la participación de funcionarios del Ministerio de Seguridad Pública. -6- GENERALIDADES ACERCA DE LA MATERIA AUDITADA 1.11. El Contrato de Préstamo N° 4871/OC-CR suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de USD 100.000.000,00, busca financiar acciones dirigidas a fortalecer la efectividad policial y la prevención social de la violencia. Entre estas se pueden mencionar: desarrollos informáticos para la interoperabilidad de sistemas de la fuerza pública, actualización técnica del personal de fuerza pública, la mejora de delegaciones policiales (diseño, construcción, dotación de equipo, mantenimiento, entre otros); así como el fortalecimiento y construcción de los centros cívicos para la paz. Los componentes, subcomponentes y objetivos del programa son: i. Componente 1. Efectividad Policial: Mejorar la efectividad policial para prevenir el delito en los distritos priorizados. ii. Componente 2: Prevención de la violencia: Reducir los comportamientos delictivos de adolescentes y jóvenes vulnerables a la violencia, en distritos con desventajas concentradas. Imagen N° 1 Subcomponentes del Programa Fuente: Elaboración propia con base con información suministrada por la Unidad Coordinadora del Programa. 1.12.Cabe señalar que en lo correspondiente a los subcomponentes "Plataforma de datos policiales integradas e interoperables" así como "sistemas de información fortalecidos y en funcionamiento", del componente Seguridad Ciudadana, en diciembre de 2024, con la no objeción del BID, se decidió modificar la ejecución de estos subcomponentes. Así, con recursos del Programa se desarrollaría la infraestructura que albergará el Centro de Mando y Control Policial (CMCP), lo cual se integró a la planificación del programa. -7- 1.13.Según la cláusula 4.01 del contrato, el Organismo Ejecutor será el Prestatario, actuando por intermedio del Ministerio de Justicia y Paz (MJP). Para la ejecución del Programa se creó la Unidad Coordinadora del Programa (UCP), la cual es una entidad adscrita al MJP, con personería jurídica instrumental y autonomía presupuestaria y funcional. La UCP se estructura en una Coordinación General (CG) y tres gerencias especializadas: la Gerencia de Efectividad Policial, encargada de las actividades relacionadas con la fuerza pública; la Gerencia de Prevención Social de la Violencia, responsable de las acciones en los Centros Cívicos para la Paz (CCP); y la Gerencia de Infraestructura, que abarca ambos componentes. 1.14.Los recursos del Préstamo sólo pueden ser utilizados para pagar gastos que sean necesarios para el Programa y estén en concordancia con los objetivos del mismo, según las disposiciones del Contrato y las políticas del BID. Asimismo, deberán ser adecuadamente registrados y sustentados en los sistemas del Organismo Ejecutor, con posterioridad al 25 de setiembre de 2019 y antes del vencimiento del plazo original de desembolsos que será de 5 años, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del contrato1, el cual corresponde a la fecha cuando se oficializó la ley N° 9968 (publicada en el Alcance Digital N° 64 a La Gaceta N° 59 del 25 de marzo del 2021) o sus extensiones de plazo. 1.15.El Programa se encuentra en la etapa de ejecución, el cual presenta un nivel de avance físico de un 30,87% y un avance de la ejecución financiera de un 20,1%2. El presupuesto inicialmente asignado por componente para cada uno de los años, es el siguiente: Cuadro N° 1 Presupuesto asignado por componente según Plan Operativo y Plan Financiero En dólares estadounidenses Fuente: Elaboración propia con base en información suministrada por la Unidad Coordinadora del Programa. 1.16.Como se puede observar en el cuadro N° 1, aproximadamente el 83% de los recursos están planificados para ser ejecutados en los años 2024 y 2025, y con ello, la mayoría de subcomponentes, los cuales corresponden a la construcción y equipamiento de las 1 Cláusula 3.02 del contrato. 2 Datos según el último informe de progreso al 30 de junio de 2024. -8- delegaciones policiales, y centros cívicos para la paz, que requieren una fase de análisis previo. COMUNICACIÓN PRELIMINAR DE LOS RESULTADOS DE LA AUDITORÍA 1.17.La comunicación preliminar de los resultados, conclusiones y disposiciones, se efectúo de manera virtual el 13 de diciembre de 2024, estando presentes: Carolina Castro del Castillo, Viceministra del Ministerio de Justicia y Paz; Lys Espinoza Quesada, Viceministra del Ministerio de Seguridad Pública; Esteban Artavia Jiménez, Coordinador General del Programa; Ivette Rojas Ovares, Auditora Interna del Ministerio de Justicia y Paz; Nathalie Artavia Chavarria, Viceministra de Paz del Ministerio de Justicia y Paz; César Álvarez Salazar, Despacho Viceministerio de Seguridad Pública; Stefanie Hernández Soto, Despacho Viceministerio de Seguridad Pública; Orlando Retana Umaña, Viceministerio de Gestión Estratégica Ministerio de Justicia y Paz; Daniel Echandi Valverde, Especialista de Planificación del Programa; Karol Cascante Ramírez, Sub Auditora Interna Ministerio de Seguridad Pública; y Oldemar Auld Hernández, Auditor Interno del Ministerio de Seguridad Pública. 1.18.La remisión del borrador de informe respectivo, se realizó mediante el oficio N° DFOE-GOB-0572-2024 del 10 de diciembre de 2024, dirigido al Ministro Gerald Campos Valverde. Las observaciones al borrador de informe, remitidas por el Comité de Dirección, se recibieron mediante los oficios N° DM-1330-2023 del 18 de diciembre de 2024, asimismo se brindó información complementaria en el oficio N° MJP-DM-058-2025 del 15 de enero de 2025. Lo resuelto sobre las observaciones se comunicó mediante oficio N° DFOE-GOB-0056 del 4 de febrero de 2025. SIGLAS Y ABREVIATURAS 1.19.Se consideran las siguientes siglas en la redacción del informe: Siglas / Abreviaturas Significado CGR Contraloría General de la República DFOE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la CGR LGCI Ley General de Control Interno UCP Unidad Coordinadora del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia del Ministerio de Justicia y Paz BID Banco Interamericano de Desarrollo CCP Centro Cívico para la Paz MOP Manual Operativo del Programa SIP Sistema de Información del Programa SIGAF Sistema Integral de Gestión Administrativa y Financiera -9- 2. RESULTADOS LAS ACTIVIDADES ASOCIADAS A LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA CUMPLEN RAZONABLEMENTE CON LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO 4871/OC-CR BID 2.1. Se determinó que las actividades realizadas entre diciembre de 2021 y hasta julio de 2024, referentes a los procesos presupuestario y contable, los desembolsos y adquisiciones, por parte de la Unidad Coordinadora del Ministerio de Justicia y Paz, para la ejecución del contrato de préstamo de financiamiento del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la violencia N° 4871/OC-CR BID, cumplen razonablemente con el marco normativo y técnico aplicable. 2.2. A nivel presupuestario y contable se identificó que los recursos provenientes de dicho préstamo se han incorporado en los presupuestos de la república de manera oportuna, las estructuras bancarias definidas fueron creadas a tiempo, y se cuenta con un sistema financiero y contable en funcionamiento. En lo correspondiente a los procesos de desembolso, se han cumplido las condiciones establecidas para la solicitud, aprobación, justificación y aplicación de los recursos. Mientras que en el caso de las adquisiciones, de la revisión de una muestra de 22 expedientes, se encontró que estas se ajustaban a las regulaciones del "Procedimiento para las Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios Conexos" y las políticas para selección y contratación de consultorías, bienes y obras. Proceso presupuestario y contable 2.3. sobre el proceso presupuestario, se encontró que desde la creación de la UCP, el Ministerio de Justicia y Paz ha incluido en todas las leyes de presupuesto3 de la República el programa 800, el cual está diseñado específicamente para la administración de los fondos asignados a dicha unidad y ha obtenido las correspondientes aprobaciones de la Asamblea Legislativa. Esto fue corroborado en la revisión de la documentación correspondiente al presupuesto para el periodo comprendido del 2021 al 2024. En cada presentación presupuestaria, los montos se expresan en colones, siguiendo el tipo de cambio oficial proporcionado por el Ministerio de Hacienda, ello considerando que los desembolsos por parte del BID se realizan en dólares estadounidenses. 2.4. Además, para la administración del Programa, se cuenta con una estructura bancaria conforme a lo establecido en el contrato, que incluye una cuenta en dólares y dos cuentas en la caja única del Tesoro Nacional, estás últimas una en dólares y otra en colones4. 3 En el año 2021 se incluyó en la Ley N° 10045 del 27 de setiembre; Sexto Presupuesto Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2021; los siguientes años se incluyó en los Presupuestos Ordinarios de la República. 4 Oficio N° MJP-DM-297-2021, dirigido al señor Arnaldo E. Posadas, Especialista Sectorial Senior, Banco Interamericano de Desarrollo. - 10 - 2.5. Además se encontró que el Sistema Financiero y Contable del programa se compone de diversos sistemas de información gestionados por el sector público; entre ellos, el Sistema Integral de Gestión Administrativa y Financiera5 (SIGAF) el cual es utilizado para la administración de la información presupuestaria, este sistema se alimenta con el presupuesto aprobado; asimismo, el control de los pagos se realiza a través de la Tesorería Nacional, donde se manejan las cuentas del programa. Los pagos se procesan durante los primeros cinco días hábiles de cada mes y todos cuentan con la aprobación del Coordinador General, se registran en el SIGAF, y posteriormente alimentan la Contabilidad Nacional para mantener los registros contables completos. 2.6. Operativamente, se determinó que la Unidad Coordinadora del Programa (UCP) mantiene un registro de las transacciones contables para alimentar los sistemas públicos, con las condiciones y evidencia solicitadas en el contrato, para ello utiliza el programa Excel a través de una plataforma de colaboración. Este sistema cuenta con una bitácora y accesos restringidos, dependiendo del tipo de información a incluir o consultar. Además, ejecutan un control diario de las transacciones, organizado en secciones como auxiliar financiero, cuentas por cobrar, cuentas por pagar, estado de cuenta. 2.7. Cada área del programa dispone de un espacio destinado a respaldar la información relacionada con sus procesos y actividades diarias, organizado y ajustado según sus necesidades. La información se almacena en la biblioteca correspondiente, denominada Centro de Documentación del área respectiva; y con el fin de estandarizar la carga de documentos en cada sitio, el área de Gestión Documental ha elaborado el documento titulado "Procedimiento Carga de Documentos y Registro de Metadatos en SharePoint". Una vez concluidos los procesos, la información es transferida a las bibliotecas de Archivo de Gestión de cada área, donde se conserva la documentación final que será entregada al Archivo Central del Ministerio de Justicia y Paz al finalizar el programa. 2.8. Por último, en lo referente al control interno para la ejecución del proceso presupuestario y contable, se encontró que la UCP se ajusta a la guía de gestión financiera desarrollada por el BID y aplicable al contrato. 2.9. Así, la presentación de los presupuestos es congruente con lo estipulado en el artículo 1 de la Ley N° 95246, en cuanto a que los presupuestos de los órganos desconcentrados de la Administración Central deben ser integrados al presupuesto nacional para su discusión y aprobación por parte de la Asamblea Legislativa. Además, se alinea con lo establecido en el punto 7.2 del Manual Operativo del Programa, el cual señala que la presentación del presupuesto debe realizarse en moneda nacional, utilizando el tipo de cambio oficial proporcionado por el Ministerio de Hacienda. 2.10.En lo referente a la información de las cuentas del programa se ajustan a lo dispuesto en el artículo 4.01 del capítulo IV de las Normas Generales del contrato de préstamo. Este 5 Sistema integrado de información que apoya la gestión administrativa y financiera de los ministerios del Gobierno Central, así como las funciones de rectoría que corresponden al Ministerio de Hacienda. 6 Ley de Fortalecimiento del control presupuestario de los órganos desconcentrados del Gobierno Central, publicada en La Gaceta N° 62 del 10 de abril de 2018. - 11 - artículo establece que el Órgano Ejecutor debe informar al BID sobre las cuentas bancarias en las que se depositarán los desembolsos, y que estas deben ser cuentas separadas para los fondos en moneda local, dólares y la moneda principal del proyecto. Además lo correspondiente al sistema financiero y contable, se ajusta razonablemente a lo estipulado en el apartado 7 del Manual Operativo del Programa, en donde se indica que este sistema debe permitir la evaluación y verificación de la confiabilidad del registro contable y financiero, además que la documentación debe estar completa y actualizada. Desembolsos 2.11. Los desembolsos son las transferencias de fondos que el BID realiza a la entidad prestataria como parte del financiamiento del proyecto. Estos fondos se desembolsan de acuerdo con las condiciones establecidas en el contrato, las cuales deben ser cumplidas para la solicitud, aprobación, justificación y aplicación de los recursos. El objetivo de los desembolsos es proporcionar el financiamiento necesario para llevar a cabo las actividades planificadas. En este contexto, se observa que los desembolsos se han realizado conforme a lo estipulado en la planificación y en el contrato. 2.12.Sobre el particular se determinó que los desembolsos del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia se han solicitado razonablemente de conformidad con la planificación vigente ajustada, siendo que al cierre del primer semestre de 2024, se ha desembolsado un monto similar al previsto inicialmente para el periodo. El gráfico N° 1 muestra la comparación entre la planificación inicial acumulada, desembolsos solicitados acumulados y la inversión acumulada al I semestre de 2024. Gráfico N° 1 Comparación de la planificación, solicitud e inversión de los desembolsos En dólares estadounidenses Nota: La ejecución de los desembolsos del periodo 2024 contempla hasta el mes de Junio. - 12 - Fuente: Recopilado de los informes de evaluaciones de progreso, suministrados por la UCP. 2.13.La ejecución de los desembolsos muestra la inversión que la UCP ha ejecutado como parte de los pagos para el desarrollo del programa al cierre del I semestre de 2024, este monto alcanza la suma de $20.072.710,47, aproximadamente un 50% de lo planificado para el cierre del año 2024, sin embargo, los datos contemplan solamente hasta el mes de junio 2024, fecha del último informe oficial. 2.14.Por otra parte, se encontró que en el caso de los procesos realizados para la solicitud, aprobación y justificación de los desembolsos, el 100% de las solicitudes de desembolso se incluye en un plan financiero semestral con el detalle de los compromisos asumidos con los fondos del programa. También, los gastos están alineados con los objetivos del programa y cuentan con el respaldo de la necesidad del desembolso; los desembolsos solicitados y aprobados son mayores a USD 100.000,00; el pago de garantías de compromiso ambiental y social7 se mantiene al día; los desembolsos han cumplido con las modalidades autorizadas; y se han presentado los respaldos de ejecución de al menos el 80% de los desembolsos solicitados. Asimismo, en materia de control interno, se cumple con el procedimiento de la "Guía de Gestión Financiera" y el "Procedimiento para la Elaboración, Aprobación y Trámite ante el Banco de las Justificaciones de Gastos". 2.15.Las situaciones encontradas se ajustan a lo establecido en los apartados 6.2 y 7.1 del MOP, según el cual los recursos del Programa serán desembolsados en los plazos del contrato; y para las solicitudes, aprobaciones y justificaciones de los desembolsos también se debe presentar del plan financiero para los siguientes seis meses, el detalle de los compromisos adquiridos, y los gastos necesarios para el programa, alineados con los objetivos y debidamente respaldados. Asimismo, con lo estipulado en el artículo 4.03 y 4.05 del contrato, que establecen que los desembolsos deben superar los USD $100.000,00 y no deben existir demoras mayores a 120 días en el pago de garantías al BID, y que define los métodos de desembolso como reembolsos de gastos, anticipos de fondos, pagos directos a terceros o reembolsos contra garantía de carta de crédito. Adquisiciones 2.16.Se determinó que los procesos de adquisiciones se ajustan a las regulaciones establecidas en el "Procedimiento para las Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios Conexos" y las políticas para selección y contratación de consultorías, bienes y obras8. Lo anterior, a partir de la revisión de una muestra de 22 expedientes de adquisiciones, equivalentes al 55% de los recursos asignados a procesos de adquisición a la fecha de 7 De conformidad con la información suministrada por el Especialista de Planificación de la UCP, mediante correo electrónico del 8 de agosto de 2024. 8 Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 y Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2349-15, lo cual se establece en las Estipulaciones Especiales del Contrato de Préstamo N° 4871/OC-CR, específicamente, en el Capítulo IV cláusulas 4.02 "Contratación de obras y servicios diferentes de consultoría y adquisición de bienes" y 4.03 "Selección y contratación de servicios de consultoría". - 13 - revisión, de los cuales 13 corresponden a consultorías individuales finalizadas, 8 a la contratación de obras y bienes que se encuentran en proceso y 1 servicio conexo9 ya finalizado. Los aspectos revisados fueron los siguientes: i. Expedientes por Selección de Consultores Individuales: se verificó que correspondiera a una contratación de carácter intelectual y de asesoramiento; no requerían equipos de personal adicional ni apoyo profesional adicional externo; el requisito principal haya sido la experiencia y las calificaciones de la persona; existencia de la carta de invitación; la comparación de las calificaciones de por lo menos 3 candidatos; la existencia de antecedentes académicos y de experiencia de los consultores; la No Objeción del Banco para la contratación; el documento donde se visualizaran los objetivos, metas, alcance del trabajo encomendado, información básica y servicios y estudios necesarios para el trabajo; la negociación de las condiciones del contrato; el borrador del contrato; el Formulario de Perfil Extendido para correspondencia relacionada con Adquisiciones; la Orden de inicio de la consultoría; y el contrato firmado. ii. Adquisiciones de Licitación Pública Internacional: se corroboró la existencia del Aviso General de Adquisiciones, con la información sobre el Prestatario, monto y finalidad del Préstamo, magnitud de las adquisiciones por efectuar, nombre, teléfono y dirección del organismo del Prestatario encargado de las adquisiciones, dirección del sitio web con la disponibilidad de los avisos de adquisiciones; anuncio específico de adquisiciones; la precalificación; inclusión del detalle y alcance de las obras, bienes o servicios por suministrar; derechos y obligaciones del Prestatario y proveedor; exigencia de la garantía de cumplimiento; que el contrato incluyera una cláusula sobre Liquidación por Daños y Perjuicios y Bonificaciones, así como las estipulaciones sobre las leyes aplicables y foro para resolver controversias. iii. Licitación Pública Nacional: Se revisó que la publicación se encuentre en el SICOP; detalle sobre la forma para presentar las propuestas, lugar, fecha y hora para la presentación; la evaluación de las ofertas; y el contrato. iv. Expedientes de adquisición por Comparación de Precios: se verificó la existencia de tres cotizaciones de precios; que la solicitud de cotización incluyera descripción y cantidad de bienes o especificaciones de la obra, plazo y el lugar de entrega; existencia de los términos de la oferta aceptada en una orden de compra o en un contrato simplificado. 2.17.En todos los casos se verificó la identificación del tipo de adquisición, el número y nombre de la contratación, fecha de apertura y de cierre (en los casos que ya estuvieran finalizadas); además que incluyera la lista de los documentos que conforman el expediente. También, el cumplimiento de la preparación de informes técnicos de elegibilidad, la publicación de avisos y los documentos para la contratación de bienes, obras y servicios, la recepción, apertura y evaluación de ofertas10. 9 Contratación de Seguridad Privada. 10 Apartado 7.7.3 del Manual Operativo del Programa. - 14 - 2.18.Por último,, se confirmó la consistencia de los avances del programa de adquisiciones vigente, con lo reportado en los informes semestrales, la conformación de la Comisión de Adquisiciones y el cumplimiento de sus responsabilidades, la correcta conformación del equipo de apoyo de la UCP con el especialista de adquisiciones, las personas autorizadas para firmar los procesos de adquisiciones y la actualización de las certificaciones de indicadores socioambientales actualizadas al 31 de julio de 2024. 2.19.Así la aplicación de las políticas de adquisiciones del Banco se lleva a cabo según lo establecido en el apartado 2.3.2 del MOP, relativo al marco legal aplicable. En el cual se establece que las normas de adquisiciones del BID, incorporadas al ordenamiento jurídico, prevalecen sobre cualquier otra normativa nacional en materia de contratación, la cual solo se aplicará de manera supletoria. 2.20.Además, lo señalado es congruente con lo dispuesto en los apartados 5, 7.7.2, y 7.7.3 del MOP, que refieren a la inclusión de un especialista en adquisiciones, la creación de la comisión de adquisiciones y la inclusión de los documentos socioambientales que los contratistas deben cumplir. 2.21.También, lo señalado se ajusta a lo establecido en las cláusulas 5.01 y 6.04 del contrato, en lo referente incluir los resultados y productos de la ejecución de las adquisiciones a la hora de actualizar el Plan de adquisiciones. ACTIVIDADES DE MONITOREO SE EJECUTAN SEGÚN LO ESTABLECIDO, PERO PRESENTAN ÁREAS DE MEJORA EN LA TOMA DE DECISIONES Y LA COORDINACIÓN 2.22.Se identificó que la UCP realiza el proceso de actualización y aprobación de ajustes conforme al "Procedimiento para la actualización y aprobación de las Herramientas de Gestión y Monitoreo" permitiendo que todas las herramientas se encuentren actualizadas en los informes de progreso y cuenten con la aprobación del Banco11. 2.23.En particular desde el año 2022, según lo reportado en los instrumentos de monitoreo y los documentos del programa, se alertó al Comité Director sobre la insuficiencia de recursos para construir las 35 delegaciones previstas en el componente de efectividad policial. Al respecto, dicho Comité decidió reducir la meta de construcción de delegaciones policiales de 35 a 21, a partir de criterios técnicos referentes a la construcción12, económicos y financieros13. Sin embargo, del análisis de la evidencia obtenida por la Contraloría General, así como de aquella provista por ese Comité, no se identificó que la 11 De conformidad con el oficio N° PSCPV-UCP-CG-O-376-2024 del 08 de agosto de 2024, suscrito por el Coordinador General de la Unidad Coordinadora del Programa. 12 Entre estos, condición de los terrenos, capacidad operativa de las delegaciones policiales, y factores contractuales. 13 Debido al incremento de costos, ya que lo estimado originalmente durante la etapa de diseño del programa, fue de $1.936,2/m2; ahora tiene un sobre costo del 78% con un promedio de $3.440/m2. Este aumento se debe a una actualización de las necesidades del Ministerio de Seguridad Pública en relación con las delegaciones policiales y el aumento en el costo de materiales. - 15 - decisión haya considerado de manera integral la valoración de la incidencia en el cumplimiento de los objetivos del programa. 2.24.Si bien, la decisión del Comité consideró información financiera y los recursos disponibles del crédito, no se tomaron en cuenta la integración de otros aspectos clave como la incidencia o afectación de la reducción de las delegaciones en el objetivo del subcomponente y del programa, la identificación y valoración de otras opciones para la obtención de financiamiento adicional o en su defecto la valoración de soluciones alternativas dirigidas a satisfacer la necesidad pública determinada por el programa. Tampoco se identificaron consideraciones referentes a la afectación en las comunidades en las cuales se tenía previsto el desarrollo de esa infraestructura y de si se requería implementar otras acciones, ya sea emprendidas por el Programa o por otros actores públicos. 2.25.Lo expuesto obedece a que el Comité Director no ha incorporado en el proceso de toma de decisiones el análisis de la incidencia de la disminución de la meta en los objetivos generales del programa, ni en la necesidad pública por satisfacer con su ejecución. Lo anterior, conlleva el riesgo de que no se cumpla la finalidad del programa en la atención de la necesidad en poblaciones que ya no estarían siendo abordadas. 2.26.Por otra parte, en lo que respecta a los subcomponentes de plataforma de datos policiales integradas e interoperables y sistemas de información fortalecidos y en funcionamiento, los cuales también forman parte del componente de efectividad policial del Programa, se identificó que los instrumentos de planificación han sido actualizados de manera recurrente, trasladando las acciones originalmente programadas para el año 2023 hacia el 2025. Hasta noviembre de 2024, esta postergación no se había acompañado de avances significativos, lo que representa un riesgo para la viabilidad de cumplir en tiempo y forma con los objetivos establecidos para estos subcomponentes. 2.27.Sin embargo, con base en la información adicional aportada por la administración en la actividad de comunicación de resultados14, se determinó que en noviembre de 2024, la Unidad Coordinadora comunicó al BID la decisión de replantear estos subcomponentes que originalmente estaban destinados al desarrollo de una plataforma de datos policiales y el fortalecimiento de los sistemas de información, para desarrollar el Centro de Mando y Control Policial "diseñado, construido y en funcionamiento"15. Este ajuste consiste en que ahora los recursos serán destinados para la construcción de dicho centro y el equipamiento no será responsabilidad del Programa, pues se tramitará con una cooperación de la Embajada de Estados Unidos al Ministerio de Seguridad Pública16. En diciembre de 2024 el BID dio la "no objeción" a dicho cambio. 14 Oficios N° DM-1330-2024 del 19 de diciembre de 2024 y N° MJP-DM-058-2025 del 15 de enero de 2025. 15 Oficio N° PSCPV-UCP-CG-O-581-2024, del 27 de noviembre de 2024. 16 Mediante documento INL-923-2024 del 7 de octubre de 2024, la Oficina para Asuntos Antinarcóticos Seguridad Ciudadana y Justicia de la Embajada de Estados Unidos confirma la disposición para contribuir al proyecto e indica que aportará el mobiliario necesario, equipamiento tecnológico y la capacitación requerida al personal de la Fuerza Pública. - 16 - 2.28.Para el desarrollo de la obra, la Unidad Coordinadora del Programa definió un cronograma que incluye las actividades de elaboración del documento de licitación, apertura y evaluación de ofertas, firmeza del contrato y la ejecución física que incluye la etapa de diseño y contrucción, y presenta como fecha de finalización el 16 de enero de 2026. De acuerdo con dicho cronograma la fecha límite para la recepción de ofertas para contratar el diseño, construcción y equipamiento de esa infraestructura es el 27 de enero de 2025; sin embargo, a partir de una verificación realizada por esta Área de Fiscalización consta un aviso de traslado de fecha publicado en Sistema Integrado de Compras Públicas, donde se comunica el 25 de febrero como la fecha límite para dicha recepción. Con ello se constata, un desfase de casi un mes con respecto al cronograma presentado como instrumento vigente de monitoreo de avance de actividades17. 2.29.Asimismo, según la información remitida por el Comite Director, se mantiene en elaboración "... un cronograma con diversos escenarios para enviar al BID, MSP y MH, de acuerdo con lo establecido en el acuerdo 3 de la minuta-Proyecto CRL1137, del 19 de noviembre de 2024"18. Sin embargo, no se dispone de información suficiente que permita conocer el estado de avance y los elementos mínimos que debe considera en su contenido, así como su propósito en relación con el desarrollo de la infraestructura para alojar el CMCP y las actividades por desarrollar con los recursos de cooperación ofrecidos por la Embajada de los Estados Unidos al Ministerio de Seguridad. 2.30.Sobre el particular, el Cómite Director no ha detallado la coordinación con el Ministerio de Seguridad Pública, como beneficiario de los recursos de cooperación ofrecidos por la Embajada de los Estados Unidos, para alinear el desarrollo de la infraestructura que albergará el CMCP, y las actividades necesarias para dotarlo del equipo tecnológico, software y capacitación requeridos para su operación. Esta acción es indispensable para gestionar el riesgo de que un desfase entre las acciones a cargo de la UCP y las coordinaciones con la Embajada Americana para la respectiva donación, podría incidir negativamente en el aprovechamiento de los equipos donados o la puesta en funcionamiento efectivo del CMCP, y con ello, la satisfacción del objetivo público perseguido por el Programa. 2.31.De esta forma, las acciones ejecutadas en relación con las Herramientas de Gestión y Monitoreo (HGM) son congruentes parcialmente con lo establecido en los apartados 6.2, 6.2.1 y 6.4 del contrato de préstamo, ya que se contemplan los aspectos de control interno necesarios para la planificación y gestión interna del monitoreo del Programa; la coordinación para la elaboración de las herramientas y su presentación al BID para obtener la No Objeción, y un sistema de información organizado de manera que permite verificar los desembolsos realizados, las transacciones ejecutadas con cargo al financiamiento, y facilita la preparación oportuna de los informes que se deben remitir. Sin 17 Recuperado el 17 de enero de 2025 del sitio web: https://www.sicop.go.cr/portal/fm/PT_FMJ_SFQ001.jsp?menu_id=0000011&right_page=/portal/is/PT_ISJ_INQ002. jsp?item_sn=234220 18 Página 2, oficio PSCPV-UCP-CG-O-028-2025 del 10 de enero, 2024 - 17 - embargo, se identifican mejoras necesarias en el seguimiento de las acciones para el nuevo alcance del subcomponente relativo a la construcción del CMCP. 2.32.Con respecto a la decisión de reducción del alcance en la construcción de delegaciones policiales, no se observa un análisis integral de forma que se atiendan los principios fundamentales del servicio público que buscan asegurar la continuidad, la eficiencia y adaptación de los cambios o necesidades por satisfacer, establecidos en el artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública N° 6227. Al respecto, lo señalado no cumple con lo dispuesto en los apartados 4.2 del MOP, ni el artículo 4.01 y 8 del Anexo único del contrato, los cuales refieren a la responsabilidad del Comité de Dirección de emitir orientaciones y velar por que se alcancen los objetivos del programa, abriendo incluso la posibilidad de concretar financiamiento adicional para el programa. En ese sentido, el apartado 4.6.1.2 del MOP, señala además que parte de las responsabilidades del Comité de Dirección, es agilizar la obtención y producción de insumos básicos e intermedios que sean responsabilidad de los ministerios y de relevancia para la ejecución del contrato. 2.33.Circunscribir el análisis y la fundamentación de la reducción de la meta de construcción de delegaciones policiales, de 35 a 21, exclusivamente a aspectos financieros genera incertidumbre con respecto a la atención de los servicios públicos perseguidos por el programa. Así, no hay certeza razonable de si esta reducción potencia las problemáticas de seguridad de las comunidades afectadas, pues se limita la capacidad de fortalecer la presencia policial en zonas vulnerables o, en general, disminuye la efectividad en la atención y prevención de la violencia y el delito. 2.34.Por otra parte, la incertidumbre acerca de la coordinación entre el Ministerio de Justicia y Paz y el Ministerio de Seguridad Pública, para desarrollar la infraestructura y dotar de los recursos tecnológicos y de capacitación necesarios al CMCP, aumenta el riesgo de que no se reúnan las condiciones técnicas para ser funcional según la necesidad identificada. Asimismo, se incrementa la probabilidad de desfases entre las actividades por desarrollar entre ambas instancias, que podrían no solo generar retrasos sino además afectar las condiciones para el buen funcionamiento de los equipos. EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE RESULTADOS CUMPLE RAZONABLEMENTE CON LA APLICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS REQUERIDOS EN EL MARCO NORMATIVO 2.35.Se determinó que las actividades realizadas entre marzo de 2021 y hasta julio de 2024, referente a la evaluación de resultados, por parte de la Unidad Coordinadora del Préstamo para la ejecución del contrato de préstamo de financiamiento del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la violencia N° 4871/OC-CR BID, cumplen razonablemente con el marco normativo y técnico aplicable. 2.36.Al respecto, en cuanto a los informes semestrales de progreso, se ha verificado que han sido presentados a todas las instancias correspondientes, acompañadas de la información necesaria. Además, se ha cumplido con la elaboración de todos los informes desde la creación de la UCP y la información reportada es veraz. En lo que respecta a los informes de ejecución financiera, tanto los informes semestrales no auditados como los informes - 18 - anuales auditados han sido entregados al BID dentro de los plazos establecidos y con la información requerida. Evaluaciones de Progreso 2.37.Las evaluaciones de progreso consisten en informes que la UCP debe elaborar y presentar semestralmente a las instancias correspondientes. Estos informes proporcionan información sobre el cumplimiento y la actualización de las herramientas de gestión, los avances hacia los objetivos del programa y otros datos relevantes que apoyen la toma de decisiones. Cada informe debe cumplir con ciertos estándares, los cuales se describen a continuación. 2.38.Tras el análisis realizado, se confirmó que todos los informes presentados desde el segundo semestre de 2021 hasta el más reciente, correspondiente al primer semestre de 2024, han sido remitidos al BID, con copia a la Asamblea Legislativa y a la Contraloría General de la República. Además, se ha cumplido con la presentación semestral de los informes de seguimiento a la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, dentro de los quince días hábiles posteriores a la finalización de los meses de junio y diciembre de cada año. Esto fue verificado mediante la solicitud de los informes, los oficios de remisión y la revisión interna de los sistemas de la CGR para confirmar la recepción de los documentos. 2.39.Asimismo, se constató por medio de la revisión documental que todos los informes de evaluación de progreso incluyen entre otros elementos lo referente a: Resultados semestrales del Plan Operativo Anual (POA), Matriz de Riesgos del Programa, acontecimientos importantes que afecten la ejecución del programa, cambios importantes en la evolución y situación del sector, objetivos y desafíos del programa y sus componentes según Matriz de Riesgos, resumen del estado de ejecución financiera y flujo de recursos previstos para el próximo semestre, e información sobre la cobertura de la población beneficiada y los niveles de alcance de acuerdo a las metas propuestas (anual). 2.40.Aunado a lo anterior se verificó en campo el progreso reportado en los informes de progreso por parte de la UCP en el segundo semestre de 2023, con respecto al avance en seis de las 10 de las obras físicas que se encuentran en desarrollo a julio de 2024, cuyos resultados se resumen en el siguiente cuadro. - 19 - Cuadro N° 2 Detalle de visitas de campo para revisión de avance reportado en obras físicas Fuente: Elaboración propia con información recopilada en visitas de campo. 2.41.Así, a partir de las visitas efectuadas, se pudo corroborar en campo la consistencia entre lo reportado documentalmente y el avance físico de las obras en desarrollo (el anexo 1 de este informe incorpora evidencia fotografía). Cabe señalar que existen 15 delegaciones que se encuentran en la fase de diseño y 2 más en proceso de evaluación de ofertas. En cuanto a los Centros Cívicos para la Paz, existen 4 en etapa de diseño y 4 en proceso de negociación con las municipalidades, lo anterior, según el último informe reportado. 2.42.La presentación de los informes al BID, con copia a la Asamblea Legislativa y a la Contraloría General de la República, se realiza conforme a lo establecido en el artículo 5 del anexo único del contrato de préstamo 4871/OC-BID. Este artículo especifica que los informes de seguimiento deben enviarse a la Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa, con copia a la Contraloría General de la República. 2.43.Por su parte, la presentación de los informes semestrales a la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda cumple con lo dispuesto en el artículo 13 del "Reglamento para Gestionar la Autorización para la Contratación del Crédito Público del Gobierno de la República, Entidades Públicas y demás Órganos según corresponda." Este reglamento indica que dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la finalización de los meses de junio y diciembre de cada año, deben presentarse informes sobre la programación de ejecución, el avance físico y financiero, así como las reprogramaciones de los proyectos en ejecución financiados con endeudamiento público. 2.44.Por otro lado, los apartados incluidos en los informes de progreso cumplen con los requisitos establecidos en la cláusula 5.01 del contrato de préstamo 4871/OC-BID, que los - 20 - menciona como elementos obligatorios en cada informe. Además, la información reportada en los informes, que coincide con la verificación del avance físico de los proyectos, cumple con el inciso c) de esta misma cláusula, que establece que estos informes semestrales de progreso deben incluir los resultados y productos alcanzados en la ejecución del Plan Anual. Informes de ejecución financiera 2.45.La elaboración y presentación de los informes financieros solicitados por el BID a la Unidad Coordinadora del Programa deben ajustarse a los requisitos de contenido establecidos en el contrato de préstamo y en el Manual Operativo del Programa. Estos informes incluyen tanto los informes semestrales no auditados como los informes anuales auditados. Los informes semestrales no auditados proporcionan una visión actualizada de la situación financiera del programa, mientras que los informes anuales auditados ofrecen una revisión detallada y verificada por un auditor externo, garantizando la transparencia y precisión de la información financiera. 2.46.De la documentación revisada, se confirma que se han presentado todos los informes semestrales no auditados y los informes anuales auditados requeridos. Estos informes incluyen: Informe Semestral de Ejecución Presupuestaria, Estado de Efectivo recibido y Desembolsos efectuados, Estado de Inversiones Acumuladas, y Notas Explicativas. Además, se verificó que todos los informes anuales auditados han sido presentados dentro del plazo de 120 días hábiles posteriores al cierre de cada año, conforme a los requisitos establecidos que incluyen los estados mencionados, la opinión externa que en todo los casos ha sido sin salvedades y los resultados más relevantes. 2.47.Dichos informes se ajustan a los requisitos de los informes semestrales no auditados y anuales auditados, definidos en el artículo 7.03 de las normas generales del contrato de préstamo N° 4871/OC-CR. 3. CONCLUSIÓN 3.1. Se determinó un cumplimiento parcial de las condiciones establecidas en el contrato de crédito 4871/OC-CR del BID. Al respecto, se cumple con elementos formales requeridos para la administración de los recursos y evaluación periódica del contrato. No obstante, en el monitoreo continuo de las actividades, se identificó que decisiones críticas, como la reducción de la meta de construcción de delegaciones policiales, han estado fundamentadas principalmente en criterios financieros. Así, no se valoraron alternativas para obtener recursos adicionales, ni se analizaron las consecuencias para las comunidades que esperaban beneficiarse de la infraestructura. 3.2. Además, en lo referente al desarrollo de la infraestructura del Centro de Mando y Control Policial, del componente de efectividad policial del Programa, se requiere de acciones de estrecha coordinación con el Ministerio de Seguridad Pública como beneficiario de los recursos de cooperación. Lo anterior, de manera tal que se logre contar oportunamente - 21 - con la infraestructura, equipos, software y capacitación para la entrada en funcionamiento del Centro de Mando y Control Policial en los plazos previstos. 3.3. En ese sentido, es crucial el trabajo del Comité Director a efectos de coordinar las actividades que brinden claridad sobre la manera en que recibirán, instalarán y pondrán en funcionamiento, los equipos y software que brindaría la Embajada de Estados Unidos, para contar con el Centro de Mando y Control Policial en el tiempo y forma acordados. 4. DISPOSICIONES 4.1. De conformidad con las competencias asignadas en los artículos 183 y 184 de la Constitución Política, los artículos 12 y 21 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N° 7428, y el artículo 12 inciso c) de la Ley General de Control Interno, se emite la siguiente recomendación, la cual es de acatamiento obligatorio y deberá ser cumplida dentro del término conferido para ello, por lo que su incumplimiento no justificado constituye causal de responsabilidad. 4.2. Para la atención de la recomendación incorporada en este informe deberán observarse los "Lineamientos generales para el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la Contraloría General de la República en sus informes de auditoría", emitidos mediante resolución N° R-DC-144-2015, publicados en La Gaceta N° 242 del 14 de diciembre del 2015, los cuales entraron en vigencia desde el 4 de enero de 2016. 4.3. Este órgano contralor se reserva la posibilidad de verificar, por los medios que considere pertinentes, la efectiva implementación de la recomendación emitida, así como de valorar el establecimiento de las responsabilidades que correspondan, en caso de incumplimiento injustificado de tal recomendación. AL COMITÉ DE DIRECCIÓN DEL PROGRAMA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA 4.4. Efectuar un análisis integral acerca de la incidencia de la decisión de reducir la cantidad de delegaciones policiales, en los objetivos del componente de Efectividad Policial del Programa de Seguridad Ciudadana y Prevención de la Violencia, considerando al menos los objetivos y metas del componente, las necesidades específicas de las comunidades afectadas, la disponibilidad de recursos y acciones alternativas; así como indicar las acciones por desarrollar a partir de los resultados del análisis, con la definición de plazos y responsables. Lo anterior, en aplicación de lo establecido en los apartados 4.2 y 4.6.1.2 del Manual Operativo del Programa, y los artículos 4.01 y 8 del Anexo único del contrato (Ver párrafos del 2.22 al 2.25, 2.32 y 2.33). Remitir a la Contraloría General una certificación que acredite la elaboración del análisis integral y la definición de las acciones por desarrollar, a más tardar el 10 de abril de 2025. - 22 - 4.5. Integrar en el cronograma existente para el diseño y construcción del Centro de Mando y Control, las actividades detalladas de coordinación con el Ministerio de Seguridad Pública que evidencien acciones relacionadas con la definición de las especificaciones y características técnicas con las que debe contar la infraestructura para la instalación y puesta en operación de los equipos y software que serán donados al país; así como las acciones, plazos y responsables para la gestión de los riesgos asociados a la finalización en tiempo de la obra para recibir la donación. Remitir a la Contraloría General a más tardar el 30 de abril de 2025, una certificación que haga constar que se han implementado estos ajustes en el cronograma. (Ver párrafos del 2.26 al 2.31 y 2.34) 4.6. Elaborar informes detallados sobre los avances de la ejecución del cronograma definido por la Unidad Coordinadora del Programa para el desarrollo de la infraestructura del Centro de Mando y Control Policial, incorporando acciones correctivas en caso de que se presenten retrasos en su ejecución. Remitir a la Contraloría General dos informes de avance acerca de la implementación del cronograma, el primero al 30 de junio de 2025 y el segundo al 31 de octubre de 2025. (Ver párrafos del 2.26 al 2.31 y 2.34) Falon Stephany Arias Calero Marvin Mejía Vargas Gerente de Área Asistente Técnico Pablo Chaves Gamboa Andrea Lizano Loría Coordinador Colaboradora Eduardo Pérez Ruíz Jesús Molina Martínez Colaborador Colaborador PCG/MMV/FAC/msb G: 2024000429-1 - 23 - ANEXO 1 EVIDENCIA FÍSICA VISITAS DE CAMPO - Delegación Policial de Desamparados Sur - 24 - - Delegación Policial de Santa Ana - 25 - - Delegación Policial Cantonal Puntarenas - 26 - - Centro Cívico por la Paz Puntarenas - 27 - - Delegación Policial de Siquirres - 28 - - Delegación Distrital de Horquetas - 29 -